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ECONOMÍA – Cómo será la “nueva normalidad” en el mundo laboral y la actividad comercial

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La economista Romina Gayá planteó que la pandemia trajo aparejada una nueva forma de trabajar y en el comercio. ¿Cuántos de estos persistirán cuando el COVID-19 haya sido controlado?

La pandemia del Covid-19 impuso una “nueva normalidad” en todos los sectores, y el mundo laboral y comercial no está ajeno a todos esos cambios, muchos de los cuales ya comenzaron a implementarse en medio del aislamiento obligatorio y continuarán vigentes cuando los países hayan recuperado su ritmo habitual.

Economía de la distancia física, teletrabajo y automatización en la atención al público, son las algunas de las alternativas que suenan fuerte por estos días en el mundo laboral para retomar las actividades, cuidando a los empleados y a los clientes.

Romina Gayá, economista especializada en comercio y tecnología, destacó en diálogo con Ámbito que en la “nueva normalidad” traerá –y de hecho, ya trajo- una nueva forma de trabajar y establecer relaciones comerciales, tanto locales como internacionales.

Gayá explicó, en relación a la economía de la distancia física, que las empresas en todo el mundo están implementando distintas medidas para retomar sus actividades o en vista a hacerlo: turno rotativo para limitar la presencia física de los trabajadores, a un mismo tiempo dentro de un mismo establecimiento.

Asimismo en los comercios continuará habiendo un ingreso restringido y, por ejemplo, en restaurantes se estudia quitar mesas para contar con más espacio entre los comensales.

Con respecto a la modalidad teletrabajo, la economista planteó que “hasta antes del Covid-19, las empresas ofrecían el ‘home office’ como un beneficio por la llegada de un hijo, o en días específicos; sin embargo, con el aislamiento muchos compañías se dieron cuenta de algo que consideraban imposible: la mayoría de las tareas se pueden realizar a distancia”.

Entonces, el teletrabajo no será un ‘beneficio para los empleados’ sino para las empresas que podrán bajar costos reduciendo espacios o consumos en el ámbito laboral.

“El teletrabajo requiere de un cambio cultural: antes de la pandemia había muchas personas que consideraban que algunos trabajos no se podrían realizar a distancia, y ahora saben que sí se puede y que en muchos casos la productividad es la misma o superior”, resaltó Gayá.

Otra cuestión que cambiará –al menos en una primera etapa- es la costumbre de hacer reuniones numerosas o viajes corporativos. “Todo eso seguirá por videoconferencia por mucho tiempo, e incluso algunos quedarán de manera definitiva”, dijo.

La automatización en el sector de atención al público es otra de las alternativas que contará con muchos incentivos, sobre todo por la necesidad de reducir el contacto físico entre personas.

En este sentido, tres consultoras de Recursos Humanos –nos referimos a Grupo Adecco, Manpower y Randstad, están impulsado protocolos de seguridad y de seguridad ocupacional en base a cinco principales áreas: control de acceso y cuarentena, teletrabajo, planificación del trabajo y de los turnos, higiene y salud, y cumplimiento y comunicación; la propuesta es para esta etapa de “nueva normalidad”.

Comercio externo

La pandemia puso en jaque a las cadenas de suministros globales, provocando el desabastecimiento de insumos y materias primas a medida que se iban aislando los países; así que pasado ese primer momento lo esperable es una reconfiguración del comercio internacional.

Gayá comentó que “con la pandemia, se hizo evidente que la opción de contar con un único proveedor es peligrosa, y a futuro se trabajará en reducir la dependencia exclusiva”.

“Cuando se cerraron Wuhan (ciudad china de donde surgió el Covid-19), muchas empresas de todo el mundo se quedaron sin producir porque sus proveedores de materia prima e insumos estaban en esa región; por eso habrá incentivo para diversificar los proveedores o para regresar operaciones a los países de origen sobre todo en países desarrollados”, planteó Gayá.

Incluso “aquellos países con costos laborales altos apuntarán la automatización de procesos productivos”, afirmó.

Esto modifica también las cadenas de valor a nivel mundial, a partir de las cuales una compañía esparcía su producción por distintos países para producir sus productos a fin de optimizar recursos a través de ser eficiente en términos de costos, logística, trabajo, de capital, beneficios impositivos, acceso a canales de distribución.

“Las empresas no sólo a la eficiencia sino en la resilencia, en esa capacidad de adaptarse, de diversificar proveedores y de encontrar otras fuentes alternativas”, destacó Gayá.

Para la economista, estos cambios en la configuración del comercio global abre una oportunidad para Argentina y para países que no están tan insertos en las cadenas de valor. “En nuestro país o Brasil los costos laborales son muchísimos más altos que en Asia, pero tal vez surjan empresas que estén dispuestas a pagar un precio mayor por un producto con el objetivo de diversificar a sus proveedores”, planteó.

Fuente: ambito.com

ECONOMÍA – Bancos registraron pérdidas en marzo por primera vez desde la salida del corralito

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Así lo informó el Banco Central mediante Informe sobre Bancos. Por qué las entidades públicas fueron las que resultaron más perjudicadas

El conjunto del sistema financiero sufrió en marzo un resultado total integral negativo de $1.821 millones, lo que detuvo la secuencia ininterrumpida de ganancias que la banca obtenía desde 2005, cuando empezó a normalizarse el negocio tras la retención de depósitos del “corralito“, sobre el final del gobierno de Fernando de la Rúa, y el posterior “corralón”.

El Informe sobre Bancos, difundido por el Banco Central de la República Argentina (BCRA), mostró el fuerte contraste entre esos resultados y los $27.529 millones ganados por las entidades durante marzo de 2019.

El BCRA detalló que el quebranto mensual reciente se concentró en las entidades públicas, que perdieron $4.789 millones en marzo, ya que la banca privada (tanto nacional como extranjera) recortó sus resultados sin caer en números rojos.

En el mes analizado el sistema financiero devengó un resultado, medido en moneda homogénea, equivalente a -0,3% del activo (ROA) y a -1,9% del patrimonio neto (ROE).

Pero para los bancos de propiedad pública los ratios fueron de -2% y – 17,1%, respectivamente, precisó el BCRA.

Por qué los bancos perdieron

Según explicó el informe de la autoridad monetaria, “el resultado mensual del sistema financiero estuvo influido, en particular, por el comportamiento de los títulos valores en el balance agregado del sector”.

Este efecto negativo se plasmó “en parte por el menor rendimiento de las especies en cartera, fundamentalmente a partir de la reducción mensual de las tasas de interés de política monetaria y de las posiciones en Leliq”.

Influyó también en la merma de la rentabilidad bancaria mensual “la caída generalizada de las cotizaciones de los títulos públicos (por la parte contabilizada a valor de mercado)”.

Esos efectos se reflejaron, en términos contables, en el rubro “resultados por títulos valores”, que forma parte del margen financiero, y en el rubro “otros resultados integrales” (ORI).

Bancos: resultados dispares al comienzo de la cuarentena.

En el acumulado en los primeros tres meses de 2020 los bancos contabilizaron pérdidas en ORI del orden de 1,4% del activo, puntualizó el informe del BCRA.

De todos modos, añadió, el conjunto de bancos del sistema obtuvo durante enero-marzo un resultado integral positivo de $38.645 millones, debido a los aún elevados resultados por Títulos Valores y por Servicios.

Qué bancos se beneficiaron

Los beneficios se concentraron casi totalmente en los bancos privados ($ 34.791 millones), ya que las entidades públicas (bancos Nación, Provincia de Buenos Aires, Ciudad, etc.) limitaron sus resultados trimestrales a $ 3.838 millones, precisó el BCRA.

Los beneficios se concentraron en los bancos privados, detalló el informe del BCRA.

Expresado en términos relativos, el agregado de entidades financieras que operan en el país cerró el primer trimestre con beneficios contables, en términos reales, del orden de 2% del activo o de 13,5% del patrimonio neto.

No obstante, indicó el Informe del Central, durante el mismo período se registró una clara brecha entre los bancos públicos, que registraron un ROA de 0,5% y ROE de 4,5%, en tanto que los privados lograron resultados de 2,9% y 17,8%, respectivamente.

Fuente: iprofesional.com

IMPOSITIVAS – La AFIP oficializó un nuevo plan de pagos: qué deudas se incluyen

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La AFIP oficializó un régimen aplicable para deudas incluidas en los planes de facilidades de pago cuya caducidad haya operado hasta determinada fecha

La AFIP oficializó un régimen de facilidades de pago  aplicable para la cancelación de las obligaciones impositivas, aduaneras y de los recursos de la seguridad social, incluidas en los planes de facilidades de pago cuya caducidad haya operado hasta el 30 de abril de 2020, inclusive, con sus respectivos intereses y multas.

La adhesión al régimen podrá efectuarse hasta el 30 de junio de 2020, inclusive.

La cancelación mediante el presente plan de facilidades, no implica reducción de intereses, así como tampoco la liberación de las pertinentes sanciones.

El plan de facilidades de pago reunirá las siguientes características:

a) La cantidad máxima de cuotas a otorgar será de 6.

b) Las cuotas serán mensuales, iguales y consecutivas, excepto para la primera de ellas, a la que se le adicionarán los intereses financieros desde el día de la consolidación del plan hasta su vencimiento.

c) El importe de cada una de las cuotas será igual o superior a $1.000

d) La tasa de financiación se calculará tomando de base la Tasa Efectiva Mensual equivalente a la Tasa Nominal Anual (TNA) canal electrónico para depósitos a plazo fijo en pesos en el Banco de la Nación Argentina a 180 días, vigente para el día 20 del mes inmediato anterior al correspondiente a la consolidación del plan, más un 3% nominal anual.

e) La fecha de consolidación de la deuda será la correspondiente al día de presentación del plan.

Nuevo plan de pagos de la AFIP: cómo adherirse

A los fines de adherir al presente régimen se deberá:

a) Ingresar con Clave Fiscal al sistema denominado “MIS FACILIDADES”.

b) Convalidar, modificar, incorporar y/o eliminar las obligaciones adeudadas a regularizar.

c) Elegir el plan de facilidades de pago que corresponda conforme al tipo de obligación que se pretende regularizar. Los conceptos por deuda aduanera y los intereses sobre capital no adeudado, deberán incluirse en un plan de facilidades de pago independiente.

d) Seleccionar la Clave Bancaria Uniforme (CBU) a utilizar, la cual deberá encontrarse previamente declarada a través del servicio denominado “Declaración de CBU”.

e) Consolidar la deuda y proceder al envío de la solicitud de adhesión.

f) Descargar, a opción del contribuyente, el formulario de declaración jurada 1003 junto con el acuse de recibo de la presentación realizada.

La solicitud de adhesión al presente régimen no podrá ser rectificada y se considerará aceptada, siempre que se cumplan en su totalidad las condiciones y los requisitos previstos en esta resolución general.

La inobservancia de cualquiera de ellos determinará el rechazo del plan propuesto, en cuyo caso el importe ingresado no se podrá imputar a la cancelación de las cuotas de un nuevo plan.

Sin perjuicio de lo establecido en el párrafo anterior, se podrá efectuar, hasta el 30 de junio de 2020 inclusive, una nueva solicitud de adhesión por las obligaciones que corresponda incluir.

Nuevo plan de pagos de la AFIP: cómo adherirse

La primera cuota vencerá el día 16 de julio de 2020 y las cuotas subsiguientes vencerán el día 16 de cada mes, las que se cancelarán mediante el procedimiento de débito directo en cuenta bancaria.

En caso que a la fecha de vencimiento general fijada en el párrafo anterior no se hubiera efectivizado la cancelación de la respectiva cuota, se procederá a realizar un nuevo intento de débito directo de la cuenta corriente o caja de ahorro el día 26 del mismo mes.

Las cuotas que no hubieran sido debitadas en la oportunidad indicada en el párrafo precedente, así como sus intereses resarcitorios, podrán ser rehabilitadas por sistema.

Cuando el día de vencimiento fijado para el cobro de la cuota coincida con día feriado o inhábil, se trasladará al primer día hábil inmediato siguiente.

De tratarse de un día feriado local, el débito de la cuota se efectuará durante los días subsiguientes, según las particularidades de la respectiva operatoria bancaria.

Los sujetos que adhieran al presente régimen podrán solicitar por única vez, la cancelación anticipada total de la deuda comprendida en el plan de facilidades de pago, a partir del mes en que se produzca el vencimiento de la segunda cuota.

La caducidad de los planes de facilidades de pago operará de pleno derecho y sin necesidad de que medie intervención alguna por parte de la AFIPo, cuando se produzca la falta de cancelación de 2 cuotas, consecutivas o alternadas, a los 60 días corridos posteriores a la fecha de vencimiento de la segunda de ellas, o la falta de ingreso de la cuota no cancelada a los 60 días corridos contados desde la fecha de vencimiento de la última cuota del plan.

Operada la caducidad -situación que se pondrá en conocimiento del contribuyente a través de su Domicilio Fiscal Electrónico-,la AFIP quedará habilitada para disponer el inicio de las acciones judiciales tendientes al cobro del total adeudado mediante la emisión de la respectiva boleta de deuda.

Los contribuyentes y responsables, una vez declarada la caducidad del plan de facilidades, deberán cancelar el saldo pendiente de deuda mediante transferencia electrónica de fondos, no pudiéndose regularizar en el plan de facilidades de pago permanente.

Cómo reclamar la ayuda del pago de sueldos

El Gobierno nacional habilitó una vía online para los reclamos relacionados con el Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP). A través del mismo, el estado paga parte de los sueldos de las empresas.

Puntualmente, se debe ingresar a la dirección web (https://www.argentina.gob.ar/formulario-de-reclamos-del-programa-de-asistencia-de-emergencia-al-trabajo-y-la-produccion) y cargar los siguientes datos:

  • Razón social
  • Fecha de ingreso
  • CUIT
  • Código CLAE
  • Nombre y apellido
  • Correo electrónico
  • Teléfono
  • Provincia
  • Tipo de consulta
    • ATP Salario complementario
    • ATP Crédito a tasa cero
  • Estado
  • Especificaciones

A través de la Resolución General 4716, la AFIP dispuso la reapertura del Programa ATP para que los sujetos alcanzados por los beneficios del DNU 332/2020 puedan acceder a los mismos en el mes de mayo. Programa ATP

Los beneficios a los que podrán acceder los empleadores son los mismos que para el mes de abril, es decir el salario complementario (pago de un porcentaje de los sueldos a cargo del Estado) y la postergación por 60 días de la contribución al SIPA.

Todo ello conforme lo dispuesto por la Decisión Administrativa de la Jefatura de Gabinete de Ministros 747/2020 que aprobó la recomendación del Comité de Evaluación del Programa ATP de extender los beneficios del DNU 332/2020 a los sueldos del mes de mayo.

Puntualmente, la Resolución General 4716 de AFIP, publicada en el Boletín Oficial, dispone que los empleadores podrán acceder al servicio “web” “Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción – ATP”, desde el 14 de mayo de 2020 hasta el 21 de mayo de 2020, inclusive, a los efectos de obtener, de así corresponder, los beneficios establecidos en los incisos a) y b) del artículo 2º del Decreto Nº 332/20 y sus modificatorios, respecto de los salarios y contribuciones que se devenguen durante el mes de mayo de 2020.

Para proceder al cálculo del Salario Complementario de mayo resulta procedente tomar como referencia a la remuneración abonada en el mes de marzo de 2020.

Respecto de las condiciones de admisibilidad del beneficio en trato, se propone:

  • Estimar la variación de la facturación de los empleadores comparando los períodos abril de 2019 con abril de 2020,
  • Empresas que iniciaron sus actividades a partir del 1 de mayo de 2019: la comparación debería hacerse con el mes de diciembre de 2019.
  • Empresas que iniciaron sus actividades en 2020: se propone continuar con la misma tesitura, las cuales recibieron de manera directa el beneficio del Salario Complementario.

Recordamos asimismo que el Comité recomendó entender razonable elevar la variación del nivel de facturación hasta un 5% positivo en el período 2020 respecto al mismo período del año 2019.

Guía paso a paso

La AFIP modificó la forma de informar las ventas del período 2019 y 2020 para analizar la situación de cada empleador.

Una de las novedades es que el sistema trae ahora automáticamente las ventas realizadas a través de comprobantes electrónicos y a su vez se podrán cargar manualmente o mediante importación de datos, aquellas ventas realizadas mediante factura manual o controlador fiscal.

Esto último se debe realizar a través de Comprobantes en Línea mediante un apartado especial creado a este fin.

Ayuda para el pago de sueldos: la AFIP lanzó guía paso a paso

Pasos a seguir:

1- Ingresar con clave fiscal al portal de AFIP. Allí buscar el servicio “Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción – ATP“. Una vez allí, podremos elegir “Solicitar beneficio” o consultar solicitudes ya presentadas.

2- Para cargar la información referida al mes de mayo marcamos la opción que corresponde y Continuar

Quienes aun no obtuvieron el beneficio en abril (últimas actividades incorporadas, empresas que iniciaron actividad después del 12 de abril de 2019) pueden también cargar la información referida a dicho mes para acceder al beneficio.

3- Una vez allí, la pantalla nos muestra los datos que el sistema obtiene de Comprobantes en Línea y nos informa que si hay operaciones por otros medios de facturación, hay que actualizar la información a través de Comprobantes en Línea.

4-Nos dirigimos entonces a Comprobantes en Línea y vemos que ahora aparece una opción “ATP – Consulta y declaración de nuevas operaciones”. Ingresamos allí.

5- A través de dicha opción podemos ver el detalle de la facturación electrónica por los períodos que se deben comparar para acceder al beneficio y la opción para ver y/o actualizar la información de la facturación a través de Controlador Fiscal y/o Manual. Para cargar dicha información vamos a “Ver / actualizar” en cada uno de los períodos.

6- Allí primero debemos elegir el período a informar, del 1/4/2019 al 30/4/2019 o del 1/4/2020 al 30/4/2020. Para subir la información hay dos opciones: Carga Manual o Importación de datos. Si elegimos carga manual debemos completar la información requerida según la imagen adjunta.

7- Si elegimos la opción Importación de datos, podremos ir a Envío de archivos para enviar un nuevo lote o a Consulta de archivos enviados para ver los ya declarados.

8- Ingresando a Envío de archivo tendremos que elegir el período que queremos cargar (2019 o 2020), seleccionamos el archivo a subir y presionamos el botón «Subir archivo».

9- El archivo con los datos a importar deberá tener el formato de registro que se muestra en la imagen adjunta. También se puede descargar en pdf desde aquí.

10- Una vez cargada la información referida a la facturación manual o mediante Controlador Fiscal, volvemos al Programa ATP y allí debería verse reflejada la nueva información. Presionamos Confirmar y habremos concluido con el trámite.

Fuente: iprofesional.com

Seguridad social. Coronavirus.

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Nuevo plazo para acceder al `Programa de Asistencia de Emergencia – ATP´ y obtener los beneficios del Dto. Nº 332/20 por Mayo/20.

Desde el 14/05/20 y hasta el 21/05/20 se podrá acceder al servicio “Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción – ATP”, a los efectos de obtener, de corresponder, los beneficios del Dto Nº 332/20, respecto de los salarios y contribuciones que se devenguen durante mayo/20.

Resolución General (AFIP) Nº 4716/2020 (BO 14/05/2020)

Fuente: Lisicki Litvin

IMPOSITIVAS – AFIP abrió la inscripción al ATP para el pago de salarios de mayo

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Los empleadores que requieran la ayuda estatal deberán inscribirse en la página del organismo. Todas las empresas deberán registrarse, incluso aquellas que ya se anotaron el beneficio el mes pasado.

Todos los empleadores que requieran la ayuda estatal deberán anotarse en le programa ATP. AFIP

Tal como lo había adelantado Marcó del Pont, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ya habilitó en su página el sistema de inscripción a la nueva instancia del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción ( ATP) para que los empleadores que califiquen para el beneficio reciban la ayuda para el pago de salarios de mayo, que se deben hacer efectivos en junio.

Los empleadores requieran la asistencia estatal para el pago de los salarios de mayo en el marco de la emergencia sanitaria tienen tiempo hasta el 21 de mayo para anotarse con clave fiscal en el sitio web del organismo. Deben ir al Administrador de relaciones e ingresar al denominado “Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción – ATP”.

Desde el organismo que se explicó que “todas las empresas deberán registrarse, incluso aquellas que hubieran realizado el procedimiento el mes pasado”.

En el caso de las empresas que iniciaron sus actividades a partir del 1 de mayo de 2019, la AFIP dispuso que la comparación en la facturación deberá hacerse contra diciembre de 2019. En tanto que las empresas nacidas durante 2020 que se registren en el programa accederán de manera directa el beneficio del salario complementario.

“El objetivo de las medidas es sostener los puestos de trabajo en los sectores más afectados por la pandemia. El Estado pagó una parte de los salarios de abril a más de 2,2 millones de trabajadores del sector privado. Es un esfuerzo inédito que le permite a más de 240 mil empresas argentinas amortiguar el impacto”, indicó la titular del organismo, Mercedes Marcó del Pont.

Los criterios para acceder a los beneficios previstos en el programa ATP fueron establecidos por el Comité de Evaluación y Monitoreo. Las empresas deberán desarrollar una de las actividades contempladas por la normativa y su facturación entre abril de 2019 y abril de 2020 deberá registrar una variación de hasta el 5%.

Un dato a tener en cuenta es que, durante el proceso de registración, la AFIP presentará a cada empleador la información sobre su facturación electrónica para los períodos contemplados para determinar el acceso a los beneficios. De esa forma se alivia la carga de los daos, y que las empresas sólo deberán cargar manualmente la información económica referida a las operaciones facturadas con controladores fiscales y/o en forma manual.

Rectificación para los inscriptos en el ATP en abril

En esta instancia de inscripción, la AFIP permitirá que algunas empresas rectifiquen la información económica ingresada el mes pasado para evaluar si les corresponde acceder a la asistencia estatal para el pago de los salarios de abril. El mecanismo de rectificación sólo estará habilitado para aquellas empresas ya registradas en el programa ATP que iniciaron actividades entre el 13 de abril y el 31 de diciembre de 2019. En este caso, la comparación en la facturación requerida para definir el acceso al salario complementario también se realizará contra diciembre de 2019.

Carga de CBU de los trabajadores

Un paso sumamente importante para el pago del salario complementario, es que los empleadores registrados en el programa ATP que todavía no lo hubieran hecho deberán informar una CBU para cada uno de sus trabajadores. La carga de la información se hace a través del servicio web “Simplificación Registral”. No es necesario que sea una cuenta sueldo, puede ser cualquier cuenta bancaria válida donde el trabajador figure como titular o cotitular.

Respecto a algunos inconvenientes que hubo para el cobro de salario complementario del sueldo de abril (que se cobra en mayo), Mercedes Marcó del Pont sostuvo que “sabemos que hay situaciones de nervios porque algunos todavía no cobraron el salario complementario” y aseguró que “la semana que viene se termina de pagar”. “Tienen que saber que quienes accedieron tienen un derecho adquirido y que lo van a cobrar”, agregó.

Fuente: ambito.com

ECONOMÍA – La pandemia ya le hizo perder más de USD 8.400 millones a la economía argentina

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Es una estimación del Índice Compuesto de Actividad Económica que desde hace medio siglo actualizan economistas de la Universidad Nacional de Tucumán para los primeros 42 días de vigencia de la cuarentena. En ese período la capacidad ociosa en la industria y el comercio de bienes durables fue récord.

El Índice Compuesto de Actividad Económica (ICAE) de marzo de 2020 mostró la profundización de la recesión iniciada en noviembre de 2017, acrece 28 meses de duración y una caída de la economía, en términos del Producto Bruto Interno (PBI) del 8,6%, a una tasa promedio anualizada del 6%. Todavía muy lejos de la extensión de 47 meses del ciclo contractivo observado entre el segundo semestre de 1998 y primero de 2002 que acusó un retroceso de 20,4%, pero es del doble del promedio histórico en el pasado medio siglo.

Pero por efecto de la Covid-19 se agudizó en abril, donde algunas actividades, como en la industria automotriz, se paralizaron al extremo de no sacar un sólo auto de los trenes de montaje, estimaron los economistas Juan Mario Jorrat y Pablo Agustín Pero, del Centro de Investigaciones del Ciclo Económico y Crecimiento (Cincec) y de la Universidad Nacional de Tucumán (UNT), tras actualizar los valores del ICAE.

Para determinar el costo del Aislamiento Social Preventivo Obligatorio (ASPO) los economistas tomaron como punto de partida un nivel de PBI para 2019 de USD 430.000 millones, y dado que la cuarentena comenzó en el último tercio de marzo, mes en que la actividad se contrajo 1,5%, un 0,6% se explica por el efecto de la pandemia, unos USD 2.400 millones.

Mientras que para estimar la caída registrada en abril los economistas de la UNT asumieron: “La constancia del efecto recesión puro y que los 30 días la baja fue proporcional a los 12 días de cuarentena de marzo, otros USD 6.000 millones”, totaliza en ese período unos USD 8.400 millones.

Y destacan: “Si a la cuarentena se le agrega la caída propia de la economía argentina, se conjetura para abril 2020 una caída en el indicador de actividad del 2,3 por ciento”.

“Si a la cuarentena se le agrega la caída propia de la economía argentina, se conjetura para abril 2020 una baja en el indicador de actividad del 2,3 por ciento

“Si a la cuarentena se le agrega la caída propia de la economía argentina, se conjetura para abril 2020 una baja en el indicador de actividad del 2,3 por ciento”

Características del Índice Compuesto de Actividad Económica

El ICAE brinda mensual y prontamente información de buena calidad para medir la actividad económica agregada, y permite tener una idea razonable de la evolución de la coyuntura en el corto mediano y largo plazo.

En su evolución, a lo largo del tiempo, el indicador de actividad presenta períodos de crecimiento (expansiones), alcanzando un valor máximo en meses determinados, esas fechas se denominan picos y se muestran en la parte superior de la gráfica del índice. Asimismo, el ICAE muestra etapas en que su valor disminuye (recesiones), hasta alcanzar una magnitud mínima; esas fechas se llaman valles y se presentan debajo del gráfico del índice.

Ambas fechas, picos y valles, se designan usualmente puntos de giro de la economía y señalan el mes en que se inician las sucesivas recesiones y las expansiones siguientes. Esta sucesión de fases recurrentes, pero variables en su duración y amplitud, se denomina ciclo económico. Cada fase, recesión o expansión, tiene sus propias características diferenciales del resto de su clase.

Los picos y valles se designan usualmente puntos de giro de la economía y señalan el mes en que se inician las sucesivas recesiones y las expansiones siguientes

En el caso de marzo, sostiene el estudio,“se nota que los diez indicadores coincidentes base registran contracciones en sus magnitudes. Además, se los puede ordenar según la relevancia del golpe de la recesión, en base a las variaciones mensuales de cada uno de ellos”.

Todos los indicadores coincidentes tuvieron en marzo variaciones contractivas

Todos los indicadores coincidentes tuvieron en marzo variaciones contractivas

Se observa que 4 de los 10 índices registran caídas en marzo de 2020 menores, en valor absoluto, que el promedio del ICAE: EMAE, PBI, puestos de trabajo del sector privado, y masa salarial. La industria presenta una baja levemente superior al promedio. Y 5 series sufrieron las peores contracciones: ventas, recaudación nacional total, construcción, importaciones de bienes; y la peor: patentamientos de automotores nuevos.

Las 5 series que sufrieron las peores contracciones fueron: ventas, recaudación nacional total, construcción, importaciones de bienes; y la peor: patentamientos de automotores nuevos

Mientras que también Jorrat y Pero lograron determinar el impacto total de la recesión, a través del análisis de los ciclos económicos, respecto del punto máximo anterior: “De las 10 series coincidentes, el empleo privado registrado es el menos afectado, 5,0%; luego siguen el PBI 8,2% y el EMAE 9,4%, porque sus contenidos de servicios que responden al crecimiento vegetativo de la población los hacen menos sensibles.”

Por el contrario, fueron muy afectados el ingreso real de los trabajadores del sector privado registrado (20,9%), la producción industrial (21,4%) y la recaudación nacional total (21,6%).

Pero sin duda, el mayor impacto negativo de la pandemia se observó en la construcción 33,3%; las ventas totales 37,4%; las importaciones de bienes 55,9%; y la venta de automotores nuevos 72,8 por ciento.

Y los números para abril y mayo no lucen mayores, porque la flexibilización del ASPO comenzó por el comercio, pero las familias en general enfrentan un severo deterioro en la capacidad de compra de sus ingresos. Y, para peor, muchos están dominados por la incertidumbre sobre su actividad laboral, en particular los que se dedican a la construcción y sectores mano de obra intensiva, como es el caso de la mayor parte de las pyme.

IMPOSITIVAS – Luego de la prórroga para empresas, ¿qué pasa con Ganancias para personas físicas?

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La AFIP prorrogó por dos semanas el plazo de la declaración jurada anual de Ganancias para empresas. Qué sucederá con las personas físicas.

Ya es un hecho. La AFIP prorrogó hasta el 25 y 26 de mayo el plazo para que las compañías presenten y paguen el saldo de la declaración jurada anual del Impuesto a las Ganancias. ¿Pero que sucederá con las personas humanas?

Vale tener presente que la presentación de la declaración jurada anual de Ganancias y el pago del saldo vence entre el 11 y 17 de junio próximo, de acuerdo a la terminación de número de CUIT. Es decir que resta menos de un mes para que arranquen los vencimientos anuales de personas físicas.

De acuerdo a la información a la que pudo acceder iProfesional, al igual que se implementó para las empresas, se estaría evaluando otorgar una prórroga para las personas humanas.

Sin embargo, cabe mencionar que a menos de 30 días de los vencimientos de las declaraciones juradas anuales de Ganancias y Bienes Personales del  período 2019, no se encuentran disponibles los aplicativos que deben ser utilizados para la liquidación de los impuestos.

César Litvin, CEO de Lisicki, Litvin & Asociados se refirió a la decisión del Gobierno de postergar por dos semanas la presentación de declaraciones juradas anuales del Impuesto a las Ganancias de las empresas.

“La prórroga de algunos días para los vencimientos de las declaraciones juradas anuales de Ganancias de las empresas resulta insuficiente dado que la cuarentena complica el trabajo de los contadores y el personal administrativo de las empresas. Se debe tener en cuenta que no todo el proceso contable e impositivo puede realizarse en forma remota de manera precisa”, aseguró Litvin.

“El mes que viene vence el saldo de las declaraciones juradas anuales de todas las personas humanas. Deberían ya estar disponibles los aplicativos para que no se forme un cuello de botella que complique el cumplimiento de la presentación y pago de las declaraciones juradas de personas humanas“, advirtió el reconocido tributarista

“A diferencia de lo que pasó en muchos países donde hubo una postergación de vencimientos de 90 días para sacarle presión a los contribuyentes para que puedan asumir esta situación de cuarentena y negocios cerrado; algunas empresas no pueden hacer frente a toda la rutina de vencimientos impositivos que se van dando todos los meses”, puntualizó el experto.

“Lo que están necesitando los contribuyentes es un respirador que les permita hacer frente a los gastos fijos que no se pueden dejar de pagar y del lado de los impuestos mayores facilidades para poder hacer frente a toda la rutina normal que tienen los contribuyentes con una carga fiscal de 165 impuestos vigentes”, aseguró Litvin en declaraciones radiales.

Prórroga de Ganancias para sociedades

En efecto, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió los plazos para que las empresas presenten y paguen las declaraciones juradas del Impuesto a las Ganancias y el Impuesto al Valor Agregado.

Con el objetivo de amortiguar el impacto económico del aislamiento social preventivo y obligatorio, el organismo mejoró las condiciones de sus planes de facilidades de pago permanentes. Las medidas implementadas a través de la Resolución General 4714 ofrecen alivio financiero para las micro, pequeñas, medianas y grandes empresas afectadas por la pandemia del coronavirus.

Vencimientos

Para facilitar a los contribuyentes y responsables el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, la AFIP extendió dos semanas el plazo para la presentación de las declaraciones juradas e ingreso del saldo resultante del Impuesto a las Ganancias para las personas jurídicas que cerraron sus ejercicios en diciembre. El vencimiento que estaba previsto para los días 13, 14 y 15 de mayo se traslada a los días 26 y 27 de mayo.

Por su parte, la presentación de ladeclaración jurada y el pago del IVA correspondiente al período fiscal abril 2020 se concentró en los días 20, 21 y 22 de mayo.

Asimismo, el organismo prorrogó un mes la presentación de los estados contables de aquellas empresas que cerraron sus ejercicios en noviembre de 2019. Así, el vencimiento previsto para el 29 de mayo se trasladó hasta el 30 de junio.

Prórroga en Ganancias: claves de la medida

Mejoras en los planes de facilidades de pago

La normativa publicada hoy en el Boletín Oficial duplicó la cantidad de planes de facilidades de pago permanentes disponibles para aliviar la situación de ahogo financiero de las empresas medianas y grandes.

La decisión eleva de 3 a 6 la cantidad de planes que pueden presentar estos contribuyentes. El plan de facilidades de pago permanente contempla la posibilidad de financiar obligaciones de la seguridad social, IVA e impuestos internos.

Asimismo, la AFIP habilitó para todas las empresas la posibilidad de regularizar en tres cuotas las obligaciones del Impuesto a las Ganancias. Hasta fin de junio, el organismo no considerará la categoría el Sistema de Perfil de Riesgo (SIPER) de cada empresa al momento de solicitar un plan.

Con esa decisión excepcional, la AFIP garantiza que todas las firmas que lo soliciten puedan regularizar sus obligaciones por el Impuesto a las Ganancias en hasta tres pagos sin verse condicionadas por su perfil de riesgo.

Beneficios para las Pymes

Para aliviar la situación de tensión que enfrenta el entramado de las pequeñas y medianas empresas, la AFIP estableció que podrán incluir el IVA diferido en sus planes de facilidades de pago permanentes. La normativa vigente permite a las pymes diferir 60 días el pago del IVA.

Y, hasta ahora, el incumplimiento del pago en ese plazo implicaba la caída automática de cualquier plan de facilidades de pago permanentes que tuviera vigente. Con la decisión de la AFIP, las empresas que no logren hacer frente al pago del IVA diferido podrán ingresar esa deuda en un nuevo plan. Las pymes cuentan con la posibilidad de ingresar hasta 10 planes permanentes de facilidades.

Beneficios para pymes: la AFIP da las claves

La norma por dentro

La AFIP ya estableció las nuevas fechas de vencimiento de la declaración jurada anual del Impuesto a las Ganancias para personas jurídicas con cierre de ejercicio en diciembre de 2019. El nuevo vencimiento será el 26 y 27 de mayo, según la terminación del número de CUIT.

Puntualmente, el nuevo cronograma es el siguiente:

  • Terminación de CUIT 0-1-2-3-4: martes 26/5.
  • Terminación de CUIT 5-6-7-8-9: miércoles 27/5

La resolución general 4.714 que se publicó este miércoles en el Boletín Oficial, también prorroga la presentación y pago del IVA correspondiente a abril (comenzará a vencer el 20 de mayo). A continuación el texto completo de la norma que se oficializó este miércoles:

A su vez, la AFIP implementará una extensión de los planes permanentes de facilidades de pago para las medianas y grandes empresas. Pasarán a disponer de hasta seis.

A través de la flamante reglamentación, también se suprime el Sistema de Perfil de Riesgo (SIPER) para el plan del Impuesto a las Ganancias, con el objetivo de que todas las personas jurídicas puedan acceder a las tres cuotas que normalmente tienen las empresas con bajo riesgo fiscal.

También se podrá incluir el IVA diferido en los planes permanentes.

Fuente: iprofesional.com

ECONOMÍA – Por el parate, inflación de abril fue de 1,5%, pero esperan un salto para el segundo semestre

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El derrumbe de la demanda por la cuarentena contuvo al IPC del mes pasado, a pesar de que la cifra de alimentos fue superior a la media. Lejos de un camino desinflacionario, pronostican una disparada para cuando se normalice la actividad.

Por el parate, inflación de abril fue de 1,5%, pero esperan un salto para el segundo semestre

Debido a la fuerte retracción del consumo por el coronavirus, la inflación subió en abril un 1,5%, la menor variación desde noviembre de 2017, informó el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (Indec), al tiempo que la variación interanual totaliza 45,6%.

De esta manera, el Índice de Precios al Consumidor (IPC) acumuló 9,4% en el primer cuatrimestre, apenas por debajo de los 9,5% registrados del primer tercio de 2018 y por encima del 9,1% de los primeros cuatro meses de 2017.

Por rubros, la mayor suba se observó en el rubro de alimentos y bebidas no alcohólicas con un 3,2%, que justamente es uno de los menos afectados por el aislamiento del coronavirus al estar todas las actividades de la cadena consideradas “esenciales” por el Gobierno.

En el otro extremo, comunicación y educación mostraron variaciones negativas, de 4,1% y 1,5%, respectivamente, en tanto que viviendas, agua, electricidad, gas y otros combustibles no subió ni bajo, mientras que bienes y servicios varios creció solo 0,2%.

El otro rubro que subió por encima de la media fue comunicación y cultura, con 2,3%. Restaurantes y hoteles y prendas de vestir y calzado subieron 1,5%, mientras que bebidas alcohólicas y tabaco, 1,4%. Transporte avanzó 1,3%, salud y transporte aumentaron 1,2% cada uno.

Sin embargo, el dato de abril lejos está de significar el inicio de un camino de baja de la inflación. Analistas explicaron a El Cronista que el 1,5% responde a las fuertes restricciones de la actividad debido a la cuarentena por el coronavirus.

Matías Rajnerman, de Ecolatina, explicó la desaceleración a partir del derrumbe de la demanda por el aislamiento y, en menor medida, del mantenimiento de los importes de las tarifas inalterados, a pesar de la presión que aportó el rubro de alimentos y bebidas.

En ese sentido, el ecoonomista descartó que en lo inmediato el dólar paralelo presione a los precios. “Mientras las importaciones se hagan al tipo de cambio oficial no vemos por el momento un impacto significativo. Puede operar a través del dólar y mover al dólar oficial, pero sería un efecto indirecto”, remarcó Rajnerman.

Luciano Cohan, de Seido, destacó la baja de la inflación núcleo (1,7%) y de la variación negativa de los servicios (-0,2%), al tiempo que espera para mayo un incremento similar del IPC de mayo. “Vamos a tener cifras llamativas en el segundo semestre“, remarcó.

Disparada post-cuarentena

No obstante, los analistas coinciden en que una vez normalizada la actividad económica la inflación saltará a niveles similares a los de 2019, o más altos, dada la emisión monetaria para financiar la expansión fiscal y para compensar la caída recaudatoria.

También consideran la presión de la brecha cambiaria sobre el tipo de cambio oficial, que podría sumar presión a los precios de forma indirecta.

Esteban Domecq, de la consultora Invecq, advierte que la inflación se disparará a niveles superiores a los del año pasado, una vez terminada la cuarentena y restablecida la actividad.

Estamos viendo con mayor probabilidad una aceleración inflacionaria a partir del tercer trimestre, impulsado por la brecha cambiaria y mayor probabilidad de corrección del tipo de cambio oficial”, sostuvo.

En ese sentido, Domecq no ve signos de que se aproxime una hiperinflación, pero cree que el IPC en el año podría colocarse cerca de la zona del 60% o el 70%, incluso, lejos de las proyecciones recolectadas por el Relevamiento de Expectativas Macroeconómicas (REM) que hace el Banco Central, que arrojan entre 40% y 45%.

“Cuándo y cuánto va a darse la aceleración en la tasa de inflación mensual es imposible predecirlo. Pero no me extrañaría ver datos de inflación mensual de entre 5% y 8% o 9% en alguno de los meses entre julio y octubre”, indicó a este medio.

Para morigerar el impacto de la expansión monetaria, Domecq considera que el sector público “debería acompañar la contracción del sector privado con algunas partidas del gasto para evitar un escenario de mayor divergencia fiscal”.

“En un contexto de no acceso a los mercados y escases de reservas internacionales, implicará mayor emisión monetaria que la economía no podrá absorber”, señaló.

Ecolatina pronostica que el IPC terminará el año apenas debajo del 50% y de los niveles de 2019, por lo que estima que en el segundo semestre el rebrote será importante.

“Vemos un rebrote inflacionario a la salida de la cuarentena y eso provocaría que la inflación cierre el año apenas por debajo del nivel de 2019. Actualmente está muy por debajo, lleva 10% en el primer cuatrimestre, pero se va a ir acelerando con los meses, incluso con el dólar contenido. Lo vemos cerrando apenas por debajo del 50%”, comentó Rajnerman.

Fuente: cronista.com

FINANZAS – Bancos dejan depositar y extraer desde $ 50.000 por ventanilla

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Cada entidad tiene sus propios límites, ya que el Central los autoriza a acordar con el cliente por grandes sumas, pero no habla de montos, siempre con turno previo.

Bancos dejan depositar y extraer desde $ 50.000 por ventanilla.

Nadie lo promociona, ni el Central ni los bancos, para que las sucursales no se llenen de gente, aunque cuando alguien quiere sacar turno en alguna entidad hay para el mismo momento, ya que hay muy pocos clientes dentro de las sucursales. Es más, muchos de los que sacan turno luego no van, pero usan esa excusa para tener el certificado para poder circular.

Lo cierto es que los bancos pueden acordar con las empresas y con los individuos para el retiro o depósito de grandes sumas. El BCRA no habla de montos, sino de grandes sumas, por lo cual la cifra final la pone cada banco y, más específicamente, el gerente de la sucursal, siempre sacando turno previo en la web.

Como hay poca gente en los bancos, si el cliente pide el turno, se acerca a la ventanilla y manifiesta la necesidad de hacer un retiro importante, que en los cajeros no puede hacer en el día, los bancos suelen ser flexibles y le brindan el servicio. Lo mismo con el cobro de un cheque, lo mismo con los depósitos para empresas. Hay disponibilidad de efectivo. Sólo que no quieren incentivar a que la gente se lance a la calle en cuarentena.

En Banco Nación, por ejemplo, dijeron que hasta $ 30.000 diarios se puede extraer por cajero automático, y a partir de ese monto se puede sacar por ventanilla, siempre con turno previo. Del mismo modo, para cheques mayores a $ 30.000 se pueden cobrar por ventanilla, aunque en el BCRA dicen que esa operatoria no está habilitada aún. De todas formas, casi todas las entidades lo realizan, pero siempre a partir de un monto determinado.

“Nosotros estamos atendiendo las necesidades de los clientes que necesitan realizar extracciones de efectivo en pesos, por montos mayores a los que pueden retirar por cajeros automáticos (hasta $ 50.000), de acuerdo a lo que establece la normativa del BCRA. Siempre priorizando las medidas de distanciamiento social y sanitarias, para resguardar la salud de nuestros clientes y empleados”, señalan en el Santander.

“Tenemos amplia disponibilidad de turnos de atención en sucursales, los clientes están operando de manera muy ordenada con ese sistema, por lo que todos aquellos que deban realizar una operación de este tipo, ya sea extracción o cobro de cheques (también depósitos de montos elevados), lo pueden hacer con normalidad. No ponemos tanto foco en qué límites o montos, siempre que se respete el distanciamiento social, solicitud de turno previo, y sean operaciones que no se puedan realizar por cajero automático debido a que son de un monto superior”, agregan.

En el Ciudad comentan que las empresas pueden extraer por ventanilla a partir de $ 500.000, pero los gerentes están facultados a analizar caso por caso, entonces preguntan cuál es la necesidad puntual, ven si se trata de un cliente habitual y si es una empresa de las que está desarrollando actividades esenciales. En ese caso les dejan, aunque se trate de un monto menor al que ponen como limitante. En cuanto a los individuos, el promedio de operaciones por caja es de $ 100.000, pero no quiere decir que de golpe un gerente no habilite a retirar una cifra de $ 50.000 o menos todavía, ya que el Central deja a criterio de los bancos el límite.

En el BBVA indican que cada banco establece su política para grandes sumas en pesos. La norma del BCRA le otorga esta libertad a los bancos por lo cual puede diferir de una entidad a otra: “En el caso del BBVA, priorizamos no colapsar en la atención y no deteriorar la atención de beneficiarios de AnSeS teniendo en cuenta que por los ATM’s la extracción es hasta $ 50.000 por día. Con respecto pago de cheques por caja no está permitido”.

En Macro dejan extraer desde $ 100.000 para personas humanas y jurídicas, sin monto máximo avisando con 24 horas anticipación para montos grandes, de más de $ 4 millones.

Siguiendo la normativa del BCRA, en Comafi adoptaron las medidas necesarias a fin de habilitar buzones de depósito y un sistema de recepción y extracción de efectivo para montos mayores a $ 300.000 para el caso de personas físicas y $ 500.000 para el caso de personas jurídicas. La operación se realiza con un ejecutivo comercial, no por la caja, sin necesidad de sacar turno.

Dependiendo la sucursal, para el retiro o deposito, se utiliza bolsín, pasabolsa o sala de firmas, pero no permiten pagar cheques por ventanilla. La opción es depositarlo por las terminales de autoservicio y, cuando se acredite, hacer el retiro del dinero.

En Itaú, las extracciones por caja tanto para persona física  o jurídica es a partir de $ 100.000, y se pueden cobrar cheques que sean a partir de ese monto por caja.

En el Banco Galicia tienen un mínimo de $ 200.000 y un máximo de $ 5 millones, tanto para individuos como para empresas.

En ICBC, operaciones sólo en efectivo (jurídicas y físicas) por encima de los $ 500.000 pueden hacerlo por ventanilla.

Fuente: cronista.com

ECONOMÍA – A marzo, cayó fuerte la cantidad de empresas, monotributistas y autónomos

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Antes de la cuarentena, ya habían desaparecido 14.830 empresas y había 116.041 monotributistas y autónomos menos que en 2019.

Hasta las vísperas del coronavirus hubo un cóctel de cierre de empresas, pérdida de empleos formales en relación de dependencia y cese de actividades de monotributistas y autónomos sin precedentes por la intensidad y duración, de acuerdo a los registros oficiales. Y con la cuarentena, si bien aún no hay datos estadísticos, por la semiparalización de las actividades, este proceso se acentuó y se estiman que las pérdidas son muy superiores.

Según los datos de AFIP, en los últimos 12 meses, a marzo pasado, 14.830 empresas que contaban con empleados en relación de dependencia dejaron de aportar a la Seguridad Social porque terminaron de desprenderse del personal que tenían. Los números son: en marzo de 2019 había 553.883 empresas y un año después 539.053. Y el número de trabajadores se redujo en 164.475 puestos de trabajo.

Esta declinación del número de empresas y trabajadores fue acompañada de una fuerte caída en el número de cotizantes autónomos y monotributistas. Los monotributistas se redujeron de 1.797.139 a 1.729.145: 67.994 menos. Y los autónomos descendieron de 908.105 a 860.058: 48.047 menos.

Todos estos números corresponden a los aportes de empresas, autónomos y monotributistas de marzo que ingresaron a la AFIP antes que se declarara la cuarentena por el coronovirus.

Demás está decir que, desde entonces, la situación empeoró y que las medidas de auxilio implementadas por el Gobierno fueron tan solo paliativos en medio de una casi total paralización de la actividad económica. Y si miramos hacia atrás, desde marzo de 2016, se perdieron 29.458 empresas.

En definitiva, en vísperas de la pandemia el balance de los 12 meses anteriores es: menos empresas, menos trabajadores registrados y menos trabajadores independientes formales.

Una combinación que marca que la recesión, las altas tasas de interés, la disparada de la inflación y del dólar, la caída de los salarios y de los ingresos de profesionales y trabajadores por cuenta propia provocaron una destrucción económica y social generalizada. Y los más afectados fueron las pequeñas empresas, el trabajo asalariado e independiente formal. Lógicamente por carecer de registros no hay datos precisos de la pérdidas de empleos informales.

Entre los sectores productores de bienes, los más castigados en pérdida de empresas fueron la industria (-2.222) y la construcción (-1.238). Y en servicios, el comercio (-3.582), el transporte (-2.585) y alojamiento y servicios de comida (-1.075). Esta caída de empresas ya acumula más de 4 años. Tuvo dos momentos: durante 2016 y 2017 hubo una reducción de casi 3.000 empleadores, para desplomarse en los dos años siguientes de la mano de la recesión. En marzo de 2016, había 568.511 empresas con aportes a la Seguridad Social. Cuatro después, 539.053: en total 29.458 menos.

Fuente: ieco.clarin.com