Home Blog Page 706

FINANZAS – BCRA: depósitos en pesos del sector privado crecieron 14,4%

0

El saldo promedio mensual de esos depósitos aumentó 14,4% en diciembre respecto de noviembre, según datos del Banco Central.

El saldo promedio mensual de los depósitos en pesos del sector privado aumentó 14,4% en diciembre respecto de noviembre, mientras el circulante en poder del público registró un incremento mensual de 12,6%, indicó el Banco Central.

El Informe Monetario Mensual señaló que “el cobro del medio sueldo anual complementario, las fiestas de fin de año y el inicio de las vacaciones generan un aumento estacional de la demanda de dinero más asociada a las transacciones”.

“En este año en particular, a estos factores se agregó el efecto de pagos extraordinarios a sectores que típicamente hacen un uso más intensivo del circulante, como los jubilados y los beneficiarios de asignaciones sociales”, analizó el estudio de la autoridad monetaria.

En ese sentido, sostuvo que “el circulante en poder del público registró un aumento promedio mensual de 12,6%”.

“El crecimiento mensual promedio de los depósitos a plazo fijo en pesos del sector privado fue de 3,5% y 5,1% en términos desestacionalizados”, subrayó.

Consideró que durante las primeras semanas del mes, el impulso de esas colocaciones provino de los fondos comunes de inversión, que captaron recursos líquidos de las empresas antes del pago del medio sueldo anual complementario.

“Una vez realizado el pago, estos fondos y colocaciones a la vista nutrieron los saldos a plazo de individuo”, puntualizó.

Con relación a los préstamos en pesos al sector privado, evaluó que “moderaron su ritmo de crecimiento tras cinco meses consecutivos de aceleración”.

En tanto, aseguró que “entre las tasas de interés cobradas sobre los préstamos en pesos, las que más descendieron fueron las aplicadas sobre los préstamos comerciales, que actualmente están más concentradas en operaciones a menor plazo que el resto de las líneas”.

Respecto de las reservas, resaltó que el saldo de diciembre finalizó en U$S44.781 millones, “lo que implicó un incremento de U$S1.009 millones respecto del cierre del mes previo”.

“Con posterioridad a las modificaciones en las condiciones de acceso al mercado de cambios establecidas a fines de octubre, el Banco Central fue comprador neto de divisas y en diciembre adquirió U$S1.121 millones”, indicó.

Fuente: ambito.com

ECONOMÍA – Moody’s estimó que la economía argentina se contraerá 2,5 por ciento en 2020

0
El dato alentador es que se espera una caída menor a la alcanzada en 2019, para ambas economías.

En un informe titulado “Perspectiva negativa para América latina y el Caribe en 2020 ante creciente descontento social y bajo crecimiento”, la agencia calificadora de riesgo Moody’s consideró que la Argentina decrecerá 2,5 por ciento en 2020 y terminaría el 2019 con una caída de 3,8 por ciento, y junto a Nicaragua sería el único país que no vería crecer su economía este año. El dato alentador es que se espera una caída menor a la alcanzada en 2019, para ambas economías.

Según el texto, se prevé que en la mayoría de los países de la región haya un repunte de la economía respecto del 2019 de más de 2 por ciento.

“La perspectiva de Moody’s Investors Service para la calidad crediticia soberana de América latina y el Caribe en 2020 es negativa, reflejando sus expectativas de las condiciones crediticias fundamentales que habrán de incidir en el crédito soberano en los próximos 12 a 18 meses”. Así, “en 2020, la mayoría de las economías de América latina crecerán a tasas más altas que en 2019, registrando un crecimiento real anual del PIB en el rango de 2,5 por ciento-3,5 por ciento,” indicó Renzo Merino, vicepresidente asistente de Moody’s.

Sin embargo, advirtió que “el creciente riesgo político en la región aunado a los vientos externos en contra, representan importantes riesgos a la baja para la perspectiva de crecimiento”. Adicionalmente, expresó que “en el futuro previsible, el crecimiento de tendencia se mantendrá por debajo de los niveles vistos en los últimos 20 años y el bajo crecimiento complicará la gestión fiscal para la mayoría de los soberanos de la región”, expresó el analista de la agencia.

Para Moody’s, la mayoría de los gobiernos de América latina disminuirá su déficit fiscal o lo mantendrá, aunque “el descontento social limitará la capacidad de los gobiernos de establecer medidas que generen una consolidación fiscal sustancial”.

Fuente: lacapital.com

IMPOSITIVAS – Adelanto: la reglamentación de AFIP del impuesto del 30% a la compra de dólares y viajes al exterior

0
A través de la misma, la AFIP fijó la forma, plazos, requisitos y demás condiciones para la declaración e ingreso de este tributo.

A través de la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva, en el marco de la Emergencia Pública, el Gobierno estableció -entre otras medidas- el denominado “Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS)”, que se tradujo en un recargo del 30% para la compra de dólares, la contratación de viajes al exterior y los gastos con tarjeta en moneda extranjera.

En este contexto, se conoció la reglamentación de la normativa, luego de varios días durante los cuales numerosas líneas aéreas comercializaron viajes fuera del país sin este tributo al no saber cómo aplicarlo.

Según el texto, que se publicará en breve en el Boletín Oficial, “dicho impuesto resulta aplicable a la compra de billetes y divisas en moneda extranjera para atesoramiento o sin destino específico, al cambio de divisas destinado al pago de determinadas operaciones que los sujetos residentes en el país cancelen mediante tarjeta de crédito, de compras, de débito u otros medios de pago equivalentes, así como a la adquisición de servicios en el exterior contratados a través de agencias de turismo y servicios de transporte de pasajeros con destino fuera del país”.

La AFIP establece que el pago del impuesto “se encuentra a cargo del adquirente, locatario o prestatario, a través de una percepción que deberán practicar determinados sujetos que actuarán en calidad de agentes de percepción y liquidación” y, a través de esta reglamentación, se fijan “la forma, plazos, requisitos y demás condiciones para la declaración e ingreso del impuesto, tanto por parte del agente de percepción como del sujeto imponible”.

En el artículo 3, el organismo aclara que “la percepción será aplicable en la medida y proporción que se abonen en pesos las operaciones alcanzadas por el presente impuesto. En el caso de las adquisiciones contempladas en los incisos d) y e) del artículo 35 de la Ley N° 27.541, estarán alcanzadas por dicha percepción, cuando en cualquier etapa de la operatoria se deba acceder al mercado único y libre de cambios a efectos de la adquisición de las divisas correspondientes para su cancelación”.

“La alícuota se aplicará sobre el monto en pesos de la operación alcanzada. En el caso de que actúen agrupadores o agregadores de pago, la percepción deberá practicarse en la fecha de afectación de los fondos por parte del citado intermediario para el pago del bien adquirido o el servicio contratado por el adquirente o prestatario. El importe de la percepción practicada deberá consignarse -en forma discriminada- en el documento que reciba el adquirente o prestatario, el cual constituirá comprobante justificativo de las percepciones sufridas”, agrega el texto.

“En todos los casos, incluyendo los acuerdos privados de cancelación que se establezcan entre los agentes de percepción y los sujetos alcanzados por el impuesto, los pagos que se efectúen deberán ser afectados en primer término a la percepción”, aclara el texto de la AFIP.

En cuanto al ingreso e información de la percepción, el artículo 5 aclara que “los agentes de percepción y liquidación deberán solicitar la inscripción a través del Sistema Registral en el/los Régimen/es del IMPUESTO PARA UNA ARGENTINA INCLUSIVA Y SOLIDARIA (PAÍS)”.

En el artículo 6, en tanto, se establece que los agentes de percepción observarán, a fin de efectuar las percepciones para cada uno de los supuestos del artículo 35 de la Ley N° 27.541.

Fuente: iprofesional.com

ECONOMÍA – Moody’s advierte sobre “creciente descontento social y bajo crecimiento” en América Latina

0

La calificadora estimó que “mayores presiones sociales y menor crecimiento económico afectarán soberanos para implementar políticas crediticias positivas”. Asimismo, indicó que “restricciones políticas impedirán la consolidación fiscal”.

La perspectiva de Moody’s Investors Service para la calidad crediticia soberana de América Latina y el Caribe en 2020 es negativa, reflejando sus expectativas de las condiciones crediticias fundamentales que habrán de incidir en el crédito soberano en los próximos 12 a 18 meses. Un modesto crecimiento económico y crecientes tensiones sociales complicarán gestar políticas encaminadas a reforzar la consolidación fiscal en la región.

“En 2020, la mayoría de las economías de América Latina crecerán a tasas más altas que en 2019, registrando un crecimiento real anual del PIB en el rango de 2,5%-3,5%,” indica Renzo Merino, Assistant Vice President de Moody’s.

“Sin embargo, el creciente riesgo político en la región aunado a los vientos externos en contra, representan importantes riesgos a la baja para la perspectiva de crecimiento. Adicionalmente, en el futuro previsible, el crecimiento de tendencia se mantendrá por debajo de los niveles vistos en los últimos 20 años y el bajo crecimiento complicará la gestión fiscal para la mayoría de los soberanos de la región.”

La mayoría de los gobiernos de América Latina disminuirá su déficit fiscal o lo mantendrá en niveles similares a los de 2019. Sin embargo, debido a que sólo algunos soberanos reportarán balances primarios suficientes para estabilizar sus indicadores de deuda en 2020, Moody’s no espera que los gobiernos reconstruyan el espacio fiscal que perdieron en años recientes. Consecuentemente, la mayoría de los soberanos de América Latina tendrá capacidad limitada para implementar políticas contracíclicas para responder ante choques potenciales.

Las mejores estructuras de deuda y los perfiles de vencimiento extendidos a más largo plazo, ayudarán a mitigar los riesgos crediticios asociados con niveles de deuda gubernamental más elevados. Además, las favorables condiciones de financiamiento en 2020 ayudarán a contener los costos de la deuda en varios países.

El aumento del descontento social a lo largo de la región de América Latina afectó las perspectivas de inversión y contribuyó a los recortes de crecimiento observados durante el último año. Moody’s espera que esta situación continúe siendo un punto clave para 2020 y en adelante, debido a que no se espera que el crecimiento relativamente bajo mejore significativamente las dinámicas del empleo, o que disminuya la desigualdad del ingreso. En general, el descontento social limitará la capacidad de los gobiernos de establecer medidas que generen una consolidación fiscal sustancial.

Fuente: ambito.com

IMPOSITIVAS – Los monotributistas convocan a una protesta contra el aumento del tributo

0
Los monotributistas lanzaron una inédita protesta: convocaron a marchar a la sede de la AFIP para rechazar el incremento a partir de este año.

Luego de que la AFIP diera a conocer los aumentos que comenzarán a regir este 1 de enero en las escalas del régimen tributario, los monotributistas lanzaron una inédita protesta: convocaron a marchar a la sede del organismo para rechazar el incremento en lo que es un inicio de su organización

La protesta es convocada por “Monotributistas Organizadxs” y es “frente al brutal aumento del 51% en el Monotributo”, por lo que concentrarán el jueves 9 de enero a las 10 frente a la sede central de AFIP en CABA.

Asimismo, indicaron que “representamos el 49% de la población activa abarcando diversas modalidades de trabajo comúnmente denominadas independientes o prestaciones de servicios que en realidad se trata de un régimen de contratos precarios realizadas por privados e incluso por el propio Estado”.

Luego, explicaron que “el monotributismo significa la vulneración de nuestros derechos y la legitimación por parte del Estado de esta modalidad de trabajo en negro encubierto donde los y las trabajadoras no contamos con un convenio que rija nuestros salarios; no tenemos licencias, vacaciones, ni feriados pagos; no tenemos antigüedad, paritarias, aguinaldo o representación gremial, todo lo cual constituye un piso básico de derechos”.

“Estos contratos nos condenan a una jubilación mínima y se firman periódicamente (con suerte), dejándonos ante la incertidumbre constante de su no renovación sin ningún tipo de indemnización”, añadieron.

El objetivo del reclamo es “lograr la suspensión inmediata del incremento del 51% del pago del Monotributo, impuesto por el gobierno saliente y sostenido por el entrante, que comenzará a regir a partir del mes de enero”.

En ese marco, solicitan la “suspensión inmediata por seis meses del aumento de la cuota del Monotributo, extensión de la tarifa social de servicios públicos para las categorías más bajas, aquellas que no alcanzan a cubrir una canasta básica de pobreza, bonificación del pago del componente impositivo del Monotributo durante los meses de enero y febrero, para aliviar la carga tributaria de quienes no contamos con vacaciones pagas, aguinaldo ni bono de fin de año, y pase a planta bajo convenio colectivo para todos los trabajadores en relación de dependencia encubierta, sean estatales o privados”.

La AFIP oficializó el cuadro de categorías y valores de las cuotas del Monotributo que están vigentes a partir del 1 de enero de 2020.

El cuadro de categorías del Monotributo 2020 deberá ser tenido en cuenta por los pequeños contribuyentes que deban recategorizarse durante el primer mes del año.

Fuente: iprofesional.com

IMPOSITIVAS – Ganancias: guía paso a paso para presentar la declaración jurada

0

Los procedimientos a seguir tanto para el Régimen General como Simplificado.

A continuación, una guía paso a paso para declaraciones de Ganancias tanto para el Régimen General como Simplificado dentro del sitio de AFIP.

Declaración jurada del “Régimen General” de Ganancias

¿Quiénes deben presentarla?

Quienes se encuentren inscriptos en el respectivo gravamen, aun cuando no se determine materia imponible sujeta a impuesto por el respectivo período fiscal y aquellos que les corresponda la liquidación del impuesto por darse los presupuestos de gravabilidad que las normas establecen, aun cuando no hubieran solicitado el alta con anterioridad al vencimiento fijado para cumplir con la respectiva obligación de determinación e ingreso. Igual obligación rige para los administradores de las sucesiones indivisas por las ganancias obtenidas por las mismas. En estos casos, se deberá tramitar la CUIT y solicitar el alta en el Impuesto a las Ganancias.

¿Cómo presento la declaración jurada del “Régimen General” de Ganancias?

Este servicio unifica la confección y presentación de las declaraciones juradas de carácter determinativa e informativa del Impuesto a las Ganancias en una misma plataforma. Reemplaza al aplicativo SIAP para las presentaciones determinativas y al servicio “Ganancias Personas Humanas – Web” para las informativas.

RECORDATORIO: Domicilio Fiscal Electrónico

Es un domicilio virtual, gratis y seguro. Es obligatorio que lo constituyas: sólo tenés que ingresar con tu clave fiscal al servicio Domicilio Fiscal Electrónico y cargar una dirección de correo electrónico y un número de teléfono celular. La adhesión tenés que realizarla desde el servicio Domicilio Fiscal Electrónico, no desde Sistema Registral.

GUÍA PASO A PASO

1) Ingresá con tu CUIT/CUIL/CDI y tu clave fiscal

2) Buscá el servicio “Ganancias Personas Humanas – Portal integrado” dentro de la solapa “Mis servicios”

3) Dentro del servicio en la tarjeta “Declaración Jurada” presioná “Declarar”

4) Una vez dentro del servicio, visualizarás las siguientes opciones:

  • Mi declaración jurada: podrás realizar la determinación y liquidación del impuesto.
  • Mi próximo vencimiento: te mostrará el vencimiento de tu declaración jurada.
  • Mis declaraciones juradas anteriores: podrás visualizar las declaraciones presentadas en períodos anteriores.
  • Nuestra parte: donde te mostraremos los datos que conocemos de vos.

Para confeccionar tu declaración jurada, posiciónate en la tarjeta “Mi declaración jurada” y hacé clic en “Comenzar”.

5) Seleccioná el período por el cual vas a generar la declaración jurada

6) Al hacer clic en “Mi declaración” deberás seleccionar qué tipo de declaración jurada vas a generar. Seleccioná “Régimen General” para confeccionar la declaración jurada de carácter determinativa. Esta declaración es aquella en la que el ciudadano inscripto en el impuesto determina el saldo de impuesto a pagar, es decir, establece el monto a favor del organismo de un periodo determinado.

7) Una vez dentro de “Mi declaración jurada”, deberás centrarte en las primeras tres tarjetas:

  • Rentas: Se divide según el origen de la ganancia, es decir, su fuente. Podrás cargar las diferentes categorías de ganancias que establece la Ley del Impuesto a las Ganancias.
  • Bienes y deudas: Aquí podrás declarar los bienes que tenías al inicio del periodo 2017 y los que tenías al final. De esta forma vas a reflejar las variaciones de su valuación, así como incorporar o quitar bienes. Además podrás declarar deudas y las variaciones de su importe.
  • Variaciones patrimoniales: Este ítem es para justificar los incrementos o disminuciones de tu patrimonio. Esta tarjeta incluye a las donaciones, herencias, etc.

8) Hacé clic en “Declarar” dentro de la tarjeta de “Rentas” y dentro de “Rentas de fuente argentina” seleccioná nuevamente “Declarar”.

9) Primera categoría

Aquí tendrás que declarar los ingresos obtenidos por tus inmuebles con destino a alquiler y/o recreo – veraneo. Tené en cuenta que importaremos los inmuebles que hayas declarado con ese fin en “Bienes y deudas”. Por ello te recomendamos que, previamente, te encargues de incorporar en la mencionada tarjeta todas las novedades de tus inmuebles.

Para declarar un bien no propio, seleccioná “Agregar”.

10) Dentro de la pantalla de carga, informá los datos solicitados. Cuando finalices presioná “Aceptar”.

11) Segunda categoría

Lo que generalmente es llamado Renta de Capital. Engloba todo lo que te genera intereses: ganancias provenientes de acciones, cuotas, participaciones sociales, títulos, bonos y demás valores en el país, así como a instrumentos y/o contratos derivados -a excepción de las operaciones de cobertura- y otros.

12) Acciones, cuotas y participaciones sociales, títulos, bonos y demás valores

Al presionar “Declarar” se desplegará una pantalla. Podrás declarar tus ingresos, las deducciones y desgravaciones.

13) En “Ingresos” informá los importes. Cuando finalices presioná en Guardar.

14) En “Gastos y Deducciones” informá los que estén asociados a tus acciones, cuotas, participaciones sociales, títulos, bonos y demás valores. Cuando finalices, presioná “Guardar”.

15) Instrumentos y/o contratos derivados y otros

Al presionar “Declarar” se desplegará una pantalla. Podrás declarar tus ingresos o las deducciones y desgravaciones.

16) En “Ingresos” informá los importes. Cuando finalices presioná en “Guardar”.

17) Tené en cuenta que los ingresos gravados y exentos deberán coincidir en ambos casilleros para poder continuar con la carga. En caso contrario, el sistema desplegará el siguiente mensaje de error.

18) En “Gastos y Deducciones” informá los que estén asociados a tus acciones, cuotas, participaciones sociales, títulos, bonos y demás valores. Cuando finalices, presioná “Guardar”.

19) Tercera categoría

Son las rentas por participación en empresas y/o fideicomisos.

20) En “Ingresos” informá los importes. Cuando finalices presioná en “Guardar”.

21) Tené en cuenta que los ingresos informados deberán coincidir con los que clasifiques como gravados y/o exentos para poder continuar con la carga.

22) En “Gastos y deducciones” declará los gastos y deducciones por beneficios de empresas y ciertos auxiliares de comercio. Cuando finalices, presioná “Guardar”.

23) En “Participaciones en empresas y/o fideicomisos” deberás presionar “Agregar” para cargar los detalles de las empresas en las que tenés participaciones.

24) Cuarta categoría

Son las ganancias relacionadas al trabajo profesional, relación de dependencia, jubilados y otras rentas.

Posiciónate en la tarjeta “Ingresos” y hacé clic en “Declarar”.

25) Dentro de “Ingresos” el paso a realizar dependerá de las rentas que vayas a informar:

  • Los empleados en relación de dependencia, tendrán que informar o completar los datos del empleador antes de informar sus ingresos de cuarta categoría.
  • Los autónomos tendrán que ingresar directamente a la opción “Ingresos de autónomos”.

26) Autónomos

En “Ingresos autónomos” informá los montos de ingresos en los conceptos que correspondan. Cuando finalices presioná “Guardar”.

27) Empleados en relación de dependencia

Empleadores

Posiciónate en la tarjeta “Empleadores” y presioná “Declarar”. Visualizarás una grilla con los empleadores que ya habías informado en otras declaraciones juradas. Para confirmar los datos entrá en “Completar”. En caso de que, este ciudadano, no sea más tu empleador presioná “Rechazar” e informá el nuevo haciendo clic en “Agregar”.

28) Cuando vayas a confirmar los datos de tu empleador, encontrarás que los únicos datos modificables son las fechas de inicio y cese de relación laboral. Si los datos son correctos, presioná “Aceptar”.

29) Si algún dato es incorrecto, podrás presionar “Cancelar” y luego “Rechazar” para poder realizar la carga manual de tu empleador.

30) Ingresos de relación de dependencia

Aquí tendrás que informar los montos de ingresos en los conceptos que correspondan. Cuando finalices presioná “Guardar”.

31) Tené en cuenta que para permitirte guardar los datos, el sistema requerirá que los ingresos informados coincidan con los que clasifiques como gravados y/o exentos para poder continuar con la carga.

32) En “Gastos y deducciones” declará los gastos y deducciones. Cuando finalices, presioná “Guardar”.

IMPORTANTE: No es esta la opción para cargar las deducciones generales ni las personales. Dicho de otro modo, en esta opción no deberán figurar las deducciones que generalmente cargás en SiRADIG.

33) Una vez informadas todas las rentas de fuente argentina, tendrás que informar las de fuente extranjera. Estas rentas, al igual que las de fuente argentina, están divididas por las categorías establecidas por la Ley del Impuesto a las Ganancias.

34) Primera categoría

En “Ingresos y gastos” presioná “Agregar”. Seleccioná el país, hacé clic en “Agregar” e informá los datos solicitados por el sistema. Cuando finalices, presioná “Aceptar”.

35) Segunda categoría

Para declarar Acciones, cuotas y participaciones sociales, títulos, bonos y demás valores hacé clic en “Declarar”, luego en “Agregar” e informá los ingresos y gastos. Cuando finalices, presioná “Aceptar”.

36) Para declarar Otros ingresos excepto acciones, cuotas y participaciones sociales, títulos, bonos y demás valores hace clic en “Declarar”, luego presioná “Agregar”. Allí indicá el país, declará tus ingresos y gastos. Cuando finalices presioná “Aceptar”.

37) Tercera categoría

Para declarar los ingresos, participaciones en empresas, gastos y deducciones hacé clic en “Declarar”, luego en “Agregar” y cargá los datos solicitados.

38) Cuarta categoría

Para cargar los ingresos, gastos y deducciones, presioná “Declarar”, luego agregá e ingresalos. Cuando finalices presioná “Aceptar”.

39) Ya cargaste todas tus rentas, ingresá a “Bienes y Deudas” para ingresarlos a tu declaración

Bienes

Figurarán los bienes ya declarados en declaraciones anteriores. Si querés declarar nuevos bienes, hacé clic en “Bienes”. Visualizarás el ícono de Nuestra Parte para que puedas ingresar al servicio y ver los datos que tenemos registrados en nuestras bases. Además figuran las diferentes categorías de bienes. Hacé clic en “Agregar” y completá la información que te solicite el sistema.

40) Deudas

Para cargar una deuda hacé clic en “Deudas”, luego en agregar y completá los datos solicitados por el sistema.

41) Variaciones Patrimoniales

Para declarar los incrementos y disminuciones en tu patrimonio hacé clic en “Declarar”. Visualizarás nuevamente el ícono de Nuestra Parte para consultarlo si lo necesitás. Además estarán las tarjetas de los diferentes ítems que podés declarar, como las herencias, por ejemplo. Hacé clic en “Agregar” indicá el concepto y el importe.

42) Determinación del impuesto

Aquí se definirá según la ganancia obtenida y la alícuota del impuesto, cuánto vas a pagar. Es el apartado para cargar las deducciones generales (de fuente argentina o extranjera) y/o personales para que la determinación sea menor.

43) Deducciones Generales: Fuente Argentina

Son las deducciones generales de fuente argentina, incluido el aporte a instituciones de capital emprendedor. Para algunos conceptos deberás hacer clic en “Agregar” debido a que el sistema solicitará mayor información.

44) Deducciones Generales: Fuente extranjera

Declará las deducciones generales y aportes a instituciones de capital emprendedor. Cuando termines, presioná “Guardar”.

45) Deducciones Personales

Incluye al mínimo no imponible y a las cargas de familia. Para informar una carga de familia, hace clic en “Agregar” y cargá los datos solicitados por el sistema.

46) Determinación de saldo

Finalmente llegaste a la determinación del saldo. En esta opción podés ingresar las retenciones que te realizaron, como por ejemplo, lo retenido por tu empleador durante el año en el recibo de sueldo. Otra cosa muy común son los anticipos. Si durante el año fuiste pagando anticipos, se deberán cargar acá.

Todo esto va a disminuir el impuesto determinado anteriormente y va a dar un número final. Si el resultado es a favor del organismo, es lo que tenés que pagar. Si el resultado es “0”, tu declaración tendrá el carácter de informativa y no tendrás que ingresar ningún impuesto.

47) Por último, luego de chequear toda la información, dirigite a “Presentar declaración jurada” y finalizá el procedimiento haciendo clic en “Presentar”.

Declaración jurada del “Régimen Simplificado” de Ganancias

¿Quiénes deben presentarla?

Quienes obtengan ingresos brutos anuales iguales o superiores a $ 1.500.000 en el año 2018 y siguientes por las siguientes actividades:

• Cargos públicos nacionales, provinciales, municipales y de CABA, incluidos los cargos electivos de los Poderes Ejecutivos y Legislativos.

• Trabajo en relación de dependencia

• Jubilación

• Pensión

• Retiros o subsidios en cuanto tengan su origen sea el trabajo personal y en la medida que hayan estado sujeto al pago del impuesto

• Trabajo personal de socios de sociedades cooperativas de trabajo

• Monotributo

• Las actividades alcanzadas por el Impuesto Cedular

• Actividades exentas, no alcanzadas o no computables en el impuesto a las ganancias

RECORDATORIO: Domicilio Fiscal Electrónico

Es un domicilio virtual, gratis y seguro. Es obligatorio que lo constituyas: sólo tenés que ingresar con tu clave fiscal al servicio Domicilio Fiscal Electrónico y cargar una dirección de correo electrónico y un número de teléfono celular. La adhesión tenés que realizarla desde el servicio Domicilio Fiscal Electrónico, no desde Sistema Registral.

GUÍA PASO A PASO

1) Ingresá con tu CUIT/CUIL/CDI y tu clave fiscal.

2) Buscá el servicio “Ganancias Web – Personas Humanas” dentro de la solapa Mis servicios.

3) Dentro del servicio en la tarjeta “Declaración Jurada” presioná “Declarar”

4) Una vez dentro del servicio, visualizarás las siguientes opciones:

  • Mi declaración jurada: podrás realizar la determinación y liquidación del impuesto
  • Mi próximo vencimiento: registrará el vencimiento de tu declaración jurada
  • Mis declaraciones juradas anteriores: podrás visualizar las declaraciones presentadas en períodos anteriores
  • Nuestra parte: te mostraremos los datos que conocemos de vos

Para confeccionar tu declaración jurada, posiciónate en la tarjeta “Mi declaración jurada” y hacé clic en “Comenzar”.

5) Seleccioná el período por el cual vas a generar la declaración jurada.

6) Mi Declaración

Al hacer clic en “Mi declaración” deberás seleccionar qué tipo de declaración jurada vas a generar. Seleccioná “Régimen Simplificado” para confeccionar la declaración jurada de carácter informativa.

Esta declaración, es aquella en la que determinados sujetos informan un conjunto de datos referidos a su patrimonio o ingresos. No arroja saldo a pagar y la obligación a presentarla se origina en el sobrepaso de un monto determinado por el fisco.

7) Hacé clic en “Declarar” dentro de la tarjeta de “Rentas”. Seleccioná en “Rentas de fuente argentina” nuevamente “Declarar”.

8) Cuarta categoría

Son las ganancias relacionadas al trabajo profesional, relación de dependencia, jubilados y otras rentas.

Posicionate en la tarjeta “Ingresos” y hace clic en “Declarar”.

9) Dentro de ingresos, los empleados en relación de dependencia, tendrán que informar o completar los datos del empleador antes de informar sus ingresos.

10) Empleadores

Posicionate en la tarjeta “Empleadores” y presioná “Declarar”. Visualizarás una grilla con los empleadores que ya habías informado en otras declaraciones juradas. Para confirmar los datos entrá en “Completar”.

11) Ingresos de relación de dependencia

Aquí tendrás que informar los montos de ingresos en los conceptos que correspondan. Cuando finalices presioná “Guardar”.

12) Gastos y Deducciones

Una vez informadas todas las rentas de cuarta categorías tendrás que informar, de corresponder, los gastos y deducciones por la actividad. Hacé clic en “Declarar” dentro de la tarjeta “Gastos y deducciones”. Cuando finalices la carga presioná “Guardar”.

13) Determinación del impuesto

Aquí se definirá según la ganancia obtenida, la alícuota del impuesto y cuál es el monto del impuesto que vas a pagar. Es, también, el apartado para cargar las deducciones generales y/o personales para que la determinación sea menor.

Hacé clic en “declarar” dentro de la tarjeta “Deducciones”.

14) Deducciones generales

Las deducciones generales son los importes en concepto de:

• Aportes para fondos de jubilaciones, retiros, pensiones o subsidios, Descuentos con destino a obras sociales.

• Cuotas o abonos a instituciones que presten cobertura médico asistencial.

• Primas de seguros para el caso de muerte.

• Gastos de sepelio del contribuyente o de personas a su cargo.

• Para el caso de corredores y viajantes de comercio: los gastos estimativos de movilidad, viáticos y representación, amortización impositiva del rodado y, en su caso, los intereses por deudas relativas a la adquisición del mismo.

• Donaciones a los fiscos nacional, provinciales y municipales y a las instituciones alcanzadas en los incisos e) y f) del Artículo 20 de la ley del Impuesto a las Ganancias.

• Alquileres de inmuebles destinados a casa habitación.

• Descuentos obligatorios establecidos por leyes nacionales, provinciales o municipales.

• Intereses correspondientes a créditos hipotecarios.

• Aportes al capital social o al fondo de riesgo efectuados por los socios protectores de sociedades de garantía recíproca.

• Importes abonados al Personal de Casas Particulares.

• Aportes efectuados a Cajas Complementarias de Previsión, Fondos Compensadores de Previsión o similares, creados por leyes nacionales, provinciales o municipales.

• Gastos de movilidad, viáticos y otras compensaciones análogas abonados por el empleador.

15) Deducciones personales

Las deducciones personales son los importes en concepto de ganancia mínima no imponible, cargas de familia y deducción especiales.

Para informar datos de “Cargas de familia”, hacé clic en “Agregar”.

16) Determinación de saldo

En esta opción podés ingresar las retenciones que te realizaron. Otra cosa muy común es la carga del impuesto sobre los créditos y débitos.

Todo esto va a disminuir el impuesto determinado anteriormente y va a dar un número final. Dicho número deberá ser “0” para que tu declaración tenga el carácter de informativa y no tengas que ingresar ningún impuesto.

Para cargar las retenciones y/o percepciones, hacé clic en “Declarar” dentro de la tarjeta “Retenciones y Percepciones”. Allí aparecarán aquellas que figuran en la base de datos del organismo, sin embargo, podrás informar nuevas haciendo clic en “Agregar”, modificar las que allí figuran presionando el lápiz o eliminarlas seleccionando el cesto de basura.

17) Por último, luego de chequear toda la información, dirigite a “Presentar declaración jurada” y finalizá el procedimiento haciendo clic en “Presentar”.

Fuente: ambito.com

NACIONALES – Incremento salarial mínimo y uniforme para todos los trabajadores/as en relación de dependencia del Sector Privado.

0

Disponen un incremento salarial mínimo y uniforme para todos los trabajadores/as del Sector Privado, que ascenderá a $ 3.000 desde el mes de enero/2020 y, a partir de febrero/2020, se deberá adicionar a dicho incremento $1.000. Las MIPYME, con “Certificado MiPyME” vigente, quedarán eximidas del pago de las contribuciones patronales con destino al SIPA.

Decreto (PE) Nº 20/2020 (BO 04/01/2020).

Fuente: Lisicki Litvin

FINANZAS – Los bancos empiezan a bajar las tasas de los préstamos personales pero se resisten a disminuir el spread

0
La distancia entre tasas activas y pasivas se ubica en torno a 30 puntos, el doble del nivel previo a las PASO. Buscan agrandar un “colchón” de ganancias

Forzados por la baja de tasas que motorizó el Central, en las últimas semanas los bancos comenzaron a recortar, tímidamente, el interés que cobran por sus préstamos al consumo.

Así, según los últimos datos del organismo monetario, la tasa de los créditos personales se ubica en 69,8%, menos de tres puntos por debajo del nivel en que se encontraba antes del 10 de diciembre, cuando promediaba el 72% anual.

La caída acompañó, aunque con menor intensidad, el movimiento que viene teniendo la tasa de los plazos fijos, que en ese lapso pasó de 43% a 39% anual para las colocaciones de más de un millón y de 41% a 36,8% para los clientes minoristas (de menos de $100.000).

Pero más allá de que el recorte en las tasas activas fue menor al de las pasivas, en la City advierten que el spread es prácticamente el doble del que tenían antes de las PASO, una estrategia con la que los bancos apuntan a hacerse un “colchón” de rentabilidad, a la expectativa de que anuncien medidas que puedan impactar en sus negocios.

En concreto, la diferencia entre ambas tasas hoy ronda los 30 puntos porcentuales, cuando antes de las elecciones primarias de agosto, el spread era de entre 14 y 16 puntos.

Dos de las medidas que ya se ven venir los banqueros son una menor ganancia por Leliqs y la obligación a destinar un porcentaje de sus depósitos a otorgar préstamos subsidiados, similar a la línea de inversión productiva que había creado el kircherismo.

“Sabemos que está la idea de que demos más préstamos para capital de trabajo, pero no sabemos si van a subsidiar las tasas o si nos van a exigir un tope en la tasa”, explica un banquero local. “Algo nos va a afectar en la rentabilidad, pero no podemos saber en qué magnitud”, agrega.

El director de otra entidad coincide en que con la baja de tasas se van a reducir las ganancias por las Leliqs, pero sostiene que la línea de préstamos a capital de trabajo puede llegar a ser rentable, por los negocios satélites que puede generar.

“No siempre dan pérdidas esos préstamos. Con la línea de inversión productiva muchos bancos ganaron plata dando cuentas sueldos a las empresas a las que les prestaban”, explica el ejecutivo.

La rentabilidad, asegurada con las Leliqs

En el último año de la gestión Sandleris, con el crédito paralizado y las tasas de interés en niveles elevadísimos, el principal ingreso de los bancos se generó por las Leliqs.

Los últimos datos del Central muestran que, en noviembre, el resultado por títulos valores generaba ingresos por el 14,9% de los activos, cuando un año atrás este ítem en el balance apenas llegaba al 8%.

En las dos primeras reuniones de directorio, la nueva cúpula del BCRA recortó 8 puntos la tasa de referencia, hasta llevarla al 55% anual, y dio indicios de que seguirá con esta tendencia, pero atento a cómo evolucionen otros indicadores de la economía.

El tema ya empieza a generar ansiedad en la City porteña. “El Gobierno se está quedando dormido, la baja de tasas fue mínima, tiene que ser mucho más drástica”, comenta Miguel Arrigoni, CEO de First Corporate Finance Advisors, aunque admite que hay que darle un crédito de 100 días al Gobierno antes de hacer una evaluación de las medidas.

Para Arrigoni, las líneas de préstamos destinadas a capital de trabajo contribuyen a la necesidad de financiamientos de las empresas pero en con un impacto muy limitado. “Los créditos para la producción no van a reactivar la economía. Es como una aspirina, no cura los síntomas de fondo”, advierte.

En ese sentido, el viernes último el Banco Central anunció que reducirá encajes a los bancos que otorguen préstamos para capital de trabajo a tasas de hasta 40% anual, algo que también pueden destinar para financiar el aumento de sueldos que el Gobierno decidió por decreto.

Si bien la letra chica de la medida del BCRA se conocerá este jueves, cuando el directorio haga efectiva la medida, fuentes oficiales aseguraron que la baja de encajes será en promedio de 2 puntos porcentuales.

A diferencia de lo que esperaban los banqueros, el Central no los obligará a que destinen un porcentaje de sus depósitos a estos préstamos sino que los incentivará con la posibilidad de que puedan computar como encajes una parte del saldo prestado a capital de trabajo.

“La idea es que sea como con el programa Ahora 12, donde los bancos pueden computar el 1,5%, o hasta el 2,5% de los encajes con el saldo de esos préstamos”, explica la fuente.

Baja de tasas, sólo a corto plazo

Por otro lado, el gerente de préstamos a individuos de una entidad extranjera reconoce que la baja de tasas en créditos personales fue mínima, algo que adjudicó a la incertidumbre local.

“El BCRA hizo caer el rendimiento a corto plazo que les da a los bancos con las Leliqs. Eso impactó en las tasas de préstamos de corto plazo, como los adelantos en cuenta corriente, pero en personales, que son más largos, hay más incertidumbre”, destaca.

De hecho, la tasa de descubierto, que son los adelantos en cuenta corriente, acompañó fielmente la baja del rendimiento de los depósitos y hoy ronda el 54,4% anual.

En los créditos con tarjeta de crédito, en tanto, lejos de bajar el interés que cobran los bancos fue escalando posiciones en los últimos meses. Según los últimos datos del BCRA, en noviembre, el costo promedio de la financiación con tarjeta se ubicaba en 74,08%, por encima del 71,70% del mes anterior y del 70,43% registrado en octubre.

En ese contexto, la financiación al consumo sigue en picada. A fines de 2019, el stock de préstamos personales se ubicaba en $403.895 millones, una caída interanual del 4,25% respecto a los $421.808 millones del mismo mes del año anterior.

Un dato que muestra el escaso financiamiento al consumo no sólo en los bancos, sino en el mercado en general es la poca cantidad de securitizaciones que hay en los últimos meses. Se trata de los fideicomisos que bancos y cadenas de electrodomésticos suelen armar un con una cartera con sus créditos como subyacente.

“Pasamos de tener 30 securitizaciones en un mes a tener 2 en un mes. Ahora recién se está recuperando y ya está habiendo 5 por mes”, aporta Arrigoni, quien cree que cuando se acelere la baja de tasas va a empezar a recuperarse el crédito al consumo.

El rol de las comisiones

Otra de las últimas jugadas que hicieron las entidades para “engordar” sus ganancias fue aumentar nuevamente las comisiones, algo que comenzó a regir desde el 2 de enero.

En rigor, para cumplir con la exigencia del BCRA, hace dos meses la mayoría de los bancos comenzó a a informar a sus clientes que aumentarán entre 30 y 40% las comisiones que cobran por sus servicios y productos a partir de este mes.

Dentro de los incrementos aparecen el costo de renovación anual de tarjeta, paquetes de cuenta, mantenimiento de cuenta corriente y cajas de seguridad, entre otros rubros. Este último servicio, con subas de hasta 50%, fue el que más aumentó, atento a la mayor demanda que hubo en los últimos meses y a la escasez de cajas.

En parte, estos aumentos se explican por una estrategia de los bancos de adelantar la suba de precios al Acuerdo Social, por el cual seguramente se tengan que comprometer a mantener el valor de sus comisiones por determinado tiempo. “Así como empresas y comercios se adelantaron y aumentaron ‘por las dudas’, los bancos también siguieron los mismos pasos”, analiza un economista.

Desde las entidades, en cambio, justifican este salto en los precios al ritmo de aumento de las paritarias del sector. “Nadie está subiendo más allá del ajuste salarial. Las alzas de comisiones se calculan generalmente en base a salario bancario, es para compensar eso”, explica el director de un banco nacional.

En ese sentido, las cámaras del sector habían acordado en julio con el gremio La Bancaria un aumento del 30% en tres tramos, con una cláusula gatillo. Luego, en octubre, la disparada de la inflación forzó a reabrir la paritaria y llevaron la recomposición salarial al 50% desde enero a noviembre, en línea con la inflación de esos 11 meses.

Lo cierto es que este aumento de comisiones, de entre el 30% y el 40% de enero, se suma al 25% que en promedio aplicaron en septiembre y a otro 25% de marzo. Así, en un año, las comisiones aumentaron entre el 100% y el 110%, casi el doble de la inflación y bastante por encima de la paritaria con el sector, contando los premios y beneficios que dan a sus empleados.

Como sea, los banqueros saben que los tiempos de rentabilidad asegurada que les otorgó la Leliqs tiene fecha de vencimiento. También intuyen que de una u otra manera el Gobierno les va a pedir que “pongan el hombro”, en el marco de la Emergencia Económica, el Acuerdo Social y la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva.

Mientras tanto, aprovechan el momento y se apuran para tener rentabilidad apoyados en el margen financiero -pagando menos por depósitos y manteniendo altas las tasas– y en servicios, con un continuo aumento de comisiones.

Fuente: iprofesional.com

IMPOSITIVAS – La recaudación tributaria terminó el año en línea con la inflación por liquidaciones adelantadas del campo

0
En diciembre de 2019 la recaudación tributaria alcanzó los $492.366,6 millones, que representa una variación del 53,9% en relación al mismo mes de 2018.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) difundió este viernes las cifras de la recaudación de diciembre y el resumen del comportamiento anual de los distintos gravámenes, y destacó que los ingresos tributarios superaron los $5 billones en 2019.

En diciembre de 2019 la recaudación tributaria alcanzó los $492.366,6 millones, que representa una variación del 53,9% en relación al mismo mes de 2018.

Así, los ingresos tributarios ascendieron el año pasado hasta los $5,0 billones, un incremento del 48,5% en relación a 2018, según informó este viernes la AFIP.

La evolución de la recaudación experimentó una caída en términos reales. Los ingresos tributarios se vieron afectados en 2019 por la recesión económica y el deterioro en los indicadores del mercado de trabajo.

Los efectos del menor dinamismo en el nivel de actividad se observan en el Impuesto al Valor Agregado y el Impuesto a las Ganancias, que culminaron 2019 con una variación acumulada frente al año anterior del 38,7% y 47,8%, respectivamente.

Los ingresos vinculados con el Sistema de Seguridad Social, por su parte, registraron un aumento del 33,9% a lo largo del año pasado, que refleja el impacto negativo de la retracción de la economía sobre el empleo y los salarios.

El desempeño de la recaudación durante 2019 también se vio afectado por distintas modificaciones de la política tributaria. Por un lado, los cambios en el esquema de Derechos de Exportación vigentes entre septiembre de 2018 y diciembre de 2019 (el incremento de la alícuota y la determinación de un máximo a través de una suma fija) así como la inclusión de los servicios a partir de enero de 2019 resultaron en un aumento del 248,9% en los ingresos por este concepto a lo largo del año pasado.

La AFIP destacó que, enn sentido contrario, incidieron la reducción del Impuesto al Valor Agregado para algunos de los alimentos que conforman la canasta básica y el aumento del mínimo no imponible del Impuesto a las Ganancias para Personas Humanas impulsados durante el último cuatrimestre de 2019. Ambas definiciones resultaron en menores ingresos tributarios. La recaudación del Impuesto a las Ganancias también se vio afectada por la disminución de la alícuota para las sociedades.

La retracción en la recaudación del Sistema de Seguridad Social en términos reales, por su parte, también se explica por el impacto sobre los ingresos tributarios que tuvieron la unificación de la alícuota y el incremento del mínimo no imponible en las Contribuciones Patronales a la Seguridad Social.

Por contrapartida, los derechos de exportación crecieron muy por encima de la media debido al aumento de la alícuota, la mayor cantidad exportada, en especial de soja que en 2018 se vio afectada por la sequía, y por el aumento del dólar.

A esto hay que sumarle la decisión de las compañías en los últimos meses de adelantar declaraciones para evitar el incremento en las “retenciones” anunciado por el presidente Alberto Fernández a mediados de diciembre.

Por todo esto, los “derechos de exportación” crecieron 248,9% para sumar $398.000 millones.

En cambio los derechos de importación subieron sólo 52%, para alcanzar los $163.000 millones, debido a las menores cantidades compradas al exterior.

La estructura tributaria está concentrada en tres tributos: IVA, Ganancias y Seguridad Social, que en conjunto explican 75,7% de la recaudación del año.

Cuando se incorporan al análisis los Derechos de Exportación y el impuesto a los Débitos y Créditos Bancarios se alcanza a que $9 de cada 10 de la recaudación tributaria anual fueron aportados a través de esos cinco tributos.

En este marco, en el IVA alcanzó a un $1,5 billones, con una alza de 38,7%.

El IVA Impositivo, vinculado al mercado interno, creció 42,9% mientras que el Aduanero avanzó 33,5%.

Al impacto negativo que tuvo sobre la recaudación del impuesto la retracción en el nivel de actividad se le sumaron que durante 2019 un conjunto de decisiones de política tributaria que redujeron los ingresos tributarios por ese concepto.

En el caso del Impuesto a las Ganancias la recaudación acumulada el año pasado por este impuesto se acercó a $1,1 billones, lo que representó un crecimiento de 47,8% frente al año anterior.

A lo largo de 2019, la recaudación por este tributo se vio afectada por la disminución de la tasa del impuesto para las Sociedades así como el incremento del mínimo no imponible y la reducción de los anticipos en Personas Humanas dispuestos en agosto del año pasado.

Fuente: iprofesional.com

FINANZAS – Expectativa por IPC diciembre detonó suba de plazos fijos CER

0

Pese al derrumbe de las tasas pasivas los ahorristas se refugiaron en los plazos fijos privados en pesos ajustables por inflación ante la expectativa de un alto índice en diciembre. Claro que también apuestan a que el proceso de desaceleración inflacionario tardaría un poco más de lo esperado/deseado por el Gobierno.

Pese al derrumbe de las tasas pasivas los ahorristas se refugiaron en los plazos fijos privados en pesos ajustables por inflación ante la expectativa de un alto índice en diciembre. Claro que también apuestan a que el proceso de desaceleración inflacionario tardaría un poco más de lo esperado/deseado por el Gobierno. Porque más allá de que se espera por lo menos una alza del IPC del 4% en diciembre pasado, no debe soslayarse que estos depósitos deben pactarse como mínimo a 180 días de plazo.

Ocurre que los rendimientos ofrecidos a los ahorristas de plazo fijo vienen cayendo sistemáticamente desde septiembre pasado, y si bien se atenuó la velocidad de la caída en la última parte del año pasado las tasas volvieron a terreno negativo en términos reales. Según datos del BCRA en octubre la tasa promedio de un plazo fijo a 30 días en pesos bajó 750 puntos porcentuales, en noviembre otros 640 puntos y en diciembre 510 puntos. O sea, en el último trimestre de 2019 las tasas promedio de los plazos fijos cayeron 1.900 puntos porcentuales a niveles de 37,3% nominal anual. Se trata de un promedio general; en las principales entidades extranjeras las tasas apenas superan el 35%.

De modo que ante la expectativa de que la inflación seguirá siendo alta, los medianos y grandes ahorristas se volcaron a colocar excedentes en plazos fijos CER/UVA. Los rendimientos que se están ofreciendo en el sistema orillan entre 1% a 4% más el ajuste inflacionario pactado. Se trata de una de las maneras más sencillas de que los ahorros no pierdan frente a la inflación.

Por lo visto en diciembre, y a pesar de que sólo resta computar la última jornada hábil del año, los plazos fijos en pesos ajustables del sector privado muestran un significativo incremento superior al 30%. Según el promedio mensual de las colocaciones privadas, el aumento de los plazos fijos privados en pesos ajustables crecen entre $4.200 a $6.000 millones. El stock de estos plazos fijos ya llega a casi a $24.000 millones, un nivel que no se veía desde mayo del año pasado.

En la otra acera los plazos fijos en pesos no ajustables del sector privado mantienen el letargo ante las nuevas condiciones del mercado monetario y cambiario. En diciembre pasado estarían creciendo sólo un 3%, lo que representa un incremento de entre $31.300 y $33.300 millones. El stock total de estas colocaciones se ubica en torno a los $1,23 billones. Habrá que esperar a ver qué pasa a partir de mediados de enero con los cientos de miles de millones emitidos el mes pasado en términos de impacto inflacionario para dilucidar posibles movimientos en las tasas de los depósitos a plazo fijo en pesos.

Fuente: ambito.com