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ECONOMÍA – Efecto cuarentena: el uso del homebanking creció un 93% en el último año

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Las visitas a las webs de los bancos y el interés de las noticias y servicios financieros se dispararon en la Argentina durante el aislamiento, por encima de la media de la región, según un informe de Comscore.

La cuarentena no dejó opciones. Aquellos acostumbrados a visitar sucursales bancarias o a moverse en el mundo del “solo efectivo” para sus gastos y cobranzas, debieron acercarse a los canales digitales para llevar adelante su economía personal o profesional. 

Por eso las visitas a los sitios de los bancos argentinos crecieron un 93% en el último año, al igual que la interacción en redes sociales y el consumo online de noticias económicas.

“El efecto del COVID-19 como fenómeno sanitario global y las medidas restrictivas que le siguieron causan múltiples efectos que todavía no están medidos. En lo financiero, en la Argentina hay algunas tendencias muy claras entre los usuarios, como un aumento en el uso de las herramientas digitales”, explicó un informe sobre banca digital de Comscore, empresa especializada en medición de audiencias digitales, con datos de abril y mayo.

Las visitas a los sitios de los bancos casi se duplicaron entre abril de 2019 y abril de este año, con la particularidad de que no hubo distinción de edades; el crecimiento fue el mismo entre los menores de 35 que entre los mayores. Estos últimos, ya sea porque operan más o porque la falta de costumbre de hacerlo los demora, permanecen más tiempo conectados. En minutos promedio por visitante, crecieron un 47% contra el 21% entre quienes no superan los 34 años.

Las dificultades económicas también impulsaron otra tendencia en el consumo digital medido por intereses: la demanda de información. Entre febrero y abril, el interés por las noticias de negocios y finanzas creció un 92%. También se expandió hasta un 134% el número de minutos consumidos.

En ese mismo período, el informe especifica que “hubo un fuerte crecimiento del interés por los servicios financieros en el país medido en visitas a sitios de esos temas. La categoría que más creció fue inversiones, 134%, y mucho más atrás banking y pagos, con 35% y 28%, respectivamente. La categoría que más cayó fue seguros, un 19 por ciento”.

En este punto, un dato llamativo es que el salto en el interés de los argentinos por las inversiones al navegar en Internet no empezó con la pandemia sino antes, en diciembre, con el cambio de gobierno y algunos vaivenes financieros. La avidez por saber qué hacer con el dinero previa a las necesidades para saber cómo pagar o cobrar en pleno parálisis.

Dentro del universo financiero, Comscore destaca algunos casos particulares. Uno es el “crecimiento exponencial” de Pagomiscuentas, la plataforma de cobro de servicios e impuestos de Prisma. Entre enero y abril creció un 234% en el público de 18 a 34 y un 122% en los mayores de 35, probablemente impulsado por el cierre de las sucursales bancarias y las empresas de cobranza, que luego fueron abriendo paulatinamente.

Otro caso especial es el del Banco Provincia, que acumuló 2,5 millones de usuarios nuevos con el relanzamiento de Cuenta DNI, su billetera electrónica empleada para el cobro del Ingreso Familiar de Emergencia (IFE) de la Anses por más de 600.000 personas. En ese sentido, el estudio refleja un fuerte ascenso en la utilización de las webs de los bancos públicos, el Banco Nación, el Banco Ciudad y el ya mencionado Banco Provincia; tal vez gracias a la necesidad del público de acceder a beneficios sociales, jubilaciones y otras operaciones.

“La pandemia forzó la digitalización de muchos procesos y eso volcó a mucha gente a la bancarización. No podemos saber si esa gente, una vez pasada la emergencia, va a volver a las sucursales. Pero es claro que en la Argentina creció la penetración en las redes de las entidades financieras, en especial los bancos estatales y las fintech”, explicó Ignacio Dufour, Sales Manager en la Argentina de Comscore.

“La Argentina tiene oportunidades en términos de banca digital en comparación con otros países de la región. Es un sector que se tuvo que readecuar a la nueva realidad y mucha gente que no estaba bancarizada tuvo que cambiar su realidad rápidamente”, explicó Dufour.

 La Argentina tiene oportunidades en términos de banca digital en comparación con otros países de la región (Ignacio Dufour)

El estudio de Comscore compara a la Argentina con México. En febrero, el acceso a sitios bancarios en ambos países coincidía en el 43%; en abril, México quedó en el mismo nivel y en la Argentina el índice se disparó a 58%. En Brasil, tercer país incluido en la comparación, ese porcentaje supera el 86%. El promedio de América Latina, por su parte, es del 30,9 por ciento.

Otro rasgo de las audiencias argentinas para la categoría financiera -que se repite, según Dufour, en otras como la venta retail o los sitios de noticias- es que la penetración a través de los celulares es muy alta pero el tiempo de navegación es más largo en la conexión por computadoras de escritorio. El dato da a entender que para hacer operaciones más complejas los argentinos eligen la PC por sobre el celular.

El estudio también analizó el crecimiento de la audiencia de los bancos argentinos en las redes sociales, en particular en Facebook, Twitter e Instagram. En cuanto a la cantidad de visitas recibidas, se destacó BBVA (5,8 millones), seguido por Naranja (2,6 millones) y Galicia (1,5 millón). Asimismo, en la medición de la interacción en redes por cantidad de acciones en mayo Comscore registró a Banco Provincia (63.000), BBVA (60.000) y Banco Nación (15.000).

Fuente: infobae económico

IMPOSITIVAS – La AFIP también prorrogó la Moratoria para pymes: hasta qué fecha

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A través de una comunicación al domicilio fiscal electrónico, la AFIP confirmó la prórroga hasta el 31 de julio de la Moratoria que alcanza a las pymes.

Asimismo la medida se oficializó este sábado a través de la publicación del decreto 569:

Se prorroga hasta el 31 de julio de 2020, inclusive, el plazo establecido para que los y las contribuyentes puedan acogerse al Régimen de Regularización.

La primera cuota de los planes de facilidades de pago que se presenten en el marco del citado régimen, desde el 1 de julio y hasta el 31 de julio de 2020, ambas fechas inclusive, vencerá el 18 de agosto de 2020.

Programa ATP

La AFIP habilitó la carga de información para acceder a los beneficios de junio del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP).

La AFIP habilitó el sistema de registración online al Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP). Los empleadores que requieran la asistencia estatal para el pago de los salarios de junio tienen tiempo hasta el 3 de julio, inclusive, para inscribirse con clave fiscal en afip.gob.ar.

Todas las empresas deberán registrarse, incluso aquellas que hubieran realizado el procedimiento en los meses anteriores. Los criterios para acceder al salario complementario correspondiente a junio fueron establecidos por el Comité de Evaluación y Monitoreo que depende de la Jefatura de Gabinete de Ministros.

Los empleadores registrados en el programa ATP que todavía no lo hubieran hecho deberán informar una CBU para cada uno de sus trabajadores y trabajadoras. La carga de la información se realiza a través del servicio web “Simplificación Registral”.

No es necesario que sea una cuenta sueldo, puede ser cualquier cuenta bancaria válida donde el trabajador o la trabajadora figure como titular o cotitular.

Balance e informe del auditor

La AFIP da mas plazo para presentar la memoria, el balance y el informe del auditor a los contribuyentes y/o responsables del impuesto a las ganancias alcanzados por la Resolución General 4.626, cuyos cierres de ejercicio operaron en los meses de noviembre y diciembre de 2019 y enero de 2020. Lo podrán hacer hasta el 18 de agosto de 2020, inclusive.

Ejecuciones fiscales y embargos

La AFIP extiende la suspensión de ejecuciones fiscales y medidas cautelares hasta fines de julio.

Así lo establece a través de las resoluciones generales 4740 y 4741 publicadas este viernes en el Boletín Oficial.

Más tiempo para al régimen de planes caducos

La AFIP extendió hasta el 31 de julio el plazo para adherir al régimen de facilidades de pago de planes caducos.

Así lo establece la resolución general 4742 publicada este viernes en el Boletín Oficial.

Plan de pagos de la AFIP

La AFIP puso en marcha un régimen de facilidades de pago  aplicable para la cancelación de las obligaciones impositivas, aduaneras y de los recursos de la seguridad social, incluidas en los planes de facilidades de pago cuya caducidad haya operado hasta el 30 de abril de 2020, inclusive, con sus respectivos intereses y multas.

La cancelación mediante el presente plan de facilidades, no implica reducción de intereses, así como tampoco la liberación de las pertinentes sanciones.

El plan de facilidades de pago reunirá las siguientes características:

a) La cantidad máxima de cuotas a otorgar será de 6.

b) Las cuotas serán mensuales, iguales y consecutivas, excepto para la primera de ellas, a la que se le adicionarán los intereses financieros desde el día de la consolidación del plan hasta su vencimiento.

c) El importe de cada una de las cuotas será igual o superior a $1.000

d) La tasa de financiación se calculará tomando de base la Tasa Efectiva Mensual equivalente a la Tasa Nominal Anual (TNA) canal electrónico para depósitos a plazo fijo en pesos en el Banco de la Nación Argentina a 180 días, vigente para el día 20 del mes inmediato anterior al correspondiente a la consolidación del plan, más un 3% nominal anual.

e) La fecha de consolidación de la deuda será la correspondiente al día de presentación del plan.

Plan de pagos de la AFIP: cómo adherirse

A los fines de adherir al presente régimen se deberá:

a) Ingresar con Clave Fiscal al sistema denominado “MIS FACILIDADES”.

b) Convalidar, modificar, incorporar y/o eliminar las obligaciones adeudadas a regularizar.

c) Elegir el plan de facilidades de pago que corresponda conforme al tipo de obligación que se pretende regularizar. Los conceptos por deuda aduanera y los intereses sobre capital no adeudado, deberán incluirse en un plan de facilidades de pago independiente.

d) Seleccionar la Clave Bancaria Uniforme (CBU) a utilizar, la cual deberá encontrarse previamente declarada a través del servicio denominado “Declaración de CBU”.

e) Consolidar la deuda y proceder al envío de la solicitud de adhesión.

f) Descargar, a opción del contribuyente, el formulario de declaración jurada 1003 junto con el acuse de recibo de la presentación realizada.

La solicitud de adhesión al presente régimen no podrá ser rectificada y se considerará aceptada, siempre que se cumplan en su totalidad las condiciones y los requisitos previstos en esta resolución general.

La inobservancia de cualquiera de ellos determinará el rechazo del plan propuesto, en cuyo caso el importe ingresado no se podrá imputar a la cancelación de las cuotas de un nuevo plan.

Nuevo plan de pagos de la AFIP: cómo adherirse

Cuando el día de vencimiento fijado para el cobro de la cuota coincida con día feriado o inhábil, se trasladará al primer día hábil inmediato siguiente.

De tratarse de un día feriado local, el débito de la cuota se efectuará durante los días subsiguientes, según las particularidades de la respectiva operatoria bancaria.

Los sujetos que adhieran al presente régimen podrán solicitar por única vez, la cancelación anticipada total de la deuda comprendida en el plan de facilidades de pago, a partir del mes en que se produzca el vencimiento de la segunda cuota.

La caducidad de los planes de facilidades de pago operará de pleno derecho y sin necesidad de que medie intervención alguna por parte de la AFIPo, cuando se produzca la falta de cancelación de 2 cuotas, consecutivas o alternadas, a los 60 días corridos posteriores a la fecha de vencimiento de la segunda de ellas, o la falta de ingreso de la cuota no cancelada a los 60 días corridos contados desde la fecha de vencimiento de la última cuota del plan.

Operada la caducidad -situación que se pondrá en conocimiento del contribuyente a través de su Domicilio Fiscal Electrónico-,la AFIP quedará habilitada para disponer el inicio de las acciones judiciales tendientes al cobro del total adeudado mediante la emisión de la respectiva boleta de deuda.

Los contribuyentes y responsables, una vez declarada la caducidad del plan de facilidades, deberán cancelar el saldo pendiente de deuda mediante transferencia electrónica de fondos, no pudiéndose regularizar en el plan de facilidades de pago permanente.

Más tiempo para entrar a la moratoria: cuál es la nueva fecha
Fuente: iprofesional.com

FINANZAS – En mayo se duplicó la venta de divisas a ahorristas: 2,4 millones de personas compraron US$ 534 millones

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La demanda de dólares sigue firme pese al súper cepo.

Durante mayo, 2,4 millones de personas – el doble que en abril y más de cinco veces que en marzo- compraron hasta el cupo permitido de U$S 200 dólares por persona por un total 438 millones de dólares. Y  consumieron otros 83 millones de dólares por viajes y otros gastos con tarjetas, de acuerdo a la “Evolución del Mercado de Cambios y Balance Cambiario” del Banco Central. En abril, por estos rubros se habían ido US$ 248 millones.

Esta avidez de dólares se complementó con la salida neta de US$ 715 millones, “básicamente originada en la disminución de depósitos privados con impacto en las cuentas de las entidades en el BCRA”.

Además, hubo una salida neta de US$ 635 millones, básicamente por pagos netos de “Intereses”, de los cuales más de las dos terceras partes fueron realizadas por el “Gobierno General y el BCRA” (unos USD 430 millones). Según la Oficina de Presupuesto (OPC)  del Congreso, en mayo se pagaron U$S 316 millones en intereses al Fondo Monetario Internacional (FMI).

En tanto, la principal fuente de dólares,- el comercio exterior- se redujo la entrada de dólares por menores liquidaciones de exportaciones y mayores pagos de importaciones. El ingreso neto de divisas del comercio de bienes fue de apenas US$ 316 millones en contraste con los U$S 2.610 millones de un año atrás—una reducción del 88%.

El Informe señala que el principal sector en términos de ventas netas históricas, el de “Oleaginosas y cereales”, tuvo ventas netas por US$ 1.709 millones, con una baja interanual de 37%”. Este descenso el BCRA lo atribuye a que el sector durante noviembre y diciembre pasados, vendió de forma neta US$ 4.600 millones, una suba interanual de 84%, básicamente por los mayores ingresos por anticipos y prefinanciaciones del exterior”. Así se anticiparon a la suba de las retenciones.

En tanto, las Declaraciones Juradas de Ventas al Exterior–, que definen el momento de pago de derechos de exportación– presentaron una caída del 64% interanual. “Esta caída se debió a los adelantos de registros de ventas externas observados en el último trimestre del 2019. El total de registros de ventas externas de 2019 superó en unos US$ 8.500 millones a las exportaciones del sector del año”.

A su vez, las empresas del “Sector Real excluyendo Oleaginosas y Cereales” realizaron compras netas por USD 1.685 millones, principalmente para realizar pagos por importaciones de bienes y servicios. “No se observaba este nivel de compras netas para el sector desde agosto de 2019”, destaca el Informe.

Por su parte, los “Inversores Institucionales”  como fondos de inversión, fondos de pensiones, fondos de cobertura, compañías de seguros registraron egresos netos por US$ 12 millones.

Así, en un mes en que estacionalmente deberían crecer, durante mayo, las reservas internacionales brutas disminuyeron U$S 980 millones finalizando el mes con un stock de USD 42.588 millones.

Fuente: ieco.clarin.com

ECONOMÍA – El Gobierno relanzará el programa “Ahora 12”, con beneficios adicionales

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El ministro de Desarrollo Productivo, Matías Kulfas, dijo que el objetivo es ayudar a recuperar el consumo. El sector de indumentaria y calzado había acercado una propuesta semanas atrás.
 

El ministro de Desarrollo Productivo, Matías Kulfas, adelantó hoy que, en medio de la crisis económica por la pandemia, el Gobierno relanzará el programa “Ahora 12″ para incentivar el consumo, que se derrumbó en los últimos meses.

“Vamos a relanzar Ahora 12 con algunos beneficios adicionales. Tenemos que recuperar la relación salarial para que haya consumo”, sostuvo en declaraciones a El Destape Radio.

El programa vence a fin de mes y lo extenderían hasta fin de año. La cadena textil, indumentaria y calzado le había presentado un plan de reactivación en las últimas semanas en el que, para motorizar la demanda, proponían una prórroga del plan, mayor cantidad de cuotas y la posibilidad de que existan tres meses de gracia para que el consumidor pueda comprar y recién comenzar a pagar a los 90 días.

Es decir que los beneficios adicionales podrían tener que ver con esas demandas, e incluso con una rebaja de la tasa de interés, que hoy alcanza al 20 por ciento. Este interés en muchos casos es absorbido por los comerciantes y le ofrecen directamente al consumidor las 12 cuotas sin interés, pero ante la actual situación de aislamiento en algunos lugares y freno en las ventas, reducir la tasa no sería descabellado, sostienen en el sector empresario.

Hoy los rubros habilitados para adherirse al programa son: medicamentos; alimentos, bebidas, higiene personal y limpieza; equipamiento médico; máquinas y herramientas; servicios de preparación para el deporte; línea blanca; televisores; muebles; indumentaria; calzado y marroquinería; materiales y herramientas para la construcción; bicicletas; turismo; colchones; libros; anteojos; librería; teléfonos celulares; juguetes; computadoras, notebooks y tablets; motos; neumáticos, accesorios y repuestos; artefactos de iluminación; instrumentos musicales; perfumería y pequeños electrodomésticos.

En declaraciones a El Destape Radio, el funcionario también repasó las últimas definiciones que el gabinete económico tomó respecto de la tercera etapa del programa para el Trabajo y la Producción. ”Continuamos con el programa de ATP en las zonas que están bajo aislamiento. Con respecto a abril, hubo un incremento en la actividad productiva industrial, con cierto límite”, aseguró Kulfas. Concretamente, en las zonas donde hay ASPO, como el AMBA y Resistencia, y en los sectores críticos, la ayuda estatal para pagar salarios seguirá teniendo un techo de dos salarios mínimos ($33.750), mientras que en el resto del país el subsidio bajará a un salario mínimo ($16.875).

El ministro de Desarrollo Productivo, Matías Kulfas, señaló que diseñarán programas para recuperar el consumo y el empleo. 

El ministro remarcó que “este paquete de ayuda le pone límites al desempleo”, por lo que “el impacto en los puestos de trabajo no va a ser como en 2002”. Además, agregó, el Gobierno está “trabajando en un programa de reactivación económica con todos los ministros de producción del país”.

Vamos a trabajar fuertemente en programas de recuperación de consumo y nos focalizaremos en la recuperación del empleo con un programa con beneficios regionales y parques industriales”, sostuvo. En cuanto a los parques, la cartera productiva está terminando de definir los detalles de un decreto que le dará incentivos y fomentará la radicación de las compañías industriales en esos lugares. La norma consiste en un paquete de ayuda con aportes no reembolsables y financiamiento a largo plazo para mejoras, dijeron fuentes de la cartera productiva.

Por último, dijo que ayer el Banco Interamericano de Desarrollo les comunicó la confirmación de un crédito de USD 500 millones y que “hay que lograr la recuperación con un impulso fuerte a las exportaciones”.

IMPOSITIVAS – La AFIP extiende la suspensión de las bajas de oficio en el Monotributo: hasta qué fecha

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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció que ningún monotributista será dado de baja de oficio del régimen por falta de pago.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció que ningún monotributista será dado de baja de oficio del régimen por falta de pago de sus obligaciones durante junio.

Con el objetivo de amortiguar los efectos del aislamiento social, preventivo y obligatorio sobre los pequeños contribuyentes, el organismo también suspendió las exclusiones de monotributistas correspondientes a junio.

A través de la Resolución General 4738/2020, publicada en el Boletín Oficial, se extienden al mes corriente los beneficios vigentes desde marzo.

La normativa vigente establece que un contribuyente es dado de baja cuando no paga diez cuotas consecutivas.

La AFIP resolvió que junio no será computado a los efectos de contabilizar el período necesario para la aplicación de las bajas automáticas.

Asimismo, existen distintas situaciones previstas en la ley que generan la baja del régimen. La más extendida es cuando la suma de los ingresos brutos del contribuyente excede el máximo establecido por la categoría máxima disponible.

La AFIP definió que esos cruces sistémicos no serán utilizados en junio para proceder con exclusiones de oficio.

Cómo informar los domicilios

La AFIP está notificando a los empleadores para que procedan a actualizar la información de los domicilios de explotación y de desempeño de cada trabajador en la Simplificación Registral.

Dicha solicitud se da en el marco de los beneficios del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP) y a fin de contar con información fidedigna de las relaciones laborales vigentes por parte del organismo fiscal.

Es importante remarcar que hay hasta el 23 de junio según la notificación enviada por AFIP.

Plan de ayuda de pagos de sueldos

Recordamos que la semana pasada, el Gobierno confirmó extender con un nuevo formato la asistencia estatal para el pago de hasta el 50% de los sueldos de junio que las empresas privadas deberán pagar la primera semana de julio.

La tercera edición del ATP se direccionará sólo a empresas de hasta 800 trabajadores de acuerdo a un criterio regional y por sector de actividad.

Habrá una reducción gradual para aquellos sectores que hayan retomado su actividad.

En cuanto al ATP fase 3, las empresas que están en zonas donde aún no se abrió la producción o pertenecen a sectores que tienen la orden de no funcionar, como es el caso de hotelería y turismo, seguirán recibiendo la ayuda del Estado para pagar el 50% de los salarios.

De allí las nuevas exigencias de AFIP de actualizar los domicilios de explotación de los empleadores y los domicilios donde se desempeñan cada uno de los trabajadores.

Quienes tengan registrado el domicilio en zonas del país donde ya no rige el ASPO, no tendrán la ayuda para el pago de los salarios.

En otras probablemente se siga asistiendo pero en menor medida y dependiendo la actividad del beneficiario.

¿Cómo cargar los domicilios de los trabajadores?

Desde el Blog del Contador, señalan que la información de los domicilios se deberán cargar en la Simplificación Registral ingresando con CUIT y clave fiscal a la web de AFIP.

El domicilio de explotación del empleador deberá ingresarse en la solapa Datos del Empleador.

En cuanto a los domicilios de desempeño de cada uno de los trabajadores se deberán informar mediante la solapa Relaciones Laborales / Modificaciones y Bajas

Allí se deberá ingresar el CUIL del trabajador a informar y se debera hacer click en Modificar Registro (botón superior a la derecha de la pantalla)

Una vez allí, se puede modificar o ingresar el domicilio de la sucursal donde se desempeña el trabajador.

La información también podrá ingresarse en forma masiva a través de importación de archivo a través de la solapa Relaciones Laborales / Carga Masiva.

Para ello se deberá cumplir con el formato de registro del cuadro anterior.

Autónomos: nuevos valores

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) publicó en su sitio web los nuevos valores para contribuyentes autónomosvigentes desde junio 2020.

Desde el año 2017, y debido al índice de movilidad de las jubilaciones, los valores que deben abonar los autónomos se incrementan cuatro veces al año (en marzo, junio, septiembre y diciembre) en el mismo porcentaje que el mencionado aumento de los haberes previsionales, señalan desde el Blog del Contador.

Para las actualizaciones del año en curso, hay que tener en cuenta que el artículo 55 de la ley 27541 de solidaridad social y reactivación productiva suspende por 180 días la aplicación del índice de movilidad jubilatoria fijada por el artículo 32 de la Ley 24241.

Durante dicho período el Poder Ejecutivo Nacional deberá fijar trimestralmente el incremento de los haberes previsionales correspondientes al régimen general de la Ley 24241, atendiendo prioritariamente a los beneficiarios de más bajos ingresos.

En este sentido, a través del Decreto 495/20 se dispuso que todas las prestaciones previsionales a cargo de la ANSES tendrán un incremento equivalente a 6,12 % sobre el haber devengado correspondiente al mensual mayo de 2020, a partir del 1 de junio de 2020.

Los nuevos valores de autónomos desde junio 2020 son los que se muestran seguidamente y son los correspondientes al devengado junio con vencimiento en el mes de julio y estarán vigentes hasta el mes de agosto con vencimiento en septiembre del año entrante.

Ganancias y Bienes Personales

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extiendió por más de 40 días los plazos para que las personas humanas presenten sus declaraciones juradas y paguen los saldos correspondientes al Impuesto a las Ganancias, Impuesto a los Bienes Personales y el Impuesto Cedular.

La prórroga hasta fines de julio de esas obligaciones beneficia a más de 2 millones de contribuyentes.

La decisión facilita el cumplimiento de las obligaciones tributarias en el marco del aislamiento social preventivo y obligatorio.

La presentación de las declaraciones juradas y el ingreso del saldo resultante del Impuesto a las Ganancias, el Impuesto a los Bienes Personales y el Impuesto Cedular (Impuesto a la Renta Financiera) estaba prevista para mediados de junio.

El nuevo plazo fue comunicado a través de la resolución general 4721 (AFIP) publicada en el Boletín Oficial.

Nuevas fechas de Ganancias y Bienes Personales

A continuación el detalle de las nuevas fechas de vencimiento:

Ganancias y Bienes Personales

CUIT 0, 1, 2 y 3: presentación de la declaración jurada hasta el 24 de julio inclusive. Ingreso del saldo resultante hasta el 27 de julio inclusive.

CUIT 4, 5 y 6: presentación de la declaración jurada hasta el 27 de julio inclusive. Ingreso del saldo resultante hasta el 28 de julio inclusive.

CUIT 7, 8 y 9: presentación de la declaración jurada hasta el 28 de julio inclusive. Ingreso del saldo resultante hasta el 29 de julio inclusive.

Impuesto Cedular (Impuesto a la Renta Financiera)

CUIT 0, 1, 2 y 3: presentación y pago hasta el 27 de julio inclusive.

CUIT 4, 5 y 6: presentación y pago hasta el 28 de julio inclusive.

CUIT 7, 8 y 9: presentación y pago hasta el 29 de julio inclusive.

AFIP prorroga Ganancias y Bienes Personales

Plan de pagos de la AFIP

La AFIP puso en marcha un régimen de facilidades de pago  aplicable para la cancelación de las obligaciones impositivas, aduaneras y de los recursos de la seguridad social, incluidas en los planes de facilidades de pago cuya caducidad haya operado hasta el 30 de abril de 2020, inclusive, con sus respectivos intereses y multas.

La adhesión al régimen podrá efectuarsehasta el 30 de junio de 2020, inclusive.

La cancelación mediante el presente plan de facilidades, no implica reducción de intereses, así como tampoco la liberación de las pertinentes sanciones.

El plan de facilidades de pago reunirá las siguientes características:

a) La cantidad máxima de cuotas a otorgar será de 6.

b) Las cuotas serán mensuales, iguales y consecutivas, excepto para la primera de ellas, a la que se le adicionarán los intereses financieros desde el día de la consolidación del plan hasta su vencimiento.

c) El importe de cada una de las cuotas será igual o superior a $1.000

d) La tasa de financiación se calculará tomando de base la Tasa Efectiva Mensual equivalente a la Tasa Nominal Anual (TNA) canal electrónico para depósitos a plazo fijo en pesos en el Banco de la Nación Argentina a 180 días, vigente para el día 20 del mes inmediato anterior al correspondiente a la consolidación del plan, más un 3% nominal anual.

e) La fecha de consolidación de la deuda será la correspondiente al día de presentación del plan.

Plan de pagos de la AFIP: cómo adherirse

A los fines de adherir al presente régimen se deberá:

a) Ingresar con Clave Fiscal al sistema denominado “MIS FACILIDADES”.

b) Convalidar, modificar, incorporar y/o eliminar las obligaciones adeudadas a regularizar.

c) Elegir el plan de facilidades de pago que corresponda conforme al tipo de obligación que se pretende regularizar. Los conceptos por deuda aduanera y los intereses sobre capital no adeudado, deberán incluirse en un plan de facilidades de pago independiente.

d) Seleccionar la Clave Bancaria Uniforme (CBU) a utilizar, la cual deberá encontrarse previamente declarada a través del servicio denominado “Declaración de CBU”.

e) Consolidar la deuda y proceder al envío de la solicitud de adhesión.

f) Descargar, a opción del contribuyente, el formulario de declaración jurada 1003 junto con el acuse de recibo de la presentación realizada.

La solicitud de adhesión al presente régimen no podrá ser rectificada y se considerará aceptada, siempre que se cumplan en su totalidad las condiciones y los requisitos previstos en esta resolución general.

La inobservancia de cualquiera de ellos determinará el rechazo del plan propuesto, en cuyo caso el importe ingresado no se podrá imputar a la cancelación de las cuotas de un nuevo plan.

Sin perjuicio de lo establecido en el párrafo anterior, se podrá efectuar, hasta el 30 de junio de 2020 inclusive, una nueva solicitud de adhesión por las obligaciones que corresponda incluir.

Nuevo plan de pagos de la AFIP: cómo adherirse

La primera cuota vencerá el día 16 de julio de 2020 y las cuotas subsiguientes vencerán el día 16 de cada mes, las que se cancelarán mediante el procedimiento de débito directo en cuenta bancaria.

En caso que a la fecha de vencimiento general fijada en el párrafo anterior no se hubiera efectivizado la cancelación de la respectiva cuota, se procederá a realizar un nuevo intento de débito directo de la cuenta corriente o caja de ahorro el día 26 del mismo mes.

Las cuotas que no hubieran sido debitadas en la oportunidad indicada en el párrafo precedente, así como sus intereses resarcitorios, podrán ser rehabilitadas por sistema.

Cuando el día de vencimiento fijado para el cobro de la cuota coincida con día feriado o inhábil, se trasladará al primer día hábil inmediato siguiente.

De tratarse de un día feriado local, el débito de la cuota se efectuará durante los días subsiguientes, según las particularidades de la respectiva operatoria bancaria.

Los sujetos que adhieran al presente régimen podrán solicitar por única vez, la cancelación anticipada total de la deuda comprendida en el plan de facilidades de pago, a partir del mes en que se produzca el vencimiento de la segunda cuota.

La caducidad de los planes de facilidades de pago operará de pleno derecho y sin necesidad de que medie intervención alguna por parte de la AFIPo, cuando se produzca la falta de cancelación de 2 cuotas, consecutivas o alternadas, a los 60 días corridos posteriores a la fecha de vencimiento de la segunda de ellas, o la falta de ingreso de la cuota no cancelada a los 60 días corridos contados desde la fecha de vencimiento de la última cuota del plan.

Operada la caducidad -situación que se pondrá en conocimiento del contribuyente a través de su Domicilio Fiscal Electrónico-,la AFIP quedará habilitada para disponer el inicio de las acciones judiciales tendientes al cobro del total adeudado mediante la emisión de la respectiva boleta de deuda.

Los contribuyentes y responsables, una vez declarada la caducidad del plan de facilidades, deberán cancelar el saldo pendiente de deuda mediante transferencia electrónica de fondos, no pudiéndose regularizar en el plan de facilidades de pago permanente.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció que ningún monotributista será dado de baja de oficio del régimen por falta de pago.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció que ningún monotributista será dado de baja de oficio del régimen por falta de pago de sus obligaciones durante junio.

Con el objetivo de amortiguar los efectos del aislamiento social, preventivo y obligatorio sobre los pequeños contribuyentes, el organismo también suspendió las exclusiones de monotributistas correspondientes a junio.

A través de la Resolución General 4738/2020, publicada en el Boletín Oficial, se extienden al mes corriente los beneficios vigentes desde marzo.

La normativa vigente establece que un contribuyente es dado de baja cuando no paga diez cuotas consecutivas.

La AFIP resolvió que junio no será computado a los efectos de contabilizar el período necesario para la aplicación de las bajas automáticas.

Asimismo, existen distintas situaciones previstas en la ley que generan la baja del régimen. La más extendida es cuando la suma de los ingresos brutos del contribuyente excede el máximo establecido por la categoría máxima disponible.

La AFIP definió que esos cruces sistémicos no serán utilizados en junio para proceder con exclusiones de oficio.

Cómo informar los domicilios

La AFIP está notificando a los empleadores para que procedan a actualizar la información de los domicilios de explotación y de desempeño de cada trabajador en la Simplificación Registral.

Dicha solicitud se da en el marco de los beneficios del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP) y a fin de contar con información fidedigna de las relaciones laborales vigentes por parte del organismo fiscal.

Es importante remarcar que hay hasta el 23 de junio según la notificación enviada por AFIP.

Plan de ayuda de pagos de sueldos

Recordamos que la semana pasada, el Gobierno confirmó extender con un nuevo formato la asistencia estatal para el pago de hasta el 50% de los sueldos de junio que las empresas privadas deberán pagar la primera semana de julio.

La tercera edición del ATP se direccionará sólo a empresas de hasta 800 trabajadores de acuerdo a un criterio regional y por sector de actividad.

Habrá una reducción gradual para aquellos sectores que hayan retomado su actividad.

En cuanto al ATP fase 3, las empresas que están en zonas donde aún no se abrió la producción o pertenecen a sectores que tienen la orden de no funcionar, como es el caso de hotelería y turismo, seguirán recibiendo la ayuda del Estado para pagar el 50% de los salarios.

De allí las nuevas exigencias de AFIP de actualizar los domicilios de explotación de los empleadores y los domicilios donde se desempeñan cada uno de los trabajadores.

Quienes tengan registrado el domicilio en zonas del país donde ya no rige el ASPO, no tendrán la ayuda para el pago de los salarios.

En otras probablemente se siga asistiendo pero en menor medida y dependiendo la actividad del beneficiario.

¿Cómo cargar los domicilios de los trabajadores?

Desde el Blog del Contador, señalan que la información de los domicilios se deberán cargar en la Simplificación Registral ingresando con CUIT y clave fiscal a la web de AFIP.

El domicilio de explotación del empleador deberá ingresarse en la solapa Datos del Empleador.

En cuanto a los domicilios de desempeño de cada uno de los trabajadores se deberán informar mediante la solapa Relaciones Laborales / Modificaciones y Bajas

Allí se deberá ingresar el CUIL del trabajador a informar y se debera hacer click en Modificar Registro (botón superior a la derecha de la pantalla)

Una vez allí, se puede modificar o ingresar el domicilio de la sucursal donde se desempeña el trabajador.

La información también podrá ingresarse en forma masiva a través de importación de archivo a través de la solapa Relaciones Laborales / Carga Masiva.

Para ello se deberá cumplir con el formato de registro del cuadro anterior.

Autónomos: nuevos valores

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) publicó en su sitio web los nuevos valores para contribuyentes autónomosvigentes desde junio 2020.

Desde el año 2017, y debido al índice de movilidad de las jubilaciones, los valores que deben abonar los autónomos se incrementan cuatro veces al año (en marzo, junio, septiembre y diciembre) en el mismo porcentaje que el mencionado aumento de los haberes previsionales, señalan desde el Blog del Contador.

Para las actualizaciones del año en curso, hay que tener en cuenta que el artículo 55 de la ley 27541 de solidaridad social y reactivación productiva suspende por 180 días la aplicación del índice de movilidad jubilatoria fijada por el artículo 32 de la Ley 24241.

Durante dicho período el Poder Ejecutivo Nacional deberá fijar trimestralmente el incremento de los haberes previsionales correspondientes al régimen general de la Ley 24241, atendiendo prioritariamente a los beneficiarios de más bajos ingresos.

En este sentido, a través del Decreto 495/20 se dispuso que todas las prestaciones previsionales a cargo de la ANSES tendrán un incremento equivalente a 6,12 % sobre el haber devengado correspondiente al mensual mayo de 2020, a partir del 1 de junio de 2020.

Los nuevos valores de autónomos desde junio 2020 son los que se muestran seguidamente y son los correspondientes al devengado junio con vencimiento en el mes de julio y estarán vigentes hasta el mes de agosto con vencimiento en septiembre del año entrante.

Ganancias y Bienes Personales

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extiendió por más de 40 días los plazos para que las personas humanas presenten sus declaraciones juradas y paguen los saldos correspondientes al Impuesto a las Ganancias, Impuesto a los Bienes Personales y el Impuesto Cedular.

La prórroga hasta fines de julio de esas obligaciones beneficia a más de 2 millones de contribuyentes.

La decisión facilita el cumplimiento de las obligaciones tributarias en el marco del aislamiento social preventivo y obligatorio.

La presentación de las declaraciones juradas y el ingreso del saldo resultante del Impuesto a las Ganancias, el Impuesto a los Bienes Personales y el Impuesto Cedular (Impuesto a la Renta Financiera) estaba prevista para mediados de junio.

El nuevo plazo fue comunicado a través de la resolución general 4721 (AFIP) publicada en el Boletín Oficial.

Nuevas fechas de Ganancias y Bienes Personales

A continuación el detalle de las nuevas fechas de vencimiento:

Ganancias y Bienes Personales

CUIT 0, 1, 2 y 3: presentación de la declaración jurada hasta el 24 de julio inclusive. Ingreso del saldo resultante hasta el 27 de julio inclusive.

CUIT 4, 5 y 6: presentación de la declaración jurada hasta el 27 de julio inclusive. Ingreso del saldo resultante hasta el 28 de julio inclusive.

CUIT 7, 8 y 9: presentación de la declaración jurada hasta el 28 de julio inclusive. Ingreso del saldo resultante hasta el 29 de julio inclusive.

Impuesto Cedular (Impuesto a la Renta Financiera)

CUIT 0, 1, 2 y 3: presentación y pago hasta el 27 de julio inclusive.

CUIT 4, 5 y 6: presentación y pago hasta el 28 de julio inclusive.

CUIT 7, 8 y 9: presentación y pago hasta el 29 de julio inclusive.

AFIP prorroga Ganancias y Bienes Personales

Plan de pagos de la AFIP

La AFIP puso en marcha un régimen de facilidades de pago  aplicable para la cancelación de las obligaciones impositivas, aduaneras y de los recursos de la seguridad social, incluidas en los planes de facilidades de pago cuya caducidad haya operado hasta el 30 de abril de 2020, inclusive, con sus respectivos intereses y multas.

La adhesión al régimen podrá efectuarsehasta el 30 de junio de 2020, inclusive.

La cancelación mediante el presente plan de facilidades, no implica reducción de intereses, así como tampoco la liberación de las pertinentes sanciones.

El plan de facilidades de pago reunirá las siguientes características:

a) La cantidad máxima de cuotas a otorgar será de 6.

b) Las cuotas serán mensuales, iguales y consecutivas, excepto para la primera de ellas, a la que se le adicionarán los intereses financieros desde el día de la consolidación del plan hasta su vencimiento.

c) El importe de cada una de las cuotas será igual o superior a $1.000

d) La tasa de financiación se calculará tomando de base la Tasa Efectiva Mensual equivalente a la Tasa Nominal Anual (TNA) canal electrónico para depósitos a plazo fijo en pesos en el Banco de la Nación Argentina a 180 días, vigente para el día 20 del mes inmediato anterior al correspondiente a la consolidación del plan, más un 3% nominal anual.

e) La fecha de consolidación de la deuda será la correspondiente al día de presentación del plan.

Plan de pagos de la AFIP: cómo adherirse

A los fines de adherir al presente régimen se deberá:

a) Ingresar con Clave Fiscal al sistema denominado “MIS FACILIDADES”.

b) Convalidar, modificar, incorporar y/o eliminar las obligaciones adeudadas a regularizar.

c) Elegir el plan de facilidades de pago que corresponda conforme al tipo de obligación que se pretende regularizar. Los conceptos por deuda aduanera y los intereses sobre capital no adeudado, deberán incluirse en un plan de facilidades de pago independiente.

d) Seleccionar la Clave Bancaria Uniforme (CBU) a utilizar, la cual deberá encontrarse previamente declarada a través del servicio denominado “Declaración de CBU”.

e) Consolidar la deuda y proceder al envío de la solicitud de adhesión.

f) Descargar, a opción del contribuyente, el formulario de declaración jurada 1003 junto con el acuse de recibo de la presentación realizada.

La solicitud de adhesión al presente régimen no podrá ser rectificada y se considerará aceptada, siempre que se cumplan en su totalidad las condiciones y los requisitos previstos en esta resolución general.

La inobservancia de cualquiera de ellos determinará el rechazo del plan propuesto, en cuyo caso el importe ingresado no se podrá imputar a la cancelación de las cuotas de un nuevo plan.

Sin perjuicio de lo establecido en el párrafo anterior, se podrá efectuar, hasta el 30 de junio de 2020 inclusive, una nueva solicitud de adhesión por las obligaciones que corresponda incluir.

Nuevo plan de pagos de la AFIP: cómo adherirse

La primera cuota vencerá el día 16 de julio de 2020 y las cuotas subsiguientes vencerán el día 16 de cada mes, las que se cancelarán mediante el procedimiento de débito directo en cuenta bancaria.

En caso que a la fecha de vencimiento general fijada en el párrafo anterior no se hubiera efectivizado la cancelación de la respectiva cuota, se procederá a realizar un nuevo intento de débito directo de la cuenta corriente o caja de ahorro el día 26 del mismo mes.

Las cuotas que no hubieran sido debitadas en la oportunidad indicada en el párrafo precedente, así como sus intereses resarcitorios, podrán ser rehabilitadas por sistema.

Cuando el día de vencimiento fijado para el cobro de la cuota coincida con día feriado o inhábil, se trasladará al primer día hábil inmediato siguiente.

De tratarse de un día feriado local, el débito de la cuota se efectuará durante los días subsiguientes, según las particularidades de la respectiva operatoria bancaria.

Los sujetos que adhieran al presente régimen podrán solicitar por única vez, la cancelación anticipada total de la deuda comprendida en el plan de facilidades de pago, a partir del mes en que se produzca el vencimiento de la segunda cuota.

La caducidad de los planes de facilidades de pago operará de pleno derecho y sin necesidad de que medie intervención alguna por parte de la AFIPo, cuando se produzca la falta de cancelación de 2 cuotas, consecutivas o alternadas, a los 60 días corridos posteriores a la fecha de vencimiento de la segunda de ellas, o la falta de ingreso de la cuota no cancelada a los 60 días corridos contados desde la fecha de vencimiento de la última cuota del plan.

Operada la caducidad -situación que se pondrá en conocimiento del contribuyente a través de su Domicilio Fiscal Electrónico-,la AFIP quedará habilitada para disponer el inicio de las acciones judiciales tendientes al cobro del total adeudado mediante la emisión de la respectiva boleta de deuda.

Los contribuyentes y responsables, una vez declarada la caducidad del plan de facilidades, deberán cancelar el saldo pendiente de deuda mediante transferencia electrónica de fondos, no pudiéndose regularizar en el plan de facilidades de pago permanente.

Fuente: iprofesional.com

ECONOMÍA – Los inversores favorecen a las empresas que promueven el teletrabajo

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Antes de tomar decisiones, los inversores de empresas se fijan cuáles cuidan el medioambiente y promueven el trabajo remoto durante la pandemia.

Algunos gestores de fondos basan parte de sus decisiones de inversión cada vez más en la consideración que las empresas tienen con sus empleados y clientes durante la pandemia de coronavirus.

¿Actuaron las empresas de inmediato para dejar que su personal trabajara desde casa? ¿Continuaron pagando a los empleados contratados que tuvieron que dejar de trabajar? ¿Ofrecen flexibilidad a los clientes que no pueden pagar las facturas a tiempo? Cada vez más, inversores como Dai-ichi Life Insurance Co. y AllianceBernstein Holding LP se hacen preguntas como esas cuando consideran dónde poner su dinero.

Es parte de la creciente tendencia mundial de inversión responsable con el medio ambiente, aspectos sociales y de gobernanza (ESG, de sus siglas en inglés) para poner su dinero en empresas que benefician a la sociedad, pero estos gestores de fondos piensan que también tiene lógica comercial. Ser buenos empleadores y socios comerciales en última instancia puede dar frutos con retornos sostenibles a largo plazo si, por ejemplo, resulta en tasas de retención de personal más altas o ayuda a evitar trastornos en las cadenas de suministro, estiman los inversores.

“Esta pandemia es una prueba de fuego que muestra qué empresas han estado respondiendo a la crisis de manera rápida y adecuada”, dijo Haruna Usui, estratega sénior de inversiones en AllianceBernstein Japan.

“Hubo algunas empresas que tardaron más tiempo en permitir que sus empleados trabajaran desde casa, por ejemplo. Nos gustaría analizar casos individuales”, agregó Usui.

La inversión en proyectos que benefician a la sociedad está en auge en todo el mundo, y la emisión de bonos sociales para pagar tales proyectos han alcanzado un récord globalmente. En Japón, se ha emitido una deuda de 328.000 millones de yenes (US$3.000 millones) de este tipo en lo que va del año, más del 70% de la cifra para todo 2019.

La pandemia de coronavirus está intensificando el enfoque de los inversores en los factores ESG, ya que ha mostrado cómo una crisis de salud pública puede tener graves consecuencias macroeconómicas y crediticias, ha dicho Moody’s Investors Service en un informe esta semana.

Los inversores están atentos a si las empresas ofrecen una mano amiga a medida que el coronavirus hace estragos en las economías de todo el mundo. Japón está en una recesión y se espera que su economía se contraiga más del 20% este trimestre. Las quiebras de empresas en el país relacionadas con la pandemia aumentaron más del 30% en las tres semanas hasta el miércoles, según la firma de análisis Teikoku Databank debido a que los clientes de restaurantes, hoteles y pensiones desaparecieron durante meses.

Mitos y verdades del teletrabajo

Además de preguntarse sobre el teletrabajo, los inversores de capital y crédito en AllianceBernstein en Japón y en otros lugares preguntan a las empresas sobre cosas como si ayudaron a instalar equipos técnicos para el personal en el hogar y si permitieron a los clientes retrasar los pagos de facturas, según Usui.

En Dai-ichi Life, en Tokio, la aseguradora comenzará a preguntar a 250 compañías en las que tiene inversiones de capital si están tomando medidas como dar al personal la opción de trabajar desde casa y si tienen planes de contingencia para seguir operando incluso si sus empleados se infectan con el coronavirus, según el portavoz Tsubasa Miyata.

“Somos un inversor a largo plazo, por lo que no venderemos acciones de compañías de inmediato, incluso si no cumplen con nuestras expectativas ESG”, dijo Miyata. “Continuaremos teniendo un diálogo con ellas y haremos un seguimiento sobre el cambio en los próximos cinco a seis años”.

Fuente: cronistaweb.com

ECONOMÍA – Aguinaldo 2020: ¿cuándo se cobra en junio y cómo se calcula?

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Se trata de una suma que es esperada por los trabajadores argentinos, más aún en las épocas de bolsillos “flacos”. Qué estipula la ley.

Los empleados en relación de dependencia cobran el aguinaldo o sueldo complementario en dos cuotas, la primera en junio y la segunda en diciembre. Entre ambos pagos, suman un sueldo completo, de manera que en cada cuota se paga el 50%, que es lo que se conoce como medio aguinaldo.

La ley dispone que las empresas tienen tiempo hasta 30 de junio y hasta el 18 de diciembre para abonar cada remuneración.

En cuanto al medio aguinaldo de junio, que es el que ya está próximo pagarse, y para el cual el Gobierno está analizando si asistirá a las empresas, el empleador tiene tiempo hasta el día 30 para depositarlo. Es decir, el plazo legal es distinto al que corresponde al depósito del salario de este mes, que se extiende hasta los primeros días hábiles de julio. Hay excepciones, vinculadas a aquellas actividades en los que el componente salarial es muy volátil (por horas extra, comisiones o jornales) y las empresas necesitan esperar hasta fin de mes para tener la información completa para liquidar el salario complementario.

Cuánto se cobra

A grandes rasgos, para calcular el medio aguinaldo de junio debe tomarse el salario más alto del semestre y dividirlo por dos. La ley 23.041, sancionada en enero de 1984, dispuso que el aguinaldo “será pagado sobre el cálculo del 50% de la mayor remuneración mensual devengada por todo concepto dentro de los semestres que culminan en junio y diciembre de cada año”.

Las empresas tienen tiempo hasta 30 de junio y hasta el 18 de diciembre para abonar cada remuneración.

Esa mayor remuneración mensual debe tener en cuenta algunos conceptos que se adicionan al básico. Por ejemplo, las horas extras y las comisiones deben ser tenidas en cuenta para hacer el cálculo.

En cambio, la trabajadora con licencia por maternidad no percibe remuneraciones, sino un subsidio que abona la ANSES. Ese pago no se computa para el cálculo del aguinaldo. Si la trabajadora entró en licencia el 1 de abril, por ejemplo, cobrará el medio aguinaldo de manera proporcional por los meses trabajados y de acuerdo a los salarios que percibió mientras estuvo en actividad.

Algo similar ocurre con las asignaciones familiares. Como son un subsidio que paga ANSES, no forman parte del salario y no se tienen en cuenta para el cálculo del medio aguinaldo.

Conflicto en la cuarentena

Frente a las versiones sobre el riesgo de pago del medio aguinaldo en junio a raíz de la pandemia, el cotitular la CGT Héctor Daer afirmó que los trabajadores “tienen que cobrar el aguinaldo” y que “no hay ningún debate sobre la mesa” respecto a la posibilidad de que no se pague debido a la crisis económica derivada de la pandemia de coronavirus.

“Los trabajadores deben cobrar el aguinaldo tal cual lo establece la ley de contrato de trabajo. Esto es así y hasta ahora no hay puesto ningún debate sobre la mesa”, dijo el gremialista.

En ese sentido, el líder del gremio de Sanidad expresó que “no podemos plantearnos una generalización como la que aparece hoy en la prensa, porque lo que estaríamos haciendo es una transferencia financiera hacia los sectores empresariales”.

Daer se refirió al cobro del medio aguinaldo durante la cuarentena

“Acá no se puede establecer una generalidad sobre una situación que no es a nivel país. Si hay sectores empresarios que les va muy bien, ¿por qué van a tener un paraguas de cobertura (con el no pago del aguinaldo) con beneficios financieros en detrimento de la economía de los trabajadores y sus familias”, planteó.

Por otra parte, destacó el Programa de Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP) y recordó que “hay que tener en cuenta que el objetivo de los ATP es generar sustentabilidad frente a la crisis provocada por la pandemia” del coronavirus.

En ese marco, añadió: “El ATP del Gobierno auxilia el salario de los trabajadores en el medio de la crisis provocada por la pandemia. Si hubieron empresas que no lo necesitaban o que incluyeron en sus registros a personas que no lo necesitaban, no debieran haber incluido, me parece que no es ético”.

En tanto, Daer también dijo que “la dirigencia argentina, toda la dirigencia del país, ya debemos ir pensando la Argentina post pandemia, debemos pensar en cómo volver a una economía normal, a un mercado mucho más regulado y mucho más activo, más equitativo con los trabajadores adentro de las empresas y no que el ajuste económico caiga sobre los trabajadores”.

Finalmente, el cotitular de la CGT y líder de Sanidad dijo que la “Argentina tiene que tener una profunda reforma impositiva, donde los que más tienen y más ganan generen un mayor esfuerzo, y no como hoy que con el impacto del Impuesto al Valor Agregado (IVA) los que consumen con su salario pagan el 21 por ciento liso y llano y otros tienen un menor porcentaje de ese tributo”.

Fuente: ambito.com

Actuación profesional. Coronavirus

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Sector Público Nacional. Modalidad de pago de la primera mitad del SAC.

El Sector Público Nacional, incluido el Financiero, Bancario y No Bancario, abonará la 1er cuota del SAC, del siguiente modo: dentro del plazo legal previsto, hasta $40.000 brutos, y el excedente de dicho valor, en 2 cuotas iguales y consecutivas junto con las remuneraciones de julio y agosto de 2020.

Decreto (PE – DNU) Nº 547/2020 (BO 23/06/2020)

Fuente: Lisicki Litvin

ECONOMÍA – El FMI empeoró su pronóstico para la Argentina: ahora estima que la economía caerá 9,9% en 2020

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Son las nuevas proyecciones del organismo presentadas en el informe Perspectivas Económicas Mundiales (WEO). En abril, la contracción prevista era del 5,7%. La recuperación será más lenta.
La directora gerente del FMI, Kristalina Georgieva, y el ministro de Economía, Martín Guzmán, en uno de los últimos encuentros en el Vaticano, antes del Covid-19

En un contexto de alta incertidumbre producto de la evolución de la pandemia y del impacto que tiene en las diferentes economías del mundo, el Fondo Monetario Internacional (FMI) recortó las estimaciones de actividad que había informado en abril, en el marco de la Asamblea de Primavera virtual, y adelantó que la nueva proyección para la Argentina implica una contracción del PBI del 9,9%, frente al 5,7% de caída estimado hace dos meses.

A su vez, también fue menos optimista en torno a la recuperación esperada para el 2021, ya que de un crecimiento de 4,4% esperado en abril, ahora el organismo prevé que el rebote será de 3,9%. De ser así, la economía argentina el año próximo quedará lejos de volver a los niveles pre pandemia, que ya eran bajos.

Los datos corresponden al informe de Perspectivas Económicas Mundiales (WEO, según sus siglas en inglés), que en el caso de la Argentina y del resto de los países de la región, serán explicados el viernes por el director del Departamento del Hemisferio Occidental, Alejandro Werner. Para Brasil, las proyecciones indican una caída del 9,1% este año, mientras que asciende al 10,5% en el caso de México.

En el caso argentino, 2020 será el tercer año de recesión, ya que en 2019 el país registró una caída del 2,2% y el año anterior había sido de 2,5%. Las estimaciones para este año son diversas. El Banco Mundial informó hace pocas semanas que, según sus proyecciones, la economía argentina caerá 7,3%, pero hay algunos bancos de inversión que ya estiman bajas del orden del 12%.

Es el caso del JP Morgan, que adelantó estos números en un seminario realizado ayer de manera virtual. Según el banco, si bien la Argentina controló a tiempo lo sanitario con la cuarentena temprana, el impacto en la economía será muy grande. Por cada mes de aislamiento, la caída del producto oscila entre el 2% y el 2,5%. De hecho, hace un mes la contracción proyectada era del 10 por ciento.

El director del Departamento del Hemisferio Occidental, Alejandro Werner, dará precisiones sobre la región en una rueda de prensa prevista para el viernes

En el caso argentino, los analistas no sólo explican las estimaciones de contracción de la actividad por los efectos que está teniendo -y que aún no terminó de generar- el COVID-19 en los distintos sectores. La falta de definición, a seis meses de iniciado el actual gobierno, de la reestructuración de la deuda externa agrega un manto de duda al escenario económico. Incluso, las previsiones del BM incluyen la incertidumbre en materia de deuda para explicar la caída del PBI estimada para este año.

Recesión global

En cuanto a la economía global, también caerá más de lo que había previsto el FMI cuando presentó el WEO el abril. De una contracción de 3 puntos estimada dos meses atrás, ahora esa cifra se elevó a -4,9%. Los países desarrollados tendrán una caída del 8%, con los Estados Unidos en esos niveles y los europeos con cifras de hasta 12,8%, como por ejemplo Italia y España.

“La pandemia de COVID-19 ha tenido un impacto en el primer semestre más negativo de lo previsto, y se prevé que la recuperación sea más gradual de lo estimado anteriormente. En 2021, el crecimiento global se proyecta en 5,4%. El impacto adverso en los hogares de ingresos bajos son particularmente agudos, poniendo en peligro el progreso significativo logrado en la reducción de la pobreza extrema en el mundo desde la década de 1990″, dice el informe del FMI.

El WEO afirma también que al igual que con las proyecciones de abril, existe un grado de incertidumbre más alto de lo habitual en torno a este pronóstico. En economías con disminución de las tasas de infección, la ruta de recuperación más lenta en el pronóstico actualizado refleja el distanciamiento social persistente en la segunda mitad de 2020, mientras que para las economías que luchan por controlar el virus, un bloqueo más prolongado infligirá un costo adicional en la actividad, proyecta el organismo internacional.

El Fondo consideró que todos los países, incluso los que aparentemente han superado los picos de infecciones, deben garantizar que los sistemas de salud cuentan con los recursos adecuados y remarcó que “la comunidad internacional debe intensificar enormemente su apoyo a las iniciativas nacionales”. “Cuando se requieren bloqueos, la política económica debe continuar amortiguando las pérdidas de ingresos de los hogares con medidas considerables y bien focalizadas, así como brindar apoyo a las empresas que sufren las consecuencias de los mandatos restricciones en la actividad”, manifestó el organismo que dirige Kristalina Georgieva.

A su vez, consideró que en los casos en que las economías se reabran, el apoyo específico debería irse reduciendo gradualmente a medida que comienza la recuperación, y las políticas deberían proporcionar un estímulo para elevar la demanda. El FMI insistió en que “una fuerte cooperación multilateral sigue siendo esencial en múltiples frentes”.

Fuente: infobae economico

NACIONALES – Después de fuertes tironeos, el Gobierno mantiene la ayuda a las empresas, pero fija nuevas condiciones

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El gabinete económico moderó el recorte en los subsidios ante los reclamos de la UIA. ¿Cuáles serán las líneas de crédito disponibles?.

El recorte de los subsidios a las empresas será menor al previsto y habrá fondos para las empresas de más de 800 empleados afectadas por el aislamiento. Así, lo definió este miércoles el gabinete económico en una reunión encabezada por el jefe de ministros, Santiago Cafiero, en la que se decidió mantener el grueso de la ayuda al sector privado, aunque bajo nuevas condiciones.

Los detalles que se conocerán este jueves en el Boletín Oficial implican una marcha atrás en forma parcial, ya que hasta anoche la idea era aplicar una fuerte reducción en el gasto, exceptuando a los sectores críticos. La preocupación central sigue siendo la caída de la recaudación y de la actividad económica.

En ese escenario, se decidió prorrogar buena parte del programa de Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP). Eso sí, habrá un nuevo requisito: las empresas que lo reciban no podrán aumentar los honorarios de los directores por un año. Y  los beneficiarios no podrán tener un ingreso superior a $120.000 brutos, cuando antes era de $250.000.

Las definiciones llegaron después de fuertes cruces con la Unión Industrial Argentina (UIA) y la CGT, en medio de tensiones por la intención de los privados de pagar en cuotas el aguinaldo, replicando el fraccionamiento dispuesto por el sector público. Pero el Gobierno ratificó que no habrá fondos para el pago del sueldo anual complementario.

Como resultado de las negociaciones, los cambios serán menos bruscos de lo que se esperaba en un primer momento.

“Durante la reunión se definió que esta tercera etapa del programa ATP estará marcada por la nueva normalidad que rige en el país, donde un 85% de la actividad productiva en el territorio argentino se encuentra en funcionamiento, pero sosteniendo las herramientas y medidas para los sectores que siguen afectados por el ASPO (Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio)”, explicó el Gobierno en un comunicado.

En este sentido, el pago de salarios de junio que se cobra en julio por parte del Estado continuará cubriendo hasta $33.750, equivalente a dos salarios mínimos vital y móvil, en las zonas bajo aislamiento (ASPO) y las actividades críticas, como las relacionadas al turismo, la hotelería, a la cultura, entre otras. En esos casos no habrá diferencias entre las empresas según su cantidad de empleados. 

Como ya venía ocurriendo, las empresas además deberán demostrar una facturación real menor a la del año pasado y abstenerse de realizar operaciones financieras.

Los sectores críticos mantendrán los subsidios y las empresas con más de 800 empleados ya no los recibirán.

La situación será diferente para las empresas bajo distanciamiento obligatorio (DISPO). En este caso, solo aquellas con hasta 800 empleados percibirán hasta un salario mínimo, vital y móvil, de $16.875, “destacándose de esta manera que ninguna empresa pyme quedará fuera del programa”, informaron las autoridades.

“Esta modificación obedece a concentrar mayores recursos en aquellos lugares que están atravesando una situación más complicada por el alto nivel de contagio y que, por ende, tienen la actividad productiva más afectada”, señaló la jefatura de Gabinete

De esa manera, las compañías de mayor tamaño bajo DISPO quedarían excluidas del beneficio. “Las grandes empresas están casi todas están funcionando”, explicaron fuentes oficiales. Ponen de ejemplo el caso de Toyota, que “utilizó el primer ATP y ya para el segundo no lo pidió porque había empezado a producir”.

Hasta el momento, el programa fue otorgado a más de 4 millones y medio de trabajadores en los dos meses en los cuales se implementó, t más del 98% de las empresas benificiadas, poseen hasta 100 empleados y empleadas.

“El objetivo es que la nueva dinámica del ATP se acompañe de las diversas líneas de créditos, porque hay muchas empresas que ya recuperaron su actividad y las necesidades difieren según su estado de funcionamiento”, señaló la jefatura de Gabinete.

Del encuentro participaron el ministro de Economía, Martín Guzmán, y sus pares de Trabajo y Desarrollo Productivo, Claudio Moroni y Matías Kulfas, respectivamente; la titular de la AFIP; Mercedes Marcó del Pont, el presidente del Banco Central; Miguel Ángel Pesce y la vicejefa de Gabinete, Cecilia Todesca Bocco.

Créditos para empresas, monotributistas y autónomos

Para las empresas excluidas y otros sectores, en tanto, habrá líneas de créditos a tasa subsidiada :

* En ese sentido, se extenderá hasta finales del mes de julio el préstamo al 0% que otorga la AFIP por el cual ya se beneficiaron más de 500 mil monotributistas y autónomos.

* Seguirá vigente la línea de financiamiento al sector productivo al 24% a cargo del Banco Central.

* También estará disponible la nueva línea, denominada “Línea Pyme Plus”, que gestiona el Ministerio de Desarrollo Productivo junto al Banco Central y que está dirigida a un universo de pymes que nunca antes habían tomado un crédito bancario.

Las medidas se conocieron después de la reunión que mantuvo este martes Kulfas con la primera plana de la UIA, tal como adelantó iProfesional. Allí, los empresarios plantearon su preocupación por el eventual retorno a la cuarentena dura y la prohibición de actividades, pero Kulfas dejó entrever que podrían seguir funcionando los rubros esenciales, aunque la última palabra la tendrá Cafiero.

El ministro de Desarrollo Productivo se reunió este martes con la UIA para negociar los últimos detalles de los ATP

“Como no se demostró que tuvieran generación de coronavirus espero que las empresas puedan seguir trabajando, cumpliendo los estrictos protocolos de transporte, pero no depende de mí”, les respondió el funcionario.

Esto significa que las empresas deberán seguir garantizando el transporte de su personal. Los hombres de la UIA también se mostraron inquietos por un endurecimiento en el manejo de las autorizaciones para habilitar actividades. En un primer momento, los permisos eran otorgados por Nación, luego pasaron a ser una decisión de las provincias y ahora los administran los municipios.

El Gobierno se encuentra en una encrucijada. Por un lado, la economía sigue dando señales de un deterioro creciente, con una caída interanual del 5,4% del PBI en el primer trimestre previo a la pandemia. Y, por otro, con más de 2.000 contagios por día, se teme el desembarco del anunciado pico de la pandemia para las próximas semanas.

En ese escenario, Alberto Fernández busca aplicar mayores restricciones pero sin afectar la actividad económica. La fórmula de compromiso sería limitar por 15 días el transporte entre el cornubano y la Ciudad, manteniendo abiertos los comercios de cercanía y las industrias en marcha en el AMBA.

Fuente: iprofesional.com