Home Blog Page 658

ECONOMÍA – Por la pandemia, ya no será necesario firmar cupones al pagar con tarjetas de crédito o débito

0

Así lo anunció hoy la Asociación de Tarjetas de Crédito y Compra (Atacyc). Muchos comercios ya lo venían implementando desde los comienzos de la cuarentena.

Cuando se realicen compras con tarjetas de crédito o débito ya no será necesario firmar el cupón y sólo bastará con mostrar el DNI, con el fin de reducir el contacto en medio de la pandemia de coronavirus.

Así lo anunció hoy la Asociación de Tarjetas de Crédito y Compra (ATACYC), aunque en rigor muchos comercios ya lo venían implementando desde los comienzos de la cuarentena.

La entidad señaló que la medida está orientada a “reducir el contacto físico y el tiempo de cobro para resguardar la salud de todos los usuarios“.

Esta nueva modalidad rige para abonar cualquier importe, con tarjeta de débito o crédito y es sin tope, informó esa cámara en un comunicado.

El director ejecutivo de AtacycCésar Bastien, dijo que la decisión “busca cuidar la salud tanto de compradores como de cajeros y comerciantes y es una pequeña contribución para evitar la propagación del coronavirus”.

Recordó la importancia de “recordar que, si la transacción se realiza con una tarjeta y una terminal Contactless, no hay necesidad de entregar la tarjeta, sólo se la aproxima a la terminal y se realiza el pago”.

Refinanciaciones

Desde mayo los vencimientos de las tarjetas de crédito no se postergaron y no sucedió lo mismo que en marzo y abril, cuando el Banco Central le impuso un plan a los bancos para que le ofrecieran a los clientes financiar en cuotas el saldo del mes pasado.

Sí se mantiene el tope de la tasa que se puede aplicar para financiar el saldo de los plásticos, que es de 43%.

Los que dejaron de pagar el total de la tarjeta de crédito en abril pudieron entrar al plan para saldar esa cuenta en cuotas.

El plan daba tres meses de gracia y luego, desde agosto, se empieza a cancelar en 9 cuotas fijas mensuales iguales.

Por su parte, el bloque del Frente de Todos presentó en el Congreso un proyecto de ley para suspender los intereses punitorios por el uso de tarjetas de crédito que no sean emitidas por bancos hasta que finalice la cuarentena, que aún no fue considerado.

Fuente: aire digital

NACIONALES – La Casa Rosada extendió la doble indemnización hasta fin de año

0
El gobierno nacional extendió ayer hasta fin de año la doble indemnización por despidos sin causa, una medida instaurada a principios de 2020 y que vencía esta semana.

El gobierno nacional extendió ayer hasta fin de año la doble indemnización por despidos sin causa, una medida instaurada a principios de 2020 y que vencía esta semana.

La doble indemnización fue fijada por un decreto de necesidad y urgencia (DNU) durante el plazo de 180 días. Esa normativa declaró la emergencia pública en materia ocupacional por seis meses y estableció, que “en caso de despido sin justa causa” durante dicho período, los trabajadores “tendrán derecho a percibir el doble de la indemnización correspondiente de conformidad a la legislación vigente”.

Finalmente, la Casa Rosada resolvió prorrogar otros seis meses el mecanismo de protección laboral, que la CGT había pedido extender ya que muchas empresas, pese a la restricción, avanzaron con cesantías y recortes de personal.

En ese marco, el Ejecutivo también prorrogó por otros 60 días la prohibición que rige para las empresas de realizar despidos sin justa causa o bajo el pretexto de fuerza mayor (ver aparte).

“En el contexto de la emergencia pública en materia económica, social y sanitaria, y con el objetivo de continuar implementando medidas dirigidas a mantener el ingreso y el empleo de la población, el gobierno resolvió prorrogar la prohibición de realizar despidos sin justa causa y por las causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor, por el plazo de 60 días”, destacó el comunicado oficial.

Poco antes del anuncio del Ejecutivo, Héctor Daer (titular de la CGT) había señalado: “Es verdad que están prohibidos los despidos, pero también es cierto que si alguien baja la persiana y no acepta ninguna reinstalación, no es lo mismo plantear el debate por el puesto de trabajo con la simple indemnización que con la doble”.

Fuente: lacapital.com

IMPOSITIVAS – Renta financiera: la AFIP determinó el tratamiento para los intereses de plazo fijo

0
La AFIP habilitó las aplicaciones para que las personas humanas y sucesiones indivisas puedan presentar las declaraciones juradas 2019

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitó las aplicaciones para que las personas humanas y sucesiones indivisas puedan presentar las declaraciones juradas del impuesto a las Ganancias, sobre los Bienes Personales y renta financiera 2019.

“Aquellos que obtuvieron ingresos provenientes de depósitos a plazo fijo, inversiones y/o venta o enajenación de bienes inmuebles, se sugiere realizar primero la declaración del Impuesto Cedular”, señalan desde el Blog del Contador.

Para Ganancias se podrá optar por declarar por el método simplificado o el general.

Régimen simplificado

Podrán hacer esta declaración exclusivamente quienes percibieron ingresos por alguna de las siguientes actividades:

  • Trabajo en relación de dependencia, jubilaciones y pensiones
  • Actor que percibe ingresos a través de la Asociación Argentina de Actores
  • Socio de sociedades cooperativas, y trabajás personalmente en la explotación – por los servicios prestados-(incluyendo el retorno percibido)

También podrán realizar su declaración por el Régimen Simplificado si, además de los ingresos antes mencionados, se obtuvieron rentas por las cuales se haya adherido al Régimen Simplificado para pequeños contribuyentes (Monotributo) o si resultaron exentas, no alcanzadas o no computables en el Impuesto a las Ganancias.

Renta financiera: intereses de plazo fijo

Respecto a la aplicación para liquidar al Impuesto Cedular del año 2019, se puede observar que dentro de los “Intereses de depósito a plazo”, no se encuentra incluida la posibilidad de informar el rendimiento por depósitos en moneda nacional o sin claúsula de ajuste. Solo se encuentra la opción de informar los depósitos bancarios a plazo en moneda extranjera o con claúsula de ajuste, señalan desde el Blog Contadores en Red.

Fuente: iprofesional.com

ECONOMÍA – Los trabajadores ya pueden consultar la fecha de pago del ATP en el sitio de la Anses

0

Los trabajadores beneficiarios del Salario Complementario del programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP), ya pueden consultar la fecha de pago del mismo en el sitio web de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses), informó el organismo a través de un comunicado.

En el mismo se precisó que los interesados deben ingresar en www.anses.gob.ar, sección Accesos rápidos, colocar su número de Clave Única de Identidad Laboral (CUIL) y el sistema les confirmará la fecha de acreditación.

El ATP brinda una asignación compensatoria al salario que es abonada por la Anses, para todos los trabajadores en relación de dependencia de empresas del sector privado que cumplan con los requisitos para contar con los beneficios.

La Anses recordó que la asignación será del 50% del salario neto de febrero de 2020 y no podrá ser inferior a un Salario Mínimo, Vital y Móvil, actualmente en $ 16.875, ni superar dos SMVM, es decir, $ 33.750, ni al total del salario neto de ese mes.

Fuente: ellitoral.com

ECONOMÍA – El Banco Mundial pronosticó una caída del 7,3% para la economía argentina este año por el coronavirus y la incertidumbre de la deuda

0
El organismo internacional dio a conocer su informe “Perspectivas Económicas Mundiales”. La recuperación se dará en 2021, con un crecimiento esperado del 2,1%.
 

La Argentina sufrirá una caída de su PBI del 7,3% este año producto del coronavirus y la incertidumbre relacionada con la renegociación de la deuda pública aún en curso, según pronosticó el Banco Mundial en su informe “Perspectivas Económicas Mundiales” dado a conocer este mediodía.

“Las estrictas medidas de mitigación del Covid-19 junto con una menor demanda de exportación y los impactos de la incertidumbre relacionados con la negociación de la deuda en curso contribuirán a una proyección de contracción del PBI de 7,3 por ciento en 2020”, dice textualmente el documento del organismo internacional. A su vez, el banco estima una recuperación para el 2021 de 2,1%, que dependerá de un rebote del consumo y la inversión producto de la restauración de la confianza, si resulta exitoso el canje de la deuda.

En una conferencia de prensa ofrecida telefónicamente, el economista principal del Grupo de Perspectivas del Banco Mundial, Carlos Arteta, manifestó que el país tiene una negociación de deuda en curso y se mostró esperanzado con que los resultados “sean satisfactorios para todas las partes”. Consultado por Infobae acerca del casi nulo margen fiscal que tiene la Argentina para seguir tomando medidas tendientes a paliar los efectos de la pandemia, el analista asumió que “será difícil implementar más impulso fiscal porque la región se encuentra en una situación más adversa que en la crisis de 2008-2009”.

Mientras que en 2007, antes de que comience esa crisis, el déficit fiscal primario de la región ascendía al 0,5% del PBI, en 2019 aumentó a 2,5% del producto. En tanto que la deuda externa trepó del 40% del PBI en 2007, al 55% el año pasado. “Las condiciones fiscales son peores que antes del comienzo de la crisis de 2008. Será más difícil para muchos países poder contar con las políticas fiscales necesarias para salir de esta recesión. Esperamos que, incluso si hay poco nivel de maniobra, se implementen las medidas necesarias. Habría que reorientar el gasto hacia los sectores más vulnerables”, aclaró Arteta.

La caída de la economía argentina este año estará en línea con la que se espera para la región. Para el BM, América Latina y el Caribe sufrirán una contracción de su PBI del 7,2% en 2020 e implicará una “recesión mucho más profunda que las que ocurrieron durante la crisis financiera mundial en 2008-2009 y la crisis de la deuda de América Latina en la década de 1980”.

La proyección es que la actividad económica caerá a su punto más bajo en el segundo trimestre del año, cuando las medidas de mitigación alcancen, por el contrario, los niveles más altos. Bajo este escenario, una normalización de las condiciones domésticas y globales permitiría la recuperación de la región en 2021, con un crecimiento del 2,8%, según el estudio.

“Uno esperaría que en la región se produzca una recuperación grande para llegar al mismo nivel del cual partimos, pero eso no va a ocurrir. El nivel de producto se va a mantener bajo por lo menos por algunos años. Incluso, esta modesta recuperación va a darse, si todo sale como pensamos: que la pandemia se controla, que los precios de los commodities se recuperan y que los flujos de capitales se normalizan. Aún con este panorama benigno, el crecimiento 2021 será bastante insuficiente”, enfatizó Arteta en la rueda de prensa telefónica.

Para Brasil, principal socio comercial del país, las expectativas son aún más negativas que las de la Argentina y el promedio regional. Para el banco, su economía caerá 8% este año debido a los bloqueos, la caída de la inversión y la caída en los precios de los commodities.

David Malpass, presidente del Banco Mundial, proyecta que la economía mundial caerá 5,2% este año por la pandemia

De acuerdo con el documento, la fuerte caída de los precios mundiales de los productos básicos ha sido un obstáculo para gran parte de la región, particularmente para los productores de petróleo y de gas. “Las condiciones financieras se han deteriorado, y las grandes economías experimentan importantes salidas de capitales y primas de riesgo en los mercados de bonos soberanos más altos que a principios de 2020”, planteó el BM.

En cuanto a la economía mundial, el impacto “súbito y generalizado” de la pandemia del coronavirus y las medidas de suspensión de las actividades que se adoptaron para contenerla han ocasionado una drástica contracción del PBI mundial, que caerá 5,2 % este año, de acuerdo a las proyecciones del banco. “Sería la peor recesión desde la Segunda Guerra Mundial, y la primera vez desde 1870 en que tantas economías experimentarían una disminución del producto per cápita”, había dicho el organismo cuando presentó las estimaciones económicas mundiales de junio.

IMPOSITIVAS – La AFIP habilitó las declaraciones de Ganancias y Bienes Personales 2019: cuándo vencen

0
La AFIP habilitó las aplicaciones para que las personas humanas y sucesiones indivisas puedan presentar las declaraciones juradas 2019.
 

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitó las aplicaciones para que las personas humanas y sucesiones indivisas puedan presentar las declaraciones juradas del impuesto a las Ganancias, sobre los Bienes Personales y renta financiera 2019.

“Aquellos que obtuvieron ingresos provenientes de depósitos a plazo fijo, inversiones y/o venta o enajenación de bienes inmuebles, se sugiere realizar primero la declaración del Impuesto Cedular”, señalan desde el Blog del Contador.

Para Ganancias se podrá optar por declarar por el método simplificado o el general.

Régimen simplificado

Podrán hacer esta declaración exclusivamente quienes percibieron ingresos por alguna de las siguientes actividades:

  • Trabajo en relación de dependencia, jubilaciones y pensiones
  • Actor que percibe ingresos a través de la Asociación Argentina de Actores
  • Socio de sociedades cooperativas, y trabajás personalmente en la explotación – por los servicios prestados-(incluyendo el retorno percibido)

También podrán realizar su declaración por el Régimen Simplificado si, además de los ingresos antes mencionados, se obtuvieron rentas por las cuales se haya adherido al Régimen Simplificado para pequeños contribuyentes (Monotributo) o si resultaron exentas, no alcanzadas o no computables en el Impuesto a las Ganancias.

Prórroga de Ganancias y Bienes Personales

En tanto, la AFIP extiendió por más de 40 días los plazos para que las personas humanas presenten sus declaraciones juradas y paguen los saldos correspondientes al Impuesto a las Ganancias, Impuesto a los Bienes Personales y el Impuesto Cedular.

La prórroga hasta fines de julio de esas obligaciones beneficia a más de 2 millones de contribuyentes.

La decisión facilita el cumplimiento de las obligaciones tributarias en el marco del aislamiento social preventivo y obligatorio.

La presentación de las declaraciones juradas y el ingreso del saldo resultante del Impuesto a las Ganancias, el Impuesto a los Bienes Personales y el Impuesto Cedular (Impuesto a la Renta Financiera) estaba prevista para mediados de junio.

El nuevo plazo fue comunicado a través de la resolución general 4721 (AFIP) publicada este jueves en el Boletín Oficial.

Nuevas fechas de Ganancias y Bienes Personales

A continuación el detalle de las nuevas fechas de vencimiento:

Ganancias y Bienes Personales

CUIT 0, 1, 2 y 3: presentación de la declaración jurada hasta el 24 de julio inclusive. Ingreso del saldo resultante hasta el 27 de julio inclusive.

CUIT 4, 5 y 6: presentación de la declaración jurada hasta el 27 de julio inclusive. Ingreso del saldo resultante hasta el 28 de julio inclusive.

CUIT 7, 8 y 9: presentación de la declaración jurada hasta el 28 de julio inclusive. Ingreso del saldo resultante hasta el 29 de julio inclusive.

Impuesto Cedular (Impuesto a la Renta Financiera)

CUIT 0, 1, 2 y 3: presentación y pago hasta el 27 de julio inclusive.

CUIT 4, 5 y 6: presentación y pago hasta el 28 de julio inclusive.

CUIT 7, 8 y 9: presentación y pago hasta el 29 de julio inclusive.

AFIP prorroga Ganancias y Bienes Personales

Nuevo plan de pagos de la AFIP

La AFIP puso en marcha un régimen de facilidades de pago  aplicable para la cancelación de las obligaciones impositivas, aduaneras y de los recursos de la seguridad social, incluidas en los planes de facilidades de pago cuya caducidad haya operado hasta el 30 de abril de 2020, inclusive, con sus respectivos intereses y multas.

La adhesión al régimen podrá efectuarsehasta el 30 de junio de 2020, inclusive.

La cancelación mediante el presente plan de facilidades, no implica reducción de intereses, así como tampoco la liberación de las pertinentes sanciones.

El plan de facilidades de pago reunirá las siguientes características:

a) La cantidad máxima de cuotas a otorgar será de 6.

b) Las cuotas serán mensuales, iguales y consecutivas, excepto para la primera de ellas, a la que se le adicionarán los intereses financieros desde el día de la consolidación del plan hasta su vencimiento.

c) El importe de cada una de las cuotas será igual o superior a $1.000

d) La tasa de financiación se calculará tomando de base la Tasa Efectiva Mensual equivalente a la Tasa Nominal Anual (TNA) canal electrónico para depósitos a plazo fijo en pesos en el Banco de la Nación Argentina a 180 días, vigente para el día 20 del mes inmediato anterior al correspondiente a la consolidación del plan, más un 3% nominal anual.

e) La fecha de consolidación de la deuda será la correspondiente al día de presentación del plan.

Nuevo plan de pagos de la AFIP: cómo adherirse

A los fines de adherir al presente régimen se deberá:

a) Ingresar con Clave Fiscal al sistema denominado “MIS FACILIDADES”.

b) Convalidar, modificar, incorporar y/o eliminar las obligaciones adeudadas a regularizar.

c) Elegir el plan de facilidades de pago que corresponda conforme al tipo de obligación que se pretende regularizar. Los conceptos por deuda aduanera y los intereses sobre capital no adeudado, deberán incluirse en un plan de facilidades de pago independiente.

d) Seleccionar la Clave Bancaria Uniforme (CBU) a utilizar, la cual deberá encontrarse previamente declarada a través del servicio denominado “Declaración de CBU”.

e) Consolidar la deuda y proceder al envío de la solicitud de adhesión.

f) Descargar, a opción del contribuyente, el formulario de declaración jurada 1003 junto con el acuse de recibo de la presentación realizada.

La solicitud de adhesión al presente régimen no podrá ser rectificada y se considerará aceptada, siempre que se cumplan en su totalidad las condiciones y los requisitos previstos en esta resolución general.

La inobservancia de cualquiera de ellos determinará el rechazo del plan propuesto, en cuyo caso el importe ingresado no se podrá imputar a la cancelación de las cuotas de un nuevo plan.

Sin perjuicio de lo establecido en el párrafo anterior, se podrá efectuar, hasta el 30 de junio de 2020 inclusive, una nueva solicitud de adhesión por las obligaciones que corresponda incluir.

Nuevo plan de pagos de la AFIP: cómo adherirse

La primera cuota vencerá el día 16 de julio de 2020 y las cuotas subsiguientes vencerán el día 16 de cada mes, las que se cancelarán mediante el procedimiento de débito directo en cuenta bancaria.

En caso que a la fecha de vencimiento general fijada en el párrafo anterior no se hubiera efectivizado la cancelación de la respectiva cuota, se procederá a realizar un nuevo intento de débito directo de la cuenta corriente o caja de ahorro el día 26 del mismo mes.

Las cuotas que no hubieran sido debitadas en la oportunidad indicada en el párrafo precedente, así como sus intereses resarcitorios, podrán ser rehabilitadas por sistema.

Cuando el día de vencimiento fijado para el cobro de la cuota coincida con día feriado o inhábil, se trasladará al primer día hábil inmediato siguiente.

De tratarse de un día feriado local, el débito de la cuota se efectuará durante los días subsiguientes, según las particularidades de la respectiva operatoria bancaria.

Los sujetos que adhieran al presente régimen podrán solicitar por única vez, la cancelación anticipada total de la deuda comprendida en el plan de facilidades de pago, a partir del mes en que se produzca el vencimiento de la segunda cuota.

La caducidad de los planes de facilidades de pago operará de pleno derecho y sin necesidad de que medie intervención alguna por parte de la AFIPo, cuando se produzca la falta de cancelación de 2 cuotas, consecutivas o alternadas, a los 60 días corridos posteriores a la fecha de vencimiento de la segunda de ellas, o la falta de ingreso de la cuota no cancelada a los 60 días corridos contados desde la fecha de vencimiento de la última cuota del plan.

Operada la caducidad -situación que se pondrá en conocimiento del contribuyente a través de su Domicilio Fiscal Electrónico-,la AFIP quedará habilitada para disponer el inicio de las acciones judiciales tendientes al cobro del total adeudado mediante la emisión de la respectiva boleta de deuda.

Los contribuyentes y responsables, una vez declarada la caducidad del plan de facilidades, deberán cancelar el saldo pendiente de deuda mediante transferencia electrónica de fondos, no pudiéndose regularizar en el plan de facilidades de pago permanente.

Fuente: iprofesional.com

ECONOMÍA – Crecieron 3,8% las operaciones con tarjeta de crédito en mayo y revirtieron la tendencia negativa de abril

0

Según datos oficiales, el saldo alcanzó los 589.857 millones de pesos. Sin embargo, el consumo con este medio de pago sigue planchado y en los últimos 90 días acumula una baja del 0,6%

Las operaciones de compra con tarjetas de crédito registraron en mayo un alza del 3,8%, por lo que el saldo alcanzó los 589.857 millones de pesos, según datos oficiales. Así, el crecimiento interanual llegó al 48,9%, revirtiendo la desaceleración del mes previo cuando había mostrado el fuerte impacto de la cuarentena debido a la política sanitaria para contener la pandemia de coronavirus Covid-19.

Más allá del incipiente rebote de mayo, el consumo con tarjetas de crédito sigue planchado en comparación a cuando la pandemia no se había declarado: en los últimos 90 días acumula una baja del 0,6%.

Las operaciones en pesos, que en el mes de abril habían arrojado una baja del 4,8% respecto al mes de marzo, lograron revertir la tendencia, un mes que estuvo marcado por una apertura progresiva del consumo.

La suba total fue del orden de los 21.326 millones de pesos, indicó la consultora financiera First Capital Group tomando como base datos oficiales del Banco Central de la República Argentina (BCRA).

“La recuperación del saldo de las operaciones con tarjetas en el mes puede estar influenciada por el aumento del endeudamiento de las personas que optaron por diferir el pago de sus resúmenes para hacer frente a otros gastos y, en menor medida, por la preferencia a utilizar medios de pago electrónicos a la vez que se retoman parcialmente las distintas actividades económicas”, dijo Guillermo Barbero, socio de First.

Las tarjetas de crédito en dólares registraron una baja en relación al mes anterior del 14,7%, llevando a una caída interanual del 71,8%.

La severa limitación al turismo internacional y el encarecimiento del tipo de cambio, por la aplicación del impuesto solidario, ha llevado a los saldos a un mínimo histórico.

Fuente: ambito.com

ECONOMÍA – El Indec dará a conocer el jueves los datos de inflación de mayo

0
El Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec) dará a conocer el jueves próximo la evolución que registró el índice de precios al consumidor (IPC) en mayo pasado.

Según el relevamiento de expectativas del mercado (REM) que realiza el Banco Central (BCRA), los agentes del mercado financiero estimaron que la inflación de mayo ascendió a 1,9 por ciento.

Los analistas del mercado proyectaron a finales de mayo que la inflación minorista se ubicará al cierre de 2020 en torno a 43,3 por ciento interanual, lo que representó una baja de 1,2 puntos porcentuales respecto del nivel estimado a finales de abril.

Asimismo, el economista Mariano Kestelboim, embajador ante el Mercosur, dijo la semana pasada que los datos de desaceleración en la suba de precios se consolidarán con el registro correspondiente a mayo.

“Los registros oficiales del primer mes de cuarentena plena reflejaron una contundente desaceleración inflacionaria: los índices de abril fueron de 1,5 por ciento (IPC), -1,3 por ciento (precios mayoristas) y 0,8 por ciento (costo de la construcción). Y las mediciones de mayo alternativas al Indec dan cuenta de que volverá a estar entre 1 y 2 por ciento”, señaló Kestelboim en un análisis de coyuntura.

El economista proyectó que “lo más probable es un rango inflacionario de entre 34 y 38 por ciento” anual, por debajo de otros pronósticos realizados recientemente por bancos y consultoras como el Citibank (que aventuró 65 por ciento de inflación para 2020), Econométrica (62,3 por ciento), Ferreres (60 por ciento) y Eco Go (58 por ciento).

“No hay forma de que la inflación pueda acelerarse de esa forma” con congelamientos de combustibles, alquileres y tarifas, fuerte caída de la demanda y capacidad productiva ociosa, indicó.

Fuente: lacapital.com

FINANZAS – Los plazos fijos crecieron 8,1% en mayo impulsados por la suba de tasas

0

Ese incremento surge de la medición nominal. En términos reales, el aumento es del 5,4%. Al término de mayo, el saldo de las colocaciones a plazo se ubicó 7,1% por encima de los niveles observados antes del ASPO.

Impulsados por la suba del piso de la tasa impuesta por el Banco Central, los depósitos a plazo fijo en pesos al sector privado crecieron en promedio 8,1% nominal (5,4% en términos reales), informo este viernes la autoridad monetaria.

Al término de mayo, el saldo de las colocaciones a plazo se ubicó 7,1% por encima de los niveles observados antes del “Aislamiento social, preventivo y obligatorio”, agregó el BCRA en su Informe Monetario Mensual de mayo.

Recalcó que estos depósitos fueron “favorecidos por las medidas que adoptó el BCRA para proteger los ahorros en pesos de las personas humanas y jurídicas, estableciendo un rendimiento mínimo”.

Específicamente, el BCRA dispuso que, a partir del 18 de mayo, la tasa de interés mínima, equivalente al 70% de la tasa de política monetaria (26,6% n.a. y 30,09% e.a.) se extendiera para todos los depósitos a plazo en pesos del sector privado, incluyendo así a las personas jurídicas, al tiempo que se quitó el límite de monto. Con vigencia desde la misma fecha, el directorio del BCRA decidió subir la tasa con la que remunera los pases pasivos de 1 día en 3,8 p.p. a 19%.

Adicionalmente, determinó que desde junio la tasa mínima para los depósitos en pesos del sector privado será del 79% de la tasa de Leliq, lo que equivale a 30,02% n.a. y a 34,52% e.a., pudiendo las entidades financieras incrementar su posición excedente de Leliq en un 18% en función de los depósitos que capten a esa tasa mínima.

En tanto los depósitos en dólares descendieron a lo largo de mayo, su saldo se ubicó en u$s16.850 millones, 5,1% menos que el saldo a fines de abril. No obstante, todavía se encuentran muy por encima de los mínimos observados a inicios de 2014.

Continuaron en aumento los préstamos privados

Los préstamos en pesos al sector privado, en términos nominales y sin estacionalidad, aumentaron durante mayo 4,7% respecto a abril, lo que representó una mejora de 2,1% a precios constantes, informó el Central.

La entidad monetaria dio cuenta que la demanda de crédito comercial siguió estando vinculada “a las necesidades de fondos por parte de las empresas para poder afrontar el pago de sueldos y mantener el stock de capital de trabajo”.

A diferencia de lo ocurrido en abril, “una mayor cantidad de sectores pudieron retomar el desarrollo de su actividad comercial debido a cierta flexibilización del aislamiento social, preventivo y obligatorio”, lo que morigeró las necesidades de crédito.

De este modo, el total de las financiaciones en pesos acumula desde marzo un crecimiento del 7,7% en términos reales, pero con una baja del 5,6% respecto a igual período del año pasado.

Moderación de agregados monetarios

El agregado amplio M3 privado (depósitos a plazo, más medios de pago) moderó su ritmo de expansión, tras el récord histórico registrado en abril. Si bien todos sus componentes presentaron un aumento, la mayor contribución al crecimiento provino de los depósitos a la vista y del circulante en poder del público.

El aumento promedio mensual del M2 privado- sin estacionalidad – fue de 9,8% nominal y de 7,0% en términos reales. Así, los medios de pagos moderaron su ritmo de crecimiento.

En términos del PBI, los agregados monetarios ganaron alrededor de 4 puntos porcentuales en lo que va del año, ubicándose en valores similares a los de fines de 2015, momento en que comenzaron a mostrar una tendencia descendente hasta alcanzar, a fines del año pasado, niveles históricamente bajos.

Fuente: ambito.com

IMPOSITIVAS – La AFIP establece nuevos plazos para la cancelación de créditos a tasa cero

0

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció nuevos plazos para la cancelación de los créditos a tasa cero, a partir de la extensión otorgada hasta el 30 de este mes para registrarse en este beneficio, a través de la resolución general 4732/2020 publicada en el Boletín Oficial.

La AFIP explicó que a partir de la extensión del plazo otorgado a los beneficiarios para efectuar la registración y suministrar la información en el servicio web Crédito a Tasa Cero, hasta el 30 de junio, se estima conveniente modificar y precisar las obligaciones a cargo de las entidades bancarias en función al mes en que ocurra el primer desembolso del crédito.

Así, para los monotributistas, con créditos otorgados cuyo primer desembolso ocurrió en mayo último, el período fiscal a cancelar por la entidad bancaria será junio, julio y agosto; para los que reciban este mes, será julio, agosto y septiembre próximos; y para los que lo perciban en julio, la cancelación operará para agosto, septiembre y octubre.

En tanto para los trabajadores autónomos, los créditos otorgados cuyo primer desembolso ocurrió en mayo, el período fiscal a cancelar por la entidad bancaria quedó en mayo, junio y julio; para los que lo reciban en junio, será junio, julio y agosto; y para los que lo perciban en julio; será julio, agosto y septiembre.

Fuente: cronista.com