Home Blog Page 298

IMPOSITIVAS – El Gobierno redujo la carga tributaria de los trabajadores independientes

0

A través de un decreto, modificó el Régimen de Inclusión Social y Promoción del Trabajo Independiente.

A través del decreto 444/2023, publicado este martes en el Boletín Oficial, el Poder Ejecutivo estableció el diferimiento del pago de parte de las cotizaciones a las que se encuentran obligados los contribuyentes “que, si bien reúnen las condiciones de vulnerabilidad previstas para los trabajadores independientes promovidos, obtienen ingresos que exceden los límites para el acceso a los beneficios, pero no superan el máximo contemplado para la Categoría B” del monotributo.

De este modo, los trabajadores independientes que se encuentren inscriptos en el Registro Nacional de Trabajadores y Trabajadoras de la Economía Popular (RENATEP) podrán acceder a un beneficio de reducción del 50% en el pago de la cotización previsional al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA).

Esa medida estará vigente durante los primeros 36 meses de adhesión al Régimen: la cuota se reduce del 25% al 1% de los ingresos brutos mensuales, o al equivalente al 25% del aporte mensual al SIPA, el que resulte menor, según el decreto. Vencido ese plazo, el importe de la cuota de inclusión social será equivalente al 2,5% de los ingresos brutos mensuales que perciba por su actividad la persona trabajadora independiente promovida.

La cuota se abonará en los plazos y con las modalidades que establezca la AFIP y se imputará a la cancelación de los aportes sustitutivos correspondientes a los meses del año calendario en curso, comenzando por el más antiguo, puntualizó el Poder Ejecutivo.

Y añadió que el trabajador independiente no estará obligado a abonar esta cuota en el mes en que hubiera sufrido una retención o percepción, en virtud de los regímenes que disponga la AFIP.

El Régimen de Inclusión Social y Promoción del Trabajo Independiente prevé, entre los requisitos para la adhesión, que la actividad desarrollada por la persona responsable sea su única fuente de ingresos.  En consecuencia, no pueden adherir a ese mecanismo quienes revistan el carácter de jubilados, pensionados, empleados en relación de dependencia o quienes obtengan o perciban otros ingresos de cualquier naturaleza, ya sean nacionales, provinciales o municipales, excepto los provenientes de planes sociales.

Para el Gobierno, esta medida apunta a “facilitar el ingreso y mantenimiento en la economía formal” de los trabajadores independientes.

Fuente: noticias argentinas

PROVINCIALES – El gobierno provincial propone eximir del pago del impuesto de sellos a los contratos de alquiler

0
Se presentó un proyecto en la Legislatura para los convenios celebrados para viviendas únicas y permanentes, formalizados entre el 1º de septiembre y el 31 de diciembre.
El gobierno provincial presentó ante la Legislatura un proyecto de ley mediante el cual propicia la eximición del pago del impuesto de sellos y tasas retributivas de servicios a los contratos de alquiler o sublocación de inmuebles y sus renovaciones destinadas a vivienda única y permanente, formalizados entre el 1° de septiembre y el 31 de diciembre del corriente año.

En ese sentido, y con el fin de morigerar los efectos de la carga impositiva que la celebración de los contratos de alquiler pueda generar durante el tiempo de tratamiento legislativo del proyecto remitido, el Poder Ejecutivo también dictó un decreto mediante el cual prorroga el pago de los referidos tributos hasta el 31 de diciembre de 2023.

Fuentes oficiales indicaron que ambas normas “se enmarcan en la necesidad de reducir la carga tributaria de las familias ante la actual situación planteada en relación a la ley nacional de alquileres, la cual afecta a distintos sectores entre los cuales se destacan quienes en este contexto deben formalizar contratos de locación o sublocación de inmuebles y sus renovaciones destinadas a vivienda única y permanente”.

Cualquier duda o consulta podrá ser realizada de manera online ingresando a la página web del organismo (www.santafe.gov.ar/api), o bien en forma presencial en las diferentes dependencias de la Administración Provincial de Impuestos (API).

El titular de la API, Martín Avalos, señaló que el gobernador Omar Perotti dispuso por decreto prorrogar el pago de ese tributo hasta el 31 de diciembre próximo. “El objetivo es eximir a los contratos de alquiler y las renovaciones que se hayan celebrado entre septiembre y el 31 de diciembre del impuesto al sello y tasa retributivas de servicios para contratos de alquiler de viviendas única y permanente”, explicó a LT8.

“El objetivo es morigerar los efectos de la carga tributaria que tengan estos contratos como consecuencia de los efectos de la ley nacional de alquileres. En forma paralela, el gobernador firmó un decreto donde prorroga el pago de los sellados de los nuevos contratos hasta el 31 de diciembre”, sostuvo.

Fuente: la capital

ECONOMÍA – Prorrogaron la emergencia agropecuaria por sequía en toda la provincia

0

La medida fue extendida por el gobierno provincial hasta el 31 de marzo de 2024.

La renovación es automática. Qué establece el nuevo decreto, departamento por departamentoEl gobernador Omar Perotti declaró la continuidad del estado de emergencia y desastre agropecuario como consecuencia de la sequía. Se prorroga desde el 1° de octubre de 2023 hasta el 31 de marzo de 2024 mediante el Decreto 1887/23. La medida alcanza a los 19 departamentos del territorio santafesino y a todas las producciones agropecuarias.

Es importante destacar que “los productores agropecuarios de los departamentos 9 de Julio, Vera y General Obligado que cuenten con certificados de desastre agropecuario emitidos en el marco del Decreto N° 0627/2023 permanecerán automáticamente en la misma condición sin necesidad de realizar ningún otro trámite administrativo”, informó el Ministerio de Producción, Ciencia y Tecnología.

Por otra parte, los productores que ya cuenten con certificados de desastre agropecuario, en el marco del Decreto 0627/23, de los departamentos San Cristóbal, Garay, San Javier, San Justo, Belgrano, Caseros, Constitución, Iriondo, Rosario, San Lorenzo, Las Colonias, Castellanos, San Martín, San Jerónimo, La Capital y General López cambiarán su situación a emergencia agropecuaria y gozarán automáticamente de los beneficios establecidos sin necesidad de realizar ningún otro trámite administrativo. No obstante, estos productores podrán solicitar el cambio a desastre agropecuario cuando su situación productiva así lo amerite, para lo cual deberán iniciar el trámite respectivo a través del Sistema Santafesino de Gestión de Situaciones de Emergencia Agropecuaria (SISAGEA), completando un formulario de declaración jurada por medio del cual detallarán las pérdidas sufridas a los fines de ser evaluado y -en caso de corresponder- se procederá a modificar la condición de dicho certificado a desastre agropecuario

Dichos productores deberán presentar los formularios respectivos, a modo de Declaración Jurada, a través del portal web oficial.

A quiénes comprende
Productores agropecuarios cuenten con certificados de desastre agropecuario emitidos en el marco del Decreto N° 0627/2023.

Beneficios
Los productores que posean certificados de desastre agropecuario quedarán eximidos del 100% del pago del Impuesto Inmobiliario hasta el 31 de marzo de 2023 del Impuesto Inmobiliario Rural.

Los productores que posean certificados de emergencia agropecuaria y cuya actividad se asienta en predios ubicados en zonas rurales, gozarán de la prórroga del vencimiento de la cuota 6 (sexta) del año 2023 la cual fue reprogramada y se fijó como fecha límite para su cancelación el 30/04/2024. Además dichos productores también se verán favorecidos con la prórroga de las cuotas del año 2024 cuyos vencimientos se produzcan hasta el 31 de marzo de 2024 del Impuesto Inmobiliario Rural.

La Administración Provincial de Impuestos emitirá certificados de crédito fiscal en carácter de devolución, cuando los productores poseedores de certificados de desastre agropecuario hubieran abonado las cuotas del Impuesto Inmobiliario Rural o Urbano

Contacto
>> Subdirección General de Ordenamiento Territorial y Emergencia Agropecuaria. Ministerio de Producción, Ciencia y Tecnología. Tel: 0342 – 4505300 (int. 4198-4134-4159) o 0342 – 155390025. Dirección: Bv. Pellegrini 3100. Santa Fe.

>> Sede Rosario: 0341-4721537. Mitre 930 3er piso. Rosario.

> Sede Reconquista: 03482-421340/420160. General Obligado 975. Reconquista.

Fuente: lt10digital

ECONOMÍA – La Cepal estimó que la economía argentina caerá 3% este año

0

El organismo, que depende de Naciones Unidas, también calculó que el país tendrá recesión en 2024, con una contracción de la economía de 1,6 por ciento.

La Cepal estimó que este año la economía argentina caerá 3% y será así la economía con mayor decrecimiento en la región. Además, cree que en el 2024 también será recesivo y que tendrá una contracción de 1,6 por ciento.

“La dinámica de la economía mundial durante 2023 no ha sido un factor de estímulo para el crecimiento de los países de la región. El crecimiento mundial se mantiene por debajo de los niveles históricos (3% en 2023), y la tasa de crecimiento del volumen de comercio de bienes también es baja (1,7%)”, mencionó el informe.

“Si bien la inflación mundial se ha moderado, no cabe esperar que este año se registren reducciones de la tasa de interés en las principales economías del mundo”, aseguró el reporte del organismo, que depende de Naciones Unidas.

Para Cepal, la Argentina tendrá este año una recesión de 3% -más alta de la que espera el Fondo Monetario Internacional- y cree que en 2024 también la economía tendrá una contracción

“Dado el bajo ritmo de crecimiento de la actividad económica regional antes mencionado y el hecho de que las tasas de inflación se mantendrían relativamente altas, aunque se reducirían respecto de los niveles observados a mediados de 2022, las perspectivas no son muy optimistas para los mercados laborales de América Latina y el Caribe”, apuntó, por otra parte, la Cepal.

infobae

Por otra parte, para 2024 se espera que la tasa de crecimiento del PIB sea del 1,5% para América Latina y el Caribe en promedio, lo que implicaría que se mantenga la dinámica de bajo crecimiento. “América del Sur crecería un 1,2% en 2024, Centroamérica y México un 2,1% y el Caribe (sin incluir Guyana) un 2,8 por ciento. Dado el bajo ritmo de crecimiento de la actividad económica regional antes mencionado y el hecho de que las tasas de inflación se mantendrían relativamente altas, aunque se reducirían respecto de los niveles observados a mediados de 2022, las perspectivas no son muy optimistas para los mercados laborales de América Latina y el Caribe”, consideró.

“Se prevé que el número de ocupados en la región aumente un 1,9% en 2023 y un 1,1% en 2024, lo que supone una importante desaceleración respecto del crecimiento del 5,4% observado en 2022. También se espera que la tasa de desocupación regional sea del 6,8% en 2023 y del 7,1% en 2024, cifras que se comparan con el 7,0% registrado en 2022″, continuó.

Para 2024 la Cepal proyectó que la tasa de crecimiento del PIB sea del 1,5% para América Latina y el Caribe en promedio, lo que implicaría que se mantenga la dinámica de bajo crecimiento

“De igual forma, existe preocupación por la calidad del empleo en la región, ya que es muy probable que, en este contexto de bajo crecimiento, los trabajadores se vuelvan más vulnerables, tengan menores niveles de protección social y se empleen en sectores cada vez menos productivos. Este contexto, sin duda, conduciría a una reducción del salario promedio y a un aumento de la pobreza y la desigualdad en la región”, planteó Cepal.

La estimación de Cepal sobre la economía argentina es más desfavorable que la de otros organismo, como por ejemplo el Fondo Monetario Internacional. Ese organismo advirtió que la Argentina sufrirá una recesión del 2,5% este año y anticipó que crecerá 2,8% en 2024. De este modo, redujo drásticamente su pronóstico previo sobre el país, que en abril marcaba un muy leve crecimiento del 0,2% para este año y se puso en sintonía con las estimaciones privadas. En cambio, la proyección para el año próximo mejoró respecto del 2% estimado en abril último.

Fuente: infobae

IMPOSITIVAS – Suma fija: empresas deben declarar el pago de $60.000 en la AFIP

0

El organismo estableció las condiciones para que los empleadores accedan a beneficios en el pago de contribuciones patronales.

La AFIP estableció las condiciones para que los empleadores que hayan pagado la asignación no remunerativa de $60.000 accedan a beneficios en el pago de contribuciones patronales.

Por medio de la Resolución General 5413/2023, publicada este lunes en el Boletín Oficial, los empleadores obligados a abonar la  asignación no remunerativa dispuesta en el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 438 del 30 de agosto de 2023 deberán informar esas sumas abonadas a través de los sistemas “Libro de Sueldos Digital”, “Declaración en Línea” o mediante el aplicativo denominado “Sistema de Cálculo de Obligaciones de la Seguridad Social – SICOSS”, según corresponda.

De tratarse de empleadores obligados a utilizar el sistema “Libro de Sueldos Digital”, las sumas abonadas en concepto de asignación no remunerativa se informarán con el código “560.006” denominado “Asignación no Remunerativa Dcto 438/2023”.

En cambio, los empleadores que no se encuentren obligados a utilizar ese sistema deberán informar las sumas a través del sistema “Declaración en Línea” o mediante el aplicativo “Sistema de Cálculo de Obligaciones de la Seguridad Social – SICOSS”, según corresponda, en el campo “Asignación no Remunerativa Dto 438/23” del “Cuadro de Datos Complementarios”.

Además, los empleadores caracterizados con el código “272 – Microempresas Ley 25.300” o con el código “274 – Pequeñas Empresas Ley 25.300” en el servicio denominado “Sistema Registral”, podrán hacer uso del beneficio para las contribuciones patronales correspondientes a los períodos devengados agosto y septiembre de 2023, con destino al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), al Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, al Fondo Nacional de Empleo y al Régimen de Asignaciones Familiares.

A tales efectos deberán contar con Certificado MiPyME vigente a la fecha de publicación del DNU y haber abonado la asignación no remunerativa, de acuerdo con el texto oficial.

Los empleadores podrán aplicar ese beneficio conforme los siguientes porcentajes para cada una de las categorías MiPyME:

— “272 – Microempresas Ley 25.300”: 100% del monto total abonado en concepto de asignación no remunerativa.

— “274 – Pequeñas Empresas Ley 25.300”: 50% del monto total abonado en concepto de asignación no remunerativa.

El beneficio podrá utilizarse únicamente en los períodos devengados agosto y septiembre de 2023 y tendrá como límite máximo el monto mensual del total de las contribuciones patronales declaradas, puntualizó la AFIP.

El DNU 438/2023 dispuso una asignación no remunerativa para los trabajadores que cumplen tareas en relación de dependencia en el sector privado y en el público, que asciende a $60.000 a abonarse en dos cuotas de $30.000 con los salarios devengados de agosto y septiembre.

Fuente: noticias argentinas

IMPOSITIVAS – La AFIP reglamentó beneficios para empresas que firmaron acuerdos de precios

0

El organismo estableció una serie de requisitos que deberán cumplir las compañías.

La AFIP reglamentó los beneficios fiscales que tendrán las empresas que suscribieron acuerdos de precios con el Ministerio de Economía, para que puedan acceder a ellos.

A través de la Resolución General 5414/2023, publicada este lunes en el Boletín Oficial, el ente recaudador estableció que las empresas deberán acceder con Clave Fiscal al servicio “Sistema Registral”, menú “Registros Especiales”, opción “Características y Registros Especiales” y solicitar la caracterización denominada “588-Gestión de Beneficios-Acuerdo de Precios”, a fin de autorizar a este organismo a la remisión de la información necesaria para la suscripción del acuerdo.

Por su parte, la Secretaría de Comercio remitirá a la AFIP la nómina de los sujetos alcanzados por los beneficios, “para su correcta identificación y registración”, según el texto oficial.

Entre otras cuestiones, la Resolución General dispone la suspensión, hasta el 31 de octubre próximo, de la suspensión del pago del impuesto PAIS para las operaciones de importación.

También, se reduce a 0% la alícuota del derecho de exportación para determinadas mercaderías y se establece un régimen especial de facilidades de pago. Ese plan reunirá las siguientes condiciones, de acuerdo con lo dispuesto: tendrá seis cuotas mensuales, las que se ingresarán a partir de marzo de 2024; la tasa de interés de financiación mensual será del 5,91% y la fecha de consolidación será la del registro de la solicitud de destinación de exportación para consumo.

Las cuotas vencerán el primer día hábil de marzo a agosto de 2024 y se cancelarán a través de la transferencia electrónica de fondos mediante la generación del correspondiente Volante Electrónico de Pago (VEP).

Por otra parte, los contribuyentes que posean la caracterización 593 y/o 594 en el “Sistema Registral” gozarán de la prórroga de los vencimientos de las obligaciones de pago del IVA y/o de las contribuciones de la seguridad social que comprenden al Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJYP), al Fondo Nacional de Empleo (FNE), al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y al Régimen Nacional de Asignaciones Familiares (RNAF) respecto de los períodos fiscales devengados agosto, septiembre y octubre de 2023.

Fuente: el economista

ECONOMÍA – Por la sequía, las exportaciones de maíz son las más bajas en cinco años

0

Las exportaciones de maíz cayeron 40% en los primeros seis meses de la campaña comercial del cereal hasta las 14,3 millones de toneladas.

Las exportaciones de maíz cayeron 40% en los primeros seis meses de la campaña comercial del cereal hasta las 14,3 millones de toneladas, lo que implicó una merma de 9,5 millones de toneladas respecto al mismo período del año pasado, según informó la Bolsa de Comercio de Rosario (BCR).

De esta manera, este complejo tuvo su peor marca en cinco años como consecuencia de los efectos de la sequía sobre el cereal, que ocasionó una baja en el volumen de cosecha del 33% hasta las 34 millones de toneladas.

Esto redunda en un descenso de las exportaciones de la campaña 2022/23 medidas en valor de u$s2.275 millones respecto a la primera mitad del ciclo 2021/22 hasta los u$s3.768 millones.

No obstante, “una leve mejora de los precios promedio de exportación de este período, de u$s253 a u$s263 la tonelada, amortiguó muy poco esta caída”, indicó la BCR.

Con 14,3 millones de toneladas ya exportadas, restan por embarcarse seis millones de toneladas más, por lo que hasta el momento se encuentran anotadas de manera total para enviar al exterior unas 20 millones de toneladas de un total de 26 millones permitidas por el volumen de exportación decidido por el Gobierno nacional.

Dólar maíz: el resultado del programa

Por otra parte, con el cierre de agosto se dio por terminada la vigencia del Programa de Incremento Exportador IV (PIE IV) de manera formal, con un volumen de liquidaciones de u$s2.129 millones, principalmente por negocios de exportación de maíz.

“En este Dólar Agro tuvo por protagonista fundamental al cereal amarillo, en plena cosecha de las semillas de siembra tardía”, culminó el informe de la entidad bursátil.

Fuente: ambito

IMPOSITIVAS – Monotributo: oficializan un importante cambio en los pagos

0
La AFIP, por medio de la resolución general 5411, prorroga el vencimiento del pago del componente impositivo. A quiénes beneficia

La AFIP, por medio de la resolución general 5411, prorroga el vencimiento del pago del componente impositivo correspondiente a los períodos septiembre a diciembre de 2023 y enero y febrero de 2024, para los monotributistas que se encuentren encuadrados en las categorías A, B, C y D.

Monotributo: nuevo calendario de vencimientos

Los sujetos alcanzados por la mencionada prórroga deberán ingresar, de corresponder, únicamente las cotizaciones previsionales y, en su caso, el importe fijo correspondiente al Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos y la contribución municipal y/o comunal de las distintas provincias adheridas al “Sistema Único Tributario”.

¿Cómo se realizarán los pagos?

La AFIP realizará las adecuaciones sistémicas pertinentes a fin de actualizar los valores que correspondan ingresar a cada contribuyente, y el ingreso mensual podrá efectuarse a través de las modalidades ya previstas, tales como Volante Electrónico de Pago (VEP), código de respuesta rápida “QR”, débito directo en cuenta bancaria, débito automático mediante tarjeta de crédito, débito en cuenta a través de cajeros automáticos y las restantes modalidades de pago electrónico (plataformas de pago, billeteras virtuales, “homebanking”, entre otras)-, señala Errepar.

Monotributo: oficializan un importante cambio en los pagos

¿Qué sucede con los sujetos que realizan el pago de manera presencial?

Los contribuyentes que realicen el pago de manera presencial en entidades bancarias y de pago autorizadas que no tengan en sus sistemas de cobro los importes actualizados, deberán indicar que no les corresponde abonar el componente impositivo (Impuesto 20), a fin

Para las entidades que no tengan la posibilidad de consignar el importe de $0 en el componente impositivo, podrán utilizar el volante de pago formulario F. 155 -uno por cada obligación-, indicando sólo los importes de las cotizaciones previsionales que correspondan y, en su caso, el importe fijo correspondiente al Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos y la contribución municipal y/o comunal de las distintas provincias adheridas al “Sistema Único Tributario”.

Fuente: iprofesional

ECONOMÍA – Afirman que los pagos digitales sostienen ventas de comercios ante una caída del poder de compra

0

Según la quinta entrega del informe mensual “Perspectiva de Comercio PyME”, realizado en base a una encuesta a más de 900 comercios PyME que operan con Mercado Pago en Argentina, 6 de cada 10 comercios afirma que los clientes consumen más cuando pagan bajo esta modalidad.

La incorporación de medios de cobro digitalesse consolida como una estrategia necesaria para que los comercios PyME de todo el país sostengan sus ventas, sobre todo en contextos de caída en el poder de compra de sus clientes, según un informe de Mercado Pago junto a Invecq.

Según la quinta entrega del informe mensual “Perspectiva de Comercio PyME”, realizado en base a una encuesta a más de 900 comercios PyME que operan con Mercado Pago en Argentina, 6 de cada 10 comercios afirma que los clientes consumen más cuando pagan bajo esta modalidad de cobro digital.

De acuerdo al informe, el 90% de los comercios encuestados asegura que sus clientes consultan antes de pagar si es posible hacerlo de manera digital, mientras que el 70% declara que menos del 50% de sus ventas se realizan en efectivo.

“En este contexto de caída de consumo minoristas, los comercios encuentran en cobrar con QR o con terminales de tarjetas una manera de no perder ventas y lograr que sus clientes gasten más. Después de cinco años de una profunda revolución en los medios de pago, vemos que esta tendencia se mantuvo en el último año y en todo el país”, agregó Agustín Viola, Director Senior de PyMEs y Emprendedores de Mercado Pago.

Según declaran los comercios que digitalizaron sus cobros, el 85% aumentó o mantuvo el volumen de ventas en línea con la inflación.

De acuerdo a datos de la empresa, en todas las regiones del país se experimentó un crecimiento interanual de pagos digitales. La Patagonia destaca como la región que más incrementó el volumen de ventas bajo esta modalidad (96%), seguido por el Noreste (95%), Cuyo (87%) y la región Centro (85%) del país.

Finalmente, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Provincia de Buenos se observa un crecimiento del 77% y en la región Noroeste del 66%.

“En un contexto de inflación alta -y en pleno ascenso-, los consumidores tienen cada vez menos efectivo disponible para efectuar sus compras del día a día. La digitalización de los pagos es un proceso que les facilita la vida tanto a los comercios como a los consumidores”, analizó Santiago Bulat, Director de Invecq.

Fuente: ambito

FINANZAS – Billeteras electrónicas: cuándo quedará integrado todo el sistema de pagos, según el BCRA

0

El Banco Central decidió postergar por 45 días la entrada de vigencia de la norma que obliga a todos los proveedores de lectores QR a aceptar pagos con tarjetas de crédito o débito cargadas en billeteras electrónicas de cualquier marca.

El sistema de pagos con billeteras electrónicas quedarán totalmente integrados en la Argentina a mediados de octubre próximo, estiman especialistas del Banco Central y aspiran las principales entidades financieras del país.

El impacto de las billeteras digitales convocó esta semana a más de 500 referentes de la comunidad financiera, los cuales debatieron sobre la interoperabilidad de Billeteras Digitales en un encuentro realizado en i3, el Centro de Innovación Financiera de Buenos Aires.

El Banco Central decidió postergar por 45 días la entrada de vigencia de la norma que obliga a todos los proveedores de lectores QR a aceptar pagos con tarjetas de crédito o débito cargadas en billeteras electrónicas de cualquier marca.

La disposición establece que “los comercios que exhiban un código QR para cobrar con tarjetas de crédito deberán aceptar que los clientes puedan realizar los pagos con cualquier billetera digital interoperable, independientemente de la marca del QR”.

La norma dispone para los pagos QR con tarjetas el mismo régimen que ya existe para los pagos QR con transferencias, es decir, que todos los comercios estén obligados a aceptar todas las billeteras.

La principal consecuencia de este cambio normativo es que el Banco Central obliga a Mercado Pago, la empresa líder en provisión de códigos QR a comercios, a abrir su red a los pagos con tarjetas.

En la actualidad cuando el comercio tiene un QR provisto por Mercado Pago, sólo acepta pagos con tarjeta vía QR si el plástico está cargado en una billetera de Mercado Pago y los rechaza si el cliente tiene cargada su tarjeta en billeteras bancarias.

Ese mecanismo deja afuera a Modo, la billetera digital que comparten los grandes bancos del sistema, que vienen reclamando hace tiempo por esa situación.

Desde Mercado Pago confirmaron que fueron los que pidieron una prórroga al Banco Central para la implementación, en virtud de que los estándares necesarios para operar no eran factible de implementar en los plazos originales de la norma.

Cuando se ponga en marcha este mecanismo habrá un cambio sustancial para el usuario: cada vez que el cliente vea un QR en un comercio, ya sea físico en un cartelito o bien digital en la pantalla de una terminal POS, tendrá la posibilidad de sacar su celular y elegir dos veces en pocos segundos.

Primero, cuál de todas las apps de su teléfono, tanto de bancos como de fintech, quiere usar para pagar. Una vez que está dentro de la billetera, la segunda elección será su medio de pago: con dinero en una cuenta (CBU o CVU), tarjeta de débito o tarjeta de crédito. Hasta ahora, solo tenía esa certeza si elegía pagar con transferencia, gracias al programa “Transferencias 3.0″.

En Mercado Pago aseguran que en la actualidad el 95% de su red de 500.000 comercios recibe pagos de otras billeteras y bancos.

En el encuentro realizado esta semana, especialistas generaron un espacio de intercambio de perspectivas y análisis de los desafíos para el sector.

Representantes de bancos, fintechs, adquirentes, procesadores de pago y consultores intercambiaron experiencias y perspectivas sobre el potencial de las billeteras digitales y su impacto sobre los clientes a partir de la implementación de la interoperabilidad, y también analizaron cómo pensar el negocio e identificar lineamientos comunes por parte de adquirentes y agrupadores para el desarrollo de sus productos.

La actividad se desarrolló en i3 (el Centro de Innovación Financiera del Grupo Petersen inaugurado este año), donde más de un centenar de actores del sistema concurrieron a escuchar a expositores como Rafael Soto (Modo), Gonzalo Díaz Solá (Plus Pagos), Javier Buitrago (Zinli), Atilio Velaz (Coelsa), Hugo Gastaldi y Karina Lombardo (Red Link), Rosana Massa (PWC), Soledad Barrera (Adeba), Luis D’Orio (BCRA), Sergio Strologo (Fiserv), Lucas Gracia  Nougués (Payway), Gregorio Trimarco (Mastercard), Ezequiel Senlle (Banco Ciudad), Mario Zagaglia (Banco de Córdoba), Hernán Portillo (Banco Nación) y Andrea Blanco (ICBC).

La apertura y el cierre de la jornada, que fue seguida vía streaming por otras 400 personas, estuvieron a cargo de Federico Nassif (Gerente Corporativo de Banca Minorista del Grupo Petersen).

Durante el encuentro se abordaron seis paneles tópicos como el contexto internacional, la interoperabilidad de cuentas y de tarjetas de crédito, la adecuación de los adquirentes/adecuadores, las billeteras bancarias y la visión y los desafíos de los bancos.

Fuente: noticias argentinas