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ECONOMÍA – La inflación de marzo fue del 2,4% en Santa Fe

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El rubro alimentos y bebidas fue el que más se incrementó debido al aumento de precios en cuarentena. A nivel nacional, fue del 3,3% dado a conocer por el Indec la semana pasada.

El impacto del coronavirus se sintió en las góndolas y subió el índice de precios al consumidor en la provincia de Santa Fe un 2,4% con respecto al mes de febrero.

En medio de la cuarentena, se evidenció el aumento de los precios en Alimentos y Bebidas siendo uno de los rubos que más subió, según informó el IPEC.

Si bien las clases fueron suspendidas por el aislamiento social, el inicio del ciclo lectivo con la compra de útiles y el pago de las matrículas de los colegios elevó el incremento en el rubro Educación a un 10,5%.

Le siguen Comunicaciones, Gastos para la Salud y Bienes y Servicios.

Para ver el informe completo del IPEC ingresar AQUÍ.

Fuente: lt10digital.com

IMPOSITIVAS – Monotributistas y autónomos: cómo serán los nuevos créditos a tasa cero y en cuánto tiempo habrá que devolverlos

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Habrá un período de gracia para empezar a pagar las cuotas de los créditos, aunque todavía no está definido de cuánto tiempo será .

Los nuevos créditos a tasa cero que el Gobierno otorgará a monotributistas y autónomos deberán ser devueltos en 12 cuotas. También habrá un período de gracia para empezar a pagarlas, que todavía no está definido y que se dará a conocer en las próximas horas junto con la reglamentación del decreto publicado este lunes.

Una de las posibilidad analizadas era que los créditos recién se empiezan a pagar en el mes de agosto, tal como sucederá con quienes dejaron de pagar los vencimientos de las tarjetas de crédito.

A diferencia de la deuda con los bancos -que tiene un costo financiero total de entre 65% y 70%, el financiamiento que promete el Gobierno para los pequeños contribuyentes tendrá una tasa del cero por ciento.

En el decreto conocido en las últimas horas, el Ejecutivo estableció que:

  • Los créditos subsidiados tendrán un tope equivalente al 25% de la facturación del monotributista o autónomo.
  • Que el máximo que se otorgará será de $150.000.
  • Se desembolsará el dinero en tres cuotas iguales, a las que se agregará “el monto equivalente al pago de las sumas totales que los trabajadores y las trabajadoras deben abonar por los períodos mensuales resultantes en concepto de impuesto integrado y cotizaciones previsionales”.
  • Según pudo establecer iProfesional, la devolución del crédito será en 12 cuotas con un período de gracia, que podría ser de tres meses.
  • No habrá que presentar ninguna garantía para recibir el financiamiento.

Tanto la forma de inscribirse y acceder a esas líneas como las condiciones que se requerirán a los contribuyentes serán conocidas en las próximas horas, a través de resoluciones conjuntas de la Jefatura de Ministros y del Banco Central.

Desde la Casa Rosada destacan esta medida, que viene a complementar lo anunciado hasta ahora.

Desde el momento en que empezó la cuarentena sólo habían sido beneficiados los monotributistas categorías A y B, que tienen una facturación máxima de $26.100 mensuales. Pero se había dejado de lado a la mayoría de los contribuyentes: unas dos millones de personas entre monotributistas C en adelante y los autónomos.

El Decreto de este lunes establece que el financiamiento de estos créditos a tasa cero se concretará a través de sendos fondos estatales -el “Fondo Nacional de Desarrollo Productivo (FONDEP)” y el “Fondo de Garantías Argentina (FoGAR)”- por un total de $37.000 millones.

Esta medida se agrega a la que beneficia a las empresas para pagar los salarios de sus empleados, por hasta un monto que equivale a dos salarios mínimos ($33.750).

Hasta el fin de semana, unas 420 mil empleadores se registraron en el Programa de Asistencia de Emergencia para el Trabajo y la Producción (ATP) para recibir ayuda estatal. La cifra equivale al 82% de las empresas privadas del país.

Fuente: iprofesional.com

NACIONALES – Claves de los cambios en el programa que ayuda a pagar los sueldos de las empresas

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A través del Decreto 376/2020, el Poder Ejecutivo amplió y flexibilizó el Programa de Emergencia de Asistencia al Trabajo y la Producción.

A través del Decreto 376/2020, el Poder Ejecutivo amplió y flexibilizó el Programa de Emergencia de Asistencia al Trabajo y la Producción creado por el Decreto 332/2020.

A continuación detallamos los cambios que entendemos más relevantes:

1) Se elimina el REPRO y la Asignación Compensatoria al Salario. El Estado abonará un “Salario Complementario” a todos los trabajadores en relación de dependencia del sector privado cuyos empleadores encuadren en el Decreto 332/2020 sin discriminar por la cantidad de empleados que posean.

Antes quienes tenían hasta 100 empleados iban a recibir una Asignación Compensatoria al Salario y los que tenían más empleados iban a recibir una suma a través del REPRO Asistencia Sanitaria.

Por otro lado, antes el beneficio era solamente para los trabajadores comprendidos en el régimen de negociación colectiva, quedando excluidos los empleados no comprendidos. Por ejemplo, quedaban excluidos los empleados de empresas de software, de estudios jurídicos, entre otros.

El cambio es positivo ya que amplia los beneficios respecto a todos los trabajadores, agiliza la obtención de estos y evita trámites burocráticos.

2) El Salario Complementario será equivalente al 50% del salario neto del trabajador correspondiente al mes de febrero de 2020 pero dentro de los siguientes límites: no podrá ser inferior a 1 Salario Mínimo Vital y Móvil ($16.875) ni superar dos Salarios Mínimos Vitales y Móviles ($33.750) o al total del salario neto correspondiente a ese mes.

Por ejemplo, si el salario neto de febrero fue $25.000, el salario complementario será de $16.875 ya que se aplica como mínimo 1 Salario Mínimo Vital y Móvil

Antes, los beneficios por trabajador iban de $6.000 a $16.875, según determinados parámetros.

Ahora, el Salario Complementario implica mayores beneficios porque los importes serán en la mayoría de los casos superiores.

Entendemos que este cambio sería porque el Gobierno está viendo que la crisis está impactando muy fuerte en las empresas y que éstas no podrían llegar a pagar los salarios a sus empleados próximamente.

Por otro lado, deberá definirse que se entiende por “salario neto” debido a que del salario bruto pueden descontarse diferentes conceptos como los descuentos con destino a la jubilación, ley 19.032, obra social, cuota sindical, vivienda, entre otros.

Entendemos que, a los efectos de facilitar la implementación de la asignación, sólo se deberían considerar los descuentos que surgen de la Declaración Jurada Formulario F931 del mes de febrero de 2020.

3) El Salario Complementario será considerado a cuenta del pago de las remuneraciones o de la asignación en dinero prevista en el artículo 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo 20.744.

El Decreto no efectúa ninguna aclaración acerca de si este Salario Complementario es o no es remunerativo. En consecuencia, entendemos que debería seguir el mismo tratamiento que tiene la remuneración o la asignación de dinero prevista en el artículo 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo 20.744, según corresponda.

4) Los monotributistas y los trabajadores autónomos podrán acceder a un crédito a tasa cero.

Las condiciones las vana establecer la Jefatura de Gabinete de Ministros y el BCRA. El estado se hará cargo del 100% del costo financiero total.

Esto es positivo para muchos trabajadores monotributistas y pequeños comerciantes autónomos ya que han disminuido su facturación prácticamente a cero.

El Decreto establece que el monto de la financiación no podrá exceder una cuarta parte del límite superior de ingresos brutos establecidos para cada categoría del Monotributo, con un límite máximo de $ 150.000.

En cambio, no da ningún parámetro para los trabajadores autónomos. Entendemos que también se deberían fijar los lineamientos para éstos.

El financiamiento será desembolsado en tres cuotas mensuales iguales y consecutivas y será acreditado en tarjetas de crédito de los beneficiarios, de acuerdo a lo que establezca el BCRA.

También se contempla que a cada desembolso se le adicionará un monto equivalente a la cuota impositiva y previsional del Monotributo o de jubilación autónomos.

Es decir, en lugar de exceptuar del ingreso, el Gobierno ha decidido prestarles los fondos a los monotributistas y autónomos para que realicen el pago a través de una retención que se les practicará.

Habrá que ver las condiciones de devolución, que seguramente contemplarán un plazo de gracia.

5) Se amplía la fecha desde la cual se considera la diminución de la facturación por efecto de la pandemia. Ahora es desde el 12 de marzo, antes era desde el 20 de ese mes.
Esto también es positivo porque la baja de facturación ya se había verificado en días anteriores al 20 de marzo.

Sin embargo, nuevamente no se contempla a la sustancial disminución de las cobranzas que venimos reclamando.

Sucede que facturar, no es lo mismo que cobrar. Hay monotributistas, autónomos, pymes que deben facturar conforme a las normas tributarias pero que no han podido cobrar esas facturas.

Si no se contempla la disminución de las cobranzas, podrán quedar fuera de los beneficios.

6) Las empresas que poseían más de 60 empleados al 29/02/2020 debían iniciar un procedimiento preventivo de crisis de empresas para poder acceder al beneficio de reducción del 95% de las contribuciones patronales con destino al SIPA.

Ese requisito se elimina. En consecuencia, toda empresa a la que se le otorgue ese beneficio de reducción, gozará del mismo sin ningún requisito adicional.

Esto es positivo ya que elimina trámites burocráticos de difícil cumplimiento durante el aislamiento.

7) El Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción se amplía a los hechos ocurridos desde el 12/03/2020.

8) Originalmente, los beneficios eran para el mes de abril de 2020 y se podían ampliar a meses posteriores.

Ahora, se modifica y se contemplan expresamente nuevas fechas:

  • Hasta el 30/06/2020: Que el Jefe de Gabinete de Ministros podrá extender los beneficios en forma total o parcial, modificando el universo de actividades, empresas y trabajadoras y trabajadores independientes afectados, previa intervención del Comité de Evaluación y Monitoreo del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción, en función de la evolución de la situación económica.
  • Hasta el mes de octubre de 2020: Que se extiendan los beneficios para las actividades, empresas y trabajadores independientes que siguieran afectados por las medidas de distanciamiento social, aun cuando el aislamiento social preventivo y obligatorio haya concluido.
    Estas modificaciones darían a entender que el Gobierno ya estaría previendo que el impacto de la pandemia duraría una importante cantidad de meses.

Fuente: iprofesional.com

ECONOMÍA – Se reabre por 48 horas el registro al programa ATP para las empresas que no se anotaron

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Lo confirmaron los ministros de Desarrollo Productivo, Matías Kulfas y de Trabajo, Claudio Moroni. Será a través de la pagina de AFIP para las empresas que aun no ingresaron.

El gobierno nacional, a través de sus ministros, explicó las nuevas medidas incluidas en el paquete de ayuda que amplía las vigentes en el marco del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP), y anunció que todas aquellas empresas que todavía no se hayan anotado, podrán hacerlo desde mañana.

Tras la reunión de Gabinete Económico, los ministros de Desarrollo Productivo, Matías Kulfas; y de Trabajo, Claudio Moroni, brindaron una conferencia de prensa en la que dieron detalles del programa. Al respecto, Kulfas señaló que desde este martes, y por un lapso de 48 horas, la página de AFIP estará habilitada para que todas aquellas empresas que no se anotaron hasta ahora, puedan hacerlo.

Otro de los anuncios importantes que se realizaron durante la conferencia tiene que ver con los asalariados. El Gobierno abonará el 50% de los salarios de los trabajadores de aquellas empresas que resultaron afectadas por la cuarentena, sin importar cantidad de empleados y tamaño de la compañía.

En este marco, el piso para la cobertura es de un Salario Mínimo, Vital y Móvil y el techo será de dos de estas percepciones, que hacen un total de 33.750 pesos.

Asimismo, el Gobierno señaló que se posterga el pago de Contribuciones Patronales e indicó que en el caso de sectores donde la crisis afectó más y será más duradera como turismo y gastronomía, llegará al 95%.

Los funcionarios aseguraron que la nuevas medidas económicas tendrán “un costo fiscal de $ 107.000 millones, que se suman a las demás políticas, como el refuerzo de la AUH, el IFE, suman da un paquete de $ 850.000 millones, que equivale al 3% del Producto Bruto”.

A su tiempo, el titular de la cartera laboral, Claudio Moroni, aseguró que “no hay pérdida de puestos de trabajo masivas”, por la inactividad que genera la pandemia, y que las medidas económicas anunciadas por el Gobierno buscan a mantener esos empleos.

El titular de la cartera laboral aseguró que el Gobierno está “tratando de evitar que se corten los contratos de trabajo”.

Respecto a los créditos a tasa cero para monotributistas y autónomos, ambos ministros explicaron que tendrán un período de repago de un año y que podrán empezar a pagarse recién en octubre y que serán por tres veces el límite de facturación mensual de cada categoría.

Fuente: ambito.com

Actuación profesional. Coronavirus

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Comité de Evaluación y Monitoreo del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción – ATP. Ampliación del listado de actividades y servicios exceptuados.

Amplían el listado de actividades y servicios exceptuados en los términos previstos en el artículo 6° del Decreto N°
297/20.

Decisión Administrativa (JGM) Nº 516/2020 (BO 17/04/2020)

Fuente: Lisicki Litvin

 

IMPOSITIVAS – Amplían plazo para informar a la AFIP las reorganizaciones empresarias

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Extendió 90 días más el plazo para comunicar los procesos de escisión, fusión o transferencia dentro del mismo conjunto económico.

Entre la prórroga de vencimientos de la AFIP, un aspecto de importantísima relevancia es haber postergado el plazo de los procesos de reorganización empresaria.

La RG 4700 dispuso ampliar el plazo de 180 días que se dispone para comunicar al fisco. Aquellos procesos cuyo plazo de comunicación hubiese operado a partir del 20 de marzo, se posterga por 90 días su comunicación al fisco.

La comunicación consiste en informar vía web los procesos de escisión, fusión o transferencia dentro del mismo conjunto económico, cuyo plazo es de 180 días posteriores a la fecha otorgada a estos actos.

Recordamos que la documentación a preparar para cumplir con las exigencias de la ley de sociedades comerciales y la ley de impuesto a las ganancias, es de gran complejidad y demora un plazo extenso, pues además de cumplirse con la Inspección General de Justicia (IGJ) es obligatorio comunicar a la AFIP en tiempo y forma.

Para su desarrollo intervienen los profesionales contadores públicos y escribanos, siendo francamente indispensable la planificación adecuada.

Además, deben cumplir también requisitos esenciales para poder concretar la transferencia de los bienes libres de impuestos.

Se requiere una explicación de motivos empresarios para proceder a esta distribución de bienes y deudas, justificada en la propia acta de asamblea extraordinaria.

Entre los requisitos de fondo obligatorios están mantener durante 2 años posteriores a la fecha de Fusión o Escisión, la continuidad de la actividad desarrollada por la entidad antecesora y también que la participación societaria se mantenga en la/las empresas continuadoras.

Este régimen está contemplado en la ley de impuesto a las ganancias artículo 80 (TO 2019) y también en el artículo 108 decreto reglamentario.

Incumplir con estas condiciones básicas implica dar por decaído los beneficios de la exención impositiva.

Los efectos recaerían sobre la transferencia de dominio de bienes muebles e inmuebles al exigirse el impuesto a las ganancias y eventualmente en el IVA, aplicándose además intereses resarcitorios y multas.

La AFIP ante la demora en comunicar en fecha a los 180 días entiende que a pesar de tratarse de una obligación formal, también acarrea las consecuencias de pérdida de los beneficios impositivos contemplados en las reorganizaciones empresarias.

Es cierto también qué varios fallos judiciales otorgaron la razón a los contribuyentes, cuando hubiera motivos que justifiquen la demora, entre ellas incluida obviamente el estado actual de cosas por la cuarentena.

Sin embargo, haber determinado su prórroga al dar más certeza a las reorganizaciones, resulta sano y conveniente el proceder del fisco.

Fuente: ambito.com

FINANZAS – Tasas de plazos fijos suben 10 puntos desde el lunes: ¿conviene poner la plata en un banco?

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El Banco Central fijó un rendimiento mínimo de 26,6% para los plazos fijos minoristas y las entidades tendrán que resignar rentabilidad para pagarlo

Desde este lunes, el rendimiento de los plazos fijos minoristas tendrá un salto de casi 10 puntos porcentuales, debido a que el Banco Central (BCRA) decidió fijar un piso para la remuneración por depósitos de hasta $1 millón.

La norma establece que mínimo rendimiento será equivalente al 70% de la tasa de referencia. Como esta última está fijada en 38%, los ahorristas recibirán, al menos 26,6%.

Esa tasa garantizada es la misma que tienen los plazos fijos UVA precancelables y que el cliente percibe cuando opta por rescatar su depósito a partir del día 30 y perder el ajuste por inflación.

En febrero, cuando el Central relanzó los depósitos UVA, había establecido ese piso de tasa con la idea de que el ahorrista que precancelara se llevara un premio similar al que pagaba un depósito tradicional a 30 días.

En aquel entonces, la tesis se constataba casi a la perfección: la tasa de referencia estaba en 48% y los plazos fijos tradicionales pagaban 33,1%, es decir, un 68,9% de la tasa de política monetaria.

Sin embargo, la dinámica de las últimas semanas mostró todo lo contrario. Las remuneraciones de los plazos fijos se derrumbaron y varias entidades pagaban hoy menos de 20% por tomar depósitos a 30 días.

Desde el 19 de marzo ─un día antes de que se estableciera la cuarentena general obligatoria─ hasta hoy, las tasas minoristas perdieron más de 9 puntos porcentuales. Ese fenómeno llevó a los ahorristas a desarmar masivamente sus depósitos bancarios.

Según las estadísticas del Central, la remuneración promedio para los plazos fijos minoristas cerró hoy en 17,5%, lo que representa una tasa mensual de 1,5%. Es decir que el rendimiento está por debajo de la inflación mensual, que no perfora el 2% desde hace varios años.

En las últimas semanas, incluso, resultaba más conveniente tomar un plazo fijo UVA precancelable y retirarlo al día 30, antes que constituir un plazo fijo tradicional. Es que en la primera opción el ahorrista obtenía 26,6%, mientras en la segunda, el banco que más pagaba ofrecía 23%.

Ahora, con una tasa mensual del 2,2%, los plazos fijos perderían contra la inflación, si se confirma que el dato de abril se ubicará por encima del 3,3% que arrojó el índice en marzo.

Golpe a la rentabilidad

“En los bancos patalearon bastante por el piso de tasa”, dijeron fuentes del Central. Lo cierto es que esta medida afecta a la rentabilidad de las entidades que, no obstante, no tienen otra opción que cumplir con la normativa.

El mínimo a la tasa pasiva se suma a otras medidas que el BCRA tomó en las últimas semanas, con el objetivo de morigerar los efectos de la crisis desde el sistema financiero.

En ese sentido, una de las normas más sobresalientes es la de los créditos al 24% para mipymes. Esa medida, junto con el piso de tasas establecido en 26,6% a los plazos fijos, es contraria al negocio habitual de los bancos, que ─en condiciones normales─ prestan a un costo mayor al que toman depósitos. De todos modos, en el sector financiero prefieren no quejarse públicamente y acompañar las medidas de crisis en este momento.

Ese descalce entre tasas activas y pasivas se añade a las pérdidas que ya venían percibiendo las entidades luego de otras medidas del regulador. Entre ellas:

  • La suspensión del cobro de comisiones por operaciones en cajeros automáticos y por cheques rechazados.
  • La prórroga de los vencimientos de tarjetas de crédito y recorte a 43% de la tasa a la que pueden refinanciar.
  • El diferimiento del pago de las cuotas de préstamos.
  • El desarme de Leliq y restricción en la cantidad que puede suscribir cada banco.
  • La baja de la tasa de referencia, que ya perdió 25 puntos porcentuales desde diciembre.
  • El congelamiento por 180 días todas las de tarjetas de crédito que rige desde febrero.

Hoy, además, hubo otra novedad en cuanto a la rentabilidad bancaria, al menos a nivel de la Ciudad de Buenos Aires. Según la Agencia Télam, el legislador porteño del Frente de Todos, Santiago Roberto, presentó un proyecto de ley para que el Gobierno de la Ciudad cobre “por única vez” y debido a la pandemia de Covid-19 un impuesto del 1% a los “principales bancos y operadores del sistema financiero”.Según el último informe sobre bancos elaborado por el BCRA ─que todavía no muestra el efecto completo de estas medidas porque corresponde al mes de febrero─ la rentabilidad bancaria ya había disminuido en el segundo mes del año. El retorno sobre activos (ROA) del total de los bancos en febrero fue de 1,3% anualizado frente al 5,1% del mes previo.

El tributo se cobraría a las empresas y personas que hayan pagado o que deberían haber abonado en 2019 Ingresos Brutos por un monto igual o superior a $30 millones. El objetivo de la norma sería financiar al sistema de salud y a las medidas tomadas en el marco de la emergencia económica y social.

Demasiados pesos

Desde el punto de vista económico, los analistas explican que las tasas se hundieron por la gran expansión monetaria que hizo el BCRA en un momento de escasa colocación de créditos por parte de los bancos.

Las entidades tienen muchos pesos en sus arcas y no les interesa tomar nuevos depósitos. “El mercado de préstamos no estaba activo, no había mucha demanda, por lo que hay un exceso de pesos”, se sinceraron en una mesa.

Martín Vauthier, director de EcoGo, se manifestó en la misma línea: “Las tasas se desplomaron en las últimas semanas con el desarme de Leliq que aceleró el BCRA. Los bancos se encontraron con una cantidad muy importante de pesos en encajes no remunerados sin que creciera el crédito porque, sin las garantías del Estado, no había margen para alocar esos fondos desarmados. Estamos en un contexto de incertidumbre donde los bancos están monitoreando de cerca la mora“.

Para el economista, el BCRA debería volver a aspirar más pesos vía Leliq ─tal como hizo esta semana─ para reducir la liquidez bancaria.

Por su parte, el economista jefe de Ecolatina, Matías Rajnerman, dijo que, más allá del piso de tasa “el problema es que los bancos no están tomando los plazos fijos, aun cuando el cliente quisiera hacerlos a cualquier tasa que le ofrezcan”.

“Empresas de seguros, por ejemplo, que están obligadas legalmente a tener un porcentaje muy alto de su patrimonio en pesos no están logrando hacer plazos fijos porque los bancos no están interesados en tomarlos”, analizó.

Los mayoristas, más castigados

El piso de tasa que fijó el BCRA generará un alza en las remuneraciones a los minoristas. Sin embargo, los grandes depositantes, en principio, no verían incrementados sus rendimientos. “Van a subir las tasas minoristas menores a $1 millón, la Badlar u otras tasas de mercado no deberían variar”, anticiparon en una entidad privada.

Por el contrario, otra fuente bancaria consideró: “Creo que las tasas van a tender más al 26,6% porque quien tenga algo más de un millón va a hacer dos plazos fijos de menor monto en lugar de uno. Son muchos puntos de diferencia”.

Durante las últimas semanas, los depósitos mayoristas estaban pagando menos que los minoristas. A números de este viernes, la tasa Badlar (que releva el rendimiento que perciben quienes depositan más de $1 millón) cerró en 16,9%, mientras que la TM20 (que encuesta la tasa por colocaciones de $20 millones o más) quedó en 15,4%.

Desde que comenzó el aislamiento obligatorio hasta hoy, la Badlar retrocedió 12,4 puntos porcentuales y la TM20 perdió 15,4 puntos.

Fuente: iprofesional.com

IMPOSITIVAS – Alivio para contribuyentes: la AFIP no solicitará registrar los datos biométricos

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La AFIP decidió eximir a los contribuyentes de la obligación de registrar sus datos biométricos hasta el día 30 de junio de 2020, inclusive

La AFIP decidió eximir a los contribuyentes de la obligación de registrar sus datos biométricos hasta el día 30 de junio de 2020, inclusive.

La medida busca facilitar la realización de las operaciones digitales que requieran de esa información en el marco de la emergencia sanitaria.

La excepción prevista en la Resolución General 4699 releva en forma transitoria a los contribuyentes de la obligación de concurrir a las dependencias de la AFIP para registrar su foto, firma y huella dactilar.

La AFIP dispuso, a su vez, un plazo adicional excepcional de 90 días corridos, que se suman a los 180 existentes, para aquellos contribuyentes que deban informar la reorganización de sociedades fondos de comercio, empresas o explotaciones.

Plazo adicional para las empresas

Atento a las medidas dispuestas para prevenir la propagación del coronavirus, la Resolución General 4700 extiende el plazo con el que cuentan las empresas para cumplir con el reporte de operaciones como fusiones, divisiones, o ventas y transferencias.

Ambas resoluciones ya se publicaron en el Boletín Oficial.

Fuente: iprofesional.com

ECONOMÍA – Desde la primera cuarentena se registraron caídas de actividad del 40% a 70%, según sectores y provincias

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Un indicador adelantado y con medición diaria es el consumo de energía eléctrica. El Ieral de Fundación Mediterránea construyó un índice de vulnerabilidad regional que permite identificar en todo el país los sectores más y menos afectados por el aislamiento forzoso.                                        

Previamente a la aparición de la pandemia en modo extensivo los índices del Indec daban cuenta de niveles muy bajos de actividad en el conjunto de los sectores industriales, la construcción y el comercio, mayorista y minorista, y la perspectiva para el trimestre marzo a mayo.

Pero ahora, ya se disponen de datos certeros que confirman esa tendencia, a partir de la aceleración de la recesión que surgió desde la vigencia de la primera cuarentena, desde el 20 de marzo, la cual fue prorrogada por segunda vez, en módulos de 14 días, hasta el 26 de abril, aunque con gradual aumento de las actividades decretadas “esenciales”, como es el caso del consumo energético por sectores de actividad, según un análisis de Jorge Day, economista investigador de Ieral de Fundación Mediterránea.

“Es un indicador temprano del impacto combinado de la crisis mundial y de la cuarentena a propósito de la pandemia. Así, en comparación con el tramo que va del 1 al 19 de marzo, el consumo energético entre el 20 de marzo al 13 de abril registró una caída de más de 70% en la industria automotriz, la metalúrgica, textil y la construcción; en torno al 50% en el comercio; entre 40% y 20% en la industria de la madera, extracción de minerales, químicos, refinerías y puertos; mientras que sólo se encuentra a tres sectores con merma inferior al 20%: servicios públicos, alimentos y extracción de hidrocarburos”, explica el economista en el informe semanal de la entidad que preside María Pía Astori.

Jorge Day identificó en esta etapa 3 factores que derivaron en la reducción de los ingresos en gran parte del sector privado y que ya se reflejaron parcialmente en los datos de la recaudación de impuestos en marzo: 1) menores cantidades vendidas, como el caso del comercio minorista, shoppings, hotelería, industria; 2) disminución de precios internacionales (petróleo); y 3) crecimiento de la morosidad, aun prestando el servicio o proveyendo los bienes (distribuidoras de servicios públicos y productores agrícolas).

 En comparación con el tramo que va del 1 al 19 de marzo, el consumo energético entre el 20 de marzo al 13 de abril registró una caída de más de 70% en la industria automotriz, la metalúrgica, textil y la construcción; en torno al 50% en el comercio; entre 40% y 20% el resto de las actividades (Jorge Day)

Claramente, la contracción de la actividad es muy heterogénea, pero, como lo mostraron los datos anticipados del sector automotriz, el estudio privado resalta “la vinculada con la provisión de bienes y servicios cuya compra se puede postergar (autos, indumentaria, turismo, construcción y mercado inmobiliario), y menor en aquellos que se siguen consumiendo (alimentos, remedios, uso de servicios de internet). Llamativo es el de la extracción de petróleo. Su consumo energético ha disminuido poco, pero enfrenta un serio problema con los menores precios internacionales, cayendo a la mitad”.

Fuente: Ieral de Fundación Mediterránea

Fuente: Ieral de Fundación Mediterránea

Sobre esa base, Jorge Gay hizo una categorización de los sectores “acorde a la probable caída de las ventas a partir de la variación del consumo de energía, según datos de Cammesa (Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico), despachos de cemento y otras ventas minoristas, que distribuyó en cuatro cuadrantes: arriba a la derecha “muy grave, por la relevancia de la disminución de las operaciones y el mayor peso que tienen en la participación en el PBI total”: productos prescindibles, no alimentos; abajo a la izquierda “grave”: comercio de alimentos; bancos; químicos; comunicaciones y seguros; refinerías de petróleo; y “más grave”, abajo a la derecha: construcción; transporte de pasajeros y turismo; venta de automotores y otros bienes durables; textiles, principalmente.

Fuente: Ieral de Fundación Mediterránea

Fuente: Ieral de Fundación Mediterránea

Considerando el impacto por sectores, su distribución territorial y su participación en el Producto Bruto Geográfico, según datos del Indec y de las direcciones de estadística de provinciales, el Ieral construyó un índice de vulnerabilidad regional, para identificar a las provincias más afectadas por la crisis y la cuarentena, comprendiendo exclusivamente a a actividad del sector privado, y determinó en la primera etapa un ránking encabezado por Córdoba; Santa Fe; la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Chaco, Neuquén y Chubut. Con incidencia algo menor, pero igualmente muy significativa, se ubican La Pampa, Corrientes, Santiago del Estero, Salta, Tierra del Fuego y Río Negro.

Fuente: Ieral de Fundación Mediterránea

Fuente: Ieral de Fundación Mediterránea

El informe alerta: “un factor que puede variar este panorama es el agro, actividad muy estacional y que difiere en cada provincia, porque el inicio de la cuarentena se produjo en plena cosecha de uvas en Cuyo, y no se conoce qué ocurrirá con sus precios. Previamente venían de valores muy bajos, debido a los altos stocks vínicos. Ahora posiblemente se complicará porque, aunque la cosecha sea inferior, la menor demanda por la cuarentena no genera un impulso alcista en sus precios.

 Un factor que puede variar este panorama es el agro, actividad muy estacional y que difiere en cada provincia, por el ciclo evolutivo y aunque en el algunos casos la cosecha sea inferior, la menor demanda por la cuarentena no genera un impulso alcista en sus precios

Jorge Day resalta en su análisis: “mientras más larga sea la cuarentena, mayor será la caída de ingresos, por lo cual no sólo se irán complicando los pagos (salarios, impuestos, etc.), sino además pueden cerrar varios negocios. Como no es fácil volver a recuperarlos, es vital evitar su quiebra. Inicialmente el gobierno nacional ha salido en su auxilio. Pero sus medidas no son sostenibles en el tiempo porque, al no contar con ahorros ni financiamiento, recurre a la emisión monetaria, con su correspondiente mayor inflación. Por ello, surge el planteo de cómo flexibilizar la cuarentena, minimizando los riesgos de esta epidemia”.

Más allá de que el Gobierno nacional viene analizando los casos puntuales y las actividades que podrán comenzar a volver a funcionar a partir de este lunes, el informe privado considera que las medidas restrictivas no son sostenibles en el tiempo porque, al no contar con ahorros ni financiamiento, recurre a la emisión monetaria, con su correspondiente mayor inflación. Por ello, surge el planteo de cómo flexibilizar la cuarentena, minimizando los riesgos de esta epidemia”.

En este sentido, el economista sugiere analizar la propuesta de Paul Romer, premio nobel de economía, que ha delineado pautas simples para controlar el contagio, tratando de mantener activo el sector productivo, como “llevar adelante una política de aislamiento inteligente, lo que significa que las personas sean testeadas varias veces, una vez cada dos semanas”.

Fuente: infobae económico

Servicios disponibles y horarios de atención

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Atención Presencial: Con guardias mínimas, para aquellos casos que no puedan resolverse de manera remota.

Modalidad y horarios

Atención a Distancia: Puede acceder a todos los servicios de manera remota en los horarios habituales de atención:

Legalizaciones y Matrícula

Legalizaciones excepcionales sin Firma Digital

Pagos

Caja de Seguridad Social

Departamento de Servicios Sociales

Gestión online DSS

Delegación Reconquista

Celular institucional: 03482 – 412100

Para consultas por Whatsapp y Llamadas

Horario: 7:30 hs. a 12:30 hs.