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ECONOMÍA – El consumo masivo no repunta: ya acumula una caída de más de 8 por ciento en el año

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Los almacenes y supermercados más chicos tuvieron una fuerte baja de 7% durante mayo, mientras que las grandes cadenas tuvieron números levemente positivos en volumen

Los autoservicios tuvieron una caída de 7% en volumen durante el mes de mayo. EFE/Juan Ignacio Roncoroni/Archivo

El consumo masivo no logra repuntar y en lo que va del año acumula una caída de 8,4% en comparación con el año anterior. Según un relevamiento de la consultora Scentia, que abarca más de 19.000 autoservicios y 2.800 supermercados, el volumen de venta de alimentos y productos de higiene y limpieza tuvo una caída en mayo de 3,5% en comparación con el mismo mes del año anterior.

Con todo, la baja no es homogénea en todos los distritos y en los canales de venta. En el AMBA, la caída en mayo fue del 4% y en el resto del país, del 3%. En tanto, mientras los autoservicios —entre los que se incluyen los almacenes y supermercados independientes de origen chino— tuvieron un desplome de 7%, las grandes cadenas tuvieron números levemente positivos, con un 0,9%.

El rubro de consumo que más cayó durante mayo fue el de alimentos, con una baja en volumen de 7,6%.

El rubro de consumo que más cayó durante mayo fue el de alimentos, con una baja en volumen de 7,6%. Le siguieron productos perecederos y congelados (-7,3%) y artículos de limpieza de la ropa y el hogar (-6,1%). Luego, se ubicaron los rubros higiene y cosmética (-5,8%), bebidas con alcohol (-4,4%) y productos de desayuno y merienda (-3,7%). Las categorías, en cambio, que tuvieron un crecimiento fueron bebidas sin alcohol (2,2%) y productos impulsivos (3,4%).

“El resultado de mayo fue negativo en 3,5%, mostrando cierta desaceleración en la caída respecto a lo sucedido en los meses anteriores. Parte de la explicación se encuentra en la base de comparación, ya con la salida del stockeo visto en marzo y abril de 2020″, señaló Osvaldo Del Río, titular de Scentia.

Desde la consultora estiman difícil que 2021 cierre con números positivos para el consumo. “Si se observan las líneas de evolución de consumo, confianza del consumidor, inflación y salarios, se ve que cuando el crecimiento de inflación y de salarios están cerca, el consumo rebota y reacciona. Pero cuando se separan, porque el ingreso pierde contra la inflación, es complicado que el consumo repunte. Tiene que ocurrir muchas cosas positivas para que eso pase”, remarcó Del Río.

Cuál es la brecha de precios entre supermercados y autoservicios

Uno de los distintos motivos que puede explicar las diferencias entre la evolución de las ventas entre las grandes cadenas y los autoservicios es la brecha de precios, que se vienen incrementando a lo largo de 2021. Según otro informe de Scentia, en base a una canasta de más de 1.000 productos empaquetados, durante el mes de abril, en promedio, los precios de esos productos fueron un 27,4% más baratos en los supermercados. Mientras que a comienzos de este año, esa diferencia era de 17,6%.

“La diferencia de precios entre supermercados y autoservicios históricamente era de un 5%. Pero se fue incrementando por varios motivos, lo que también provocó que en los últimos meses el desempeño de las grandes cadenas, en cuanto a ventas, sea mejor”, explicó Del Río.

Según el especialista en consumo, la diferencia de precio no se justifica solamente por los programas de precios del Gobierno, como Precios Máximos o Precios Cuidados, que solo estaban disponibles en las cadenas. “La mayoría de los productos relevados no están dentro de los programas oficiales. Por eso las diferencias tienen que ver también con las políticas de precios diferenciadas de las empresas. Las cadenas, al negociar volúmenes más grandes, obtienen mejores condiciones de precios”, señaló. En la venta total de los supermercados, Precios Cuidados tiene un peso de entre 5,5% y 6%.

“Los autoservicios o almacenes se proveen de productos bajo dos modalidades. Por un lado, las empresas que distribuyen sus propios productos, en general las de bebidas o productos perecederos. Y el resto, a través de compras a mayoristas y distribuidores. Al haber un intermediario, el costo es mayor. Seguramente hay un grupo de productos que pueden tener un mejor precio en los autoservicios, pero no en el promedio general”, precisó.

Las diferencias entre los distintos canales de compra también se vieron impactadas por los cambios de hábitos en los consumidores como consecuencia de la pandemia. “Las compras cambiaron. Disminuyó la frecuencia de visitas de compra. Hoy el consumidor cuando sale hace una compra más grande, ya sea por en canal físico o de manera online”, detalló Del Río.

Fuente: infobae económico

ECONOMÍA – La actividad económica en la provincia está por encima de 2019

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En el primer trimestre creció 5,2%. Todas las series que releva el Ipec se expandieron en forma mensual. En marzo, la suba fue de 11,4%

La actividad económica de Santa Fe consolidó su recuperación en el primer trimestre del año al crecer 5,2% respecto del mismo período de 2020. En marzo, el incremento fue del 11,4% interanual. Así lo informó el Instituto Provincial de Estadística y Censos (Ipec).

De acuerdo con el Indicador Sintético de Actividad Económica de Santa Fe (Isae), que mide seis series que representan el comportamiento de la economía, en marzo también se registró un avance del 3,1% frente a febrero. El índice de marzo de este año se ubicó ocho puntos por encima del mismo mes de 2019 y quedó a sólo 0,3 punto de marzo de 2018, cuando comenzó la gran caída.

El organismo estadístico santafesino precisó que “todas las series que conforman el Isae presentaron variaciones positivas respecto del mismo mes del año anterior”.

Se destacan el aumento en patentamiento de autos (60,6%) y el consumo de gas industrial (25,7%). Este último indicador va en línea con la recuperación que registró la industria santafesina en el primer cuatrimestre del año, que alcanzó una suba de 27,6% respecto a igual lapso del año pasado y superó los registros del 2019.

Luego, según los datos del Ipec, se ubicaron el consumo de gasoil (12,9%), el consumo de energía eléctrica (12,3%), la recaudación real del impuesto a los ingresos brutos (7,8%) y la variación del empleo registrado (0,1%).

En tanto, al analizar el comportamiento de las series en marzo de 2021, en relación con el mes anterior, se advierte que la variable gas industrial (-1%) fue la única que mostró un retroceso, mientras que el resto tuvo una evolución favorable.

El Ipec indicó en su informe que para confeccionar el Isae la serie de recaudación real de ingresos brutos recibe una ponderación del 35%, seguido en orden de importancia por el consumo de energía eléctrica (cerca del 30%) y el patentamiento y transferencias de autos, que oscila entre el 18% y el 20%.

En la medición trimestral, es decir el acumulado entre enero y marzo de este año, el sector, que mayor crecimiento experimentó fue el de gas indutrial, con el 20,5%, seguido por patentamiento y transferencia de autos (+ 17,2%), Ingresos Brutos (+3,8%), energía (+3,7%) y gasoil (+3,1%).

El único rubro que cayó fue el de empleo, con un descenso del 0,5%. De todos modos, aunque se trata de un comportamiento negativo, en este segmento se observa una desaceleración de la caída respecto del año 2020, ya que ese año los indicadores trimestrales habían mostrado bajas del 2,8%, 5%, 4,4% y 2,6%.

Industria

La utilización de la capacidad instalada de la industria se ubicó en abril en el 63,5%. Son 21 puntos porcentuales más que el 42% registrado en igual mes del año pasado, cuando operaron a pleno las medidas de aislamiento para morigerar el avance del Covid 19, informó ayer el Indec. Pero el indicador también fue mayor que el de abril de 2019, “con un aumento de 1,9 punto porcentual”.

Fuente: La Capital

Ganancias

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Reglamentación del procedimiento para efectuar las retenciones a empleados, jubilados y pensionados conforme las modificaciones de la Ley Nº 27.617.

Modifican la R.G. (AFIP) Nº 4003/17 implementando la deducción adicional para quienes perciban haberes brutos que no superen la suma de $ 150.000, de manera tal que la ganancia neta sujeta a impuesto sea igual a 0, y con efecto exclusivo para los sujetos cuya remuneración y/o haber bruto supere la suma de $ 150.000 mensuales, pero no exceda de $ 173.000 mensuales, se implementa una deducción especial incrementada conforme el tramo en el que se ubique la referida remuneración y/o haber bruto mensual o promedio en la tabla del Anexo IV.

Resolución General (AFIP) Nº 5008/2021 (BO 15/06/2021)

Fuente: Lisicki Litvin

IMPOSITIVAS – Ganancias, aguinaldo y devolución: ya es oficial la reglamentación de la AFIP

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La AFIP ya oficializó la resolución general 5.008 que establece la reglamentación del alivio en el Impuesto a las Ganancias para los asalariados

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dio a conocer la reglamentación del alivio en el Impuesto a las Ganancias para los asalariados.

En efecto, la AFIP reglamentó las modificaciones del Impuesto a las Ganancias para que las trabajadoras y los trabajadores con salarios mensuales de hasta $150.000 brutos dejen de pagar el tributo.

La medida permite que más de 1.200.000 de personas accedan a los beneficios de la Ley 27.617 con los salarios de junio. La normativa de la AFIP también permite excluir del cálculo del impuesto al medio aguinaldo que los empleadores comenzarán a abonar en las próximas semanas.

“Los cambios en el Impuesto a las Ganancias ofrecerán un importante estímulo al mercado interno. La medida permite recomponer ingresos y apuntalar el consumo. Alrededor del 90% de las trabajadoras y los trabajadores no pagarán el impuesto”, indicó la titular de la AFIP, Mercedes Marcó del Pont, al referirse a las modificaciones impulsadas por el Gobierno nacional.

La resolución general de la AFIP dispone que los montos retenidos entre enero y mayo en concepto de anticipos del Impuesto a las Ganancias serán reintegrados en cinco cuotas mensuales, consecutivas e idénticas a partir de julio.

La normativa de la AFIP instrumentó la deducción especial incrementada para que el impuesto impuesto sólo alcance a las personas con salarios mensuales superiores a $150.000 brutos, o aquellas jubilaciones que superen los 8 haberes mínimos. Asimismo, la medida permite que cerca de 200.000 personas con remuneraciones mensuales de entre $150.000 y $173.000 brutos afronten una menor carga tributaria.

La normativa de la AFIP instrumenta las modificaciones introducidas por la Ley 27.617 con relación al incremento de la deducción especial correspondiente a los hijos y las hijas con discapacidad. La resolución del organismo también incorpora la deducción por pareja conviviente, antes reconocida sólo para cónyuges. Asimismo, se exime al personal de salud de pagar el impuesto por horas extras o guardias hasta septiembre.

Como parte de la reglamentación y con el objetivo de simplificar el cumplimiento de las obligaciones tributarias, la AFIP incrementa el umbral de ingresos y rentas a partir del cual los contribuyentes deben presentar la declaración jurada informativa patrimonial para los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales. El nuevo valor para el período fiscal 2020 se ubicará en $2.500.000. De esta forma más de 200 mil trabajadores se verán eximidos de realizar la presentación de las declaraciones juradas informativas este año.

“La reglamentación de la modificación del Impuesto a las Ganancias traerá alivio con los salarios de junio y también alcanzará al aguinaldo”, expresó la titular de la AFIP, Mercedes Marcó del Pont.

Más de 1.200.000 de personas con salarios de hasta 150 mil pesos dejarán de pagar el impuesto. La ley impulsada por el oficialismo permite que solo 1 de cada 10 trabajadores en relación de dependencia se vea alcanzado por el impuesto“, definió Marcó del Pont.

“El ingreso disponible adicional para las trabajadoras y los trabajadores es de unos 50.000 millones de pesos. La medida incrementa la capacidad de consumo de la clase media”, sostuvo la funcionaria. Marcó del Pont precisó que la retención que se practicó a los salarios entre enero y mayo “será devuelta en cinco cuotas mensuales, consecutivas e idénticas a partir de julio”.

“Todos los que ganen hasta 150.000 pesos no van a tener retención y los que están entre 150.000 y 173.000 verán una reducción en la carga tributaria”, confirmó Marcó del Pont en declaraciones radiales.

La normativa de la AFIP instrumenta las modificaciones introducidas por la Ley 27.617 con relación a la eliminación del tope de edad para la deducción del Impuesto a las Ganancias correspondiente a los hijos y las hijas con discapacidad. La resolución del organismo también incorpora la deducción por pareja conviviente, antes reconocida sólo para cónyuges. Asimismo, se exime al personal de salud de pagar el impuesto por horas extras o guardias hasta septiembre.

Acerca del régimen simplificado de pequeños contribuyentes, la titular de la AFIP aseguró que “los monotributistas que hayan pagado van a tener una reimputación de las diferencias que afrontaron, que implica que se van a liberar unos 20.000 millones de pesos adicionales para llevar alivio a otro sector de la clase media”.

Marcó del Pont añadió que “el proyecto incorpora otro beneficio que es la suba de las categorías para dar mayor espacio para facturar con un alivio mayor para las categorías más bajas, como la A y B”.

“Además, el proyecto añade otra arista, que es el programa de regularización que es casi como una moratoria con 60 cuotas y una tasa del 1,5% para los que se hayan pasado pueden volver”, detalló la titular de la AFIP.

Explicó que “el presidente Alberto Fernández pidió que tras las diferencias que generaron para los monotributistas al aplicar la ley votada en el Congreso, se buscará una solución para llevar alivio a otro sector de la clase media.”

Consultada sobre la recaudación tributaria respondió que la evolución es muy favorable. “La recaudación viene muy bien. Destacamos la evolución de los impuestos progresivos como Ganancias y Bienes Personales”, dijo la funcionaria.

Marcó del Pont resaltó que “también la recaudación del aporte solidario avanza de manera positiva, con 232 mil millones de pesos generados y 10.200 contribuyentes que pagaron de los 13 mil potenciales”.

“Muchos han ido por la vía judicial y la estamos peleando. En general, la respuesta de la Justicia ha sido más favorable al fisco que a los contribuyentes”, sostuvo la titular de la AFIP.

Ganancias: los cambios

La nueva ley exime del Impuesto a las Ganancias a los trabajadores registrados con salarios de hasta $150.000 brutos mensuales y el que establece cambios en el Régimen de Monotributo.

En el caso de Ganancias, establece que serán los trabajadores que cobren entre $ 150.000 y $ 173.000 brutos mensuales los que comiencen a pagar el gravamen.

Hasta ahora, los que pagaban el tributo eran los empleados en relación de dependencia solteros sin hijos, con un sueldo promedio neto mensual de $ 74.810 y los casados con dos hijos menores que cobran a partir de         $ 98.963.

Por otro lado, la actualización del piso para estar exento de Ganancias se ajustará por el Ripte (promedio de variación salarial que elabora la de Secretaría de Seguridad Social).

Ya es oficial la reglamentación de Ganancias

1) Quiénes quedan exceptuados de Ganancias: sólo pagarán Ganancias quienes perciban un salario bruto mensual superior a los $150.000, unos $124.500 de bolsillo. Para ese cálculo se considerarán todos los importes percibidos en un mes, con excepción del aguinaldo.

2) Retroactivo al 1 de enero: la ley tendrá vigencia al 1° de enero y el Gobierno devolverá los descuentos realizados en los primeros meses del año. Con el cobro de los sueldos de abril, los exceptuados recibirán lo que les retuvieron en enero, febrero y marzo. Se estima que la devolución alcanzaría los $10.000 millones.

3) Jubilados y pensionados: el proyecto eleva el mínimo no imponible para el pago de Ganancias de 6 a 8 haberes mínimos. Por lo tanto, solo pagarán el impuesto los que ahora cobran a partir de $164.571 mensuales. Además, ese piso se ajusta automáticamente cada 3 meses por la ley de movilidad jubilatoria. Sin embargo, el beneficio para jubilados aplica siempre y cuando no tenga otros ingresos distintos a la de la jubilación. Por ejemplo, si tiene intereses de un plazo fijo pierde el beneficio.

4) Aguinaldos: el aguinaldo de los sueldos de hasta            $ 150.000 brutos no pagará impuesto a las Ganancias.

5) Qué pasa con los sueldos entre $ 150.000 y                 $ 173.000: esos trabajadores pagarán Ganancias, pero la AFIP establecerá las deducciones a fin de evitar grandes diferencias entre quienes deben tributar y los que están exentos.

6) Qué pasa con las jubilaciones de los presidentes y vices: por una propuesta de la diputada radical Carla Carrizo se estableció que las rentas vitalicias de los expresidentes y vicepresidentes paguen el impuesto.

7) Bonos productivos: se considera exento del pago de Ganancias los bonos por productividad, fallo de Caja y conceptos de similar naturaleza por el equivalente al 40% de base no imponible del impuesto -$ 67.071 anuales- para los trabajadores que perciben menos de $ 300.000 de sueldo bruto. Se estima que alcanza a 400.000 trabajadores. Se delega en el Poder Ejecutivo la reglamentación de lo que se entiende por “conceptos similares”.

8) Horas extras del personal de la Salud: se vuelve a prorrogar este beneficio hasta el 30 de setiembre de 2021, con efecto exclusivo para las remuneraciones devengadas en concepto de guardias obligatorias (activas o pasivas) y horas extras, y todo otro concepto que se liquide en forma específica y adicional en virtud de la emergencia sanitaria provocada por el coronavirus, para los profesionales, técnicos, auxiliares (incluidos los de gastronomía, maestranza y limpieza) y personal operativo de los sistemas de salud pública y privada. En este punto se agrega al personal de recolección de residuos patogénicos.

9) Guarderías: los gastos de guardería para niños y niñas de hasta tres años no pagarán Ganancias hasta un tope anual de $ 67.000.

10) Hijo con discapacidad: también se eliminó el tope de edad para poder deducir al hijo por discapacidad. Se dispuso que las deducciones por hijo con discapacidad serán de manera permanente (hasta ahora el beneficio regía hasta los 18 años de la persona con discapacidad). Además, se duplica la exención por hija o hijo discapacitado, que en la actualidad es de $ 78.833.

11) Recolección de basura: los trabajadores de recolección no pagarán el impuesto por las horas extras.

12) Herramientas educativas: se podrá deducir de Ganancias la compra de herramientas educativas por parte de los trabajadores asalariados. Se trata de “la provisión de herramientas educativas para los hijos e hijas del trabajador y trabajadora y el otorgamiento o pago debidamente documentado de cursos o seminarios de capacitación o especialización y hasta el límite del 40%” de la base no imponible del impuesto “en las condiciones que establezca la AFIP“. “Herramienta educativa” incluye, por ejemplo, computadora o vestimenta escolar.

13) Concubinos: actualmente, el contribuyente puede deducir $ 156.320,63 anuales de la base imponible del impuesto por cónyuge si no tiene ingresos. Con las reformas, se amplió la deducción al concubino o concubina -cualquiera fuera el sexo. La reglamentación de AFIP va a establecer las condiciones para la deducción como, por ejemplo: acta unión convivencial, contrato de alquiler, etc.

14) Ropa, equipamiento y capacitación para el trabajador: la provisión de ropa y equipamiento del trabajador para uso exclusivo de sus funciones o el otorgamiento de un pago por capacitación, no pagará el impuesto a las Ganancias.

15) Plus patagónico: se mantiene el incremento del 22% del plus patagónico en el gravamen para los trabajadores de la región. Esto abarca a cerca de 83.467 empleados y jubilados que pagarán el impuesto en esta zona -pero con una menor carga tributaria que el resto de los contribuyentes- porque mantendrán un incremento en las deducciones del 22% respecto del resto del país. Esto significa que pagan Ganancias a partir de niveles salariales más altos.

16) Ajuste por Ripte: se fijó que la actualización del piso para estar exento de Ganancias se ajustará por el RIPTE (promedio de variación salarial que elabora la de Secretaria de Seguridad Social), porque se dejó de lado el reclamo de la oposición de que se ajustara por el Índice de Precios al Consumidor (IPC, o inflación minorista) que elabora el Indec.

En esa línea, como un aumento salarial otorgado este año puede hacer que una persona que había quedada eximida del impuesto volviera a quedar sujeta a pagarlo, los legisladores delegaron en el Ejecutivo la capacidad de elevar el piso, en caso de que lo considere necesario.

17) Fuerzas Armadas: es por los “suplementos particulares” que cobra el personal de las Fuerzas Armadas indicados en el artículo 57 de la Ley Nº 19.101. Esos suplementos son: por actividad arriesgada, por título terciario, y por alta especialización o por zona o ambiente insalubre o penoso. Se estima un costo fiscal de $ 15 millones.

Fuente: iprofesional.com

NACIONALES – El Gobierno extendió la vigencia del régimen de Ventanilla Única de Comercio Exterior Argentino

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Mediante la Decisión Administrativa 580/2021, se prorrogó por un plazo de cuatro años el funcionamiento de la VUCEA. Cuáles son las principales tareas que tiene a cargo la Unidad Ejecutora.

La decisión se formalizó a través de la Decisión Administrativa 580/2021, que se publicó el último lunes en el Boletín Oficial.

El artículo 1 del texto establece que -por un plazo de cuatro años desde el 12 de junio de 2021- se prorroga la vigencia de la VUCEA, “creada por el Decreto N° 416 del 12 de junio de 2017 y de los cargos extraescalafonarios creados por el artículo 3° del citado Decreto y los artículos 1° a 5° de la Decisión Administrativa N° 376 del 14 de junio de 2017, con el fin de cumplimentar con los objetivos fijados para la citada Unidad”.

DE QUÉ SE ENCARGA LA VUCEA

Básicamente, la Ventanilla Única de Comercio Exterior Argentino que lanzó el Gobierno nacional fue diseñada para facilitar y agilizar el comercio exterior mediante la reducción de tiempo y costos en los trámites, mayor transparencia y mejores controles en esos procesos

Entre sus objetivos principales, se encuentran “proveer una mayor eficiencia en las gestiones y trámites que se realizan ante la Administración Pública Nacional, vinculados a la importación, exportación y tránsito de mercancías”.

Asimismo, la Unidad Ejecutora se encarga de unificar procesos, normas, reglamentos y trámites para optimizar el funcionamiento de los sistemas involucrados en las gestiones del comercio exterior

También tiene la tarea de simplificar la gestión administrativa de los trámites que realizan las personas ante los diversos organismos, dependencias, entidades y sociedades del Estado Nacional en materia de comercio exterior. 

El BCRA pide más exportaciones a las empresas que quieren dólares

Y del mismo modo debe integrar, homogeneizar y sistematizar la información de las dependencias, entidades y sociedades del Estado Nacional, en el ámbito de su competencia.

Otro de sus objetivos es el de facilitar el acceso y difusión de la información respecto de los diversos trámites y gestiones comprendidos en el Régimen de VUCEA y desarrollar e implementar -en coordinación con el Ministerio de Modernización-, programas de modernización tecnológica, de información y comunicaciones y de facilitación del comercio.

Fuente: cronista

ECONOMÍA – El Indec difundirá la inflación de mayo: para consultoras fue menor al 4%

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Consultoras privadas estimaron que la inflación de mayo se ubicó alrededor del 3,5%, lo que llevaría el alza de precios acumulada en el año al 21%, y a cerca del 50% en los últimos doce meses,

El Indec dará a conocer mañana la inflación de mayo, que según las consultoras se desaceleró levemente y se ubicó en torno al 3,5%, en un contexto en el que se mantuvo la presión de los alimentos.

El último registro oficial arrojó que el Índice de Precios al Consumidor (IPC) trepó un 4,1% en abril y acumuló un 17,6% en el primer cuatrimestre del año, impulsada por fuertes subas en indumentaria, transporte y alimentos.

En los últimos doce meses, el costo de vida fue del 46,3%, de acuerdo con los datos oficiales.

La suba del primer cuatrimestre fue la más alta en cinco años, tras el 16,2% que había mostrado en 2016 para el mismo período, y con ese número, el 29% estipulado en el Presupuesto quedó muy lejano.

Es que, si se proyectan los datos del primer cuatrimestre a todo el año, la inflación rozaría el 53%más del doble de lo proyectado por el ministro de EconomíaMartín Guzmán.

Sin embargo, ese pronóstico no coincide con el último Relevamiento de Expectativas de Mercado (REM) recopilado por el Banco Central, que apuntó a un 48,3%.

Para mayo, los especialistas estimaron que se ubicó en un 3,6%.

En ese escenario, el ex presidente del Banco Central Alejandro Vanoli analizó en declaraciones periodísticas que “el Gobierno tiene el compromiso de que haya una recuperación real del salario“.

“Por supuesto, tenía que defender lo máximo posible la proyección presupuestaria, pero una inflación en torno al 40% este año, si la economía crece, no es un mal resultado”, evaluó y argumentó: “Es una economía con inflación un poco más alta que el año pasado, pero con crecimiento y recuperación del salario“.

En tanto, el ministro de Desarrollo Productivo, Matías Kulfas, días atrás confió en que durante el mes pasado se concretó una desaceleración en el índice, aunque evitó dar un número.

Estimaciones previas realizadas por consultoras indican que la aceleración de los precios podría extenderse al primer semestre.

Por su parte, la directora ejecutiva de Estudio Eco Go, Marina Dal Poggetto, sostuvo que el año pasado “la inflación fue 36% y el Gobierno festejó”.

Desde octubre la inflación está en un 4% mensual, que es un ritmo de 60% anualizado“, apuntó en declaraciones radiales y manifestó que “la aceleración de la inflación recompone la recaudación y destruye el gasto, sobre todo el previsional”.

Por su parte, la consultora LCG proyectó un alza de precios de entre 3% y 3,5%, con desaceleración en junio.

En Eco Go también proyectaron un 3,5%, y sostuvo que la suba de alimentos está por encima de este promedio y que continuará en los próximos meses, por lo que va a ser difícil perforar un cierto piso de inflación.

La consultora Focus Market coincidió en que los precios de los alimentos mantuvieron su aceleración durante mayo y advirtió que algunos artículos llegaron a trepar más del 15%.

“La gran preocupación sigue dada porque hoy un Salario Mínimo Vital y Móvil es de $24.408, y la Canasta Básica Alimentaria es de $26.667. Cada vez que llega un nuevo tramo de ajuste del salario, el terreno ganado respecto del poder adquisitivo es perdido inmediatamente por el incremento de precios en el mercado”, advirtió la consultora.

En la consultora Analytica proyectan una inflación de 3,5% para mayo, principalmente por una desaceleración de la inflación núcleo, la que no incluye a los bienes servicios regulados, mientras que para el estudio de Orlando Ferreres y Asociados, podría llegar al 4%.

Fuente: telam

PROVINCIALES – La economía de Santa Fe creció 5,2% en el primer trimestre del año

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La actividad económica de Santa Fe tuvo en marzo una evolución del 11,4% respecto a igual mes de 2020. Se destacaron patentamientos de autos y uso de gas industrial

La actividad económica de Santa Fe fortaleció en el primer trimestre su recuperación al crecer 5,2% respecto del mismo período de 2020, luego de un incremento del 11,4% en la comparación interanual de marzo, informó el Instituto Provincial de Estadística y Censos (Ipec).

De acuerdo con el Indicador Sintético de Actividad Económica de Santa Fe (Isae), que mide seis series que representan el comportamiento de la economía, en marzo también hubo un avance del 3,1% frente a febrero.

El organismo estadístico santafesino precisó que “todas las series que conforman el Isae presentaron variaciones positivas respecto del mismo mes del año anterior, destacándose el aumento en patentamiento y transferencias de autos (60,6%) y consumo de gas industrial (25,7%), un indicador que va en línea con la recuperación que registró la industria santafesina en el primer cuatrimestre del año, que alcanzó una suba de 27,6% respecto a igual lapso del año pasado y superó los registros del 2019.

Luego, según los datos del Ipec, se ubicaron el consumo de gasoil (12,9%), el consumo de energía eléctrica (12,3%), la recaudación real del impuesto a los ingresos brutos (7,8%) y la variación del empleo registrado (0,1%).

En tanto, al analizar el comportamiento de las series en marzo de 2021, en relación con el mes anterior, se advierte que la variable gas industrial (-1%) fue la única que mostró un retroceso, mientras que el resto tuvo una evolución favorable.

El Ipec indicó en su informe que para confeccionar el Isae la serie de recaudación real de ingresos brutos recibe una ponderación del 35%, seguido en orden de importancia por el consumo de energía eléctrica (cerca del 30%) y el patentamiento y transferencias de autos, que oscila entre el 18 y el 20%.

En la medición trimestral, es decir el acumulado entre enero y marzo de este año, el sector, el mayor crecimiento lo experimentó el sector de gas indutrial, con el 20,5%, seguido por patentamiento y transferencia de autos (+ 17,2%), ingresos brutos (+3,8%), energía (+3,7%) y gasoil (+3,1%).

El único rubro que cayó fue el de empleo, con un descenso del 0,5%. De todos modos, aunque se trata de un comportamiento negativo, en este segmento se observa una desaceleración de la caída respecto del año 2020, ya que ese año los indicadores trimestrales mostraron bajas del 2,8%, 5%, 4,4% y 2,6%.

Fuente: lacapital.com

ECONOMÍA – Las ventas minoristas pymes tuvieron una caída mensual de 7% en mayo

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La entidad atribuyó esta situación a que el mes pasado se produjo el impacto de la nueva ola Covid-19 y las restricciones impuestas para bajar el ritmo de contagio.

La CAME atribuyó esta situación a que el mes pasado se produjo el impacto de la nueva ola covid-19 y las restricciones impuestas para bajar el ritmo de contagio.

La gente en promedio consumió 7% menos que en abril y las ventas pymes se ubicaron 29,6% por encima del mismo mes del año pasado, pero con rubros como Neumáticos, Calzados o Perfumerías que vendieron 30% menos que dos años atrás.

Asimismo, resultaron 18,8% menores a mayo de 2019, que es el año más cercano de confrontación dadas las condiciones atípicas que ocurrieron en 2020 por la pandemia, cuyas comparaciones son a precios constantes de enero 2019.

“En los primeros cinco meses del año acumulan un aumento de 29,6% frente a los mismos meses del año pasado”, precisó la CAME.

Los datos surgen del Índice de Ventas Minoristas Pyme que elabora mensualmente la entidad en base a respuestas de 780 comercios del país brindadas entre el 31 de mayo y el 10 de junio.

“Las nuevas restricciones a la circulación, los cierres de negocios los fines de semana, la falta de dinero en las familias y la cautela para gastar por la incertidumbre que genera el futuro de la crisis sanitaria, fueron algunos de los factores que terminaron por afectar la actividad comercial del mes, que se mantiene lejos de recuperar sus niveles pre-pandemia”, remarcó la CAME.

Asimismo, explicó que “todos los sectores tuvieron caídas mensuales en su actividad en mayo y todos se encuentran además por debajo de mayo de 2019”.

“En la comparación mensual, siempre cotejando variaciones en la facturación a precios constantes, las bajas más fuertes se dieron en: Perfumería y Cosmética (-13,7%), Calzados y Marroquinería (-13,1%), Indumentaria, lencería y accesorios (-11,2%) y Juguetería y artículos de librería (-9,1%)”, agregó.

Los datos surgen del Índice de Ventas Minoristas Pyme que elabora mensualmente la entidad en base a respuestas de 780 comercios del país brindadas entre el 31 de mayo y el 10 de junio.

En la relación mayo 2021 vs. mayo 2019, la peor situación se planteó en Perfumería y cosmética, que vendió el mes pasado 35,8% menos que dos años atrás, seguido por Neumáticos, repuestos de autos y motos (-33,5%), Calzados y marroquinería (-33,2%) e Indumentaria, lencería y accesorios (-27,9%).

Los rubros más cercanos a recuperar los niveles de 2019, son Farmacias y Alimentos y Bebidas, que se ubican respectivamente, 5,7% y 5,2% por debajo de mayo 2019.

“Una de las observaciones más frecuentes que realizaron los comercios, fue el elevado nivel de endeudamiento de la población, que se notó en la cantidad de veces que se pasaron tarjetas de débito y crédito con fondos insuficientes”, explicó CAME.

En relación a Alimentos y Bebidas, las ventas en mayo declinaron 5,6% frente a abril y 0,2% frente a mayo del año pasado, mientras que comparadas con dos años atrás, mayo de 2019, están 5,2% por debajo.

“Lo que más afecta el consumo, según comentan los negocios del rubro, es la suba constante en los precios de los productos que reciben de los proveedores”, detalló la entidad.

En el caso de Electrodomésticos, artículos electrónicos, computación, celulares y accesorios, el expendio en los comercios pymes retrocedió 3,2% mensual y 22% frente a mayo de 2019 a precios constantes.

“En lo que va del año aumentaron 28,3% frente a enero-mayo de 2020”, añadió.

Perfumería y cosmética: es uno de los rubros más afectados por la crisis, y especialmente por el desplazamiento de compras de esos productos hacia farmacias e hipermercados.

En la comparación mensual, las ventas en mayo descendieron 13,7% a precios constantes y se mantuvieron 35,8% por debajo de lo que se vendió en ese mes de 2019.

Por último, en el rubro Indumentaria, Lencería y accesorios hubo un declive de 11,2% entre mayo y abril y se mantuvieron 27,9% debajo de mayo de 2019.

Entre enero y mayo suman un crecimiento anual de 39.4% frente a los mismos meses de 2020.

“Una de las mayores quejas de este ramo es la proliferación de vendedores informales que coparon las redes sociales con sus productos. La venta colegial fue un aliciente para los comercios orientados a ese segmento y la llegada del frío, otro”, cerró la CAME.

Fuente: telam

IMPOSITIVAS – Monotributo: con el nuevo proyecto, el mes que viene habrá una recategorización

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La titular de AFIP, Mercedes Marcó Del Pont, confirmó  que la iniciativa oficial prevé una condonación de la deuda y revisión de categorías.

La titular de AFIPMercedes Marcó Del Pont, aseguró que el proyecto de ley de Monotributo impulsado por el Gobierno prevé “la condonación de la deuda y la revisión de categorías”.

“Esto va a generar un alivio muy importante”, sostuvo la funcionaria en declaraciones radiales.

La iniciativa, elaborada por el titular de Diputados, Sergio Massa, por encargo del presidente Alberto Fernández determina que en julio se pondrá en vigencia una nueva actualización de escalas con un criterio progresivo, que incrementa en un 77% respecto de diciembre de 2020 el tope para la categoría A, por ejemplo.

De acuerdo con el texto, se sostiene el valor mensual de la cuota de enero a junio de 2021 tomando como referencia el valor de diciembre 2020.

Asimismo, contempla un plan de pagos para las deudas que arrastran los monotributistas que les de previsibilidad en su economía diaria.

El proyecto también determina que se incrementan las escalas de manera significativa, complementando el incremento del 35% de principio de año, pero duplicando para las categorías más bajas, respecto de diciembre último.

En otro orden de temas, Marcó Del Pont confirmó que  el Gobierno firmó la reglamentación de la modificación del Impuesto a las ganancias para la cuarta categoría de trabajadores en relación de dependencia.

“El alivio es retroactivo, y esto se va a devolver en 5 cuotas a partir del mes que viene”, explicó la titular de AFIP al tiempo que consideró que la medida va a aumentar “en cerca de 50 mil millones de pesos” la transferencia que se generaría con la puesta en funcionamiento de la ley.

Fuente: ambito.com

IMPOSITIVAS – Ganancias y Bienes Personales: aumenta a $2,5 millones el piso para cumplir con las declaraciones informativas

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Se actualiza el piso para cumplir con la obligación de presentar las declaraciones juradas informativas con el detalle de bienes al 31 de diciembre de 2020

 

La obligación de presentar las declaraciones juradas informativas con el detalle de bienes al 31 de diciembre de 2020 y el total de ingresos, gastos, deducciones admitidas y retenciones sufridas, resultará de aplicación para aquellos empleados, jubilados y pensionados que hubieran obtenido ganancias brutas iguales o superiores a $2.500.000.

La resolución general con el cambio antes mencionado será oficializada en esta semana.

Reglamentación Ganancias

“La reglamentación de la modificación del Impuesto a las Ganancias traerá alivio con los salarios de junio y también alcanzará al aguinaldo”, expresó la titular de la AFIP, Mercedes Marcó del Pont.

Más de 1.200.000 de personas con salarios de hasta 150 mil pesos dejarán de pagar el impuesto. La ley impulsada por el oficialismo permite que solo 1 de cada 10 trabajadores en relación de dependencia se vea alcanzado por el impuesto“, definió Marcó del Pont.

“El ingreso disponible adicional para las trabajadoras y los trabajadores es de unos 50.000 millones de pesos. La medida incrementa la capacidad de consumo de la clase media”, sostuvo la funcionaria. Marcó del Pont precisó que la retención que se practicó a los salarios entre enero y mayo “será devuelta en cinco cuotas mensuales, consecutivas e idénticas a partir de julio”.

“Todos los que ganen hasta 150.000 pesos no van a tener retención y los que están entre 150.000 y 173.000 verán una reducción en la carga tributaria”, confirmó Marcó del Pont en declaraciones radiales.

La normativa de la AFIP instrumenta las modificaciones introducidas por la Ley 27.617 con relación a la eliminación del tope de edad para la deducción del Impuesto a las Ganancias correspondiente a los hijos y las hijas con discapacidad. La resolución del organismo también incorpora la deducción por pareja conviviente, antes reconocida sólo para cónyuges. Asimismo, se exime al personal de salud de pagar el impuesto por horas extras o guardias hasta septiembre.

Acerca del régimen simplificado de pequeños contribuyentes, la titular de la AFIP aseguró que “los monotributistas que hayan pagado van a tener una reimputación de las diferencias que afrontaron, que implica que se van a liberar unos 20.000 millones de pesos adicionales para llevar alivio a otro sector de la clase media”.

Marcó del Pont añadió que “el proyecto incorpora otro beneficio que es la suba de las categorías para dar mayor espacio para facturar con un alivio mayor para las categorías más bajas, como la A y B”.

“Además, el proyecto añade otra arista, que es el programa de regularización que es casi como una moratoria con 60 cuotas y una tasa del 1,5% para los que se hayan pasado pueden volver”, detalló la titular de la AFIP.

Explicó que “el presidente Alberto Fernández pidió que tras las diferencias que generaron para los monotributistas al aplicar la ley votada en el Congreso, se buscará una solución para llevar alivio a otro sector de la clase media.”

Consultada sobre la recaudación tributaria respondió que la evolución es muy favorable. “La recaudación viene muy bien. Destacamos la evolución de los impuestos progresivos como Ganancias y Bienes Personales”, dijo la funcionaria.

Marcó del Pont resaltó que “también la recaudación del aporte solidario avanza de manera positiva, con 232 mil millones de pesos generados y 10.200 contribuyentes que pagaron de los 13 mil potenciales”.

“Muchos han ido por la vía judicial y la estamos peleando. En general, la respuesta de la Justicia ha sido más favorable al fisco que a los contribuyentes”, sostuvo la titular de la AFIP.

Ganancias: los cambios

La nueva ley exime del Impuesto a las Ganancias a los trabajadores registrados con salarios de hasta $150.000 brutos mensuales y el que establece cambios en el Régimen de Monotributo.

En el caso de Ganancias, establece que serán los trabajadores que cobren entre $150.000 y $173.000 brutos mensuales los que comiencen a pagar el gravamen.

Hasta ahora, los que pagaban el tributo eran los empleados en relación de dependencia solteros sin hijos, con un sueldo promedio neto mensual de $74.810 y los casados con dos hijos menores que cobran a partir de            $98.963.

Por otro lado, la actualización del piso para estar exento de Ganancias se ajustará por el Ripte (promedio de variación salarial que elabora la Secretaría de Seguridad Social).

Ya es oficial la reglamentación de Ganancias

1) Quiénes quedan exceptuados de Ganancias: sólo pagarán Ganancias quienes perciban un salario bruto mensual superior a los $150.000, unos $124.500 de bolsillo. Para ese cálculo se considerarán todos los importes percibidos en un mes, con excepción del aguinaldo.

2) Retroactivo al 1 de enero: la ley tendrá vigencia al 1° de enero y el Gobierno devolverá los descuentos realizados en los primeros meses del año. Con el cobro de los sueldos de abril, los exceptuados recibirán lo que les retuvieron en enero, febrero y marzo. Se estima que la devolución alcanzaría los $10.000 millones.

3) Jubilados y pensionados: el proyecto eleva el mínimo no imponible para el pago de Ganancias de 6 a 8 haberes mínimos. Por lo tanto, solo pagarán el impuesto los que ahora cobran a partir de $164.571 mensuales. Además, ese piso se ajusta automáticamente cada 3 meses por la ley de movilidad jubilatoria. Sin embargo, el beneficio para jubilados aplica siempre y cuando no tenga otros ingresos distintos a la de la jubilación. Por ejemplo, si tiene intereses de un plazo fijo pierde el beneficio.

4) Aguinaldos: el aguinaldo de los sueldos de hasta $ 150.000 brutos no pagará impuesto a las Ganancias.

5) Qué pasa con los sueldos entre $150.000 y $173.000: esos trabajadores pagarán Ganancias, pero la AFIP establecerá las deducciones a fin de evitar grandes diferencias entre quienes deben tributar y los que están exentos.

6) Qué pasa con las jubilaciones de los presidente y vice: por una propuesta de la diputada radical Carla Carrizo se estableció que las rentas vitalicias de los expresidentes y vicepresidentes paguen el impuesto.

7) Bonos productivos: se considera exento del pago de Ganancias los bonos por productividad, fallo de Caja y conceptos de similar naturaleza por el equivalente al 40% de base no imponible del impuesto -$67.071 anuales- para los trabajadores que perciben menos de $300.000 de sueldo bruto. Se estima que alcanza a 400.000 trabajadores. Se delega en el Poder Ejecutivo la reglamentación de lo que se entiende por “conceptos similares”.

8) Horas extras del personal de la Salud: se vuelve a prorrogar este beneficio hasta el 30 de setiembre de 2021, con efecto exclusivo para las remuneraciones devengadas en concepto de guardias obligatorias (activas o pasivas) y horas extras, y todo otro concepto que se liquide en forma específica y adicional en virtud de la emergencia sanitaria provocada por el coronavirus, para los profesionales, técnicos, auxiliares (incluidos los de gastronomía, maestranza y limpieza) y personal operativo de los sistemas de salud pública y privada. En este punto se agrega al personal de recolección de residuos patogénicos.

9) Guarderías: los gastos de guardería para niños y niñas de hasta tres años no pagarán Ganancias hasta un tope anual de $ 67.000.

10) Hijo con discapacidad: también se eliminó el tope de edad para poder deducir al hijo por discapacidad. Se dispuso que las deducciones por hijo con discapacidad serán de manera permanente (hasta ahora el beneficio regía hasta los 18 años de la persona con discapacidad). Además, se duplica la exención por hija o hijo discapacitado, que en la actualidad es de $78.833.

11) Recolección de basura: los trabajadores de recolección no pagarán el impuesto por las horas extras.

12) Herramientas educativas: se podrá deducir de Ganancias la compra de herramientas educativas por parte de los trabajadores asalariados. Se trata de “la provisión de herramientas educativas para los hijos e hijas del trabajador y trabajadora y el otorgamiento o pago debidamente documentado de cursos o seminarios de capacitación o especialización y hasta el límite del 40%” de la base no imponible del impuesto “en las condiciones que establezca la AFIP“. “Herramienta educativa” incluye, por ejemplo, computadora o vestimenta escolar.

13) Concubinos: actualmente, el contribuyente puede deducir $156.320,63 anuales de la base imponible del impuesto por cónyuge si no tiene ingresos. Con las reformas, se amplió la deducción al concubino o concubina -cualquiera fuera el sexo. La reglamentación de AFIP va a establecer las condiciones para la deducción como, por ejemplo: acta unión convivencial, contrato de alquiler, etc.

14) Ropa, equipamiento y capacitación para el trabajador: la provisión de ropa y equipamiento del trabajador para uso exclusivo de sus funciones o el otorgamiento de un pago por capacitación, no pagará el impuesto a las Ganancias.

15) Plus patagónico: se mantiene el incremento del 22% del plus patagónico en el gravamen para los trabajadores de la región. Esto abarca a cerca de 83.467 empleados y jubilados que pagarán el impuesto en esta zona -pero con una menor carga tributaria que el resto de los contribuyentes- porque mantendrán un incremento en las deducciones del 22% respecto del resto del país. Esto significa que pagan Ganancias a partir de niveles salariales más altos.

16) Ajuste por Ripte: se fijó que la actualización del piso para estar exento de Ganancias se ajustará por el RIPTE (promedio de variación salarial que elabora la de Secretaría de Seguridad Social), porque se dejó de lado el reclamo de la oposición de que se ajustara por el Índice de Precios al Consumidor (IPC, o inflación minorista) que elabora el Indec.

En esa línea, como un aumento salarial otorgado este año puede hacer que una persona que había quedada eximida del impuesto volviera a quedar sujeta a pagarlo, los legisladores delegaron en el Ejecutivo la capacidad de elevar el piso, en caso de que lo considere necesario.

17) Fuerzas Armadas: es por los “suplementos particulares” que cobra el personal de las Fuerzas Armadas indicados en el artículo 57 de la Ley       Nº 19.101. Esos suplementos son: por actividad arriesgada, por título terciario, y por alta especialización o por zona o ambiente insalubre o penoso. Se estima un costo fiscal de $15 millones.

Fuente: iprofesional.com