Home Blog Page 670

IMPOSITIVAS – Crédito a tasa cero: ya se aprobaron 30.000 pedidos

0

Pese al colapso del sistema, la AFIP logró procesar miles de solicitudes de monotributistas y autónomos.

Desde la AFIP Mercedes Marcó del Pont ya tramitó 30.000 pedidos.

A media tarde del primer día para gestionar el crédito a tasa cero y se registran 30.000 contribuyentes que consiguieron el OK del AFIP para avanzar con el trámite. Ahora esas solicitudes aprobadas pasan a ser revisadas por el Banco Central. Una vez que la autoridad monetaria cumpla con este paso, girará los pedidos a los bancos, que en 48 horas deberán entregar el préstamo.

Los créditos a tasa cero se otorgarán a monotributistas y autónomos que cumplan con los requisitos establecidos. Entre ellos, que no trabajen en relación de dependencia, ni sean jubilados ni proveedores del Estado.También es condición que sus ingresos hayan sido afectados por la pandemia.

En las primeras horas de la mañana la página web de la AFIP colapsaba por momentos debido a la alta demanda. Aun así 30.000 personas lograron terminar el trámite. Ahora pasan a la segunda fase, en manos del Banco Central.

El crédito tiene un monto máximo de $ 150.000 y se devolverá en 12 cuotas sin interés a partir de octubre. El dinero del préstamo se depositará en la tarjeta de crédito del contribuyente y desde ahí se debitarán las cuotas.

Quienes no tengan tarjeta de crédito deberán tramitarla ante el banco que tendrá que otorgarla sin costos.

Fuentes de la AFIP consignaron que la mayoría de esos 30.000 trámites aprobados corresponden a contribuyentes que ya cuentan con tarjeta de crédito.

Fuente: ieco.clarin.com

IMPOSITIVAS – Salario complementario: cómo consultar en la AFIP los montos que pagará la ANSES

0
La AFIP habilitó dentro del servicio web “Programa ATP”, la consulta de los importes que abonará el Estado correspondiente al salario complementario.

La AFIP habilitó dentro del servicio web “Programa ATP”, la consulta de los importes que abonará el Estado correspondiente al beneficio del salario complementario.

“Recordamos que el mencionado beneficio otorga a los empleadores una ayuda para el pago de los salarios del mes de abril consistiendo en un 50% del sueldo neto de febrero con tope de un salario mínimo o dos salarios mínimos como tope máximo”, señalam desde el Blog del Contador.

Para realizar la consulta se deben seguir los siguientes pasos:

1- Ingresar a la web de la AFIP con CUIT y clave fiscal

2- Ingresar al servicio “Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción – ATP”

3- En la pantalla de ingreso al programa se mostrarán los beneficios obtenidos por el empleador

4- Dentro de la información referida al salario complementario se informa que “podés consultar quiénes fueron alcanzados en tu empresa y los montos que serán transferidos por la ANSES a las CBU que informaste”.

5- A continuación se debe presionar el botón “Consultar” y allí se descarga un archivo Excel con los datos referidos a los empleados y montos a pagar por la ANSES:

Finalmente, la AFIP informa que si alguno de los datos referidos a las CBU de las trabajadoras y trabajadores están en blanco, se debe ingresesar una CBU válida a través del sistema Simplificación Registral. Sólo así será posible completar el procedimiento para el pago del salario complementario.

Asimismo se aclara que no es necesario que sea una cuenta sueldo. Puede ser cualquier cuenta bancaria donde la trabajadora o trabajador sean titulares o cotitulares.

Sueldo complementario

Sebastián Domínguez, socio de SDC Asesores Tributarios, señala que se ha “detectado en la misma empresa con dos directores de Sociedad Anonima que trabajan en relación de dependencia que uno recibe el 50% correspondiente al salario complementario y otro director no”.

Analizadas las caracteristicas del director que no recibe el salario complementario observamos que ese sujeto trabaja tambien en relación de dependencia en otra empresa. Esto no es una causal de exclusión del beneficio ya que las normas no lo indican.

Sin embargo podría ser que se esté excluyendo por esa razon. Si asi fuera, sería un perjuicio para la empresa ya que la misma debería pagar ese 50% no recibido por el empleado director.

Se da el siguiente caso, por ejemplo: empleado part time con un sueldo bruto en 02/2020 de $21.658. El 83% es $17.976. El 50% de ese importe es $8.988. Estará recibiendo del ANSES el importe equivalente a 1 SMVM = $16.875.

Es decir que la ANSES estará pagando bastante mas que el 50% casi llegando al 100%. Esto se esperaba que fuera asi debido a que las normas indicaban que 1 SMVM era el minimo y no mencionaba un tratamiento diferente para una persona part time.

Empleado part time con un sueldo bruto en 02/2020 de $6.575. El 83% es $5.457. El 50% de ese importe es $2.728. Estará recibiendo del ANSES $5.457 que es menor a 1 SMVM = $16.875. En este caso, la ANSES está pagando hasta el limite de lo que cobraría el empleado tomando el sueldo de 02/2020. Es correcto debido a que, de lo contrario, si la ANSES pagara $16.875, el empleado se estaría beneficiando sin causa puesto que su sueldo neto sería de $5.457.

“Aparecen en los listados los empleados a los que les corresponde el Salario Complementario pero que el empleador aún no informo la CBU. Es importante informar la CBU a la brevedad porque sino los empleados no podrán cobrarlo”, concluye Domínguez.

Fuente: iprofesional.com

ECONOMÍA – La liquidación de divisas cayó un 20% a u$s1.500 millones en abril

0

El dato surge de la comparación interanual. En relación a marzo, el ingreso de divisas ascendió un 43,2%.

La liquidacion de divisas por parte del sector agroexportador cayó en abril 20,39% interanual, al ubicarse en torno de los u$s1.500 millones, aunque ascendió respecto de marzo de este año 43,2%, informaron la Cámara de la Industria de Aceite y el Centro de Exportadores de Cereales (Ciara-CEC).

De esta manera, abril cerró con un ingreso de divisas al país de u$s1.524.445.457, lo que significó una merma respecto del mismo período del año pasado de u$s390,5 millones.

En la comparación con marzo de este año, la liquidación se incrementó en un 43,2%, unos u$s460,1 millones más.

Con los datos de abril, el primer cuatrimestre del año concluyó con una liquidación de divisas 17,8% inferior al mismo periodo del año pasado, al alcanzar los u$s5.017.586.918.

Según explicaron las entidades en un comunicado, esta caída en las liquidaciones se debe a “diferentes razones”, entre ellas los efectos de la pandemia de coronavirus sobre el país y la economía mundial.

Así, Ciara-CEC indicaron que una de las razones son “los efectos del aislamiento social obligatorio establecido por el Gobierno nacional desde el 20 de marzo ante la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud (OMS)”, sumado a “la venta anticipada de granos por los productores a fines del año pasado”.

También mencionaron “las dificultades y demoras para la circulación del transporte de granos y abastecimiento que afectó a las terminales y plantas procesadoras, y recientemente la inédita e histórica bajante del río Paraná que dificulta el tránsito y la carga de buques en la zona del Gran Rosario, en la provincia de Santa Fe, así como la inestabilidad financiera y comercial internacional debido a la Covid-19”.

Fuente: ambito.com

Laboral y previsional. Coronavirus.

0

Aprueban el mecanismo para efectuar las presentaciones para la aplicación de suspensiones conforme al artículo 223 bis de la Ley N° 20.744, que se ajusten íntegramente al acuerdo adjunto a la presente Resolución y acompañen el listado de personal afectado, las que serán homologadas, previo control de legalidad del MTEYSS.

Resolución (MT) Nº 397/2020 (BO 30/04/2020)

Fuente: Lisicki Litvin

IMPOSITIVAS – Libro de Sueldos Digital: la AFIP publicó la guía para liquidar el salario complementario

0
El decreto 332/2020 establece que uno de los beneficios del Programa ATP consistirá en la obtención de un Salario Complementario

El decreto 332/2020 establece que uno de los beneficios del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP) consistirá en la obtención de un Salario Complementario; es decir una asignación abonada por el Estado Nacional para los trabajadores en relación de dependencia del sector privado.

Para poder reflejar en el sistema Libro de Sueldos Digital lo establecido anteriormente, desde el Blog del Contador detallaron el método de ingreso del Salario complementario para los empleadores alcanzados por el decreto.

En primer término, deberán crear un nuevo concepto en la parametrización. El mismo debe asociarse al concepto 810.012 – Salario complementario – Dec 332/2020 dentro del grupo de los conceptos

El concepto descuentos, afecta únicamente al neto de la liquidación.

El empleador deberá ingresar la liquidación informando los conceptos liquidados en el periodo, para que se calculen los aportes y contribuciones a la seguridad social.

A su vez, para que se refleje en el recibo el neto correspondiente a lo depositado por el empleador, ingresará la asignación abonada por el Estado Nacional con el concepto 810.012 como un débito.

Es importante resaltar que los conceptos parametrizados al rubro descuentos, solo tienen impacto financiero en la liquidación, no afectan a la composición de la remuneración total ni de las bases imponibles del F.931y se pueden utilizar como débitos y créditos.

También se pueden ingresar las liquidaciones habituales e ingresar una liquidación final del período solo con la información del nuevo descuento.

Es importante tener en cuenta que el ingreso del concepto debe cumplir con ciertos requisitos que no serán validados en línea.

Se harán controles posteriores a fin de controlar que la información ingresada cumpla con los requisitos establecidos por la normativa.

Si algún requisito no es cumplido, se requerirá ingresar las liquidaciones de ajuste que correspondan.

Fuente: iprofesional.com

FINANZAS – Elevan el monto máximo para plazos fijos con tasa mínima asegurada del 26,6%

0

Con el objetivo de aumentar el incentivo para ahorrar en moneda local, la autoridad monetaria decidió elevar el tope de aquellos plazos fijos que tendrán asegurado un rendimiento mínimo equivalente al 70% de la tasa de Leliqs.

Con el objetivo de aumentar el incentivo para ahorrar en moneda local, el BCRA elevó de $1.000.000 a $4.000.000 el monto máximo de los plazos fijos en pesos que tendrán asegurada una tasa de interés de, al menos, el equivalente al 70% de la tasa de Política Monetaria.

Actualmente, esta tasa garantizada nominal anual es del 26,6% y la tasa efectiva anual es del 30,1%.

A través de la Comunicación “A” 7000, la autoridad monetaria informó que “cuando se trate de imposiciones en pesos no ajustables por UVA o UVI inferiores o iguales a $4.000.000 a nombre de titulares que sean personas humanas, la tasa no podrá ser inferior al 70 % del promedio simple de las tasas de las licitaciones de Letras de Liquidez del BCRA (Leliq) en pesos de menor plazo de la semana previa a aquella en la que se realicen las imposiciones.”

El Central aclaró que las renovaciones de estas imposiciones serán consideradas como nuevas operaciones y que la tasa mínima será de aplicación en la medida que el total de depósitos a plazo fijo por persona humana en la entidad financiera no supere, a la fecha de constitución de cada depósito, el límite establecido.

“Cuando se trate de imposiciones a plazo fijo constituidas a nombre de dos o más personas humanas, el monto del depósito a plazo fijo se distribuirá proporcionalmente entre sus titulares”, agregó.

La decisión se da en medio de una fuerte presión para dolarizar carteras que llevó a los tipos de cambio libres a valores máximos en la última semana. El dólar “Contado con Liquidación” (CCL) cerró abril con un salto del 31,9% y actualmente cotiza en $114,65.

Fuente: ambito.com

ECONOMÍA – El drama de las Pymes en crisis: piden medidas por ola de cheques rechazados

0
Cámaras empresarias pidieron un acuerdo con los bancos “para que las empresas puedan levantar cheques rechazados”, en medio de la cuarentena

Cámaras representantes de pequeñas y medianas empresas valoraron los esfuerzos del Gobierno para sostener el entramado productivo pero sugirieron un acuerdo con los bancos “para que las empresas puedan levantar los cheques ya rechazados”.

El Poder Ejecutivo prorrogó hoy hasta el 30 de junio próximo la suspensión de la obligación del cierre de cuentas bancarias y la inhabilitación a los clientes que no cumplan con sus compromisos con el pago de cheques por falta de fondos, a través del decreto 425/2020 publicado hoy en el Boletín Oficial.

Fuentes oficiales explicaron que esta es una de las medidas que se está analizando la prórroga de su implementación, al afirmar que “los programas de asistencias son el pilar de la estrategia de sostenimiento del entramado productivo, y se verifica día a día el alcance y efectividad para garantizar que los objetivos de sustentabilidad se cumplan”.

En ese sentido, los voceros dijeron que no se descarta que haya “un cambio de instrumentos o modificaciones en función de las necesidades que se van identificando”, tal como se repasó en la última reunión de Gabinete Económico realizada anoche y que tuvo como eje el Programa de Asistencia en Emergencia para el Trabajo y la Producción (ATP).

La medida de hoy, destinada a facilitar la operatoria de las empresas con cheques rechazados en los bancos, busca dar respuesta al planteo de las empresas que por la caída de actividad y en consecuencia de sus ventas, siguen en situación comprometida para hacer frente a sus obligaciones.

La Unión Industrial Argentina había revelado días atrás una encuesta entre sus asociados en la que se destacaba que las empresas más afectadas, con caída de entre el 40% y el 60% de sus ventas, registraron en abril un 75% de cheques rechazados.

Al respecto, el presidente de la Confederación Empresaria de la República Argentina (Cgera), Marcelo Fernández, dijo al ser consultado por Télam que la prorroga dispuesta hoy por el Gobierno “está muy bien para que los clientes no queden fuera del sistema” pero “no es el paliativo que estamos esperando”.

Si esto sucediera, “podríamos movernos durante un tiempo con financiación propia y tener capital de trabajo en caso que la cuarentena sea levantada a la brevedad”, añadió.

Por su parte, el presidente de Industriales Pymes Argentinos (IPA), Daniel Rosato, sostuvo que “al saber que no hay inhabilitación de cuentas, la cantidad de emisión de cheques aumenta, convirtiéndolo en una herramienta no confiable”.

“Las Pymes optan trabajar por contado o vía transferencias, porque los cheques no están teniendo respaldo y son poco confiables; esto agrava la situación”, agregó.

Los fundamentos del mencionado decreto explican que la situación económica producida por la pandemia hace prever que el rechazo de cheques por falta de fondos se incrementará, y no necesariamente por un inadecuado uso del instrumento por parte de los libradores.

Por lo tanto, se consideró que la aplicación de multas previstas para el caso no sólo no cumpliría su finalidad, sino que agravaría la situación de sujetos ya afectados por la coyuntura económica.

Rosato destacó que sin el esfuerzo del Gobierno “la mayoría de las pymes ya hubieran quebrado” pero sugirió “poner un límite para que las empresas puedan levantar los cheques ya rechazados”.

Además, reiteró el pedido de créditos a tasas cero y propuso “sacar un bono que utilice las Letras de Liquidez (LeLiq) del Banco Central como garantía para que los bancos den financiamiento” a las pymes que presenten problemas para pago de sueldos o levantamiento de cheques, según Télam.

La norma que suspendió el cierre de cuentas bancarias hasta el 30 de junio, también suspende la obligación establecida en el artículo 12 de la Ley 14.499 que determina que las instituciones crediticias deben requerir a los empleadores, en forma previa al otorgamiento de un crédito, una constancia o declaración jurada de que no adeudan suma alguna en concepto de aportes o contribuciones.

En sus considerandos, el decreto del Poder Ejecutivo argumenta que “la situación económica producida por la pandemia de coronavirus hace prever que el rechazo de cheques por falta de fondos habrá de incrementarse por efecto de esa situación, y no necesariamente por un inadecuado uso del instrumento por parte de los libradores”.

Por lo tanto, considera que la aplicación de las multas previstas para el caso de rechazo de cheques no sólo no cumpliría su finalidad, sino que “agravaría la situación de sujetos ya afectados por la coyuntura económica descripta”.

Fuente: iprofesional.com

ECONOMÍA – Coronavirus en Argentina: piden a la OMC que suspenda las negociaciones de tratados de comercio

0

Un amplio conjunto de ONG, sindicatos, universidades y think tank pidieron a la Organización Mundial de Comercio que suspenda las negociaciones que estaban en curso de nuevos tratados comerciales. El gobierno Argentino solicitó lo mismo a sus socios del Mercosur.

En medio de la polémica que ha despertado en Argentina la decisión de Alberto Fernández de solicitar al Mercosur la suspensión de tratativas comerciales que ya estaban en marcha con otros países, este jueves se conoció una carta a la Organización Mundial de Comercio (OMC). Está firmada por más de 400 organizaciones internacionales de la sociedad civil, incluyendo universidades, ONG´S, Think Tanks y sindicatos, entre otros. Allí le  solicitan la suspensión de todas las negociaciones de tratados de comercio e inversión en el contexto del COVID-19. La nota llama al organismo a concentrarse en el acceso a suministros médicos y priorizar la salud.

“Los países no tienen personal y recursos suficientes para lidiar ni siquiera con los aspectos sanitarios de la pandemia. Estas presiones son especialmente intensas para los países en desarrollo. En todo el mundo los gobiernos se enfrentan a la escasez de kits de análisis y otros suministros médicos esenciales, como equipamiento de protección personal incluidas máscaras, respiradores, vacunas y medicamentos. Aún se están desarrollando y realizando ensayos clínicos de las posibles vacunas y medicamentos para tratar el COVID-19, y no está claro si la propiedad intelectual será un obstáculo para su abastecimiento, acceso y asequibilidad debido a las obligaciones aplicables actualmente en el marco del acuerdo de la Organización Mundial del Comercio (OMC) sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (ADPIC) y en los tratados de libre comercio”, señala la carta.

“Dada esta prioridad clara y urgente, nos sorprende y alarma que algunas de las negociaciones comerciales aún sigan su curso en la OMC, así como a nivel bilateral y regional, mediante el uso de tecnologías virtuales. Para muchos países en desarrollo y países menos adelantados no es viable participar dada la brecha digital y la necesidad de enfocar todos los recursos gubernamentales en esta emergencia de salud pública. Además, los países tampoco deberían destinar sus recursos a negociar normas para un mundo que será inimaginablemente diferente cuando la pandemia se aplaque”, concluye el pedido al organismo dirigido por el brasileño Roberto Azevedo.

Entre los firmantes se destacan organizaciones ecologistas como Greenpeace, humanitarias como Médicos sin Fronteras,  universidades de casi todo el mundo y en la Argentina, la  Tres de Febrero, además de sindicatos y otras entidades como Oxfam International.

Fuente: ieco.clarin.com.ar

ECONOMÍA – Coronavirus: en abril el 80% de las familias quedó “debiendo algo”

0

Un relevamiento de la consultora CERX arrojó que, al 24 de abril, en promedio cada familia adeudaba 149.406 pesos.

Según el relevamiento, en promedio cada familia adeudaba al 24 de abril 149.406 pesos.

En el marco del parate económico ocasionado por la expansión del coronavirus, la deuda total de las familias alcanzó los $1,7 billones, afectando a 11,1 millones de hogares, que equivalen al 80,8% de los hogares del país. Así surge de cruzar los datos del Banco Central con una encuesta entre 5890 hogares realizada por CERX entre el 17 y 24 de abril.

Según el relevamiento, en promedio cada familia adeudaba a esa fecha 149.406 pesos. Ese monto no incluye los costos asociados a moras y retrasos, que fueron en incremento con los días en cuarentena y podrían incrementar en más de 50% ese stock.

Ese stock de deuda tiene dos grandes componentes: por un lado, la deuda “no bancaria” que desde la consultora estiman en $503.574 millones. Unos 10,8 millones de hogares tenían algún tipo de esas deudas al 24/4 (78,4% de los hogares del país). Y por otro, la deuda “bancaria” que según el BCRA alcanzó los $1,2 billones al 22 de abril (casi la mitad es deuda con tarjetas de crédito – $536 mil millones).

  •  Deuda “no Bancaria”

Lo más frecuente en abril fueron los atrasos en servicios como luz, gas, agua, teléfono, cable, internet o expensas, que afectó al 70% de los hogares. Con una deuda promedio de $10.585 por familia, explicó el 20,3% de la deuda no bancaria ($102.207 millones). Claramente, fue una de las primeras cuentas que se dejó de pagar con la crisis.

En tanto, el incumplimiento de impuestos, sería el segundo componente, con $100.433 millones. Lo que más se dejó de pagar en abril fue impuesto inmobiliario y patentes. Explica ese item el 19,9% de la deuda no bancaria actual. Habría 6,3 millones de hogares con algún tributo adeudado al 24 de abril, ya sea nacional, provincial o municipal, $15.845 promedio por hogar. Hay que tener en cuenta que muchas familias ya acumulaban deudas, por eso es tan alto el stock.

El tercer endeudamiento de peso fue el mantenido con prestamistas y financiera, que estimamos en $93.805 millones (18,6% de la deuda no bancaria). Afecta a casi 1,5 millones de hogares, con un monto promedio de $62.539 cada uno.

Otros items que conforman la deuda no bancaria familiar al proyectar las declaraciones realizadas en la encuesta al total nacional, serían: gastos vinculados con el auto (seguro y cuota) donde los atrasos se hicieron muy frecuentes en el último mes y habrían sumado $70.904 millones; deudas con familiares y amigos ($64.720 millones); alquileres impagos por $42.889 millones; Educación (cuota de jardines, colegios y universidades principalmente) por $23.364 millones y deudas directas con los comercios por ventas en la modalidad “fiado” por $5.251 millones. En este último componente las más mencionadas fueron deudas con farmacias, almacenes, zapaterías, y servicios profesionales.

  •  Deuda “Bancaria”

La deuda bancaria de las familias según los datos del BCRA al 22 de abril pasado sería de $1.159.933 millones (casi $1,2 billones). Los principales componentes son:

Tarjetas de crédito y personales: el stock adeudado por tarjetas asciende a $535.881 millones y por préstamos personales a $404.919 millones.

Créditos hipotecarios y prendarios: considerando que según el BCRA el 81% de los hipotecarios y el 63% de los prendarios van a familias, suman $218 mil millones.

Fuente: ambito.com

IMPOSITIVAS – El Central inhabilitará para comprar dólares a quienes tomen crédito a tasa cero

0
El BCRA ha notificado a los Bancos que deberán informarle el detalle de los monotributistas y autónomos que tomen los Créditos a Tasa Cero

A través de la Comunicación B 12000, el BCRA ha notificado a los Bancos que deberán informarle el detalle de los monotributistas y autónomos que tomen los Créditos a Tasa Cero a los efectos de inhabilitarlos para operar en cambios por 18 meses.

Esa inhabilitación será por 18 meses, o hasta que el Banco informe la cancelación total del crédito.

Es decir, los monotributistas y autónomos que tomen los créditos en mayo de 2020, no podrán comprar dólares en el mercado de cambios hasta noviembre de 2021 o hasta que precancelen el crédito, lo que suceda antes.

Esta medida es razonable porque el Gobierno está subsidiando el costo de los créditos para quienes realmente los necesitan ante la baja de su actividad.

No es el objetivo buscado que alguien tome estos préstamos para comprar dólares. Por otro lado, si en el futuro se recupera y puede comprar dólares, lo que primero debería hacer es cancelar el préstamo.

Una cuestión que debería contemplarse es que la limitación para operar en cambios debería ser para comprar dólares y no para vender dólares. Aunque con las diferencias de brechas, muchos monotributistas y autónomos podrían elegir ir al mercado no oficial e ilegal.

Por otro lado, debemos recordar que otra de las condiciones para los tomadores de los créditos es que no compren moneda extranjera en forma indirecta como las operaciones de Dólar MEP y contado con liquidación.

Habrá que esperar a ver si la Comisión Nacional de Valores dicta alguna medida vinculada a esa operatoria.

Finalmente, a través de la Comunicación B 12000, el BCRA dispone que comenzará a recibir la información de los créditos otorgados a partir del 4 de mayo.

Sin embargo, habrá que esperar a la Reglamentación de la AFIP para que los monotributistas y autónomos puedan acceder a la solicitud de los Créditos a Tasa Cero.

Sebastián M. Domínguez
Socio de SDC Asesores Tributarios

Fuente: iprofesional.com