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ECONOMÍA – Crece la compra hormiga: 3,3 millones de personas adquirieron u$s618 millones

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La cantidad de personas que optan por adquirir dólares crece de manera sostenida dado que en abril la cifra había sido de 1,2 millones y en mayo 2,4.

Alrededor de 3.300.000 personas compraron dólares en junio para ahorro, lo cual representó un incremento de 37% con respecto al mes anterior, informó el Banco Central.

Según el informe “Evolución del Mercado de Cambios y Balance Cambiario” dado a conocer por la autoridad monetaria, la compra promedio per cápita se ubicó por debajo del cupo mensual permitido de u$s 200, al llegar a u$s 193.

El crecimiento en la cantidad de individuos que adquirió moneda extranjera se dio a pesar de la firme tendencia alcista del tipo de cambio y en medio de la incertidumbre por la crisis del coronavirus y la negociación con los bonistas por la reestructuración de la deuda.

El estudio sostuvo que las “personas humanas” registraron compras netas de moneda extranjera por u$s 778 millones, “básicamente para atesoramiento (u$s 618 millones), y gastos efectuados con tarjetas por consumos en el exterior (unos u$s 110 millones, con caída de 72% interanual, en el marco de cierre de fronteras”.

La cantidad de personas que optan por adquirir dólares crece de manera sostenida dado que en abril la cifra había sido de 1.200.000, mientras que en mayo había saltado a 2.400.000.

El monto adquirido también mostró un aumento ya que en mayo la compra neta de divisas de los individuos había sido de u$s 534 millones.

Además, el análisis del Banco Central indicó que en junio se realizaron transferencias de fondos a cuentas propias en el exterior por u$s 33 millones, “mayormente contra débitos en cuentas locales en moneda extranjera con efecto neutro en el resultado del mercado de cambios”.

En tanto, señaló que durante junio, las reservas internacionales de la autoridad monetaria expusieron un incremento de unos u$s 653 millones, con lo que finalizó el mes con un stock de u$s 43.241 millones.

Fuente:ambito.com

ECONOMÍA – La inflación de julio: a cuánto llegan los pronósticos de las consultoras y qué prevén para el resto del año

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Con una aceleración en los últimos días por la suba del dólar y un pico mayor en alimentos que en el nivel general, los economistas ya estimaron cuál fue el nivel de precios del séptimo mes del año; la brecha entre los precios libres y los controlados por el Gobierno.

La inflación rondó el 2% en julio, con una aceleración en las últimas dos semanas, según las consultoras privadas.

Luego del 2,2% del mes pasado, se podría registrar un resultado similar, pese a que gran parte de la economía se mantiene en cuarentena y a que el Banco Central no acelera el ritmo de devaluación del peso.

De este modo, la inflación anual se podría ubicar en torno del 40 por ciento y el riesgo de una aceleración a 3 dígitos que presagiaban muchos economistas todavía no aparece en el horizonte, a menos que haya un cambio en la estrategia de administración del tipo de cambio porque la negociación de la deuda se rompa en pedazos.

Fausto Spotorno, director del estudio Ferreres & Asociados dijo que la suba de precios de este mes se ubicará entre el 2,2 y el 2,3 por ciento.

El IPC-OJF (GBA), mostró que el dato preliminar de inflación de julio (promedio cuarta semana del mes versus el promedio de cuatro semanas del mes anterior) fue de 1,8% mensual, mientras que la inflación núcleo registró una variación del 2,7%. Falta la última semana del mes, que reflejaría el salto expresado por Spotorno.

Además, la medición promedio de la cuarta semana del mes contra la cuarta de junio fue de 2% mensual, según un informe del estudio que lidera Orlando Ferreres. Por otro lado, la inflación general de la cuarta semana del mes fue de 0,5% y, en la medición núcleo, la variación fue del 0,5%.

El relevamiento de precios minoristas del estudio Eco Go cerró cerca del 2,1% a nivel general, pero si se tomaran solo los precios libres del control público, el número fue del 3,9 por ciento. En cambio, los precios controlados apenas subieron el 0,5%, según la consultora que dirige Marina Dal Poggetto. La inflación core fue del 2,9 por ciento.

La suba de precios en julio, según Eco Go

La suba de precios en julio, según Eco Go

En particular, el precio de los alimentos subió el 2,7%, la indumentaria el 3,6%; equipo para el hogar el 3,3%; la salud el 1,4%, transporte y comunicación el 1,5%; esparcimiento 1,5% y educación el 0,2 por ciento.

En los primeros siete meses se llegó a una inflación del 15% y en los últimos 12 meses, del 41,1 por ciento, según Eco Go.

El Indec informó que en junio la suba de los precios fue del 2,2%, del 13,6% desde enero y del 42,8% en los últimos 12 meses.

Por su parte, Federico Moll, economista jefe de Ecolatina, dijo que la medición de la primera quincena del mes arrojó una suba del 1,6% frente a la misma quincena de junio. “Y para el mes estamos estimando levemente por encima de 1.5 por ciento”, aclaró.

“Estamos esperando los datos de la segunda quincena; puede haber algún efecto relacionado con el aumento de precios de algunos ítems de Precios Cuidados, pero el aporte debería ser marginal”, indicó.

De inmediato, sostuvo que “en la medida que el Banco Central siga abasteciendo de dólares a los importadores al tipo de cambio oficial y las paritarias sigan siendo un cuento de hadas, la inflación se va a mantener en niveles bajos. Pero obviamente la mayor emisión va a complicarle mucho la vida al Central”.

“Por más cepo que haya, los importadores le van a pedir cada vez más dólares a este tipo de cambio. Se vio el mes pasado: las importaciones cayeron poco para la caída en la actividad que se observa. Creo que, si no hubiera cepo, hubiésemos visto una caída mucho más pronunciada de importaciones que la que se observó; la dinámica es compleja”, expresó Moll.

Camilo Tiscornia explicó que el resultado “va a estar cerca de 1,5%, con una aceleración en las últimas semanas”.

“Los alimentos y bebidas se ubican un poco por arriba del promedio, con las carnes y aceites destacándose. Después están algunos electrodomésticos, los autos y los medicamentos”, detalló.

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Si la inflación siguiera en este ritmo mensual, aclaró Tiscornia, terminaría debajo del 30 por ciento a fin de año. De inmediato, aclaró que es posible que se acelere, pero todavía no queda claro ni cuándo ni cuánto. “Por ahora, estamos proyectando cerca de 38 por ciento anual, pero cada mes que no sube como esperábamos, el pronóstico se reduce”, indicó.

Guido Lorenzo, economista jefe de LCG, dijo que la medición que hacen cerraría con una suba del 2,5 por ciento.

“Hubo una fuerte suba en la última semana; no sé si los precios subieron antes del Hot Sale, pero el 80% de los productos relevados aumentaron bastante”, aclaró.

En el caso de los alimentos, se aceleraron todos los rubros, sobre todo la carne, mientras que “hay precios no regulados, pero sí controlados como eran algunos alimentos y servicios que empiezan a registrar aumentos”, aclaró.

Para el año, prevé que la suba de precios podría estar en torno del 35%, que acompañaría una caída del 15% en el PBI.

Para el mes estamos estimando levemente por encima de 1.5 por ciento (Moll)

“Estamos esperando los datos de la segunda quincena; puede haber algún efecto relacionado con el aumento de precios de algunos ítems de Precios Cuidados, pero el aporte debería ser marginal”.

Irina Moroni, economista jefe de la Fundación Capital, dijo que este mes la suba de precios sería del 2,3% y a fin de año del 37,9 por ciento, “con una aceleración en los últimos meses, llegando al 4% mensual”.

Gabriel Zelpo, director de Seido, prevé una suba del 2%, también con una aceleración en los últimos días, en parte por la suba del dólar.

Gabriel Rubinstein se jugó por un 2,3% y Fernando Marengo, socio del estudio Arriazu, dijo que la inflación del mes sería del 2 por ciento y consideró que en los próximos meses “se va a acelerar, definitivamente, porque hoy los pesos que emitís no compensan la caída del ingreso por el aislamiento. De este modo, el menor nivel de ingreso se destina fundamentalmente al consumo de bienes básicos, como alimentos”.

“Si bien estos pesos generan algo de presión en el mercado de cambio, terminan como depósitos que los bancos no prestan; de este modo se esterilizan en la medida que no levantes el aislamiento. Pero esto cambiará cuando la economía tienda a abrirse y recuperarse marginalmente, porque la gente buscará sacarse esos pesos y eso generará más inflación”, sentenció.

En principio, en el relevamiento de expectativas del mercado (REM) que elabora el Banco Central los analistas estimaron una inflación del 2,5% para este mes y del 40,7% para fin de año, aunque mes a mes el cálculo anual va descendiendo.

En tanto, bancos y consultoras relevadas por FocusEconomics estimaron que, en el caso de la inflación, que en 2002 terminó en el 41%, después de 10 años de bajísima o nula suba de precios, el incremento será del 42%, por debajo del 53,8% 2019, pero con buena parte de la actividad económica está parada y, en paralelo, un programa de control de precios.

En este caso, el Citi pronosticó una suba del 65%, seguido por Seido con el 53%, Empiria 52,3%, mientras que el Scotiabank se quedó en el 25,8 por ciento.

En suma, se combinan muchas cifras con una gran dispersión entre sí, producto de la incertidumbre de los próximos meses, suficiente como para que nadie sepa cuál será el resultado final de la suba de los precios en 2020.

Fuente: ieconomico.com

NACIONALES – Diputados aprobó y envió al Senado el proyecto que suspende concursos y quiebras hasta marzo

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La iniciativa obtuvo el respaldo de 254 diputados, pertenecientes a todas las bancadas de la Cámara, a excepción de los dos legisladores de la Izquierda

La Cámara de Diputados aprobó este viernes por amplia mayoría y envió al Senado el proyecto de ley que declara la emergencia para suspender los procesos de concursos preventivos y quiebras hasta el 31 de marzo de 2021, en el marco de la emergencia sanitaria por el coronavirus.

Tras una serie de breves exposiciones que se iniciaron luego de que se aprobara el tratamiento sobre tablas, 250 diputados de todos los bloques de la Cámara dieron sus votos a favor del texto consensuado por la mañana en la comisión de Justicia, a excepción de los dos representantes de la Izquierda, que se abstuvieron.

El presidente de la comisión de Justicia, Rodolfo Tailhade (Frente de Todos) destacó “el consenso logrado entre las fuerzas políticas para avanzar en el análisis de la ley” y señalo que “con esta herramienta las empresas puedan tener un consuelo en una crisis tan profunda”.

En el mismo sentido, el presidente del bloque PRO, Cristian Ritondo, agradeció “al oficialismo y otros bloques de la oposición que hayan aceptado tratar este tema como complemento de la ley de moratoria, porque el aislamiento social ha generado una serie de desafíos que nos demanda a todos tener una rápida respuesta”.

El proyecto contó con el consenso de oficialismo y oposición.

A través de la iniciativa se suspende hasta el 31 de marzo de 2021 el cómputo de plazos procesales en todos los procesos regidos por la Ley de Concursos y Quiebras.

En tanto, en el caso de los nuevos juicios iniciados a partir de la vigencia de la ley, el plazo será de 180 días pudiendo el juez, a pedido del deudor, en las condiciones establecidas por dicha norma, extenderlo por única vez en sesenta días adicionales.

El texto completo del proyecto

El texto unifica varias iniciativas, entre ellas de las diputadas radicales Ximena García y Lorena Matzen. Se puede leer a continuación:

Ximena García (UCR – Santa Fe) señaló que “se suspenden ejecuciones, se suspende el período de exclusividad que tienen deudores y acreedores en los concursos preventivos ya abiertos para que puedan renegociar sus acuerdos ya homologados judicialmente, y de esta forma evitar que miles y miles de empresas tengan como único destino el concurso y la quiebra”.

Y explicó que “resignamos parte de nuestras propuestas para trabajar en un dictamen unificado, el posibles, que prevé un marco mínimo y excepcional, bajo el compromiso de todos los bloques de discutir luego las reformas más profundas en las comisiones que correspondan”, amplió.

Un alivio a “100.000 empresas”

En el marco de la pandemia, el proyecto sería un alivio para las empresas.

La diputada de Consenso Federal, Graciela Camaño, aseguró que hoy se está “aprobando la ley posible” para suspender las quiebras para que puedan “tener un alivio a cien mil empresas que están complicadas y que contratan unos tres millones de trabajadores” de las cuales el 70% está en la zona metropolitana.

Al hablar en el debate sobre la ley de concursos y quiebras, Camaño saludó que se haya “tenido la inteligencia de encauzar esta sesión, donde todos bajaron las expectativas y comprendido que era necesario suspender las quiebras para que no tengan riesgo cien mil empresas”.

“Esta ley es importante porque la pandemia nos afecta a todos, pero en especial a un sector que le tenemos que decirle que lo vamos a dejar solo en esta patriada, que son los empresarios argentinos, a los que tenemos que sostener”, afirmó la legisladora.

Camaño agregó que hay que votar esta ley “porque sino se va a tener un problema muy serio a pesar que algunos crean que no va a ocurrir” e incluso opinó que “se debería haber aprobado antes”.

Fuente: iprofesional.com

NACIONALES – Teletrabajo: las claves de una ley resistida por las empresas

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La iniciativa que fue aprobada por la Cámara alta generó cuestionamientos de parte de los empresarios que consideran que algunas de sus disposiciones son impracticables.

Teletrabajo: las claves de una ley resistida por las empresas

El Senado convirtió en ley hoy el proyecto que regula el teletrabajo, cuyo debate se vio precipitado por la implementación del Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio y es fuertemente resistido por el sector empresario.

Se trata de la normativa que, entre otros puntos, incluye el “derecho a la desconexión digital” y la opción, por parte del empleado, de revocar esta modalidad de forma voluntaria.

La flamante norma, que venía con media sanción de Diputados: actuará como una ley marco, a la que después cada convenio de trabajo deberá incorporar las adecuaciones. La misma establece, entre otros puntos, la incorporación del artículo 102 bis a la Ley de Contrato de Trabajo.

En él, se especifica que se considera teletrabajo cuando la realización de actos, ejecución de obras o prestación de servicios es “efectuada total o parcialmente en el domicilio de la persona que trabaja, o en lugares distintos al establecimiento o los establecimientos del empleador mediante la utilización de tecnologías de la información y de las comunicaciones”.

El proyecto que regula la modalidad a distancia podría ser sancionado en el recinto la próxima semana. Referentes empresariales que expusieron esta mañana ante la comisión de Trabajo y Previsión Social.
 

La ley, que entrará en vigencia 90 días después del levantamiento del Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio, establece que el paso de modalidad presencial a teletrabajo debe ser por una decisión voluntaria por parte del empleado, y que esta debe quedar por escrito, al tiempo que deja en claro que la modalidad podrá ser revocada por el empleado “en cualquier momento”.

Además, la iniciativa incorpora por primera vez el concepto de “derecho a la desconexión digital”. Es decir, que el trabajador tiene derecho a no estar conectado y a desconectarse de los dispositivos digitales fuera de su jornada laboral y durante licencias.

La normativa aclara que quienes trabajen bajo esta modalidad tendrán los mismos derechos y obligaciones que los empleados que opten por el trabajo presencial. Lo mismo se aplica para las remuneraciones, que deberán corresponderse con el convenio colectivo de trabajo, “no pudiendo ser inferior, en su caso, a la que percibía o percibiría bajo la modalidad presencial”.

En tanto, cada convenio colectivo de actividad deberá resolver cuestiones específicas del rubro. Por caso, la cantidad de horas que tendrá la jornada, qué herramientas deberá proveer el empleador así como también de qué gastos se hará cargo. Por ejemplo: de la factura de luz o de internet del empleado.

La semana pasada, durante el debate en comisión, los empresarios convocados a exponer plantearon una serie de cuestionamientos a la letra chica, más allá de que expresaron su acompañamiento al espíritu de la ley.

“Va a ser un picnic para la industria del litigio”, alertó Luis Galeazzi, director Ejecutivo de Argencon, mientras Daniel Funes de Rioja, vicepresidente de la UIA, señaló que hay artículos “impracticables”. En tanto, Brenda Puig, líder de la red de abogados de IDEA, subrayó que, la forma en que se propone regular la jornada de trabajo y el derecho a la desconexión “no es realizable en la práctica” y hasta “atenta contra el teletrabajo”.

Fuente: cronista.com

 

ECONOMÍA – Por la pandemia, el PBI de Alemania tuvo su mayor caída en 50 años

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El Producto Bruto Interno alemán se desplomó más de 10% en el segundo trimestre. Es la peor caída desde 1970

Alemania sufrió en el segundo trimestre de 2020 un caída histórica de 10,1% de su Producto Bruto Interior (PBI), como consecuencia de las medidas de restricción aplicadas para limitar la pandemia del coronavirus, anunció este jueves la oficina federal de Destatis.

Comparado con al segundo trimestre de 2019, la caída fue del 11,7%.

Se trata del “peor retroceso del indicador desde el inicio de las mediciones trimestrales del PBI en Alemania en 1970”, indicó Destatis en un comunicado.

El récord anterior fue una caída del -4,7% en el primer trimestre de 2009, en plena crisis financiera mundial.

“En el segundo trimestre de 2020, tanto las exportaciones como las importaciones de bienes y servicios se hundieron masivamente”, indicó Destatis.

La economía alemana sufrió un choque provocado por el confinamiento, que paralizó la producción de muchos sectores, pero que también redujo el comercio e hizo caer la producción.

En abril, en plenas restricciones sanitarias, la producción manufacturera, clave para la primera economía de la zona euro, sufrió una caída histórica de 17,9%.

Los pedidos de la industria cayeron un 25,8% y las exportaciones un 31,1%.

Fuente: ambito.com

ECONOMÍA – Vencen los tres meses de gracia para refinanciar la tarjeta de crédito: opciones para pagar y qué alternativas ofrecen los bancos

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En agosto finalizan los tres meses de gracia para los usuarios que habían optado en el primer mes completo de cuarentena por la financiación para sus deudas

En los próximos días finalizan los tres meses de gracia que se habían otorgado a los usuarios de tarjetas de crédito que optaron por refinanciar sus deudas en abril, al comienzo de la cuarentena. En los resúmenes de agosto ya recibirán la primera de las nueve cuotas en las que se dividió el pago.

En abril de este año, el Banco Central (BCRA) dispuso que los pagos de las tarjetas que no se hubiesen realizado hasta el 30 de abril inclusive se podrían refinanciar automáticamente en nueve cuotas, al 43% de Tasa Nominal Anual (TNA) con un año de plazo. La medida contemplaba tres meses de gracia —mayo, junio y julio— y a partir de agosto el pago de las cuotas.

Sin embargo, algunos bancos ya comenzaron a ofrecer nuevas alternativas de pago para quienes optaron en abril por el plan de financiación. En el caso de HSBC, por ejemplo, permite a sus clientes extender el plan de cuotas hasta 24 meses. El trámite puede hacerse en forma remota, a través de la web de la entidad.

Desde las entidades de defensa del consumidor advirtieron sobre lo que puede pasar a partir de agosto. “Los resúmenes con los pagos de la primera cuota de la refinanciación ya llegaron. Está identificada como la cuota uno de nueve y tiene los intereses. Esto limitó los cupos que las tarjetas de crédito ofrecen. Y durante estos meses, los bancos bloquearon o dieron de baja las tarjetas de los clientes que se quedaron sin crédito. Es uno de los mayores reclamos que tenemos”, advirtió Sandra González, titular de la Asociación de Defensa de los Consumidores y Usuarios (Adecua).

La especialista recordó que los usuarios de tarjetas de crédito que optaron por la refinanciación pueden pagar todo lo adeudado para evitar las tasas de interés. “La tasa es más alta que el 43% porque incluye todos los gastos. Las cuotas tienen mucho interés”, detalló González.

Las nueve cuotas que comenzarán a pagarse a partir de agosto tendrán un valor de $147 por cada $1.000 refinanciados. Según estableció el Banco Central, los saldos refinanciados podrán ser precancelados total o parcialmente en cualquier momento y sin costo, excepto el interés compensatorio devengado hasta la precancelación.

En el sector bancario hay preocupación por un posible aumento de la morosidad a partir del pago de las cuotas. En estos meses, las familias hicieron esfuerzo para poder estar al día con los pagos y, en muchos casos, tuvieron ingresos por los créditos a tasa cero para monotributistas. Pero estiman que la situación puede complicarse a partir de ahora.

En las semanas anteriores, algunos bancos privados decidieron recortar el límite disponible de compra en cuotas con tarjetas de crédito de sus clientes, que recibieron correos electrónicos donde los bancos los notificaban del ajuste del tope disponible. En todos los casos, se mantenía el límite para los pagos sin cuotas.

Durante la cuarentena el uso de las tarjetas de crédito se intensificó. La operatoria a través de tarjetas de crédito registró un saldo en junio de $640.930 millones, una suba de 8,3% respecto al cierre del mes pasado. El crecimiento interanual llegó al 59,6%, de acuerdo a un informe de First Capital Group.

“Las tarjetas de crédito resultaron elegidas por las familias para financiar las necesidades de consumo fundamentalmente por su flexibilidad y por la disminución de los costos financieros que dispuso la autoridad monetaria. Además la vigencia de los programas Ahora 12 mantiene el stock en crecimiento”, señaló Guillermo Barbero, socio de First Capital Group.

Sin embargo, hasta ahora, no hubo un crecimiento de la morosidad, sobre todo por los planes de financiación y también por los créditos a tasa cero para monotributistas que se acreditaron en los saldos de las tarjetas.

De acuerdo con un informe de la consultora CERX, en junio hubo una reducción del 1,6% de la deuda bancaria de las familias argentinas. Al mismo tiempo que la deuda no bancaria (préstamos de familiares, conocidos y prestamistas) aumentó un 16,1%. El relevamiento también mostró que, cuando finalice la cuarentena, si se recuperan los ingresos, el 61,8% de los hogares los destinará a cancelar sus deudas.

La deuda bancaria, según los datos del BCRA, se redujo 1,6% a $1.168.217 millones a fines de mayo. La principal caída estuvo en créditos prendarios (-5,8%) y tarjetas de crédito (-2%). “En la medida en que se liberen más actividades, es de esperar que las familias vayan regularizando sus deudas no bancarias. Pero ese proceso será muy lento e irá combinado con aumentos en el stock de deuda de quienes perdieron ingresos o empleo y no recuperan todavía”, señaló el informe.

Fuente: infobae económico

IMPOSITIVAS – Nuevo plazo para moratoria: las Pymes podrán regularizar deudas impositivas hasta el 31 de agosto

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La medida fue oficializada este jueves en el Boletín Oficial, a través del Decreto 634/2020,.

En el marco de la crisis económica agudizada por la pandemia de coronavirus, el Gobierno nacional prorrogó -una vez más- el plazo de adhesión a la Moratoria 2020 para micro, pequeñas y medianas empresas, monotributistas´, autónomos y entidades sin fines de lucro, hasta el 31 de agosto próximo.

La medida fue oficializada este jueves en el Boletín Oficial, a través del Decreto 634/2020.

La decisión del organismo que conduce Mercedes Marcó del Pont de prorrogar la moratoria busca asegurar que la adhesión al régimen no se vea afectada por la pandemia y torne eficaz la recuperación de la economía perseguida por la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva.

La Moratoria 2020 permite que los contribuyentes regularicen deudas impositivas, de la seguridad social y aduaneras vencidas hasta el 30 de noviembre de 2019.

La normativa de la AFIP establece que la primera cuota de los planes de facilidades de pago que se presenten entre el 1 de agosto y el 31 de agosto de 2020, ambas fechas inclusive, vencerá el 16 de septiembre de 2020.

Súper Moratoria AFIP 2020: dictamen de Diputados

Luego de incorporar una serie de cambios al texto original, el Frente de Todos avanzó este martes con la firma del proyecto de moratoria, enviado por el Gobierno, y buscará aprobarlo este mismo viernes en el recinto.

El dictamen de mayoría propuesto por el oficialismo en la Comisión de Presupuesto y Haciendareunió 27 votos a favor, mientras que Juntos por el Cambio presentó un despacho propio que alcanzó las 22 firmas.

Freno a la Súper Moratoria AFIP 2020: obligan a repatriar fondos

El cambio más importante y polémico refiere a que obligarán a repatriar fondos del exterior para ingresar a la moratoria.

Acceda al texto completo del dictamen de mayoría:

Una deuda en el Monotributo te lleva al Veraz

Iván Sasovsky, CEO de Sasovsky & Asociados, señaló que “el dictamen aprobado en comisiones trae más problemas que soluciones para los contribuyentes que no han podido/querido regularizar sus impuestos”.

“A los problemas de falta de criterio de oportunidad y sentido lógico de que lo peor todavía no pasó y aún así existe premura en el oficialismo de sacar esta ley cuando hasta noviembre no se va a cobrar un solo peso, se le suman conceptos como “repatriación” para acceder y posibilidad de securitización de las deudas que por esta moratoria se originen, lo que sin dudas pone sobre la mesa la privatización de las tareas del estado mientras se estatizan empresas privadas, sin dudas un nivel de locura nunca antes vista en el ámbito tributario”, agregó Sasovsky.

“Con la consecuencia que los bancos van a poder ejecutar deudas de incobrables por fuera de la ley de procedimiento tributario En fin, sólo Dios y nuestros representantes saben el verdadero motivo de su creatividad. Pero sin lugar a dudas termina castigando a la formalidad, nuevamente subiendo el precio de evadir, pues estos últimos no tendrán la consecuencia indirecta de que los incorporen en el Veraz por su deuda del Monotributo”, advirtió Sasovsky.

Puntualmente, se agrega la siguiente exclusión:

1. Personas humanas o jurídicas que posean activos financieros situados en el exterior, excepto que se verifique la repatriación de al menos el 30% del producido de su realización, dentro de los 60 días desde la adhesión al presente régimen, en los términos y condiciones que determine la reglamentación.

Para el caso de personas jurídicas, la condición de repatriación será de aplicación para sus socios y accionistas, directos e indirectos, que posean un porcentaje no inferior al 30% del capital social de las mismas.

Quedan incluidos en estas disposiciones quienes revistan la calidad de uniones transitorias, agrupamientos de colaboración, consorcios de cooperación, asociaciones sin existencia legal como personas jurídicas, agrupamientos no societarios o cualquier otro ente individual o colectivo, incluidos fideicomisos.

Freno a la Súper Moratoria AFIP 2020: obligan a repatriar fondos

A los fines previstos en el primer párrafo del presente inciso, se entenderá por activos financieros situados en el exterior:

  • la tenencia de moneda extranjera depositada en entidades bancarias y/o financieras y/o similares del exterior,
  • participaciones societarias y/o equivalentes (títulos valores privados, acciones, cuotas y demás participaciones) en todo tipo de entidades, sociedades o empresas, con o sin personería jurídica, constituidas, domiciliadas, radicadas o ubicadas en el exterior incluidas las empresas unipersonales;
  • derechos inherentes al carácter de beneficiario, fideicomisario (o similar) de fideicomisos (trusts o similares) de cualquier tipo constituidos en el exterior, o en fundaciones de interés privado del exterior o en cualquier otro tipo de patrimonio de afectación similar situado, radicado, domiciliado y/o constituido en el exterior;
  • toda clase de instrumentos financieros o títulos valores, tales como bonos, obligaciones negociables, valores representativos y certificados de depósito de acciones, cuotapartes de fondos comunes de inversión y otros similares, cualquiera sea su denominación;
  • créditos y todo tipo de derecho del exterior, susceptible de valor económico y toda otra especie que se prevea en la reglamentación.

Moratoria: beneficio para cumplidores

Asimismo, el dictamen establece que los contribuyentes y las contribuyentes cumplidores, a los efectos de la presente moratoria, gozarán de los siguientes beneficios conforme la condición tributaria que revistan:

1. Sujetos adheridos al Régimen Simplificado de Pequeños Contribuyentes (Monotributo): El beneficio consistirá en la exención del componente impositivo conforme la cantidad de cuotas que se detallan para cada categoría:

a) Categorías A y B: 6 cuotas mensuales y consecutivas.

b) Categorías C y D: 5 cuotas mensuales y consecutivas.

c) Categorías E y F: 4 cuotas mensuales y consecutivas.

d) Categorías G y H: 3 cuotas mensuales y consecutivas.

e) Categorías I, J y K: 2 cuotas mensuales y consecutivas.

En ningún caso el límite del beneficio podrá superar un importe total equivalente a $17.500

2. Sujetos inscriptos en el Impuesto a las Ganancias: El beneficio consistirá en una deducción especial conforme los siguientes términos:

a) Para personas humanas y sucesiones indivisas: tendrán derecho a deducir de sus ganancias netas un importe adicional equivalente al 50% del previsto en el artículo 30, inciso a) de la ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 2019.

El beneficio establecido en el presente inciso no resultará de aplicación para los sujetos comprendidos en los incisos a), b) y c) del artículo 82° de la Ley de Impuesto a las Ganancias.

b) Para los sujetos a que se refiere el artículo 53° que revistan la condición de Micro y Pequeñas empresas: podrán optar por practicar las respectivas amortizaciones a partir del período fiscal de habilitación del bien, de acuerdo con las normas generales de la ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 2019, o conforme al régimen que se establece a continuación:

i) para inversiones realizadas en bienes muebles amortizables adquiridos, elaborados o fabricados: como mínimo en 2 cuotas anuales, iguales y consecutivas.

ii) para inversiones realizadas en bienes muebles amortizables importados: como mínimo en 3 cuotas anuales, iguales y consecutivas.

iii) para inversiones en obras de infraestructura: como mínimo en la cantidad de cuotas anuales, iguales y consecutivas que surja de considerar su vida útil reducida al 50% de la estimada.

Este beneficio de amortización será aplicable únicamente para las inversiones efectivizadas hasta el 31 de diciembre de 2021 y, una vez hecha la opción por uno de los procedimientos de amortización señalados precedentemente, el mismo deberá ser comunicado a la autoridad de aplicación, en la forma, plazo y condiciones que las mismas establezcan y deberá aplicarse —sin excepción— a todas las inversiones de capital que se realicen para la ejecución de la nueva inversión directa, incluidas aquellas que se requieran durante su funcionamiento, pudiendo optar nuevamente en caso que se modifique el régimen impositivo aplicable.

Moratoria: beneficio para cumplidores

Ambos beneficios se aplicarán en las declaraciones juradas correspondientes a los ejercicios finalizados con posterioridad al 30 de diciembre de 2020. Para el En ningún caso, la deducción prevista dará lugar a la generación de saldos a favor ni podrá trasladarse a ejercicios futuros.

Los referidos beneficios fiscales no resultan acumulativos, debiéndose, cuando corresponda, optarse por alguno.

Se entenderá que un contribuyente reviste la condición de cumplidor cuando al momento de entrada en vigencia de la presente norma no registre incumplimientos en la presentación de declaraciones juradas, como tampoco, en el caso de corresponder, en el pago de las obligaciones tributarias desde los períodos fiscales iniciados a partir del 1 de enero del año 2017.

Caducidad

Asimismo, se suspende con carácter general por el término de un año el curso de la prescripción de la acción para determinar o exigir el pago de los tributos cuya aplicación, percepción y fiscalización se encuentre a cargo de la AFIP y para aplicar multas con relación a los mismos, así como la caducidad de la instancia en los juicios de ejecución fiscal o de recursos judiciales.

Moratoria fiscal: proyecto de ley

La iniciativa, enviada a la Cámara de Diputados de la Nación, amplía el alcance de la Moratoria 2020 creada por la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva, para incluir a todos los contribuyentes que originalmente no habían sido contemplados y aliviar la carga de las deudas acumuladas durante la pandemia del Covid-19.

Y forma parte de los diferentes instrumentos diseñados por el Gobierno Nacionalcon el objetivo de ofrecer alivio financiero a las familias, comercios, pymes y empresas.

Moratoria 2020: principales características

  • Amplía el universo de contribuyentes que pueden adherirse a la moratoria vigente a todas las personas jurídicas y humanas para ofrecer alivio, pudiendo regularizar sus deudas los contribuyentes que no podían acceder en los términos de la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva.
  • Permitirá incluir deudas vencidas hasta el 30 de junio de 2020
  • Será posible adherirse hasta el 31 de octubre de 2020
  • Primera cuota vence el 16 de noviembre
Moratoria 2020: acceda al texto completo
  • Dependiendo del tamaño de las empresas e individuos que se adhieran podrán regularizar sus deudas en hasta 96 o 120 cuotas para las obligaciones tributarias y aduaneras.
  • Los plazos serán de hasta 48 o 60 cuotas para las obligaciones correspondientes a los recursos de la seguridad social.
  • Condonación parcial de intereses y total de multas.
  • Tasa de interés fija del 2% mensual hasta enero de 2021 y, a partir de ese momento, una tasa variable en pesos (se reformularán los planes ya ingresados a la moratoria para que esa sea la tasa).
  • Permite utilizar todas las devoluciones aprobadas y pendientes de pago que el contribuyente tenga a favor en AFIP para compensar la deuda (sólo pueden utilizarse aquellos saldos existentes antes de la aprobación de la ley y no puedan utilizarse saldos técnicos para compensar).
  • Establece condiciones para las empresas de mayor tamaño. Durante 24 meses no podrán distribuir dividendos, realizar operaciones con títulos para eludir la normativa cambiaria ni acceder al mercado cambiario para realizar pagos a entidades vinculadas.

PROVINCIALES – Nueva línea de financiamiento en Santa Fe para empresas afectadas por la emergencia

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Una nueva línea de financiamiento destinada a MiPyMEs de producción primaria, industriales, comerciales o de servicios afectadas por la emergencia sanitaria del coronavirus fue presentada en Santa Fe, con montos de hasta $250.000 y una tasa fija del 18%.

Se trata de una herramienta lanzada por la Agencia para el Desarrollo de Santa Fe y la Región (ADER), destinada a la adquisición de capital de trabajo e inversiones.

Las fuentes señalaron que se debe prever un gasto administrativo del 4%, y un aval de un tercero a satisfacción de la Comisión Directiva de la ADER como garantía.

Los plazos de financiamiento son de hasta 21 meses totales y tres meses de gracia, durante el cual sólo se exigirá el pago de los intereses correspondientes.

El ministro de Producción, Ciencia y Tecnología, Daniel Costamagna, indicó que “en Santa Fe, por el entramado productivo, comercial e industrial, sostener la cuestión productiva y la salud de los santafesinos es todo un desafío”.

“Es una realidad compleja por las características de la provincia y exige de un esfuerzo enorme del sector público y privado, y de todos los santafesinos”, señaló.

En este sentido, puso el acento en la intención de “poner en valor los resultados en la actividad agroindustrial, agroexportadora, agroalimentaria ,y en muchas de las industrias y comercios de la provincia, que están funcionando gracias a los esfuerzos que hacen todos los días”.

Sobre la línea de financiamiento de ADER, Costamagna reseñó que “es un esquema que fue diseñado cuando el gobernador (Omar) Perotti era ministro”.

“Las agencias y asociaciones para el desarrollo son estructuras que hay que poner en valor, porque nos posibilitan llegar en tiempo y forma a aquellos que se encuentran con dificultades, no sólo en lo que respecta a capital de trabajo, sino también a posibilidades de invertir en bienes de capital”, completó.

Fuente: Gobierno Provincial

Laboral. Coronavirus

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Prórroga de la prohibición de despidos sin justa causa y por falta o disminución de trabajo y fuerza mayor.

Prorrogan por 60 días más, la prohibición de efectuar despidos sin justa causa y por las causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor. Mismo plazo rige para la prohibición de efectuar suspensiones por las causales de fuerza mayor o falta o disminución de trabajo, excepto las suspensiones en los términos del art. 223 bis LCT.

Decreto (PE – DNU) Nº 624/2020 (BO 29/07/2020)

Fuente: Lisicki Litvin

ECONOMÍA – Argentina es el tercer país más complejo del mundo para hacer negocios

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El Índice Global de Complejidad Corporativa de TMF Group aseguró que Argentina dificulta a las empresas extranjeras el constituirse y realizar actividades comerciales. Solo están encima del país Indonesia y Brasil en términos de impuestos, normas y regulaciones.

El Índice Global de Complejidad Corporativa de TMF Group considera que Argentina, tercero en el ranking tras Indonesia y Brasil, son países “complejos” porque “dificultan a las empresas extranjeras el constituirse y realizar actividades comerciales”. El estudio analiza en 77 países factores como el pago de impuestos y contabilidad, la dificultad para despedir y administrar la nómina y cuestiones relacionadas con regulaciones y sanciones

Claudio Cirocco, director General de TMF Argentina, sostuvo sobre la posición del país en el ranking: “Como una de las economías más grandes de América Latina, la Argentina ofrece grandes oportunidades de inversión. A pesar de la complejidad para operar aquí, las oportunidades en varios sectores, incluso los sectores de la energía, agricultura, tecnología y servicios no deben pasarse por alto”.

Según el informe que elaboró TMF Group “las restricciones cambiarias son quizás el mayor problema. Las empresas deben presentar documentación a los bancos y someterse a verificaciones antes de poder transferir y recibir dinero internacionalmente, lo que ralentiza considerablemente las transacciones y operaciones de las multinacionales”.

En cuánto a lo regional, Sudamérica lidera el ranking sobre beneficios para los empleados como por ejemplo la licencia parental compartida u otros incentivos para los trabajadores como el aguinaldo (pago adicional correspondiente a un mes de sueldo). También se destaca que Argentina es una de las jurisdicciones que exigen legalmente aumentos salariales obligatorios, junto a Bolivia, Brasil, Colombia, Ecuador, Uruguay y Venezuela.

Tras ocupar la tercera posición Argentina es sucedido, respectivamente, por Bolivia, Grecia y China, la segunda economía más grande del mundo. “El gigante asiático es el sexto país más complejo del mundo en hacer negocios. Pero América Latina aparece como la región más compleja del mundo. De los diez países más complejos del mundo, seis son latinoamericanos” completa el informe.

Según el estudio, la economía de los Estados Unidos es la segunda menos compleja del mundo, solo superada por Curazao, un país constituyente del Reino de los Países Bajos situado en el sur del mar Caribe. Otros países que conforman la lista de los menos complejos son Dinamarca, los Países Bajos, Irlanda, Jamaica, las Islas Vírgenes

Fuente: ambito.com