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IMPOSITIVA – Cómo emitir y cómo anular una factura electrónica desde la web de la AFIP

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Qué pasos se deben seguir para emitir una factura electrónica desde la web de la AFIP. Y cuál es el mecanismo para anularla de manera online.
 

Los monotributistas de todas las categorías registrados en la AFIP deben emitir factura electrónica para las operaciones con consumidores finales.

La factura electrónica de la AFIP es un documento comercial en formato digital que reemplaza al físico (en papel).

Para poder emitir la factura electrónica de la AFIP, el contribuyente debe contar previamente con el número de CUIT, la Clave Fiscal habilitada con nivel 3 o superior y poseer los servicios de “Comprobantes en línea” y “Administración de puntos de ventas y domicilios” incorporados a su clave fiscal.

Factura electrónica de la AFIP: cómo dar de alta los servicios

La factura electrónica se realiza desde la página web de la AFIP: afip.gov.ar. El primer paso es habilitar los dos servicios mencionados con la clave fiscal: “Comprobantes en Línea” y “ABM – Puntos de venta”.

Si no se encuentran habilitados, hay que ingresar con CUIT y Clave Fiscal a la página web de la AFIP: www.afip.gov.ar.

Una vez adentro de la página web de la AFIP, sobre el margen izquierdo, visualizar la sección “Mis Servicios”, allí hacer clic en la opción “Administrador de Relaciones de Clave Fiscal”.

Dentro del “Administrador de Relaciones de Clave Fiscal”, hay que optar por “Adherir servicio”.

Cómo emitir una factura electrónica de la AFIP

En la pantalla siguiente, aparecerán las insignias de los diferentes organismos, presionar sobre la de AFIP y luego en “Servicios Interactivos”, buscar el servicio “Comprobantes en Línea” o “Administración de puntos de venta y domicilios”, según corresponda, y luego “Confirmar”.

Factura electrónica de la AFIP: cómo dar de alta el nuevo punto de venta

Para poder emitir la factura electrónica de la AFIP, los contribuyentes previamente deben dar de alta un nuevo punto de venta, diferente al que utilizaban para facturar manualmente.

Para ello hay que ingresar a www.afip.gov.ar con CUIT y Clave Fiscal y una vez dentro el sistema despliega en pantalla la lista de servicios habilitados.

Hay que seleccionar “Comprobantes en línea”. Seguidamente aparece la pantalla del régimen de Comprobantes en línea. Allí se debe seleccionar la opción “Datos Adicionales del Comprobante”, para completar con los datos personales y luego guardarlos.

Los pasos para seleccionar el Punto de Venta son los siguientes:

1- Ingresar con Clave Fiscal, ir a la pestaña de “Mis Servicios” y optar por “Administración de puntos de venta y domicilios”.

2- Seleccionar nombre y apellido.

3- Seleccionar la opción “A/B/M de Puntos de Venta”.

4- Se despliega el menú de “A/B/M de puntos de venta”. Para habilitar uno nuevo hay que seleccionar “Agregar”.

5- El sistema solicita que se ingrese el código de punto de venta (cinco dígitos numéricos), el nombre de fantasía, y la vinculación con el sistema de facturación por el cual se da de alta el punto de venta y el domicilio asociado. Quienes vayan a emitir los comprobantes a través del servicio “Comprobantes en línea” deben seleccionar la opción “Factura en línea – Monotributo”.

6- Una vez elegido el sistema de facturación, seleccionar el domicilio asociado. Una vez ingresados los datos solicitados, hacer clic en el botón “Aceptar”, y luego “Confirmar”.

7- Se puede seleccionar el botón “Constancia” para ver el comprobante del alta. Y luego, en la misma pantalla, se la puede imprimir.

Paso a paso, cómo emitir la factura electrónica de la AFIP

Paso 1: Como último paso para emitir una factura electrónica de la AFIP hay que ir a la pestaña “Mis Servicios” y elegir la opción “Comprobantes en línea”.

Paso 2: Dentro del servicio “Comprobantes en línea” se visualizarán los contribuyentes asociados a la CUIT ingresada para que selecciones la que corresponde al contribuyente consultado.

Paso 3: Seleccionar la opción “Generar Comprobantes” dentro de los ítems desplegados.

Paso 4: Dentro de “Puntos de venta a utilizar” y “Tipo de Comprobante”, desplegar las opciones y seleccionar el que corresponda. Luego, presionar “Continuar”.

Paso 5: Dentro de Datos de emisión (consta de 4 pasos) completar los datos correspondientes y presionar “Continuar”.

Paso 6: A continuación se deben completar los datos del receptor de la factura.

Paso 7: Completar los datos de la operación y luego la opción “continuar”.

Paso 8: Luego se visualiza el resumen de todos los datos completados. Si todo está bien, seleccionar la opción “Confirmar datos”.

Paso 9: El comprobante solicitado se genera por triplicado. Y también se pueden consultar los comprobantes generados anteriormente.

Claves de la factura electrónica de la AFIP

Todas aquellas personas contribuyentes que se encuentren en la categoría de monotributo deberán presentar ante la AFIP sus facturas electrónicas.

Desde la aprobación de esa medida, todo el sistema de las categorías monotributistas se ha modificado, incluso su forma de cobro ya que es obligatorio ante la AFIP, la presentación de facturas electrónicas.

¿Qué es una factura electrónica de la AFIP?

Una factura electrónica es el reemplazo de la facturación manual, si bien algunos lugares aún siguen generando de esta forma, aquellos que sean obligados a hacerlas de forma electrónica deberán gestionarlos en el la página de la AFIP.

Una factura electrónica de la AFIP es un comprobante generado de forma digital. Este comprobante electrónico funcional, ya sea una factura electrónica, una nota de débito, una nota de crédito o un recibo, etc, evita la necesidad obligatoria de ser impresas .

A través de este medio, los comprobantes en línea pueden ser gestionados y emitidos desde cualquier dispositivo (ordenador, tablet o cualquier smartphone que cumpla las características para poder acceder al sistema y que cuente con una conexión a Internet y se pueda descargar la aplicación de ‘Facturación móvil’ para gestionar).

¿Quiénes deben emitir la factura electrónica de la AFIP?

Deben emitir factura electrónica de la AFIP de manera obligatoria todos aquellos monotributistas que realicen operaciones con consumidores finales.

¿Qué se debe hacer para comenzar a emitir facturas electrónicas de la AFIP?

Para poder emitir facturas electrónicas de la AFIP, primero se debe dar de alta un nuevo punto de venta, porque no podrá ser utilizado el que se tiene actualmente con la facturación manual.

Para poder generar la alta del punto de venta, lo primero será ingresar el CUIT y la clave fiscal del monotributista, al servicio “Administración de puntos de venta y domicilios”, se completa con el nombre y apellido, se selecciona la opción A/B/M donde menciona los punto de venta y clickear en ‘agregar’ .

Una vez en pantalla, se debe colocar el código del punto de venta y si se desea el nombre del local. Luego hay que vincular el sistema de facturación por el que se da de alta el punto de venta, para poder emitir los comprobante en línea a través de la opción “Comprobantes en línea”, allí elegir la opción “Factura en línea” y luego “Monotributo”.

Finalmente habrá que indicar un domicilio asociado, que previamente ya debe estar dado de alta en el servicio. Solo basta aceptar y confirmar la operación.

¿Cómo obtengo una factura electrónica de la AFIP?

Se puede obtener una factura electrónica de la AFIP, si previamente se dio la alta del nuevo punto de venta y contando con el CUIT / CUIL / CDI, una claves fiscal que esté habilitada con un nivel de seguridad 3 o superior.

¿Cómo emitir una factura electrónica de la AFIP?

Para saber cómo emitir una factura electrónica de la AFIP se puede realizar fácilmente siguiendo el instructivo de la AFIP para comprobantes en línea. Consta de unos simples pasos, se podrá obtener rápidamente.

El primer paso para emitir una factura electrónica de la AFIP es ingresar a la página de la AFIP con el nombre de usuario y la clave fiscal.

Allí la página ofrecerá una lista de servicios y figurarán los que el contribuyente ya tenga habilitados. Si se realizaron los requisitos anteriores, la persona podrá seleccionar “Comprobante en línea” y elegir la opción que corresponda como monotributista.

Una vez realizada esta acción se desplegará el Régimen De Comprobantes en línea. Acá se debe seleccionar “Datos Adicionales del Comprobante” completar con los datos solicitados y clickear en guardar.

Una vez en pantalla elegir “ABM Puntos de Ventas”, en donde se debe habilitar el punto de venta en que se comenzará a emitir los comprobante electrónicos y el tipo a usar. Seleccionar “Continuar”.

Continuando allí, se debe proceder a elegir “Generar Comprobantes”. Allí habrá que completar con la datos de la emisión, siendo la fecha, el concepto, y en el caso de ser una moneda extranjera, también. La conversión se realiza automáticamente por el sistema.

El contribuyente deberá completar con los datos del cliente su factura electrónica junto con las condiciones de venta, es decir, si fue en efectivo, tarjeta de credito o debito o un cheque. Luego, se selecciona la opción “Continuar”.

Se siguen completando los datos solicitados que se pida sobre la operación y volver a oprimir el botón Continuar.

El sistema permitirá visualizar y posteriormente imprimir la factura por triplicado.

¿Tiene la misma validez un comprobante físico que una factura electrónica de la AFIP?

Sí, ambas facturas tienen la misma validez legal e impositiva. Se deben cumplir los requisitos propuestos por las normativa.

¿Tiene algún costo emitir la factura electrónica de la AFIP?

No, no hay ningún costo. El trámite es 100% digital y online. Cualquiera con su clave fiscal y usuario podrá acceder y gestionar un comprobante online.

¿Qué sucede si no se emite la factura electrónica de la AFIP?

En el caso de no presentar, de forma online, ante la AFIP las facturas electrónicas, el monotributista tendrá que abonar una multa que va desde los $150 hasta aproximadamente $2500, incluyendo la clausura del negocio o comercio que maneje, un periodo de 2 a 6 días hábiles.

¿Se puede anular una factura electrónica?

Si bien la AFIP no tiene previsto anular las facturas electrónicas, ofrece una opción dentro de la sección de la factura en cuestión un botón donde se podrá anular fácilmente.

Para anular cualquier comprobante electrónico con efectos fiscales y legales, se deberá emitir una nota de crédito o nota de débito, dependiendo del caso.

En caso de inoperatividad de los medios de emisión indicados, como última opción, en caso de inoperatividad de los medios de emisión, se deberán emitir los comprobantes que respalden las operaciones mediante alguna de las modalidades que existen para cada caso:

a) Código de Autorización Electrónico Anticipado “C.A.E.A.” (RG 2926/10

)b) Controlador Fiscal de “Nueva Tecnología” (RG 3561/13)

c) Autoimpresor o método manual -talonario- (RG 100/98)Sólo podrán optar por la alternativa de método manual (talonario) aquellos que utilicen la opción de “Comprobantes en Línea” para emitir Factura Electrónica.

Pasos para anular una factura electrónica

La Ley prohíbe la anulación de facturas ya emitidas, por lo cual lo mejor será evitar producir errores a la hora de realizar una factura electrónica para los clientes o compradores.

Es por ello, que para poder anularla se deberá gestionar una nota de crédito o una nota de débito, según sea el caso.

¿Nota de crédito o de débito? En el primer caso, se genera la anulación de una factura electrónica creando una nota de crédito.

Se realizará en el caso de una venta que haya sido facturada o si la factura ha sido mal hecha o se haya duplicado. Y una nota de débito será realizada en el caso de haber cobrado de menos al cliente.

Para anular la factura electrónica: ¿nota de crédito o de débito?

El primer paso para anular una factura electrónica C será ingresar a la web de la AFIP, colocando el usuario y la contraseña fiscal e ingresar.

Una vez en pantalla, se deberá dirigir a la sección Comprobantes en línea, como si fuese a generar una nueva factura.

Aparecerá la empresa a la que se representa, y la opción de Generar comprobantes.

Siempre aquí es cuando se elige qué tipo de factura se va a generar ya sea A, B o C según el caso, pero esta vez la opción a seleccionar será Nota de Crédito C (C ya que se habla de una factura electrónica tipo C). Y cliquear continuar.

Luego se deberá colocar la fecha del comprobante y el concepto a incluir. Posteriormente, se debe ingresar el DNI o CUIT de la factura a anular y por último se realizará la asociación al comprobante que se desea anular.

Una vez realizado todos estos pasos para anular factura electrónica, se deberá agregar una pequeña descripción y colocar los precios y la cantidad de unidades del documento a anular. Luego al clickear continuar, la nota de crédito ha sido generada.

Cómo obtener el CUIT

La AFIP también detalló el procedimiento que las personas humanas tienen que seguir para obtener la Clave Única de identificación Tributaria (CUIT).

En resumen, los principales pasos son los siguientes:

1 – Si tenés el DNI nuevo, el trámite es muy sencillo: sólo tenés que ingresar a www.afip.gob.ar dentro de “Inscripción Digital” para comenzar a cargar los datos requeridos por el sistema.

2 – Una vez en el sistema, tenés que seleccionar una de las siguientes dos opciones: – Si no tenés o no recordás tu clave fiscal: seleccioná el botón correspondiente para obtener o recuperar tu clave y poder continuar con el trámite de la obtención de la CUIT digital.Si ya tenés y recordás tu clave fiscal: seleccioná la opción “iniciar inscripción digital” e ingresá tu clave fiscal.

3 – Una vez que ingreses tu clave fiscal, podrás visualizar tus datos personales y el sistema te requerirá completar los datos faltantes.

4 – Luego de cargar tus datos de contacto, confirmalos presionando la opción “VALIDAR”.

5 – Una vez confirmados los datos, te enviarán un código de validación, ingresalo y presioná “VALIDAR”.

6 – Para seguir con el trámite, tenés que seleccionar la opción “continuar”, chequear que los datos sean correctos y luego presionar “Obtener CUIT”.

7 – Finalmente, visualizarás la conclusión del trámite y podrás imprimir el formulario 460/E presionando sobre “ver formulario”.

8 – Si no tenés DNI digital (nuevo) o si elegís realizar el trámite en la agencia que te corresponde por tu domicilio fiscal, tenés que sacar primero un turno web. Con ese turno, tenés que presentarte el día y la hora que seleccionaste junto con la documentación requerida para realizar el trámite.

Requisitos para obtener el CUIT

El trámite de obtención de CUIT por internet es opcional para las personas humanas que tengan DNI digital.

¿Qué es el DNI digital?

Es un documento que cumple con los estándares de seguridad internacional y que cuenta con datos biométricos que resguardan y aseguran tu identidad.

Podés identificarlo ya que posee número de trámite y fecha de vencimiento.

Requisitos

Domicilio real y fiscal

– Dirección de correo electrónico y número de teléfono (fijo y/o celular)

– Adjuntar en archivo digital el DNI (frente y dorso) y una fotografía color del rostro (de buena calidad, alta resolución, reciente, en fondo claro y de frente, sin lentes u otros accesorios que tapen la cara u orejas).

Si, en cambio, realizás el trámite de manera presencial en la agencia que te corresponde según tu domicilio fiscal, tenés que presentar los originales de la documentación requerida. También podés exhibir fotocopias firmadas por el responsable y certificadas por un escribano público.

Documentación necesaria para tramitar el CUIT en la agencia

Argentinos nativos o naturalizados y extranjeros: documento nacional de identidad y fotocopia. El DNI digital será el único documento válido.

Extranjeros que no posean documento nacional de identidad: cédula de identidad, o del certificado o comprobante que acredite el número de expediente asignado por la Dirección Nacional de Migraciones, donde conste el carácter de su residencia, y fotocopia.

Cómo obtener el CUIT, paso a paso

El otorgamiento de la CUIT a los extranjeros está sujeto a las condiciones de la RG 3890/94.

Además, tenés que presentar dos de las siguientes constancias de domicilio:

1. Documento nacional de identidad argentino.

2. Original y fotocopia del certificado de domicilio expedido por autoridad competente (antigüedad: Hasta 60 días anteriores al día de la presentación).

3. Original y fotocopia del acta de constatación notarial.

4. Original y fotocopia de alguna factura de servicio a nombre del ciudadano o responsable (antigüedad: Hasta 60 días anteriores al día de la presentación).

5. Original y fotocopia del título de propiedad o contrato de alquiler o de “leasing”, del inmueble cuyo domicilio se denuncia.

6. Original y fotocopia del extracto de cuenta bancaria o del resumen de tarjeta de crédito, cuando el solicitante sea el titular de tales servicios. (antigüedad: Hasta 60 días anteriores al día de la presentación)

7. Original y fotocopia de la habilitación municipal o autorización municipal equivalente, cuando la actividad del solicitante se ejecute en inmuebles que requieran de la misma.

8. Original y fotocopia del certificado de vivienda familiar emitido por la Agencia de Administración de Bienes del Estado, entregado por la ANSES.

Consideraciones

Según el sujeto de que se trate, la documentación a aportar es la que se señala para cada caso:

– El certificado de vivienda familiar se considerará documento suficiente para acreditar la existencia y veracidad del domicilio de su titular y convivientes, no debiendo aportar ninguna otra constancia.

– De haberse constituido el domicilio fiscal electrónico, será suficiente uno de los elementos que se detallan en los puntos del 1 al 8.

– Quienes no hayan constituido domicilio fiscal electrónico, serán requeridos 2 de los instrumentos que se detallan en los puntos del 1 al 7.

– Si el trámite de inscripción se inicia por internet, sólo se exhibirán los originales de los documentos citados en lo puntos del 1 al 8 (en caso contrario tenés que aportar original y copia).

La AFIP requerirá a las personas humanas que actúen por sí o como apoderados o representantes legales de personas humanas o jurídicas, el registro digital de la fotografía, firma y huella dactilar, así como la exhibición del documento de identidad para ser “escaneado”.

La registración de los datos biométricos no se considerará perfeccionada hasta tanto se ratifique la fotografía, la firma y el documento de identidad “escaneado”, mediante el servicio con clave fiscal “Aceptación de datos biométricos” de la página web de la AFIP.

Fuente: iprofesional.com

ECONOMÍA – La Fed advierte sobre una “gran incertidumbre” económica de EEUU por el Covid-19

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El presidente de la Reserva Federal de EEUU, Jerome Powell, advirtió sobre “la gran incertidumbre” que la epidemia de coronavirus genera en la actividad económica y el empleo de ese país.

El presidente de la Reserva Federal (Fed) de EEUU, Jerome Powell, advirtió este martes sobre “la gran incertidumbre” que la epidemia de coronavirus genera en la actividad económica y el empleo de ese país, y que sus niveles se mantienen “muy por debajo” de los niveles anteriores a la pandemia.

“Gran parte de esa incertidumbre económica procede de la incertidumbre sobre la evolución de la enfermedad y los efectos de las medidas para contenerla”, advirtió Powell en su testimonio ante el Comité de Banca, Vivienda y Urbanismo del Senado

“Hasta que la gente esté segura de que la enfermedad está contenida, es improbable una recuperación completa”, subrayó Powell, y señaló que “cuanto más dure la recesión, mayor será el potencial daño a largo plazo para el empleo y las empresas”.

Sin embargo, el levantamiento gradual de algunas medidas de confinamiento y la relajación sobre el distanciamiento físico, provocaron que algunos indicadores económicos apuntaran hacia la estabilización y, en algunos casos, un leve rebote de la actividad.

En este sentido, Powell advirtió a los senadores sobre la creciente desigualdad en el país, y recordó que los hogares con mayores ingresos son los que han soportado el mayor impacto del desempleo.

Sobre esta cuestión, destacó que afroamericanos e hispanos, así como las mujeres, fueron los más perjudicados en comparación con otros grupos.

“Si no se contiene y revierte, la recesión podría ampliar aún más las brechas en el bienestar económico, después de los avances obtenidos durante el largo periodo de expansión anterior”, advirtió.

En cuanto al papel desempeñado por la Fed, Powell defendió que el banco central estadounidense adoptó medidas “contundentes y de amplio alcance” para apoyar el crédito a la economía.

“Seguiremos de cerca los acontecimientos y estamos preparados para ajustar nuestros planes según corresponda para apoyar nuestros objetivos”, aseguró.

Fuente: ambito.com

ECONOMÍA – La crisis del coronavirus: cuántos argentinos vive en un hogar con ingresos del Estado

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Qué revelan los números del Informe de Panorama Productivo de junio elaborado por CEP XXI del Ministerio de Desarrollo Productivo.

Casi el 90% de los argentinos vive en un hogar con ingresos del Estado, según lo destacó el Informe de Panorama Productivo de junio elaborado por el Centro de Estudios para la Producción (CEP XXI) del Ministerio de Desarrollo Productivo.

Tal como sucedió en abril, en mayo el 89% de la población argentina vive en un hogar en donde al menos una persona percibe un ingreso proveniente del Estado, se informó oficialmente.

Además, según el informe, la industria y el comercio ya se encuentran habilitadas casi en su totalidad en gran parte del país.

A principios de junio, 15 provincias tenían más del 80% del empleo privado autorizado para trabajar. Seis provincias se encontraban entre el 75% y el 80% y solo 3 por debajo del 70% (CABA, Buenos Aires y Chaco).

La industria manufacturera está habilitada para producir en todo el país salvo en AMBA y que el consumo de energía en las plantas industriales se recuperó en la mayoría de los sectores.

Asimismo, en su primera ronda, el Ingreso Familiar de Emergencia (IFE) benefició a 8,4 millones de personas. Evitó que entre 2,7 y 4,5 millones de beneficiarios cayeran en la pobreza y la indigencia en el último bimestre.

En tanto, a través del programa de Asistencia al Trabajo y a la Producción (ATP), el Estado abonó salario complementario a 2,34 millones de trabajadores en abril y 2,04 millones en mayo. Fondeó además casi medio millón de créditos a tasa cero.

Estos son los puntos más relevantes del informe:

-Mayo se caracterizó por la puesta en marcha de buena parte del aparato productivo

-A principios de junio 15 provincias ya tienen más del 80% del empleo privado habilitado para trabajar.

-Seis provincias se encuentran entre el 75% y el 80% y solo 3 por debajo del 70% (CABA, Buenos Aires y Chaco)

-En todo el país, salvo en el AMBA, la industria manufacturera está plenamente habilitada para producir.

-El comercio está habilitado en un 85% en todo el país con 20 provincias por encima del 95%.

-El consumo de energía en las plantas industriales se recuperó en la mayoría de los sectores, aunque a inicios de junio permanece aún por debajo de los niveles pre-cuarentena.

Entre febrero y abril, alrededor de 15 mil empresas dejaron de presentar declaraciones juradas de seguridad social ante AFIP y el empleo formal mostró bajas significativas.

-La primera ronda del Ingreso Familiar de Emergencia (IFE) alcanzó a 8,4 millones de personas.

–El bono de 10000 del IFE -en conjunto con otras medidas de ayuda como la duplicación del monto de la AUH y la Tarjeta Alimentar en marzo y abril- evitó que entre 2,7 y 4,5 millones de personas cayeran en la pobreza y la indigencia.

Ingresos: cuántas personas reciben ayuda por parte del Estado

Salario complementario

–2,34 millones de ocupadas y ocupados que trabajan en alrededor de 245 mil empresas cobraron la ATP para salarios de abril. El sector industrial fue el que más ayuda recibió, seguido por el sector de comercio. Esta medida tuvo un costo fiscal aproximado de $49.000 millones.

–En mayo se aprobaron alrededor de 242 mil empresas que emplean a 2,04 millones de empleados para recibir el ATP, por un costo fiscal cercano a $42.000 millones.

-Hasta el momento, se aprobaron 479 mil créditos a tasa cero por un monto de $ 52.272 millones, de los cuales ya se otorgaron alrededor de 340 mil.

-En cuanto a los créditos a tasa subsidiada del 24%, al 4/6 se asistieron a 136 mil empresas (mayormente PyMEs), por un monto de $231.000 millones.

La ANSeS evalúa la continuidad del IFE

El mundo y el Covid-19

-En Europa vivió una caída del 28% en la producción y todavía mantiene programas de garantías de créditos y asistencia salarial para evitar cierres de empresas y despidos masivos.

-China mostró un crecimiento de la industria del 5% interanual en abril y anunció un programa de estímulo por alrededor del 6% del PIB. En India se registró una caída récord de la industria del 64,3% en abril.

-En Estados Unidos se crearon 2,5 millones de empleos en mayo respecto a la histórica caída de abril, impulsadas por la atenuación de las restricciones. Sin embargo, el desempleo se mantiene en niveles superiores al pico de la crisis de 2008. Se evalúa un nuevo paquete de estímulos que se sumaría a los ya aprobados por más de tres billones de dólares.

-En Brasil, la industria se contrajo 31,3% interanual en abril; en México, 35,3% y un 32,2% en Perú en marzo.

Fuente: iprofesional.com

IMPOSITIVAS – AFIP: todo lo que deben saber los contribuyentes sobre los vencimientos impositivos que hay hasta fin de julio

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Qué trámites y pagos quedan en los próximos 45 días y qué sugerencias formulan los especialistas para aliviar la carga tributaria en medio de la crisis económica.
 

Los próximos 45 días son los más cargados para los contribuyentes y contadores en el año, por el vencimiento de numerosos impuestos anuales y de la moratoria impositiva.

Por esta razón, más vale estar atento a todo lo que necesitan los contribuyentes para estar al día con el fisco y cuáles son las sugerencias que tienen los tributaristas para que la situación sea lo más liviana posible.

En primer término, vence la moratoria de la AFIP para pequeños contribuyentes, el 30 de este mes, luego de prorrogar su cierre dos meses por la cuarentena. Por un lado, el presidente Alberto Fernández dio a entender que el Gobierno estudia un perdón más amplio -aunque sería de carácter laboral- y, por el otro, la Justicia ya hizo lugar a través de sendas medidas cautelares, de recursos de grandes empresas para que las incluyan en este régimen. Además, los contadores pidieron que se corra la fecha de las deudas que pueden ingresar (30/11/2019) para incluir al menos el primer trimestre de este año. Por otro lado, a fin del mes próximo también vence la moratoria de ARBA para deudas vencidas al 31 de diciembre pasado. El régimen incluye a un conjunto de 600.000 pymes bonaerenses, que deben un monto global de $26.000 millones, en concepto de los impuestos Inmobiliario (Básico y Complementario), Automotores, Ingresos Brutos y Sellos. -Anticipo de Ganancias y Bienes Personales del 13 al 15 de julio.

Presentación de la declaración jurada y el pago del saldo para personas humanas de los impuestos a la renta financiera, Bienes Personales y Ganancias (ejercicio 2019) del 24 al 29 de julio, luego de la prórroga que otorgó la AFIP. Cabe recordar que el Gobierno derogó el “impuesto cedular” para los plazos fijos, pero sigue vigente para el pago de dividendos, compra venta de acciones y títulos públicos, y monedas digitales.

-En el caso de las sociedades, aquellas con cierre en enero la presentación de Ganancias por el ejercicio 2020 es pasado mañana y, para las que tienen cierre en febrero, del 13 al 15 de julio.

-Como es habitual, el 20 de cada mes vence el pago del monotributo, el pago para el régimen de casas particulares el 13 del mes próximo y el del IVA del 20 al 24 de julio.

Ezequiel Passarelli dijo que “lamentablemente, hay que hablar de las urgencias, pero sería bueno pensar lo que viene después de la urgencia. En este sentido, algo que se empieza a mover, de a poco, en relación con una posible reforma tributaria”.

“En lo que respecta a las urgencias, las moratorias abiertas a nivel nacional y de la provincia de Buenos Aires quedaron totalmente desactualizadas, al no incluir las deudas generadas durante la pandemia, explicó.

Ante esta situación, “el Estado tenía dos grandes alternativas. La primera, hubiera sido directamente prorrogar los vencimientos impositivos. Pero, de haberlo hecho, la recaudación directamente hubiera sido cero. Nadie habría pagado los impuestos”.

Por esta razón es que, “como suele ocurrir en Argentina, sobre todo tan urgida de fondos, surge esta segunda alternativa: que paguen los que pueden. Y, para los que no pueden, habrá una moratoria”.

En el caso de la moratoria bonaerense, sugirió incluir la deuda “descomunal” de los agentes de recaudación. “En este momento en el que hay una necesidad de fondos tan importante, es crucial que la provincia se haga de este flujo y, además, que termine con los altos costos que tiene perseguir a los deudores. Hacerse de ingresos y bajar el gasto. Ese tiene que ser el objetivo”, expresó. Esta modificación debería ser votada por la legislatura provincial.

Por otro lado, en el caso de la Ciudad de Buenos Aires, pidió que se reabra la moratoria que venció a fin de 2019.

Además, consideró que sería útil pensar en “la posibilidad de pagar Impuestos con Bonos o Títulos de deuda, por lo menos para que las empresas o las personas que tienen estos bonos, a valores de default, puedan recuperar parte de lo que perdieron y, al mismo tiempo, compensar las deudas tributarias que tienen con el propio Estado”.

En tanto, Iván Sasovky consideró que “los vencimientos que quedan por delante para lo que queda del mes de junio y el mes de julio se convirtieron en una gran muralla para quienes están luchando por sobrevivir a esta parálisis económica, y sobre esa lógica entendemos que el presidente planteo la posibilidad de la existencia de una moratoria para todo el mundo”.

“Realmente la recaudación va a caer cada vez más hasta que la economía comience a hacer pie. En la actualidad existen muchas empresas que han tomado la dolorosa decisión de cerrar sus puertas, y eso tiene un efecto directo en la generación de empleo y en la recaudación. Hasta teniendo los impuestos más altos del mundo cuando no hay ventas no se recauda”, expresó.

Por otra parte, “la informalización de la economía va a ser un problema creciente en esta economía deprimida, lo que va a poner a prueba los mecanismos del Estado para luchar contra uno de los principales flagelos de la economía argentina”.

“Se produce una situación a la que nadie quiere llegar que tiene que ver tomar una decisión entre pagar impuestos o cerrar, ante esa disyuntiva de la muchos hoy quedan atrapados, el mensaje de una potencial moratoria puede afectar aún más la recaudación, la idea de una amnistía o reducción de costos a futuro puede ser un salvavidas de plomo en este momento y en algún caso hacer más larga una agonía que cuesta mucho dolor asumir”, expresó.

En tanto, Guillermo Poch de BDO sostuvo que “en los próximos vencimientos se pueden dar situaciones diferentes en cuanto al cumplimiento de las obligaciones tributarias debido al efecto de cuarentena en cada actividad. En vista de ello, el fisco debería intentar dar respuestas para cada universo en particular”.

En este sentido, “como en la actualidad el fisco tiene a disposición mucha información económica de cada contribuyente, como los montos de facturación, movimientos bancarios, entre otros, está en condiciones de brindar soluciones diferentes”.

Por ejemplo, opinó, “aquellas empresas que tuvieron una reducción o paralización clara, deberían tener el beneficio de ingresar en cuotas o diferir, respectivamente, aquellas obligaciones que independientemente de su actividad o cobro, están obligadas a pagar”. En particular, mencionó los anticipos del Impuesto a las Ganancias e IVA.

“Es decir, crear un régimen de facilidades de pago o postergar los vencimientos de junio y julio, según la situación”, aclaró.

Y, en aquellos casos que no tuvieron impacto, “deberían respetar los vencimientos que fueron fijados a principios de año”.

El organismo tributario que conduce Mercedes Marcó del Pont prorrogó el plazo para ingresar a la moratoria hasta fin de este mes

“De igual modo de que el fisco encuadra a los contribuyentes en función a su riesgo, debería generar herramientas que clasifiquen a los contribuyentes en relación con el impacto que genera el Covid, y, a partir de ello, fijar tratamientos diferentes”, opinó.

En tanto, César Litvin dijo que “si sigue la cuarentena, va a ser difícil cumplir con los vencimientos de julio” y consideró que, en el caso de la moratoria que vence a fin de este mes, “habría que permitir que ingresen las deudas vencidas en los primeros seis meses del año y que incluyan a las grandes empresas, para respetar el principio constitucional de igualdad ante la ley”.

Por otro lado, consideró que, más que una amplia moratoria laboral, el Gobierno debería “promover un blanqueo del empleo no registrado y bajar los impuestos al trabajo”.

Fuente: infobae economico

ECONOMÍA – Según el Ipec, la inflación de mayo en Santa Fe fue del 1,6%

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El índice de Precios al Consumidor prácticamente coincide con el indicar que hace unos días dio a conocer el Indec del 1.5%.
El Nivel general del Índice de Precios al Consumidor de Santa Fe (IPC_SF) registró en mayo de 2020 un aumento de 1,6% con relación al mes anterior.
Acumula un 11,2% desde el comienzo del año y en un año el aumento fue del %42,9.
Indumentaria fue el rubro con mayor incremento, con un variación del 8%, probablemente atribuido al cambio de temporada. En cuanto a Alimentos y Bebidas, la suba fue del 0,7%.
Los otros rubros con mayores variaciones fueron Equipamiento y mantenimiento del hogar y Transporte y Comunicaciones.
En el marco de las medidas de aislamiento y distanciamiento social, preventivo y obligatorio, el IPEC aclara que continuó con modalidades no presenciales en la captura de datos y análisis de relevamiento (como la consulta telefónica, el correo electrónico y la modalidad online con los informantes), en línea con lo sugerido por el Indec.
Fuente: telefe.com

Jurisprudencia. Ganancias.

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Operatividad del trámite de reducción de anticipos sin necesidad de la aprobación por parte de AFIP.

De acuerdo a la normativa aplicable, el trámite de reducción de anticipos no requiere aprobación por parte de la AFIP. Si el Fisco no expresó objeciones dentro del plazo de 10 días contados a partir de la fecha del ejercicio de la opción, debe considerarse que existe una especie de aprobación tácita.

Tribunal: Cámara Federal de Apelaciones de Rosario, Sala A.
Causa: “Sensor Automatización Agrícola S.A. c/ AFIP DGI s/ Impugnación de acto administrativo S.A.” Fecha de sentencia: 04/05/2020

Fuente: Lisicki Litvin

ECONOMÍA – Efecto cuarentena: la recaudación de las provincias se desplomó 15% en términos reales en mayo

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Algunos distritos, como Neuquén, Buenos Aires y Santa Fe, fueron los que más sufrieron.

Los números cerrados de mayo mostraron que el quinto mes volvió a ser otro para el olvido en materia de evolución de la recaudación provincial en medio de la pandemia por coronavirus. Cuando se toma a nivel conjunto, los ingresos tributarios se desplomaron un 15% en términos reales (cuando se tiene en cuenta el impacto de la inflación) frente a igual mes de 2019, según análisis privados en base a datos oficiales.

No obstante, la visión del vaso medio lleno se puede tener con el contraste con abril: en el cuarto mes la caída había sido aún más abrupta, de un 19%. La diferencia radica en que, en mayo, algunas actividades empezaron a volver a traccionar, de a poco, en los distritos en los que se fue avanzando en las fases de la cuarentena.

Los datos surgen del monitor de evolución de recaudación provincial que elabora el IARAF (Instituto Argentino de Análisis Fiscal) en el que se detalla que el principal recurso a nivel provincial, que es Ingresos Brutos, mostró una retracción del 15%.

Recaudación en las provincias

“Sellos, el otro impuesto provincial ligado fuertemente a la actividad formal, cayó nuevamente en términos nominales, y fue el que peor performance mostró. Nuevamente, el único tributo provincial que recaudó más en términos reales fue el impuesto inmobiliario, con un crecimiento real del 6% interanual”, se detalló.

El director del IARAF, Nadin Argañaraz, sostuvo que todavía no se ve tanto el efecto del levantamiento de la cuarentena. “Habrá que esperar los datos de los primeros días de junio, que debería empezar a disminuir la caída mensual”, agregó.

La recaudación a nivel nacional difundida por la AFIP cayó en mayo en términos reales: lo hizo un 22%, aún peor que en el conjunto a nivel provincial. Esta disminución también tuvo un efecto en los recursos que reciben las provincias por los impuestos que se coparticipan.

Algunas de las provincias más afectadas, que hicieron públicos los datos de la evolución de la recaudación a mayo fueron la de Buenos Aires, Santa Fe y Neuquén.

En la provincia gobernada por Axel Kicillof los ingresos totalizaron en mayo $ 32.465 millones, lo que representa una variación positiva de 13,7% en términos nominales, pero que si se considera que el aumento de precios, la recaudación bonaerense cayó 21% en términos reales.

En diálogo con Clarín, el ministro de Economía de Santa Fe, Walter Agosto, señaló que la caída de la recaudación total de la provincia fue de $ 14.200 millones en el periodo enero-mayo, con respecto a lo previsto recaudar en esos meses,  y que principalmente se dio desde el 20 de marzo cuando comenzó la cuarentena.

“Para dar una idea de magnitud, el monto de la caída equivale a los aguinaldos de junio y diciembre”, ejemplificó.

Neuquén, impactada por la baja en la actividad de Vaca Muerta y también la derivada del turismo, fue una de las que peor performance tuvo: en mayo registró un desplome del 23% de la recaudación de impuestos provinciales, sin siquiera añadir el impacto de la inflación.

No obstante, desde la provincia gobernada por Omar Gutiérrez señalaron que recibieron dos noticias de importancia para sus finanzas en los últimos 15 días: la imposición del barril criollo y los $ 5.000 millones del fondo fiduciario. “Fueron dos medidas de alivio para la provincia. El mes más duro ya pasó, que fue mayo. La expectativa es de lenta mejora, porque Neuquén ya está en etapa de distanciamiento social”, añadieron.

De hecho, algunas de estas provincias son las que en los últimos meses salieron a emitir letras para pagar a los proveedores, que luego los aceptan para que estos cancelen impuestos.

Félix Piacentini, economista de Noanomics, sostuvo que “lamentablemente la política fiscal argentina nunca logró quebrar su prociclicidad e iniciativas como la creación efectiva de fondos anticíclicos engrosados con superávits en las buenas para ser usado en las malas. Nunca estuvo más que en las intenciones y en la letra de diversas leyes (incluida la última ley de responsabilidad fiscal)”.

Es por eso que, según señaló, cuando las crisis económicas afectan la recaudación nacional y por ende la coparticipación, que es el principal ingreso de la mayoría de las provincias argentinas, “los distritos caen en la tentación de aumentar su carga tributaria local para compensar la desaceleración en lugar de aplicar políticas tributarias anticíclicas relajándola y promoviendo a una recuperación económica más rápida y sostenida”.

Fuente: ieco.clarin.com

IMPOSITIVAS – Por la crisis, Alberto Fernández adelantó que se viene una moratoria impositiva general

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El Presidente adelantó que el Gobierno está trabajando en algún mecanismo para ayudar a los que tienen problemas por la cuarentena

El presidente Alberto Fernández anticipó que el Gobierno evalúa lanzar una moratoria impositiva “para todo el mundo”, una vez que se levante la cuarentena dispuesta para intentar frenar el avance del coronavirus.

“Estamos pensando en algún tipo de moratoria para blanquear a todo el mundo. Estamos trabajando en eso“, garantizó el jefe de Estado.

En declaraciones radiales, Fernández aseguró que después del aislamiento lanzará un programa económico: “Claro que sí”, dijo, al ser consultado sobre eso.

Por otra parte, el Presidente reconoció que hubo dificultades con la asistencia del Estado Nacional en el marco de la emergencia sanitaria.

El Presidente aseguró que se está trabajando en una moratoria impositiva

Hubo mucha gente que no aplicó, como por ejemplo con el Ingreso Familiar de Emergencia (IFE) porque el Estado no la tiene registrada. Eso demuestra la debilidad de la economía argentina, que tiene un nivel de funcionamiento informal altísimo”, enfatizó.

Desde la semana pasada el Gobierno volvió a abonar el IFE a los beneficiarios que habían cobrado la primera vez. Avanza la segunda ronda del IFE

Los pagos se completarán en un período de entre 4 a 5 semanas, a través de las cuales se buscará también generar una cuenta bancaria para los beneficiarios que aún no están bancarizados.

Tendrán acceso a esta nueva tanda de los $10.000 del Ingreso Familiar de Emergencia (IFE) los casi 9 millones de personas que lo cobraron en la primera ronda.

Para esta segunda tanda del Ingreso Familiar de Emergencia de $10.000, no habrá que reinscribirse en la ANSES, sino que bastará con haber sido elegido para la primera vuelta del beneficio.

Todos aquellos beneficiarios del bono que vivan en una provincia en la que se prolongue la cuarentena podrán volver a cobrar un segundo “refuerzo” de forma automática en junio.

Una de las últimas novedades del Bono 10000 ANSES es que quienes no tengan Clave Bancaria Uniforme (CBU) tendrán como nuevo lugar de cobro para la segunda ronda a una sucursal bancaria, en la que se le abrirá una caja de ahorros para asegurar su inclusión financiera.
Accederán a esta segunda ronda los 9 millones de beneficiarios de la primera tanda

Este universo incluirá a la mayoría de los casi 1,3 millones que eligieron como boca de pago el Correo Argentino y para los que eligieron los cajeros automáticos de las redes Link o Banelco, y que se está trabajando con bancos públicos y privados para definir la distribución de las futuras nuevas cuentas.

IFE segunda tanda: ¿quiénes acceden?

El Bono 10000 junio, al igual que la primera edición, está destinado a la asistencia de grupos familiares de trabajadoras o trabajadoras informales y de casas particulares, así como de monotributistas sociales y de categorías A y B.

Para acceder al IFE segunda tanda es necesario tener entre 18 y 65 años y ser argentino nativo o naturalizado y residente, con una residencia legal no inferior a los dos años

No pueden cobrarlo grupos familiares en los que haya ingresos provenientes de un trabajo en relación de dependencia en el sector público o privado; de un monotributista de categoría C o superior, o del régimen de autónomos; de una prestación de desempleo; de jubilaciones, pensiones o retiros contributivos o no contributivos; o de programas sociales como el salario social complementario, Hacemos Futuro, Potenciar Trabajo u otros.

Sí pueden acceder los titulares de la Asignación Universal por Hijo (AUH), la Asignación por Embarazo y el programa Progresar.

Fuente: iprofesiona.com

ECONOMÍA – La brecha entre los precios de góndola y lo que reciben los productores cayó 14,4% en mayo

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Según un informe de Came, los consumidores pagaron en mayo en promedio 4,5 veces más de lo que cobró el productor agropecuario por los productos en la tranquera de sus campos, gracias a la mejora en los valores que recibió el productor. En abril la diferencia fue de 4,8 veces.

La brecha de precios para el promedio de los 25 principales productos agropecuarios bajó 14,4% interanual en mayo, gracias a la mejora en los valores que recibe el productor, informó la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (Came).

Según la entidad empresaria, los consumidores pagaron en promedio 4,5 veces más de lo que cobró el productor por los productos en la tranquera de sus campos, cuando en abril la diferencia fue de 4,8 veces.

Durante el mes pasado, alimentos como la frutilla, la mandarina, la berenjena y el limón fueron los que más potenciaron la mejora del Índice de Precios en Origen y Destino (Ipod) que elabora Came.

Además, la brecha de precios entre lo que pagó el consumidor y lo que recibió el productor por los productos agropecuarios, bajó 6,1% en mayo con relación a abril de este año.

Hubo 16 productos con bajas de brechas y 9 con alzas, lo que empujó el Ipod para abajo; el zapallito, la naranja, el limón y la pera fueron los alimentos con mayores brechas.

En origen, la variación mensual promedio de los precios registró una suba del 9,2%, mientras que en destino el aumento promedio fue de 0,9%.

De acuerdo con el informe, durante mayo el Ipod agrícola bajó 7,5%: la brecha para esos productos promedió en 4,7 veces, ubicándose 17,6% abajo del mismo mes del año pasado. En tanto, el Ipod ganadero subió 1,9% (a 3,8 veces) y se ubicó 6,8% arriba del mismo mes de 2019.

La participación del productor en el precio final subió a 26,8%, mejorando 10,3% en relación a abril, destacó Came. Y puntualizó que en mayo, y por tercer mes consecutivo, ningún producto tuvo una brecha de dos dígitos: como sucedió en abril, la brecha mayor se detectó en el zapallito, donde el precio se multiplicó por 8,6 veces desde que salió del campo, por debajo de abril (9,5 veces). Le siguieron, más atrás, la naranja (8,1 veces), el limón (7,6 veces), y la pera (7,4 veces).

Los productos con menores brechas, en tanto, fueron: la frutilla (1,17 veces), el pollo (2,33 veces), la acelga (2,92 veces) y el repollo (3 veces), puntualizó el relevamiento empresario.

El Ipod se elabora en base a precios diarios online de los principales supermercados del país, más de 700 precios de verdulerías y mercados para cada producto, y precios de origen de las principales zonas productoras.

Fuente: elciudadano.com