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ECONOMÍA – Pese a la tendencia mundial, 7 de cada 10 trabajadores en Argentina hacen 100% de presencialidad

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El porcentaje que mantiene la presencialidad como formato único de trabajo está compuesto en su mayoría por hombres de 30 a 49 años.

Siete de cada 10 trabajadores desarrollan su actividad laboral de manera 100% presencial, en tanto que un 17% combina la presencialidad con la virtualidad y un 13% lo hace de manera remota. Así lo reveló un informe reciente elaborado por la UADE y Voices! que buscó analizar los cambios en el mundo laboral.

Mercado laboral: las principales conclusiones

  • El porcentaje que mantiene la presencialidad como formato único de trabajo está compuesto en su mayoría por hombres de 30 a 49 años, que pertenecen a un nivel socioeconómico bajo, residen en el Interior del país y tienen estudios primarios.
  • El 40% de los ciudadanos que trabaja de manera remota mantiene la misma carga laboral en comparación con la presencialidad. Por otra parte, el 31% de los trabajadores online afirma que la carga laboral es menor. Mientras que un 29% señala que la modalidad virtual o remota le genera una mayor carga laboral que la presencialidad.
  • El 75% de los encuestados manifiesta un grado de satisfacción alto respecto de su situación laboral, en tanto 24% expresa un nivel de satisfacción medio (16%) o bajo (8%). Dentro de ese 75%, se destacan las personas mayores de 50 años, con un nivel socioeconómico alto, que residen en el Interior del país y tienen estudios superiores.
  • Al comparar la situación actual del país respecto de los últimos 10 años, la mayoría de los encuestados percibe que los trabajadores están menos motivados (62%), reciben salarios inferiores (68%), trabajan más cantidad de horas (47%), hay menos flexibilidad (33%) y menor compromiso e identificación con el trabajo (51%).

Mercado laboral: ¿Cómo sería el trabajo ideal?

El factor más elegido por los ciudadanos, (50%), es el relacionado con lo económico: tener un buen sueldo o ganar bien.

En segundo lugar, quedó la posibilidad de progresar (31%), mientras que la estabilidad se ubicó en el tercer puesto (28%), seguido por un trabajo que tenga aportes, cobertura médica u obra social (26%). La cuestión vocacional o placentera aparece en quinto lugar: “que sea un trabajo que le guste hacer” fue elegido por un 25% de los encuestados.

Mercado laboral: crece el porcentaje de trabajadores que se quiere ir del país

Por otra parte, la encuesta relevó que el 64% de los encuestados dice que le gustaría vivir en otro país. Ese porcentaje está compuesto principalmente por hombres de 16 a 29 años, de nivel socioeconómico alto y residentes de C.A.B.A.

España, 29% es el país más elegido como destino por quienes afirman que emigrarían de Argentina. Estados Unidos quedó en segundo puesto, con un 15%. Y, en tercer lugar, se ubicó Italia, con un 11% de preferencia.

Más de 7 de cada 10 encuestados considera que trabajar de manera remota desde Argentina para empresas extranjeras es la mejor opción para los jóvenes. En tanto que la mitad de los consultados opina que ese fenómeno hace que las empresas nacionales pierdan buenos empleados.

• El 81% de los encuestados afirma que le gustaría trabajar para una empresa extranjera, a través de la modalidad remota viviendo en Argentina, en tanto un 12% rechaza esta idea. Dentro de ese 81%, el 60% asegura que lo haría para complementar un ingreso salarial que hoy ya tiene. En tanto un 34% trabajaría online para una organización extranjera teniendo en cuenta la contraprestación de ese trabajo como único sueldo.

El 81% de los encuestados afirma que le gustaría trabajar para una empresa extranjera

El 81% de los encuestados afirma que le gustaría trabajar para una empresa extranjera

Mercado laboral: cuáles son los beneficios que más valoran de trabajar al exterior

El 81% de los encuestados afirma que le gustaría trabajar para una empresa extranjera, a través de la modalidad remota viviendo en Argentina, en tanto un 12% rechaza esta idea. Dentro de ese 81%, el 60% asegura que lo haría para complementar un ingreso salarial que hoy ya tiene. En tanto un 34% trabajaría online para una organización extranjera teniendo en cuenta la contraprestación de ese trabajo como único sueldo.

Con el objetivo de relevar creencias ciudadanas acerca de las ventajas de trabajar en forma remota para empresas extranjeras, la encuesta presentó una lista de posibles beneficios.

  • 47% seleccionó la ventaja de cobrar en dólares
  • 45% creencia de que los salarios son mejores.
  • En tercer lugar, tener oportunidades de desarrollo y crecimiento profesional.

 

Fuente: ambito

FINANZAS – El Central posterga decisiones conflictivas entre bancos y fintech

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El Banco Central pospuso una serie de decisiones clave en la regulación de operaciones que vinculan a los bancos con las billeteras virtuales.

En las últimas horas, la entidad a cargo de Santiago Bausili postergó la entrada en vigencia de una serie de normas que resulta el centro de disputas que se iniciaron hace varios meses.

La entidad prorrogó hasta el 30 de abril la entrada en vigencia del “certificado de plazo fijo electrónico”, las  “transferencias pull” y los pagos interoperables con tarjetas de crédito.

Los certificados de plazo fijo electrónico son una nueva función que convierte a los depósitos en transferibles, compensables y divisibles, otorgando más herramientas a los ahorristas y que los bancos no ven con buenos ojos.

Por otro lado también extendió en plazo para la entrada en vigor del QR interoperable en los pagos de tarjeta de crédito (que se pueda usar el mismo código para todas las billeteras), una medida que incomoda especialmente a Mercado Pago, empresa que llegó a interponer una medida cautelar contra esta medida.

También postergó la puesta en marcha de transferencias pull en reemplazo del Debin, medidas reclamadas por el sector bancario.

Fuente: noticias argentinas

IMPOSITIVAS – La AFIP ya tramita la devolución de las percepciones de 2023 por compra de dólares y gastos en el exterior: cómo pedirla

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El organismo tributario comenzó a tramitar las devoluciones, aunque los expertos piden simplificar el proceso; paso a paso, cómo hacerlo.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) comenzó esta semana a aprobar las solicitudes para devolver las percepciones del 2023 por compra de moneda extranjera y gastos en el exterior.

Según el contador Marcos Felice, el organismo tributario “comenzó a aprobar las solicitudes, todavía no se devolvieron. Para los que tienen las solicitudes aprobadas ahora tienen que esperar que se haga la transferencia. Hay otro grupo que quedaron sujetos a fiscalización así que necesitan otro paso antes de que se aprueben”.

“Una vez que está aprobada la devolución, solo resta esperar que AFIP transfiera, esto suele demorar unos días. Esta devolución se hace con intereses desde la fecha de la solicitud y el monto total puede verse disminuido ya que lleva retenciones de Ganancias de la RG 830″, indicó Felice.

“Creo que por montos menores no debería ser necesaria la fiscalización, ya que es totalmente absurdo que por devoluciones de 500 pesos por ejemplo el organismo tenga que gastar recursos en fiscalizar. Y sobre todo en épocas de altísima inflación como ahora donde pasa el tiempo y el importe de la devolución se licúa fuerte”, indicó.

Según su Blog del Contador, ″en el mejor de los casos ya sale la devolución aprobada y solo resta esperar fecha de transferencia (se puede consultar el estado en el servicio con clave fiscal “Pago Devoluciones”)”.

En otros casos, indicó, “la devolución aparece como sujeto a fiscalización con lo cual hay que esperar que el área competente de AFIP apruebe la misma. Acá dejamos los motivos por los que puede salir este estado: Ser titular de bienes registrables (aviones, maquinaria agrícola, inmuebles, embarcaciones, automóviles) en una cantidad que genere presunción de la obligación de inscribirse en el Impuesto sobre los Bienes Personales No registrar ingresos durante el año calendario o que no sean consistentes con los gastos realizados en el período. Haber ingresado manualmente una percepción que no se encuentre informada en los registros de AFIP en el servicio “Mis Retenciones”.

“Una idea para : que las devoluciones por montos menores a determinado importe (puede ser uno o dos salarios mínimos) no requieran del pase al área de fiscalizaciones, con esto se ahorran recursos en el Organismo por evaluaciones sin sentido al mismo tiempo que se simplifica y se hace más rápido el procedimiento de devolución a los ciudadanos”, sostuvo el blog especializado.

Quiénes pueden pedir la devolución de percepciones 2023 o reintegro en AFIP

Podrán realizar el pedido de reintegro aquellos que:

  • No se encuentren inscriptos en el impuesto a las ganancias, ni les corresponda realizar dicha inscripción.
  • Se encuentren inscriptos en el impuesto a las ganancias pero no en bienes personales, exclusivamente por las percepciones realizadas bajo el código 219
  • No se encuentren inscriptos en el impuesto sobre los bienes personales, ni les corresponda realizar dicha inscripción
  • Se encuentren inscriptos en el impuesto sobre los bienes personales pero no en ganancias, exclusivamente por las percepciones realizadas bajo el código 217
  • Trabajen en relación de dependencia y no sean pasibles de sufrir retenciones del impuesto a las ganancias por parte de su empleador como agente de retención
  • Trabajen en relación de dependencia y siendo pasibles de sufrir retenciones del impuesto a las ganancias por parte de su empleador, como agente de retención, les hayan realizado la percepción bajo el código 219.

Además, para solicitar la devolución se debe contar con CUIT y clave fiscal nivel 2 o superior, informar ante la AFIP el CBU de la cuenta bancaria en la que se realizará la devolución solicitada y poseer constituido el Domicilio Fiscal Electrónico.

Paso a paso: cómo solicitar la devolución de percepciones

  1. Ingresar a la página web de AFIP, con clave fiscal nivel 2 o superior y seleccionar el servicio “Devolución de percepciones”. Si este no se encuentra habilitado, es posible agregarlos desde la opción “Mis Servicios”.
  2. Dentro de “Devolución de percepciones”, seleccionar “Nuevo”.
  3. Indicar el período fiscal por el cual se solicita la devolución.
  4. Luego, se podrá visualizar y seleccionar las percepciones que fueron realizadas durante el período y se encuentran informadas por el agente de percepción. En el caso que las percepciones no se visualicen, se pueden ingresar manualmente.
  5. Hacer click en “Presentar”.

Cabe recordar que a partir de enero la compra de “dólar ahorro” pagaba un 65% de impuestos: 30% correspondiente al Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAÍS) y 35% como adelanto de Ganancias. Pero desde el 14 de agosto la percepción por Ganancias se incrementó al 45%.

Por su parte, el dólar “turista” o “Qatar” tenía hasta julio de 2023 una carga tributaria del 80%, compuesta por el 30% del impuesto PAÍS, un 45% de percepción a cuenta de Ganancias y un 5% de percepción a cuenta de Bienes Personales.

Luego, en octubre se unificó el dólar “ahorro” y el “turista” en una sola cotización, con una carga tributaria total del 100%, por el 30% de impuesto PAÍS, el 45% como adelanto de Ganancias y el 25% de Bienes Personales.

En noviembre, a través de la Resolución General 5450 de la AFIP, se dispuso un aumento de la percepción del impuesto a las Ganancias para los pagos con tarjeta, pasando del 45% al 100%.

Así, el tipo de cambio que se aplicó a los cargos con tarjeta se compuso de la cotización del dólar oficial más un 100% por impuesto a las Ganancias, un 30% por el impuesto PAIS y un 25% por el impuesto a los Bienes Personales.

Por último, con el cambio de gobierno, la administración de Javier Milei decidió unificar la carga tributaria para la demanda de divisas en un 60%: un 30% por Impuesto PAIS y 30% por percepción de Ganancias.

Fuente: infobae

PROVINCIALES – Entre Ríos, Santa Fe y Córdoba aumentarán impuestos pero “no por encima de la inflación”

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Los gobernadores de las tres provincias se pusieron de acuerdo para “aunar esfuerzos” mediante incrementos tributarios, en coincidencia con el gobierno nacional, porque la actualidad económica es “extremadamente delicada y difícil”.
El gobernador de Entre Ríos, Rogelio Frigerio, afirmó que junto con Santa Fe y Córdoba, las tres provincias de la Región Centro, trabajan para tener una política tributaria “lo más parecida posible”, y aseguró que prevén incrementos tributarios provinciales las próximas semanas que “no serán por encima de la inflación, salvo en cuestiones puntuales”.
“Tenemos realidades parecidas y vamos a aunar esfuerzos para superar los problemas que compartimos, con políticas coincidentes, tanto en lo impositivo como en las paritarias”, destacó el mandatario provincial.
Frigerio mantuvo un encuentro virtual con sus pares de Santa Fe, Maximiliano Pullaro, y de Córdoba, Martín Llaryora, con el objetivo de “generar alivio fiscal”, pero indicó que “el estado en el que se encontraron las finanzas obliga” a incrementar impuestos provinciales.El gobernador entrerriano calificó de “extremadamente delicada y difícil” la actualidad económica “de la Argentina y la provincia”.

Además, mencionó en conferencia de prensa que hubo decisiones del Gobierno nacional que “impactaron” en las finanzas provinciales y de la ciudadanía, como “el retiro de subsidios a la luz, gas y transporte, la prescripción de envío de fondos para obras, y otros cambios impositivos”.

Para ello aplicará “herramientas”, dijo, aunque “son limitadas y no tienen la fuerza ni logran compensar totalmente las medidas nacionales”, pero que “amortiguan en parte los efectos”.

La situación financiera “impide avanzar en la reducción impositiva”, completó Frigerio, y remarcó que los aumentos tarifarios “no serán por encima de la inflación, salvo en algunas cuestiones puntuales”

“Buscamos cuidar el trabajo y la producción, esperando que la cosa mejore para reducir y generar un alivio fiscal”, finalizó.

Fuente: telam

IMPOSITIVAS – Desde qué monto la AFIP controla tus gastos en comercios

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La administración actualizó los mínimos a partir de este lunes.

Las compras superiores a los $191.624 deberán ser informadas a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) por el comercio que emita la factura incluyendo los datos del cliente.

 Así lo determinó la AFIP que actualizó los montos mínimos que rigen desde este lunes para el giro de información.

Los $191.624 (antes $92.720) rigen para los pagos a través de medios electrónicos, pero ese monto se reduce a $95.812 (antes $46.360) cuando sea mediante pagos en efectivo o por otros medios de pago no electrónicos

Los datos que se deben consignar son: Apellido y nombre, Domicilio, CUIT / CUIL / CDI, en su caso, número de documento de identidad (LE, LC, DNI o, en el supuesto de extranjeros, Pasaporte o CI).

“El sistema “Comprobantes en Línea” considera que la operación fue realizada a través de medios electrónicos cuando se marca en condiciones de venta, una de las siguientes opciones: Tarjeta de Débito, Tarjeta de Crédito, Cuenta Corriente, Cheque y Tiquet.

“En el caso de operaciones efectuadas por responsables inscriptos frente al impuesto al valor agregado, cuya actividad principal corresponda a la comercialización mayorista (industria manufacturera; comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos automotores y motocicletas), se exceptuará de identificar al cliente cuando la operación sea igual o menor a $ 95.812  y el pago se efectúe por algún medio electrónico autorizado”, expresó AFIP.

Fuente: noticias argentinas

ECONOMÍA – El nivel de utilización de la capacidad instalada en la industria fue del 66,4% en noviembre

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A pesar de este retroceso de 2,5 puntos en el cotejo interanual, el uso de maquinaria, herramientas y equipos en el sector fabril durante noviembre se colocó por encima del 65,3% de octubre pasado.
La utilización de la capacidad instalada en la industria fue de 66,4% en noviembre, 2,5 puntos por debajo del 68,9% de igual mes de 2022, informó el Instituto de Estadística y Censos (Indec).

A pesar de este retroceso en el cotejo interanual, el uso de maquinaria, herramientas y equipos en el sector fabril durante noviembre se colocó por encima del 65,3% de octubre pasado.

Estos resultados se dieron en un marco en el que la actividad industrial marcó en noviembre una baja de 4,9% en la comparación interanual y de 0,6% en la mensual.

Telam SE

En el décimo primer mes de 2023, los bloques sectoriales que presentaron niveles de utilización de la capacidad instalada superiores al nivel general fueron Refinación de petróleo (84,7%); Industrias metálicas básicas (79,4%); Productos minerales no metálicos (74,3%); Papel y cartón (72,7%); Sustancias y productos químicos (71,4%) e Industria automotriz (68,3%).

Por el contrario, los bloques sectoriales que se ubicaron por debajo del nivel general fueron Productos alimenticios y bebidas (65,2%); Textiles (59,1%); Derivados de caucho y plástico (56,8%); Tabaco (56,2%); Edición e impresión (54,8%); y Metalmecánica (50,3%).

Fuente: telam

ECONOMÍA – Inflación récord en Santa Fe: estos son los productos que más subieron durante diciembre

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La inflación de diciembre de 2023 en la provincia de Santa Fe superó todos los registros desde que se creó el índice que mide el IPEC. Alcanzó el 215,4% interanual.

El Instituto Provincial de Estadísticas y Censos (IPEC) dio a conocer este lunes el dato de inflación de la provincia de Santa Fe y el Índice de Precios al Consumidor (IPC Santa Fe) que arrojó un aumento récord del 27,9% durante diciembre de 2023.

Durante el primer mes de 2024, se consolidó la fuerte aceleración de precios respecto a los meses previos, luego del salto del dólar oficial y el paquete de medidas de shock que aplicó el nuevo equipo económico del gobierno de Javier Milei.

Inflación en Santa Fe: los productos que más subieron en diciembre

Durante diciembre, 47 de los 48 productos que conforman la canasta de alimentos, bebidas y artículos relevada por el IPEC, aumentaron respecto al mes de noviembre.

Durante diciembre, 47 de los 48 productos que conforman la canasta de alimentos, bebidas y artículos relevada por el IPEC, aumentaron respecto al mes de noviembre.

El top 5 de los productos que más subieron durante el mes pasado lo encabezaron:

  • Aceite de girasol (1,5 litros): +65,7%.
  • Harina de trigo común (kilo): +58,4%.
  • Fideos secos tipo guisero (500 gramos): +56,8%.
  • Asado (kilo): +53,8%.
  • Nalga (kilo): +50,3%.

Por el contrario, solo un producto de la canasta relevada por el IPEC registró una baja en diciembre: tomate redondo (kilo) (-15%).

La inflación en Santa Fe superó el 215% en un año

La inflación acumulada en el territorio provincial durante los doce meses de 2023 alcanzó el 215,4% y se ubicó por encima de los números a nivel nacional, que llegó al 211,4% y fue récord a nivel mundial.

Según el informe, el aumento de precios en diciembre estuvo impulsado por los rubros “Equipamiento y mantenimiento del hogar” que subió un +44,8%, seguido por “Otros bienes y servicios” con un +39,6% y “Alimentos y bebidas no alcohólicas” con 30,9%.

Fuente: aire de santa fe

IMPOSITIVAS – Bienes Personales: la AFIP publicó los nuevos mínimos para los inmuebles y las escalas

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AFIP impone nuevos pisos para gravar los inmuebles y la casa habitación, y escalas que siguen distinguiendo entre bienes en el país y el exterior en 2024

El Impuesto sobre los Bienes Personales se aplicará sobre los inmuebles con un nuevo mínimo no imponible, ajustado por la inflación, de $27,3 millones y $136,8 millones para la casa habitación.

La AFIP también publicó las escalas aplicables para el Impuesto sobre los Bienes Personales sin tener en cuenta el proyecto de ley ómnibus que iguala las alícuotas en el caso de los bienes en el país y en el exterior, las que mantiene de manera diferenciada.

Por otra parte, la ley ómnibus que se discute en el Congreso, y que obtendría dictamen de comisión en la Cámara de Diputados esta semana, incluye una tercera manera de pagar el Impuesto a los Bienes Personales, con un régimen voluntario para adelantar 5 años, fijando el monto imponible.

Cuál será el mínimo no imponible de Bienes Personales para inmuebles

Con el índice de inflación de diciembre, que fue de 25,5%, se actualiza el valor mínimo de los inmuebles que estarán gravados con el Impuesto sobre los Bienes Personales en casos de personas humanas.

Sobre esta información, la AFIP publicó los nuevos valores aplicables para la determinación del Impuesto sobre los Bienes Personales del período de 2023, tal como sigue:

  • Mínimo no imponible general: $27.377.408,28
  • Mínimo no imponible para casa habitación: $136.887.041,42

Cómo quedan las escalas del impuesto a pagar en junio

En el caso del Impuesto sobre los Bienes Personales 2023, que se pagará en junio de 2024, la AFIP del gobierno de Javier Milei mantiene la diferencia de escalas para bienes en el país o en el exterior.

La escala de Bienes Personales para sujetos residentes en el país va de 0,75% a 1,75%, alícuota máxima que se aplica a partir de $138.870.414,86.

En cambio, para sujetos residentes en el país con bienes en el exterior, las alícuotas van de 0,7% a 2,25%, con la máxima a pagar sobre un monto que se reduce a $82.132.224,86 millones.

Tanto el mínimo no imponible como los pisos para la aplicación de la escala a los bienes que se declararán en junio próximo se calcula con el nuevo coeficiente diciembre 2017/diciembre 2023 calculado por la inflación de diciembre, el que resultó 28,311.

Qué propone la ley ómnibus para Bienes Personales

La ley ómnibus, que tendría esta semana dictamen de comisiones en la Cámara de Diputados, incluye un “Régimen especial de ingreso del Impuesto sobre los Bienes Personales (REIBP).

Se trata de un régimen voluntario que comprende el ingreso por adelantado del Impuesto sobre los Bienes Personales y todo otro tributo patrimonial (cualquiera fuese su denominación) que pueda complementar o reemplazar el ISBP para los períodos 2024 a 2027.

Alcance: se propone el ingreso por adelantado del Impuesto sobre los Bienes Personales correspondiente a los períodos fiscales 2023 a 2027, en forma unificada, sobre la base imponible determinada al 31/12/2023, sin necesidad de presentar las declaraciones juradas posteriores ni el ingreso de anticipos.

Plazo: el período para el ejercicio de la opción de adhesión al régimen especial es desde la vigencia de la ley y hasta el 31/03/2024 inclusive.

Sujetos alcanzados: el régimen resulta aplicable a personas humanas y Sucesiones Indivisas, responsables sustitutos y sujetos no residentes del país pero que hayan sido considerados residentes en Argentina en períodos fiscales anteriores.

En cuanto a las alícuotas, las personas humanas aplicarán la alícuota del 0,75% y los sujetos responsables sustitutos aplicarán la alícuota del 0,50%.

Fuente: iprofesional

Res Gral 5479/2024. AFIP.

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Seguridad Social. DDJJ. SICOSS. Diciembre 2023. Vencimiento. Enero 2024. Plazo. Prórroga

Se dispone la prórroga de determinadas obligaciones de las declaraciones juradas determinativas de aportes y contribuciones con destino a la seguridad social.

Sujetos: Empleadores del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA)
Gravamen: Aportes y Contribuciones con destino a la Seguridad Social

DDJJ: presentación y pago

Libro de Sueldo Digital

SICOSS y Declaración en línea

Periodo: Diciembre 2023 (devengado)

Vencimiento. Plazos (terminación CUIT): prórroga

0,1,2 y 3: 11/01/2024 (ant 09/01/2024)

4,5 y 6: 12/01/2024 (ant 10/01/2024)

7,8 y 9: 15/01/2024 (ant 11/01/2024)

Vigencia: 10/01/2024

Fuente: Lisicki Litvin

ECONOMÍA – Cambios laborales: cautela en las empresas a la espera de que el Congreso y la Corte Suprema resuelvan la validez del DNU

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La reforma propuesta por el Gobierno había generado un enorme entusiasmo en el sector privado, pero luego hubo una catarata de amparos y la justicia laboral dictó una cautelar que genera enormes dudas sobre el cambio de régimen

La medida cautelar que la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo dictó el 3 de enero contra el capítulo laboral del DNU atenuó las expectativas y la ilusión que tenía el sector privado en torno a ese paquetazo de cambios en la materia, que buscan reducir los juicios laborales y facilitar la creación de empleo. La vigencia del decreto duró menos de una semana.

Aunque algunos abogados laboralistas interpretan que es discutible que la cautelar genere un efecto suspensivo en todo el país, lo cierto es que ninguna empresa está tomando medidas como si el decreto estuviera vigente.

Según pudo relevar Infobae, están todas las compañías expectantes, no sólo a la espera de que se defina en la justicia la cuestión de fondo -en la Corte Suprema de Justicia-, sino que también observan con atención lo que sucede en el Congreso, donde se está discutiendo el proyecto de Ley Ómnibus, pero en donde aún no se conformó la Comisión Bicameral que deberá opinar sobre el DNU antes de que sea tratado por las cámaras en el recinto.

Uno de los cambios más relevantes para el sector privado, dentro del decreto, es el que hace referencia a las famosas “multas” que tanto se cuestionaba desde las distintas cámaras empresarias. La norma deroga todas las indemnizaciones agravadas por indebida o deficiente registración, que hasta más que triplicaban el monto a pagar, por lo que a partir del decreto, si el trabajador es despedido sin causa, sólo cobrará la indemnización común por despido.

Otra de las modificaciones incluidas en la reforma es la ampliación del período de prueba de 3 a 8 meses, que según las empresas permite tener más tiempo para conocer al trabajador antes de registrarlo. Son 30 los cambios que propuso en materia laboral el ahora suspendido decreto.

“Los empresarios tienen un enorme optimismo. Cuanto más se analiza el formato del documento, de las reformas, más queda claro que va a generar una enorme cantidad de empleo apenas se reactive la economía. Y si bien la cautelar generó muchas dudas, creen que esto se va a solucionar, o a través del Congreso o a través de la Corte”, dijo un abogado laboralista que asesora a la UIA y a otras entidades empresarias.

Al mismo tiempo, consideró la fuente que los fallos suspensivos de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo que respondieron a las presentaciones de la CGT y la CTA no rigen para todo el país porque “las hicieron en la justicia nacional que aplica en CABA”.

“Para el interior del país, no es seguro que se encuentre la cautelar vigente. Lo van a discutir, pero en la teoría está vigente”, enfatizó el expero laboral.

La Procuración del Tesoro, que dirige Rodolfo Barra, apeló ante la cámara y solicitó que la causa se derive al fuero en lo contencioso administrativo, ya que hay fallos de la Corte que afirman que si una de las partes es el Estado, tiene que dirimirse en ese fuero. Lo que sostuvo la Cámara Laboral es que las modificaciones del DNU en la materia son tan profundas que merece que sea tratado por el fuero laboral. La cámara reafirmó su competencia, por lo que Barra deberá apelar en queja ante el tribunal supremo.

Línea directa

El DNU provocó la presentación de muchos amparos, los de las centrales sindicales en el fuero laboral y otros tantos en el fuero contencioso administrativo. Pero también hubo uno que fue directamente a la Corte. Se trató del presentado por el gobernador de La Rioja, Ricargo Quintela, quien instruyó a sus abogados a presentar “una acción declarativa de certeza en la que se reclama la declaración de inconstitucionalidad del decreto”, por producir “perjuicios irreparables a la ciudadanía”.

Frente a esta presentación, el tribunal ya respondió que resolverá el tema en febrero, tras el cese de la feria judicial. Mientras tanto, también le da tiempo a la política a que defina, en el Congreso, si aprueba o no el decreto.

“Viene para largo. Cada caso laboral va a terminar en la Corte. Porque uno va a decir que no está vigente el DNU; otro va a decir que sí. Si la Corte no toma una decisión o el Congreso no avanza, muchos interpretan que el DNU sigue vigente en el territorio de la Argentina o para los trabajadores que están fuera de convenio.

Esta cautelar generó mucha confusión”, precisó uno de los abogados consultados, al tiempo que agregó que “si bien el empresario no va a tomar ninguna decisión ahora para no asumir riesgos, si se presenta un caso de algún trabajador que se considere despedido y quiera cobrar multas, el empresario va a usar el decreto como arma de defensa”.

Fuente: infobae