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IMPOSITIVAS – IVA al 0%: la AFIP lanza un nuevo software para liquidar el impuesto

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El Gobierno Nacional, a través del Decreto 567/2019, redujo la alícuota del IVA al 0% para la venta de determinados productos de la canasta alimentaria.

El Gobierno Nacional, a través del Decreto 567/2019 y sus modificatorios, redujo la alícuota del IVA al 0% para la venta de determinados productos de la canasta alimentaria hasta el 31 de diciembre de 2019 inclusive, con determinadas condiciones.

Luego, en virtud al resultado de los planteos de las Provincias ante la Corte Suprema, el Poder Ejecutivo dictó el Decreto 752/2019 estableciendo que el Estado Nacional financiará con recursos propios y cargo a Rentas Generales, el efecto de la baja en la recaudación que disminuye los fondos que reciben las Provincias y la Ciudad de Buenos Aires.

Para ello debe transferir los montos estimados con base en proyecciones de consumo.

La AFIP, por otro lado, debe informar a la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Hacienda los montos definitivos que al respecto correspondan.

Para poder cumplir con la obligación de informar los montos definitivos, la AFIP debió modificar los aplicativos para la liquidación del IVA.

La Resolución General 4629/2019 aprueba el aplicativo IVA Versión 5.4 que funciona bajo plataforma Siap, como así también la versión web del aplicativo.

Dado que los contribuyentes que realizan operaciones gravadas a la alícuota 0% ya presentaron las Declaraciones Juradas por los Períodos Fiscales agosto, septiembre y/u octubre 2019, deberán rectificar las mismas.

Para ello, contarán con un plazo especial. El vencimiento para presentar las declaraciones juradas rectificativas es el 15 de diciembre de 2019.

De esta forma, la AFIP recibirá la información, realizará los cálculos definitivos de la baja en la recaudación y enviará la información a la Secretaría de de Hacienda del Ministerio de Hacienda.

Finalmente, se comparará lo ya transferido a las Provincias y CABA por estimaciones con los importes definitivos, quedando un remanente a favor de las mismas o del Estado Nacional que deberá ser satisfecho.

Fuente: iprofesional.com

ECONOMÍA – Industria: el uso de la capacidad instalada perforó el 60% y tocó mínimos de 8 meses

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El nivel registrado en el noveno mes del año fue inferior al evidenciado un año atrás, cuando este indicador se ubicó en 61,1%, indicó el INDEC.

El uso de la capacidad instalada perforó el 60% en septiembre y tocó mínimos de 8 meses, al registrar una caída hasta el 57,7%, informó este miércoles el INDEC.

El nivel registrado en el noveno mes del año fue inferior al evidenciado un año atrás, cuando este indicador se ubicó en 61,1%, agregó el organismo estatal.

De los 12 sectores industriales que monitorea el Indec para medir la utilización de la capacidad instalada, siete actividades se ubicaron por encima de la media nacional de 57,7% y las otras 5 estuvieron por debajo de ese promedio.

Las industrias metálicas básicas fueron las que mostraron la mejor performance al alcanzar el 79,1%; seguidas por refinación de petróleo, 77,0%; productos minerales no metálicos, 75,4%; papel y cartón, 73,1%; productos del tabaco, 69,2%; productos alimenticios y bebidas, 61,6% y productos textiles, 57,8%.

Los sectores que, en septiembre, se ubicaron por debajo del promedio nacional fueron edición e impresión, 57,5%; productos de caucho y plástico, 51,3%; sustancias y productos químicos, 47,7%; metalmecánica excepto automotores, 40,0% y la industria automotriz, con 37,4%.

Fuente: ambito.com

IMPOSITIVAS – Impuesto a las Ganancias: las deducciones para 2020 aumentarán cerca de 40 por ciento

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En diciembre se publicará el último índice que terminará de definir el porcentaje de actualización de las deducciones para el año entrante.

Los primeros días de diciembre se publicará el último índice que terminará de definir el porcentaje de actualización de las deducciones en el Impuesto a las Ganancias para el año entrante.

Se trata del índice RIPTE que mensualmente publica la Secretaría de Seguridad Social de la Nación y cuyo último dato cierto corresponde al mes de septiembre del corriente año.

Recordamos que la ley de ganancias establece, tanto para las deducciones del artículo 23 como para la escala del artículo 90, que dichos montos “se ajustarán anualmente, a partir del año fiscal 2018, inclusive, por el coeficiente que surja de la variación anual de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE), correspondiente al mes de octubre del año anterior al del ajuste respecto al mismo mes del año anterior”.

Como dijimos, el último dato cierto del RIPTE corresponde a septiembre 2019 el cual indica una remuneración promedio de $45.485,23. En octubre del año pasado la remuneración promedio ascendió a 33.154,28 pesos

Es decir que de no haber modificaciones en las remuneraciones durante octubre, el índice tendría una variación del 37,19 por ciento.

Si calculamos que en octubre las remuneraciones en promedio se incrementarán un 2% respecto a septiembre, la variación del RIPTE respecto a 2018 sería del 39,94% con lo cual el mínimo no imponible pasaría a ser de 120.137 pesos.

En tanto, si los salarios se incrementan un 3% mensual, la actualización de deducciones y escala rondaría el 41,31% con lo cual el mínimo no imponible pasaría a ser de $121.313 pesos.

Cabe destacar que para 2019 la actualización fue del 28,29% y el mínimo no imponible alcanzó los 85.848,99 pesos.

Asimismo, hay que tener presente que el Decreto 561/19 y la Resolución General. 4546 (AFIP) determinaron que para 2019, para el caso de las rentas de cuarta categoría de empleados y/o jubilados se deberán considerar las deducciones de los incisos a) y c) del art. 23 de la ley de ganancias incrementadas en un 20%.

De este modo, para esta categoría de contribuyentes, quedaría absorbido ese 20% con la nueva actualización prevista a partir del primer día de 2020.

Fuente: iprofesional.com

NACIONALES – Por el fin del congelamiento, estacioneros prevén un nuevo aumento del 5% en los combustibles

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Las petroleras podrán establecer nuevos importes a las naftas a partir del miércoles. Desde el sector aseguran que el acumulado del año es de 24,5%, “muy por debajo de la inflación”.

El incremento de los combustibles genera mayor presión inflacionaria.

El miércoles terminan los 90 días de combustibles con precios regulados por decreto y las petroleras podrán establecer nuevamente los importes de las naftas sin autorización del Poder Ejecutivo.

Gabriel Bornorini, presidente de la Confederación de Hidrocarburos, confirmó tras el fin del congelamiento, “el jueves o viernes puede haber aumento del 5% del precio final de los combustibles”.

En declaraciones a El Destape Radio, el empresario explicó: “Las petroleras vienen negociando con el gobierno aumentos escalonados de los precios”.

En ese sentido, recordó que “durante el congelamiento de las naftas aumentaron un 10% y ahora se viene un 5% más” y que “con el fin del congelamiento el precio de la nafta va a estar desregulado y va a ser libre, pero las petroleras ya aumentaron y no deberían aumentar más del 6%”.

Aunque consideró: “El congelamiento es positivo, pero el congelamiento parcial como el que tuvimos tuvo consecuencias negativas en nuestro sector”.

El decreto que reguló el precio de los combustibles se conoció el 15 de agosto, tras las PASO. Allí se estableció que las compañías debían mantener los valores del 9 de agosto y que se tomaba un dólar de referencia de $45,19.

A través de la normativa, se facultó a la Secretaría de Energía —dependiente del Ministerio de Hacienda— para autorizar incrementos en los precios. La dependencia encabezada por Gustavo Lopetegui habilitó dos subas, de 5% cada una, en septiembre y a fines de octubre.

En el Gobierno no continuarán con el congelamiento, que fue una medida de emergencia tras la derrota del oficialismo en las elecciones primarias. De esa forma, las empresas del sector tienen las manos libres para avanzar en nuevos aumentos.

Al combustible le falta una actualización del 15%, es lo que dicen las petroleras. Nosotros expendemos y no remarcamos los precios”, contó Bornorini y especificó: “Si hacemos un acumulado de todo el año tenemos 25,4% de incremento, muy inferior a lo que fue la inflación”.

Asimismo, afirmó que “no hay razón para que las petroleras aumenten el combustible más del 6%, si lo hacen es en contra de la ciudadanía”.

De todas formas, recordó que “el 1 de diciembre por ley se tienen que actualizar los impuestos al combustible” por lo que, afirmó, “es probable que haya otro aumento”.

Fuente: ieco.clarin.com

ECONOMÍA – Según Cepal, la economía argentina caerá 3 por ciento en 2019

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Sudamérica asistirá este año a su primera contracción desde 2016. De acuerdo al informe, Bolivia encabezará el crecimiento en la región.

La economía argentina caerá 3 por ciento este año y 1,3 por ciento el año próximo, según las nuevas proyecciones que difundió ayer la Comisión Económica para América latina y el Caribe (Cepal). El organismo que depende de las Naciones Unidas se hizo eco de la brusca desaceleración de la región que, en el caso de Sudamérica se traduce directamente en una contracción de 0,2 por ciento para este año. En el subcontinente, que tendrá su primera baja desde 2016, el país de mayor crecimiento (3,5 por ciento) es Bolivia, cuyo presidente Evo Morales fue recientemente obligado a renunciar como consecuencia de un golpe de Estado.╠

La actividad económica en los países de América del Sur caerá 0,2 por ciento promedio este año, mientras que para 2020 se espera una mejora de 1,3 por ciento, según las previsiones de la Cepal.

La entidad regional revisó de esta forma a la baja las proyecciones de crecimiento de la actividad económica de la región para 2019, año en que se espera una expansión promedio de 0,1 por ciento para las naciones que integran América latina y el Caribe.

Según la Cepal, la economía argentina retrocederá 3 por ciento al cierre del año; Bolivia crecerá 3,5 por ciento; Brasil avanzará 0,8 por ciento; Chile, 1,8 por ciento; Colombia, 3,2 por ciento; Ecuador, 0 por ciento; Paraguay, 0,2 por ciento; Perú, 2,5 por ciento; Uruguay, 0,3 por ciento; y Venezuela caerá 25,5 por ciento.

Las economías de Centroamérica y México se expandirán a una tasa de 0,7 por ciento para 2019 y de 1,6 por ciento para 2020, valores que implican una reducción respecto a la media de crecimiento observada desde 2014 en esa subregión. En tanto, en los países del Caribe de habla inglesa u holandesa se estima un crecimiento promedio de 1,5 por ciento para 2019.

Según el informe, la dinámica de la actividad económica en América latina y el Caribe se da en un contexto en que la economía global disminuyó su contribución al crecimiento de la región en 2019, situación que muy probablemente se mantendrá para el próximo año.

No sólo el volumen de comercio global y el nivel de actividad global se desaceleraron de forma pronunciada, afectando la demanda por exportaciones que enfrenta América latina y el Caribe, sino que también fueron afectados a la baja los precios de las materias primas que exportan muchos de los países de la región.

Además, los episodios de aumentos en la volatilidad financiera influyeron por momentos negativamente en las condiciones financieras y los flujos de financiamiento disponibles para los países, agrega el organismo.

Así, el PBI per cápita de la región se vería reducido en un 4 por cientoentre 2014 y 2019, lo que implica una caída promedio anual de 0,8 por ciento. La desaceleración se extendió por 17 de los 20 países de la región.

Unos días antes, la secretaria ejecutiva de la Cepal, Alicia Bárcena, consideró que “hoy es más urgente que nunca reafirmar que la igualdad debe ser motor del desarrollo regional y estrategia para cerrar las brechas estructurales que se han profundizado en América latina y el Caribe”.

“Vivimos en nuestra región un cambio de época, un cambio que exige una transformación de nuestro estilo de desarrollo que se funda en el fortalecimiento de la democracia, las libertades, el multilateralismo, la paz, la igualdad y los derechos humanos”, dijo Alicia Bárcena, secretaria ejecutiva de la Cepal.

Fuente: lacapital.com

ECONOMÍA – Asignaciones familiares: cuáles serán los nuevos valores desde diciembre

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Con este cuarto aumento anual, la Asignación Universal por Hijo y por Embarazo, será de $2746 por hijo. Acceda a los nuevos valores.

En el marco de la Resolución 27/2019, la ANSES informa que, a partir del 1 de diciembre, más de 13 millones de personas recibirán un aumento del 8,74% en sus haberes.

De ese total, más de 6,9 millones corresponden a jubilaciones y pensiones; más de 1,6 millones a Pensiones No Contributivas (PNC) y Pensiones Universales para el Adulto Mayor (PUAM), más de 4,5 millones a Asignaciones Familiares (AAFF).

Con este cuarto aumento anual, la jubilación mínima pasará de $12.937,21 a $14.067,92 y la PUAM ascenderá de $10.349,77 a 11.254,34 pesos.

En tanto, la Asignación Universal por Hijo y por Embarazo, que favorece en forma directa a 4 millones de niños, niñas y adolescentes de 2,2 millones de familias, será de $2746 por hijo.

También aumentará la Ayuda Escolar Anual a $2300 por hijo, que el Estado paga a los trabajadores formales, a quienes cobran la PUAM, la Prestación por Desempleo y la Asignación Universal. Asimismo, la Asignación Familiar por Hijo con Discapacidad ascenderá a 8947 pesos.

La ANSES brinda cobertura a 8.685.308 de niños en la Argentina: 3.691.899 son hijos de trabajadores en relación de dependencia y monotributistas; 4.072.928 de titulares de la Asignación Universal; 817.294 de jubilados, pensionados, excombatientes de Malvinas y PNC por Invalidez y 103.187 de los que reciben la Prestación por Desempleo.

Los nuevos montos y los rangos de ingreso del grupo familiar para las AAFF quedarán conformados de la siguiente manera:

Ninguno de los miembros del grupo familiar puede tener ingresos superiores a $64.595.

Otras asignaciones:

De esta manera, se actualizan los valores a partir del 1 de diciembre próximo.

Fuente: iprofesional.com

IMPOSITIVAS – Autónomos: cuáles son los nuevos valores desde diciembre 2019

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Con la oficialización del índice de movilidad jubilatoria del 8,74% se pueden adelantar los nuevos valores de autónomos desde diciembre de 2019.

Desde el devengado diciembre/2019, es decir con vencimiento en enero de 2020, los trabajadores autónomos deberán abonar sus mensualidades con un incremento del 8,74% equivalente al índice de movilidad previsional.

A continuación, la tabla de valores realizada por el Blog del Contador:

La categoría mínima para trabajadores que no integren sociedades (ingresos anuales inferiores a $20.000 en el caso de servicios y $25.000 el resto de las actividades) pasará a abonar $2.609 mientras que la máxima para este grupo de trabajadores se incrementará a 3.653 pesos.

En tanto aquellos trabajadores que sean directores y/o socios de sociedades pasarán a abonar $5.219en la categoría mas baja (ingresos inferiores a $15.000) $8.351 la categoría media (ingresos entre $15.000y $ 30.000) y $ 11.482 la categoría mas alta (ingresos superiores a $ 30.000).

Fuente: iprofesional.com

IMPOSITIVAS – Impuestos sobre los combustibles líquidos y al dióxido de carbono. Fechas en que deberán considerarse los incrementos por actualizaciones diferidas.

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Adecuación del incremento del impuesto sobre los combustibles líquidos y al dióxido de carbono, cuya aplicación se encontraba diferida.

Decreto (PE) Nº 753/2019 (BO 04/11/2019)

Fuente: Lisicki Litvin

ECONOMÍA – Bajó la brecha de precios entre el campo y el consumidor

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Descendió 1 por ciento en octubre pasado, según reflejó un relevamiento difundido por la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (Came)

La brecha de precios de productos agropecuarios entre lo que pagó el consumidor y lo que recibió el productor bajó 1 por ciento en octubre pasado, según reflejó un relevamiento realizado por la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (Came).

Además, la participación del productor en la fijación del valor aumentó a 23,2 por ciento, con un incremento de 4,5 puntos porcentuales respecto de septiembre.

En promedio, los consumidores pagaron 5,4 veces más de lo que cobró el productor, cuando en septiembre la diferencia fue de 5,5 veces y, en agosto, de 5,6, de acuerdo a los datos difundidos por el índice de precios en origen y destino (Ipod), elaborado por el sector de Economías Regionales de la Came.

En octubre, el Ipod agrícola bajó 1,2 por ciento, con lo cual redujo su disparidad a 5,9 veces. Pero se ubicó 11,3 por ciento arriba de igual mes de 2018, mientras que el ganadero descendió 0,2 por ciento y se ubicó en 3,62 veces. Es decir: casi el mismo nivel en en octubre del año pasado.

Los alimentos que registraron mayores brechas fueron el limón, la naranja, la pera, la manzana roja, la lechuga y la zanahoria.

Por el contrario, los alimentos que tuvieron menor diferencia fueron el huevo, la papa, el tomate, el pollo y berenjena.

Uno de los productos con fuerte descenso fue el pimiento rojo, que tuvo una caída del 27,8 por ciento, que se explica por una mejora del 3 7,6 por ciento en los desembolsos a los productores.

El Ipod se basa en precios diarios online de los principales supermercados del país, más de 700 precios de verdulerías y mercados para cada producto y montos de origen de las principales zonas cosechadoras. Y está a cargo de un equipo de 35 encuestadores.

Permite medir las distorsiones que suelen multiplicar por varias veces el precio de origen de muchos productos agropecuarios desde que salen del campo hasta que llegan al consumidor. Esas diferencias son muy dispares según producto, región, tipo de comercio y época del año.

En general, las desigualdades están determinadas por un conjunto de comportamientos, algunos especulativos de diversos actores del mercado.

Fuente: lacapital.com

IMPOSITIVAS – La AFIP prorroga hasta el 30 de noviembre la suspensión de los embargos a las Pymes

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Este lunes vencía el plazo de noventa días que suspendía los embargos de AFIP a las Pymes. La CAME solicitó una prórroga por igual plazo

Este lunes 11 de noviembre vencía el plazo de noventa días que suspendía los embargos de AFIP a las Pymes y por tal motivo la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) había solicitado una prórroga por igual plazo.

Desde la AFIP adelantaron a iProfesional.com, que el fisco nacional extendió hasta el 30 de noviembre el plazo de suspensión de los embargos a las Pymes. La nueva resolución general se dará a conocer en estos días, señalaron altas fuentes del organismo de recaudación.

Desde la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) se había una misiva al titular de la AFIP, Leandro Cuccioli, a fin de solicitar una nueva prórroga de 90 días para la suspensión de embargos a Pymes, teniendo en cuenta la proximidad al vencimiento de la medida dispuesta en la Resolución General 4557/2019.

“Entendiendo el delicado contexto que aún viven las micro, pequeñas y medianas empresas, que muchas veces ven amenazada su supervivencia por la merma de actividad y la sofocante presión tributaria, es de suma importancia que se prolongue este beneficio a fin de dar alivio a su situación y alentar su desarrollo”, advierten desde la cámara empresaria.

“Entendemos que es un acierto del organismo la prórroga de la suspensión de embargos teniendo en cuenta el difícil contexto económico actual que afecta principalmente a las pequeñas y medianas empresas”, señala el consultor tributario Marcos Felice.

La medida es un complemento ideal a la prórroga dispuesta para la adhesión al plan de pagos a diez años aprobado por la misma resolución general antes mencionada y que además incluyó la posibilidad de incluir planes caducos hasta septiembre pasado.

“Más allá de esto, insistimos en la necesidad de una moratoria impositiva que condone intereses y multas. Esperamos que sea de la agenda del nuevo presidente electo como factor fundamental para el crecimiento y la sustentabilidad de las MiPyMEs”, concluye Felice.

Fuente: iprofesional.com