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Seguridad Social. Información que deben brindar las Provincias no adheridas al SIPA a la ANSES.

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ANSES amplía a 07/2018 la obligación de las provincias no adheridas al SIPA de presentar las historias laborales de los beneficiarios de las Cajas Provinciales, así como de las altas de nuevos beneficiarios que se produzcan a partir del 02/08/19.

Resolución General (AFIP) Nº 4542/2019 (BO 02/08/2019)

Fuente: Lisicki Litvin

IMPOSITIVAS – Controlarán movimiento de las tarjetas

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Se trata de una medida dispuesta por la Unidad de Información Financiera (UIF) para prevenir el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo. La misma va a comenzar a regir a partir de fin de año

Las empresas emisoras de tarjetas de crédito y débito deberán empezar a llevar registro de los movimientos de sus clientes y guardarlos por una década. Incluso, tendrán que tomar en cuenta las regiones geográficas en donde se llevan a cabo sus actividades, por caso, si son consideradas áreas en las que ocurre un mayor tipo de delito.

Se trata de una medida dispuesta por la Unidad de Información Financiera (UIF) para prevenir el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo. La misma va a comenzar a regir a partir de fin de año.

La resolución correspondiente lleva el número 76, e indica que todas las emisoras de plásticos tendrán que evaluar antecedentes, actividades y comportamiento al inicio y durante toda la relación comercial.

También se obliga a tener datos sobre residencia, nacionalidad, estimado de ingresos, consumos, transacciones realizadas, patrimonio, actividad que realiza el cliente, si es persona jurídica o física y el medio de pago que use.

No estarán alcanzada la emisora de la tarjeta SUBE, ni aquellas empresas que emiten plásticos para fidelizar clientes, que solo se pueden usar dentro de sus propios locales.

Las empresas emisoras son consideradas por la nueva reglamentación como Sujetos Obligados de brindar información.

En lo relacionado con su propia actividad, las compañías deberán hacer evaluaciones de riesgo respecto de los productos que elaboren sobre todo cuando empleen nuevas tecnologías o cuando efectúen cambios en los productos que ya tienen en oferta.

Por otro lado, deberán hacer evaluaciones de riego de lavado de activos o de financiamiento al terrorismo en relación a los canales de distribución y ventas, como por ejemplo, la operatoria por internet, distribución a través de dispositivos móviles y la operatividad remota, entre otros.

Los obligados también tendrán que tener en cuenta la zona geográfica a los fines de evaluación del riesgo por ejemplo, tomando en cuenta sus índices de criminalidad, características económico-financieras y socio demográficas y las disposiciones y guías que autoridades competentes o el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) emitan con respecto a dichas jurisdicciones.

Las firmas deberán conservar los documentos de las operaciones realizadas por sus clientes durante un plazo no inferior a 10 años, contados desde la fecha de la operación de manera digital y protegida contra accesos no autorizados.

Asimismo, las empresas deberán hacer un reporte anual sobre el consolidado de las operaciones que hicieron a lo largo del año.

Por otro lado, la medida prevé que el cliente autorice a una empresa emisora de tarjetas a compartir su información con otras empresas obligadas a guardar control sobre lavado de activos o financiamiento el terrorismo, como pueden ser los bancos.

Fuente: ambito.com

NACIONALES – Punto por punto: qué establece el nuevo marco regulatorio de las asignaciones familiares

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La Secretaría de Seguridad Social aprobó las normas complementarias, aclaratorias y de aplicación del régimen general de asignaciones familiares

La Secretaría de Seguridad Social aprobó las normas complementarias, aclaratorias y de aplicación del régimen general de asignaciones familiares, que empiezan a regir a partir de los beneficios que se pongan al pago desde el 1 de agosto de 2019.

El nuevo marco regulatorio establece que corresponde el pago de las asignaciones a quien acredite tener a su cargo a un niño, niña, adolescente o persona mayor de edad con discapacidad, en función de las disposiciones del Código Civil y Comercial de la Nación y de conformidad con la documentación que la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) disponga a estos fines.

Asimismo, corresponde el pago de las asignaciones a niños, niñas y adolescentes que se encuentren institucionalizados, en función de la información que la Secretaría Nacional de la Niñez, Adolescencia y Familia (SENNAF) remita a la ANSES.

Cuando un niño, niña, adolescente o persona mayor de edad con discapacidad, se encuentre a cargo de más de una persona con derecho a percibir asignaciones a través de la ANSES, estas serán liquidadas a quien en función de su monto le corresponda la asignación de mayor cuantía, salvo disposición expresa en contrario.

Cuando la persona o las personas que tengan a cargo un niño, niña, adolescente o persona mayor de edad con discapacidad, gocen del derecho a percibir las asignaciones a través de la ANSES y, a su vez, a través de otro régimen provincial o municipal, deberán optar a través de qué régimen las percibirán.

En caso de fallecimiento del titular de una asignación, los pagos pendientes de liquidación o cobro deberán efectuarse al representante legal del niño, niña, adolescente o persona mayor de edad con discapacidad, al cónyuge supérstite o a los hijos o hijas mayores de edad, de cada grupo familiar del titular, según corresponda.

A su vez, se señala que corresponde la percepción íntegra de las asignaciones en el mes de nacimiento, fallecimiento, cumplimiento de la edad límite o cese de la discapacidad.

A todos los efectos del régimen de asignaciones, deben tenerse en cuenta las siguientes fechas:

a) Para la asignación por nacimiento, la fecha del nacimiento asentada en la partida o certificado respectivo;

b) Para la asignación por matrimonio, la fecha de su celebración consignada en la partida o certificado correspondiente;

c) Para la asignación por adopción, la fecha de la sentencia;

d) Para la asignación por maternidad, la fecha de inicio de la licencia legal correspondiente.

Asimismo, se entiende por grupo familiar:

a) Los cónyuges, para la asignación por cónyuge y para la asignación por matrimonio.

b) Los padres y las madres del niño, niña, adolescente o persona mayor con discapacidad, o las personas que lo tienen a su cargo, para la asignación por hijo, hijo con discapacidad y ayuda escolar anual.

En el caso del niño, niña, adolescente o persona mayor de edad con discapacidad, titular de un beneficio previsional, entiéndese por grupo familiar a aquel y a las personas relacionadas que lo tienen a su cargo.

c) La mujer embarazada y su cónyuge o conviviente, para la asignación prenatal y para la asignación por embarazo para protección social.

d) Los progenitores, para la asignación por nacimiento.

e) Los adoptantes, para la asignación por adopción.

f) El niño, niña, adolescente y/o persona mayor de edad con discapacidad que genera la asignación y los padres, madres o las personas que lo tienen a su cargo, para la asignación universal por hijo para protección social.

En los supuestos de las asignaciones por hijo, hijo con discapacidad, ayuda escolar anual, asignación universal por hijo para protección social, prenatal, asignación por embarazo para protección social y nacimiento se tendrá en cuenta a ambos progenitores o adoptantes, aun cuando se encuentren separados de hecho o divorciados.

El niño, niña, adolescente y la persona mayor de edad con discapacidad, titular de una pensión del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), percibirá a través de su propio beneficio las asignaciones familiares en las mismas condiciones y modalidades a las que hubieran tenido derecho sus padres, solo cuando quien los tiene a su cargo no tuviera derecho a percibirlas y siempre que se verifique el cumplimiento de la totalidad de los requisitos y los límites que condicionan el otorgamiento de las asignaciones.

En tanto, la prescripción de las asignaciones se regirá por el mismo plazo aplicable para la prescripción de los haberes jubilatorios y de pensión.

Dicho plazo se contará a partir de la fecha de ocurrido el hecho generador para las asignaciones de pago único, y a partir del mes en que debería haberse liquidado o percibido la asignación para las de pago mensual.

Las presentaciones administrativas interrumpirán el curso de la prescripción cuando sean idóneas para impulsar el trámite respectivo. Se suspenderán los plazos de prescripción y de caducidad de las respectivas asignaciones, cuando el titular no pudiere formular su solicitud o el reclamo pertinente por circunstancias, hechos o actos imputables al Estado Nacional, Provincial o Municipal o a cualquiera de sus respectivas dependencias u organismos.

En tanto, el pago retroactivo de las asignaciones se liquidará al valor que se encontraba vigente en el período que corresponda.

Cuando corresponda el recupero de asignaciones percibidas indebidamente, se procederá a descontar los importes respectivos en forma mensual, compensándolos automáticamente con las restantes asignaciones que le corresponda percibir al titular y hasta el límite de las mismas, hasta cubrir el total de la deuda.

Cuando deban recuperarse asignaciones percibidas indebidamente, y la titular solo perciba la asignación por maternidad, la compensación automática se aplicará hasta un máximo de un 20% de la misma.

En los supuestos en que los titulares no percibieran asignaciones o el monto a liquidar no cubriera el total de lo percibido indebidamente, la compensación automática, se aplicará sobre:

a) La totalidad de los importes provenientes de una primera liquidación de un beneficio previsional en todo lo que corresponda al monto retroactivo, como también la retroactividad proveniente de reajuste o actualización normativa;

b) Los importes que tengan a percibir de las prestaciones previsionales de las que son titulares, hasta un máximo de un 20% de cada prestación.

Cuando no sea factible el recupero de las asignaciones percibidas indebidamente a través de la compensación automática, la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) iniciará las acciones administrativas o judiciales que correspondan.

La ANSES tendrá por acreditadas las relaciones y cargas familiares con la información obrante en sus registros. Las altas, bajas o modificaciones respecto de aquellas deben ser informadas por quien resulte obligado en cada caso ante las oficinas del Organismo citado habilitadas a tal efecto.

También el organismo considerará la información que se reciba de las Provincias, Municipios y/u otros Organismos Públicos Nacionales a efectos de liquidar y controlar el debido cumplimiento de las condiciones y requisitos que habiliten la liquidación y pago de las asignaciones.

La determinación de la cuantía de las asignaciones en función de la zona en la que se desempeñen los trabajadores en relación de dependencia, se efectuará tomando en consideración el domicilio de explotación declarado ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) por el empleador respecto de cada trabajador.

Respecto del titular que no se encuentre bajo relación de dependencia, se considerará su lugar de residencia, entendiéndose por tal el lugar donde la persona habita con carácter permanente.

Fuente: iprofesional.com

FINANZAS – El Banco Central subió la tasa de referencia por undécima rueda, para atenuar la escalada del dólar

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La entidad licitó Leliq por $257.062 millones, con un rendimiento promedio de 61,589%. Expandió liquidez por unos $25.000 millones
Las tasas de Leliq suben cerca de 2,9 puntos porcentuales desde el 19 de julio

El Banco Central convalidó otra suba de la tasa de política monetaria para ponerlecontención a la escalada del dólar en la City porteña, aunque no logró cubrir la totalidad de los vencimientos del día.

La entidad que preside Guido Sandleris habilitó una expansión de liquidez próxima a los $25.000 millones, mientras que la cotización de la divisa norteamericana subía en bancos del microcentro cerca de 2%, un incremento que estuvo en línea con la apreciación del dólar en los países de la región.

La tasa promedio total de la fecha, equivalente a la de política monetaria, subió por undécima jornada seguida. Esta vez fueron unos 58 puntos básicos, a 61,589% anual, la más alta desde el 1° de julio último.

El BCRA colocó un total de 257.062 millones de pesos. Frente a vencimientos en el día por $279.397 millones, expandió liquidez por unos $25.503 millones, al adicionarle el pago de intereses por unos 3.170 millones de pesos.

El stock de Leliq se redujo a $1.272.156 millones ($1,27 billón), equivalentes a USD 27.965,6 millones, un 41,4% de las reservas internacionales, que sumaban el viernes USD 67.555 millones, según datos sujetos a ajuste.

Mariano Di Maggio, asesor de Banca Privada de InvertirOnline.com, comentó a Infobae que “es un día en el que el contexto internacional tiene la mayor repercusión sobre la economía local. La devaluación china, que llevó al dólar por encima de los 7 yuanes por primera vez en una década, tiene una repercusión importante sobre los emergentes”.

 Con un BCRA que busca mantener las expectativas, seguramente vamos a ver tasas de Leliq al alza (Diego Martínez Burzaco)

Di Maggio subrayó que la devaluación del peso argentino, por ese contagio, “está dentro de la sintonía emergente, con bajas destacadas para el real brasileño y el peso colombiano en la misma proporción, lo que demuestra que estamos dentro del mismo rango de vulnerabilidad”.

Matías Roig, director de Portfolio Personal Inversiones, recordó que este lunes “en un movimiento que quizás se explica más por el contexto externo que local, el dólar vuelve a ser presionado al alza”.

La divisa norteamericana cerró a $45,49 en el mercado mayorista, con un incremento de 1,9%, a su precio más alto desde el récord del 26 de abril, cuando cerró en 45,97 pesos.

En este aspecto Roig consideró que “el buen punto es que el BCRA tiene maneras de salir a contener lo que considere movimientos disruptivos, aunque muy posiblemente se avale en el movimiento general de las monedas”.

El experto de Portfolio Personal enumeró la posibilidad de efectuar ventas en el mercado defuturos, las ventas en el mercado de contado y, como viene realizando hace once ruedas, desde el 22 de julio, subir la tasa de interés para absorber pesos a través de Leliq.

Diego Martínez Burzaco, economista jefe de Inversor Global, puntualizó que “el Banco Central busca mantener las expectativas sobre el tipo de cambio, así que seguramente vamos a ver tasas de Leliq al alza esta semana”.

“De corto plazo, estamos viendo que el Banco Central está haciendo un plan de emergencia por 2019, pero no creo que esta política dure mucho después de que el escenario electoral se resuelva”, expresó Martínez Burzaco a Infobae.

 Un dólar por encima de los 7 yuanes por primera vez en una década tiene repercusión importante sobre emergentes (Mariano Di Maggio)

“En futuros la entidad está vendiendo lo que compró a un precio más bajo en momentos de calma cambiaria, así que hay que verlo con tranquilidad, porque en este aspecto mantiene el saldo favorable”, apuntó el economista de Inversor Global.

Un reporte de Ecolatina enfatizó que “en la medida en que la inflación vaya desacelerando es probable que la tasa real continúe creciendo. Recién bajaría de forma significativa luego de las elecciones y solo en la medida en que el mercado crea en el equipo económico”.

Mariano Di Maggio puntualizó que “en la Argentina se potencia la volatilidad al producirse a una semana de las primarias. Habría que evaluar los acontecimientos próximos en la relación entre China y los EEUU, que de no seguir escalando, podrían atenuar la dureza de la política monetaria del BCRA”.

El analista de InvertirOnline destacó que “al igual que en la Argentina, el Banco Central de Brasil actúa con la venta de contratos de dólar futuro. Además, es probable que la Reserva Federal de los EEUU decida volver a bajar la tasa de referencia en la próxima reunión, alternativa que dejó abierta frente a un aumento de la tensión comercial con China”.

Fuente: infobae.com

IMPOSITIVAS – Adhesión voluntaria al libro de sueldos digital de la AFIP

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La AFIP crea la posibilidad de que los empleadores decidan utilizar voluntariamente el libro de sueldos digital.

La AFIP crea la posibilidad de que los empleadores decidan utilizar voluntariamente el libro de sueldos digital, comenta el Dr. Carlos de Celis, especialista laboral de Arizmendi. Esa agencia dispuso extender a todos los empleadores la posibilidad de que utilicen en forma voluntaria el Libro de Sueldos Digital invocando el objetivo de “ahorrar tiempo y costos”.

La decisión se tomó a través de la Resolución General 4535-19, publicada en el Boletín Oficial del 29/07/2019. AFIP habitualmente notifica a los empleadores que deberán utilizar el sistema mencionado en el domicilio fiscal electrónico según lo dispuesto en el inciso g) del Artículo 100 de la Ley N° 11.683, o mediante el dictado de una resolución general, cuando se incluyan en forma masiva empleadores de determinadas actividades, sectores y/o jurisdicciones provinciales.

No obstante, habilita la adhesión voluntaria a la citada herramienta informática por parte de los sujetos empleadores interesados, a cuyo efecto los mismos deberán cumplimentar el procedimiento detallado en el micrositio “Libro de Sueldos Digital” de la página “web” de este Organismo.
Aceptada la adhesión, esa agencia notificará en el domicilio fiscal electrónico la fecha a partir de la cual resultarán obligados a su utilización.

Según los considerandos de la medida, esta herramienta informática le permite a los empleadores cumplir con lo previsto en la normativa laboral “con un significativo ahorro de tiempo y costos, además de sumar mayor eficiencia y seguridad en la información”.
También, sostuvo que el Libro de Sueldos Digital “fortalece los mecanismos de control y genera la posibilidad de efectuar controles cruzados con las autoridades provinciales y municipales”.

Los empleadores que resulten obligados a la utilización de este instrumento quedan exceptuados de cumplir con el régimen de información dispuesto por la Resolución General N° 3.279 “DJNR -Declaración Jurada informativa de conceptos no remunerativos”, a partir del primer período en que presenten la declaración jurada determinativa de aportes y contribuciones con destino a la seguridad social (Formulario F.931), utilizando la citada herramienta.

Las hojas del “Libro de Sueldos Digital” se encontrarán disponibles en un archivo del sistema para cumplimentar los requerimientos de las autoridades jurisdiccionales locales en materia del trabajo para posibilitar requerimiento de presentaciones digitales.
Luego de una primera etapa en la que el Libro Digital lo utilizó un grupo reducido de contribuyentes, se abre ahora la posibilidad de que todos los empleadores comiencen voluntariamente a utilizarlo y así simplifiquen el proceso de declaración y registración.
Para usarlo, deberán seguir el mecanismo detallado en el micrositio “Libro de Sueldos Digital” de la página de AFIP (www.afip.gov.ar) ingresando con la clave fiscal correspondiente.

Recordamos que la Resolución General 3781 dispuso que los empleadores que confeccionan el Libro Especial previsto en el Artículo 52 de la Ley N° 20.744, mediante el registro de hojas móviles, deben emitir las mismas vía “Internet” utilizando el sistema informático denominado “Libro de Sueldos Digital”.

La herramienta informática implementada permite a los empleadores cumplir con lo previsto en la normativa laboral y, a su vez, contiene los datos necesarios para efectuar el cálculo de las obligaciones correspondientes a los recursos de la seguridad social.

La información recibida complementa los registros vigentes permitiendo al Organismo mejorar sus mecanismos de control, así como la generación de controles cruzados con las autoridades locales provinciales y/o municipales, que celebren acuerdos con este Organismo a tales efectos.

Fuente: iprofesional.com

ECONOMÍA – El FMI tiene nueva directora general: la búlgara Kristalina Georgieva

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La búlgara obtuvo el apoyo del 56% de los países que representan al 57% de la población de la UE. Cómo fue la ajustada votación.

Los gobiernos de la UE designaron este viernes a la búlgara Kristalina Georgieva como su candidata para dirigir el Fondo Monetario Internacional (FMI), tras una reñida votación que reveló profundas divisiones entre los Estados miembro.

“Georgieva es la candidata de los países europeos. Todos apoyaremos su candidatura”, afirmó el ministro francés de Finanzas, Bruno Le Maire, que había organizado la votación la víspera tras constatar que ningún candidato contaba con el apoyo necesario, un procedimiento inédito en la UE a la hora de designar al candidato para el FMI.

En la última ronda de la votación, la conservadora Georgieva, actual número 2 del Banco Mundial,se enfrentaba al socialdemócrata holandés Jeoren Dijsselbloem, expresidente del Eurogrupo.

La búlgara obtuvo el apoyo del 56% de los países que representan al 57% de la población de la UE,mientras que su rival recibió el del 44% de los países, por el 43% de la población. Así, se convirtió en candidata para suceder a Christine Lagarde, que en otoño asumirá la presidencia del Banco Central Europeo (BCE). La dirección general del FMI recae tradicionalmente en un europeo.

“Es un honor ser designada candidata para el papel de director general del FMI”, reaccionó en un tuit Georgieva, que subrayó que se colocará en situación de licencia administrativa del Banco Mundial durante el proceso de nominación. En Twitter, el holandés felicitó a Georgieva por “el resultado obtenido en la votación” y le deseó “el mayor de los éxitos”.

Durante el día, los otros tres candidatos se retiraron de la carrera: el finlandés Olli Rehn, la ministra española de Economía, Nadia Calviño, y el actual presidente del Eurogrupo, el portugués Mario Centeno.

“La historia no ha terminado esta noche” con este resultado, aseguró a la AFP una fuente próxima al dosier, pues la candidata europea todavía debe obtener una derogación del Fondo Monetario Internacional, cuyas reglas estipulan que el director general no puede tener más de 65 años al ser designado. Sin embargo, la búlgara cumplirá los 66 años en agosto, antes de que los países del FMI elijan a su presidente, para el 4 de octubre. “Así que se necesitaría que los otros países hagan una excepción para ella, lo que no está ganado”, advirtieron fuentes próximas al caso. Según una de esas fuentes, el secretario del Tesoro estadounidense, Steven Mnuchin, habría prometido apoyar esta excepción.

El procedimiento reveló también las profundas divisiones dentro de la UE entre los países del Norte y los del Sur, que no eran partidarios de Dijsselbloem a causa de las polémicas declaraciones que hizo hace dos años, cuando acusó a los países mediterráneos de despilfarrar su dinero en “alcohol” y en “mujeres”. Además, Berlín apoyaba a Dijsselbloem y Francia a Georgieva, explicó una de las fuentes.

Al final, los europeos se decantaron por la candidata de los países del Este, que todavía no habían obtenido ningún puesto importante tras las elecciones europeas, pues Francia se quedó con la presidencia del BCE; Alemania, con la de la Comisión e Italia, con la del Parlamento. “Su candidatura no tiene el apoyo de todos y el consenso se obtuvo a la fuerza. Esto puede incitar a otros pretendientes a lanzarse”, avisó una fuente consultada por la AFP.

Ésta citó al actual gobernador del Banco de Inglaterra (BoE), Mark Carney, que tiene la triple nacionalidad británica, canadiense e irlandesa, quien “cuenta con una buena red dentro del FMI” y cuyo nombre circulaba en un principio entre los de los candidatos. Desde su creación, en 1944, el FMI siempre ha tenido un director europeo, en tanto que un estadounidense siempre ha estado al frente del Banco Mundial.

No obstante, los países emergentes reclaman desde hace tiempo una mayor representación en las instituciones internacionales. Según fuentes consultadas por la AFP, estos países podrían apoyar la candidatura del jefe del Banco de Pagos Internacionales (BPI), el mexicano Agustín Carstens, expresidente del Comité monetario y financiero del FMI o, inclusive, la de su sucesor, Lesetja Kganyago, gobernador del Banco Central sudafricano.

Fuente: perfil.com

ECONOMÍA – Recaudación: mejora pero no se cumple pronóstico de sobre una vuelta al crecimiento por encima de la inflación

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La Administración Federal de Ingresos Públicos informó este jueves que el nivel de la recaudación de julio creció 53,4% interanual

Este jueves el Gobierno recibió de la AFIP un dato agridulce: la recaudación impositiva de julio consolidó una tendencia de mejora, pero todavía se mantiene por debajo de la inflación. Y, así, deja en offside nuevamente al ministro de Hacienda, Nicolás Dujovne, que había pronosticado que el segundo semestre empezaría con números positivos.

En concreto, la recaudación de julio alcanzó los 450.909,8 millones de pesos y creció 53,4% interanual.

El avance interanual del IPC (Índice de Precios al Consumidor) del Indec hasta junio es del 55,8%. El de julio recién se conocerá a mediados de agosto, pero los analistas ya estiman una suba de entre 2,2% y 2,5%, lo que deja de lado toda expectativa de desaceleración brusca de los precios.

A favor de Hacienda aparece el hecho de una tendencia notoria hacia una normalización de la recaudación. En junio había crecido 52,1%, con lo que dio lugar a cierto optimismo en ámbitos oficiales, dado que su crecimiento representó una ligera aceleración con respecto a los meses anteriores. Había crecido 50,4% en mayo y 51,3% en abril.

El dato “no positivo” llega en medio de los reclamos empresarios, las críticas del lavagnismo a la presión impositiva y los pedidos del Fondo Monetario Internacional (FMI) por una “reforma integral” en materia tributaria, básicamente aumentando más los impuestos.

La discusión tributaria complica el panorama

Las sugerencias del FMI se orientan hacia gravar más el consumo y castigar más la evasión, algo que va en el sentido absolutamente opuesto a lo que están pidiendo las gremiales empresariales.

El Gobierno, mientras tanto, sostiene y defiende su gestión sobre los gravámenes que se pesan sobre el sector privado. No obstante, sabe que si la recaudación no está por encima de la inflación la señal no es buena, porque se está ante una economía que no crece, lo que se notó los últimos meses.

“La previsión es que la recaudación se mantenga balanceada en términos reales, con un segundo semestre que tiende a crecer sobre todo por la recuperación de la cosecha maíz y soja”, indicó Dujovne en aquella oportunidad.A fines de abril, el ministro de Hacienda, Nicolás Dujovne, había anticipado que “en la segunda mitad del año, la recaudación va a crecer por encima de la inflación”.

Detalles de la recaudación de julio

Los Recursos Tributarios alcanzaron $ 450.909,8 millones el mes pasado, con un aumento interanual de 53,4%.

La variación interanual del IVA Neto alcanzó al 43,3%; en particular el IVA Impositivo creció 52%, en tanto que el IVA Aduanero se incrementó 28,1%. El resultado se vio atenuado por mayores devoluciones y por las compensaciones entre impuestos.

La recaudación del Impuesto a las Ganancias subió 65,8%. Cabe recordar que el mes pasado operó el vencimiento de la presentación de declaración jurada de las personas humanas e Impuesto Cedular para la renta financiera y venta de inmuebles por el período fiscal 2018 (cuyo pago venció en junio), y el ingreso del segundo anticipo de las sociedades con cierre en diciembre por el período fiscal 2019. A su vez, la suba se vio atenuada por la disminución de la tasa del impuesto para las sociedades (del 35% al 30%) prevista en la Reforma Tributaria, que redujo los ingresos por anticipos.

Por su parte, el alza en el impuesto a a los Débitos y Créditos fue del 56%, con igual cantidad de días hábiles respecto del año anterior.

En tanto, la recaudación del Sistema de Seguridad Social aumentó 39,9%, con subas del 41,3% en los aportes personales y del 39,2% en las contribuciones patronales. En el resultado global del sistema, colaboró el incremento de la remuneración bruta promedio y la mayor distribución de facilidades de pago; en el sentido contrario, actuaron la convergencia a la unificación de la alícuota y el aumento del mínimo no imponible establecidos por la Reforma Tributaria. Sin considerar esta reforma, el incremento interanual habría sido de 44,3%.

En el comercio exterior, los Derechos de Exportación aumentaron 298,7%, con el empuje del tipo de cambio y de los derechos de exportación adicionales. En tanto, los Derechos de Importación crecieron 49,9%.

Finalmente, la recaudación de Bienes Personales subió el 73,4% y la del impuesto a los combustibles el 10,3%.

Fuente: iprofesional.com

ECONOMÍA – Ahora 12: por baja de tasas, se cuadruplicó la facturación

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En julio se realizaron ventas por $30.000 millones a través del programa. En junio, Gobierno redujo el costo financiero de las operaciones. Antes de la medida la facturación era de $7.000 millones.

Las ventas a través del programa Ahora 12 llegaron a los $30.000 millones durante julio por lo que cuadruplicó el volumen de facturación respecto a mayo, mes previo a la disminución de tasas de interés promovida por el Gobierno.

El programa Ahora 12 funcionaba hasta mayo con una tasa nominal del 45%, una tasa efectiva anual de 38,15% y un costo financiero total del 49,33%. Sin embargo, a partir de junio se redujo en 25 puntos porcentuales la tasa nominal propiciando un “boom” de consumo, según revelaron fuentes del Ministerio de Producción a ámbito.com.

De acuerdo a lo informado desde la cartera que conduce Dante Sica, las ventas de julio a través de ese sistema se multiplicaron por cuatro dejando atrás los $7.000 millones negociados en mayo.

El relanzamiento de Ahora 12 llegó tras una negociación entre las autoridades de Comercio con distintas cámaras empresarias vinculadas al consumo, cadenas de retail y entidades bancarias. La lista incluye a la Cámara Argentina de Comercio (CAC), Frávega, Garbarino, Ribeiro, CAME, IRSA, la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), entre otros.

Vale mencionar que la financiación para la compra en cuotas de productos que están por fuera del programa supera el 80% de interés, por lo que Ahora 12 es la mejor opción para acceder a un menor costo financiero para la compra de productos.

Con la mirada puesta en las elecciones el Gobierno viene apostando desde hace dos meses por una reactivación del consumo que le permita mostrar mejores números de la actividad en un contexto de fuerte recesión económica.

La ampliación del programa de cuotas se habilitó para la compra de línea blanca, turismo y accesorios, y repuestos para automotores, sectores claves del consumo masivo. En ese contexto, desde la Casa Rosada activaron otras medidas para incentivar el consumo como el programa de subsidios para la compra de automóviles y motos que ya ingresó en su tercer mes de vigencia consecutivo gracias al fuerte incremento de ventas.

Fuente: ambito.com

IMPOSITIVAS – La AFIP realizará el libro de IVA digital del contribuyente a fin de año

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El libro de IVA digital llegará a la Argentina a fin de año, informó Leandro Cuccioli, titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos

El libro de IVA digital llegará a la Argentina a fin de año, informó Leandro Cuccioli, titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

En efecto, la AFIP podrá a disposición del contribuyente la información sobre qué facturas electrónicas emitió y cuáles recibió, y es el paso previo a la liquidación de IVA proforma o preparada también por el organismo recaudador, para que el contribuyente la acepte o haga ajustes.

La resolución general poniendo en vigencia el libro de IVA digital será publicada por la AFIP en agosto, aunque el documento electrónico será puesto a disposición de los contribuyentes recién a fin de año, luego de ser correctamente probado su uso sin fallas, indicó Cuccioli.

Se comenzará este año con 25.000 contribuyentes aproximadamente, que son responsables inscriptos con menor volumen de compras y venta, en su mayoría pymes, para llegar en 2020 a todos los contribuyentes.

Según explicó Cuccioli, en la liquidación de IVA proforma, en tanto, lo que llegará al domicilio fiscal electrónico del contribuyente, y al correo electrónico asociado al mismo, será una cifra con el impuesto mensual a pagar, la que podrá ser conformada o corregida, aunque en la AFIP esperan que las pymes sobre todo la acepten en forma habitual.

Esa cifra de impuesto a pagar o declaración jurada proforma saldrá del libro de IVA digital, con los respectivos ajustes de retenciones y percepciones sufridas por el contribuyente por parte de sus proveedores y clientes, así como las retenciones bancarias.

“Estamos atrasados en esta materia, ya que no hay países grandes que no cuenten hoy día con estas herramientas”, dijo Cuccioli, y subrayó al ser consultado sobre cómo espera que reaccionen las asociaciones de contadores: “nosotros trabajamos para facilitar la vida de los contribuyentes, que son los que nos pagan, como hace el resto de los países”.

Fuente: iprofesional.com

IMPOSITIVAS – Impuestos sobre los combustibles líquidos.

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Nuevo cronograma de incremento gradual del impuesto.

A partir del 01/08/19, los montos del impuesto se incrementan: – Nafta sin plomo, hasta 92 RON; Nafta sin plomo, de más de 92 RON; Nafta virgen; Gasolina natural o de pirólisis; Solvente y Aguarrás: en $ 0,310 y – Gasoil; Diésel oil; y Kerosene: en $ 0,191. El resto se aplica a partir del 01/09/2019, inclusive.

Decreto (PE) Nº 531/2019 (BO 01/08/2019)

Fuente: Lisicki Litvin